3. DEFINICION
Se entiende por entretangencia el tramo
recto entre dos curvas horizontales
contiguas, es decir, la distancia entre el
PT de una curva y el PC de la siguiente.
El valor mínimo que debe aplicarse a la
entretangencia depende del sentido de
las curvas.
4. ENTRETANGENCIA SEGÚN
VELOCIDAD DE DISEÑO
La entretangencia mínima se obtiene como
la distancia recorrida por el vehículo a la
velocidad de diseño expresada en m/seg en
5 segundos de tiempo
8. ENTRETANGENCIA SEGÚN EL TIPO
DE VIA
VALORES DE ENTRETANGENCIA PARA CURVAS DE DISTINTO
SENTIDO Y CURVAS DEL MISMO SENTIDO
CURVAS DE DISTINTO SENTIDO. Considerando el empleo de
curvas de transición, puede prescindirse de tramos de
entretangencia rectos. Si el alineamiento se hace con curvas
circulares únicamente, la longitud de entretangencia debe
satisfacer la mayor de las condiciones dadas por la longitud de
transición, de acuerdo con los valores de pendiente mínima
para rampa de peraltes y por espacio recorrido a la velocidad
de diseño en un tiempo no menor de 5 segundos.
9. CURVAS DEL MISMO SENTIDO. Por su misma naturaleza,
deben considerarse indeseables en cualquier proyecto de
carreteras, por la inseguridad y disminución de la estética
que representan. Para garantizar la comodidad y seguridad
del usuario, la entretangencia para el diseño en terreno
ondulado, montañoso y escarpado con espirales, no puede
ser menor a 5 segundos y para diseños en terreno plano con
arcos circulares, no menor a 15 segundos de la velocidad de
diseño. Como por dificultades del terreno, son a veces
imposibles de evitar, se debe intentar siempre el reemplazo
por una sola.
10. NOTA:
Si se emplean curvas de
transición puede prescindirse de
tramos de entretangencias
rectos