Este documento establece las condiciones para la adjudicación del aprovechamiento cinegético del MUP75 para la temporada 2013/14-2017/18. Se trata de un contrato menor por ser su importe inferior a 18.000 euros que se adjudicará al mejor postor teniendo en cuenta solo el criterio de la oferta económica más ventajosa. El precio de partida es de 1.192,02 euros anuales más IVA según lo establecido por la Junta de Castilla y León.
1. PLIEGO DE CONDICIONES QUE HABRÁN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN
DEL APROVECHAMIENTO CINEGÉTICO DEL MUP75 TEMPORADA
2013/14, 2017/18
1ª. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO
En cumplimiento de lo establecido en el art. 22 Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público (en adelante TRLCSP), la celebración del presente contrato
proyectado, se justifica en la conveniencia de obtener un beneficio de un bien
comunal, como es el MUP nº 75, sito en Villamor de Cadozos.
2ª. CALIFICACIÓN DEL CONTRATO Y JUSTIFICACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO
En virtud del art. 19.1b del TRLCSP, el presente contrato se trata de un contrato
administrativo especial, por tener un objeto distinto al de obra, concesión de obra
pública, gestión de servicios públicos, suministro y servicios, pero que tiene una
naturaleza administrativa especial por estar vinculado al giro o tráfico específico de
la Administración contratante o por satisfacer de forma directa o inmediata una
finalidad pública de la específica competencia de aquélla.
En cumplimiento de lo establecido en el art. 138.3 del TRLCSP, se trata de un
contrato menor por ser su importe inferior a 18.000 euros.
3ª. OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente contrato la explotación del aprovechamiento
cinegético del MUP nº 75, incluido en el coto de Caza10765
4ª. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
4.1. El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá para lo no
establecido en este Pliego, por el TRLCSP y disposiciones complementarias;
por la legislación de contratos que en desarrollo de la legislación básica
promulgue la Comunidad Autónoma; por el Reglamento General de
Contratación y por las demás normas de derecho administrativo.
4.2 Forman parte del Pliego de contratación las condiciones Técnico- Facultativas
que, para ambos MUP y aprovechamiento cinegético, han sido reguladas por el
Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.
4.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación,
resolución a efectos de este contrato serán resueltas, teniendo en cu Contratos
del Sector Público, el Reglamento General, y este Pliego, por el órgano de
contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa pudiendo ser
recurridos ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos
establecidos en la Ley reguladora de esta Jurisdicción.
5ª. PRECIO DEL CONTRATO
2. El precio establecido es el fijado como mínimo por la Junta de Castilla y León en
el Pliego de Condiciones Técnico-facultativas, que asciende a la cantidad
siguiente:
MUP Nº 75…… 1.192’02 €/ anuales
A este precio hay que añadir el 21% de iva, y será el que se fije para el primer año
y para la adjudicación. Para los años siguientes el precio fijado será incrementado
en el porcentaje que se fije del IPC publicado anualmente.
6ª. DURACION DEL CONTRATO
Se establece un plazo de duración del contrato de 5 años, a contar desde el 1 de
abril de 2013, concluyendo totalmente el contrato y el derecho al aprovechamiento
el 31 de marzo de 2018.
7ª. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Teniendo en cuenta la justificación señalada en la cláusula 2ª de este Pliego de
Condiciones y en base a lo dispuesto en los artículos 111 y 138.3 del TRLCSP, la
adjudicación del presente contrato menor podrá efectuarse directamente a
cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación
profesional necesaria para realizar la prestación.
No obstante, lejos de cualquier discrecionalidad, la adjudicación se efectuará con
el máximo respeto a los principios de libertad de concurrencia y publicidad, por lo
que se adjudicará tras una convocatoria pública mediante edictos en todos los
pueblos del municipio, y adjudicándolo al mejor postor en atención a un único
criterio de adjudicación la oferta económica.
8ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
8.1. La documentación para la licitación, se presentará en el Registro General de
este Ayuntamiento, de 10 a 14 horas, de lunes a viernes, entre los días 16 de
agosto (fecha de publicación del correspondiente anuncio en el Tablón de Edictos
municipal), y 26 de agosto de 2013.
8.2. Las proposiciones se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento, constará de
UN SOBRE, en el que figurará el nombre del proponente y la siguiente inscripción
“Proposición para tomar parte en el contrato aprovechamiento cinegéticos MUP nº
75, temporada 2013/14-2017/18”.
8.3. Su presentación presume la aceptación incondicionada del contenido de la
totalidad de las cláusulas de este pliego.
9ª.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Se incluirá en el sobre la documentación que a continuación se menciona,
3. I) La que acredite la personalidad jurídica y capacidad del empresario, en
los términos previstos en el artículo 72 del TRLCSP, y artículos 9 y 10 del
Reglamento General, y en su caso la representación del firmante de la
proposición conforme a lo previsto en el artículo 21 del Reglamento General.
a) Si el oferente es persona física, el documento que acredite su personalidad,
a través de copias autenticadas (para españoles: Documento Nacional de
Identidad o documento que haga sus veces; para extranjeros: Pasaporte,
Autorización de Residencia y Permiso de Trabajo).
b) Si el oferente es persona jurídica española deberá aportar escritura de
constitución de la Sociedad o de la modificación de sus estatutos, en su caso,
debidamente inscrita en el Registro Mercantil (adaptada en el caso de
Sociedades Anónimas, a la vigente Ley de Sociedades Anónimas, Texto
Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de
diciembre y a la Ley 2/1995, de 23 de marzo, en forma establecida en la
Disposición Transitoria Segunda para las Sociedades de Responsabilidad
Limitada), cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación
mercantil que le fuere aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad
de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, o de
modificación de Estatutos o acto fundacional en el que consten las normas
por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente
Registro Oficial.
IV) Declaración responsable, otorgada ante una autoridad administrativa,
notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incurso en
prohibición para contratar con la Administración Pública de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 73 del TRLCSP.
Esta declaración responsable comprenderá expresamente la circunstancia de
que el empresario se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social en los términos en que estas se definen
en los artículos 13 y 14 del Reglamento General.
Se incorpora modelo de declaración como Anexo II de este Pliego.
V) Proposición económica según el modelo contenido en el Anexo I de este
Pliego.
10ª.- MESA DE CONTRATACIÓN
No se precisa su constitución tratándose de un contrato menor.
11ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, las mismas serán examinadas, y por
el órgano de contratación se adjudicará, en resolución motivada, a la oferta más
ventajosa.
12ª.- GARANTÍA
Se constituye una fianza equivalente al 5% del precio por el total del periodo de
arrendamiento partiendo del precio anual inicial.
4. 13ª.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD
El adjudicatario ha de constituir un seguro de responsabilidad para cubrir los
daños posibles que se ocasione con la actividad cinegética, de conformidad con la
legislación vigente en esta materia.
14ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14.1. El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de
diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la
adjudicación comprobándose previamente la vigencia de los certificados
presentados en la licitación acreditativos de las obligaciones determinadas en
los artículos 13 a 16 del Reglamento General, y acredite haber contratado el
seguro de responsabilidad civil previsto en la cláusula anterior.
En Bermillo de Sayago a 12 de agosto de 2.013
El Alcalde
5. ANUNCIO
Este Ayuntamiento va a proceder a adjudicar el aprovechamiento
cinegético del MUP nº 75 (Carrasquera), de Villamor de Cadozos, para la
temporada 2013/14 a 2017/18
La adjudicación se efectuará por el procedimiento de contrato de menor
cuantía, siendo el precio tipo el establecido para el aprovechamiento en el Pliego de
Condiciones Técnico facultativas aprobado por la Junta de Castilla y León, de
1.192’02 € mas iva, por año.
La adjudicación se realizará una vez se reciban las ofertas con la mejora
económica, pudiendo formar parte de la misma cualquier persona física o jurídica
que reuna las condiciones establecidas en el Pliego. Como criterio único para la
adjudicación se tratará de la oferta ecónomica, resultando adjudicatario quien
proponga el mejor precio.
El plazo para la presentación de solicitudes y anexos, concluye el día 17 de
septiembre próximo, y pueden consultarse los Pliegos de Condiciones en las
oficinas municipales en horario de atención al público hasta el último día de
presentación de solicitudes, y tambien está disponible en la web municipal
www.aytobermillo.es.
Bermillo de Sayago, a 2 de septiembre de 2013.
El Alcalde
Fdo. Raul Rodríguez Barrero.