3. OBJETIVO
Analizar problemáticas territoriales y proponer soluciones a
las mismas, además de conocer cómo se pueda desarrollar
un proceso de ordenación del territorio de manera
eficiente.
4. COMPETENCIAS
• Interpretar situaciones cotidianas, únicas y referenciadas
(estudios de caso), siendo capaz de entender y dilucidar
conceptos a partir de estas propuestas.
• Realiza una propuesta de sus propias creaciones y
estrategias, a partir del aprendizaje por problemas,
desarrollando en ellos, no solo competencias de tipo
académico sino también laboral.
5. FECHAS
ACTIVIDAD FECHA LÍMITE DE ENTREGA CARÁCTER
Tarea 1 Tarea 20 de febrero
Tarea 2 Tarea 6 de marzo
Tarea 3 Tarea 20 de marzo
Tarea 4 Tarea 10 de abril
7. Planificación y Ordenamiento Territorial: una Necesidad
¿Porque se Hace?.
• Por que hay una inadecuada localización de
las actividades como la vivienda, la industria,
y la infraestructura como los equipamientos
colectivos.
• Por que hay deterioro de la calidad de vida.
• Por que es una política de Estado.
• Por que se debe garantizar la funcionalidad
económica, cultural, social.
Finalidad.
• Mejorar las condiciones de vida.
• Proteger y conservar los recursos
naturales y el medio ambiente.
• Realizar una planificación integral del
desarrollo.
9. Planificación Ambiental del Desarrollo Territorial una Necesidad
¿Para que se Hace?.
Inducir un desarrollo territorial
equilibrado.
Ubicar y reglamentar
adecuadamente las actividades
socioeconómicas.
Mejorar la gestión y administración
pública.
Objetivos
Visión concertada a mediano y largo
plazo del territorio.
Orientar el proceso de ocupación y
transformación del territorio.
Guía Metodológica para la Formulación del Plan Municipal de Ordenamient-
PNUD Territorial
12. 1. Plan Piloto de Bogota- Le Corbusier,
2. Plan Regulador -Town Planning Associates, de los urbanistas europeos Paul Lester Wiener y José
Luis Sert
3. Plan de Reordenamiento Urbano de Karl Brunner de 1933.
13. 5. Entre 1923 y 2000 se
elaboraron 16 planes
distintos para Bogotá, lo cual
da un promedio aproximado
de un plan por cada cuatro
años.
6. Entre 1945, cuando se
formuló el Plan Soto-
Bateman, y 2000, cuando se
expidió por decreto el Primer
Plan de Ordenamiento
Territorial (POT), se
formularon catorce de esos
planes.
14. Duración 31 de marzo-1 de abril de 2017 horas
Víctimas •336 muertos
12
•>400 heridos
15. La capital del país se abastece en el 70% de la planta Wiesner –cuya agua proviene de los
páramos de Chingaza y Sumapaz-, el 28% de la planta de Tibitoc –que toma agua del Río
Bogotá- y el 2% de las plantas El Tunjuelo y El Dorado. Todas son fuentes que recorren
Cundinamarca.
16. ¿Que se Espera?.
Control sobre el uso de la tierra.
Integración social y geográfica.
Mejorar la productividad.
• Mejora de la inversión pública.
Orientar el proceso de desarrollo.
Resultados.
Mejorar la gestión pública.
Adecuada organización y división
territorial.
Mayor competitividad y
Sostenibilidad.
Identificar necesidades de
infraestructura vial y de servicios.
Clasificación del suelo rural y
urbano.
Plan y reglamentación del uso del
suelo.
Planificación Ambiental del Desarrollo Territorial una Necesidad
19. La planeación y ordenamiento Territorial es el proceso
mediante el cual se orienta la ocupación y utilización del
territorio y se dispone cómo mejorar la ubicación en el
espacio geográfico de los asentamientos (población y
vivienda), la infraestructura física (las vías, servicios
públicos, las construcciones) y las actividades
socioeconómicas. Esto quiere decir sencillamente que con
el Ordenamiento se tiene: Un lugar para cada cosa y cada
cosa en su lugar.
¿Qué es la Planeación y Ordenamiento
Territorial?
CONCEPTO
20. Clasificación de los
Tratamientos Urbanos
Según la capacidad de soporte,
la densidad poblacional, las
dotaciones públicas, la
morfología y tipología de las
edificaciones, y las diferentes
configuraciones urbanas
identificadas en el Municipio de
Acacias, se determinan las
siguientes clases de
tratamientos urbanos, los
cuales orientarán el desarrollo
del suelo urbano y el suelo de
expansión urbana. (PBOT
Acacias, 2019)
Conservación.
Consolidación.
Mejoramiento Integral.
Renovación Urbana en la
modalidad de Reactivación
Desarrollo.
21. Se entiende por Conservación, el tratamiento urbanístico que por razones ambientales, históricas o arquitectónicas limita la
transformación de la estructura física de áreas del municipio o distrito, de inmuebles particulares, de obras públicas y de
elementos constitutivos del espacio público.
El tratamiento de conservación tiene por objetivo proteger el patrimonio construido de la ciudad.
Cada municipio o distrito determinará en el respectivo Plan de Ordenamiento Territorial - POT- y los instrumentos que lo
desarrollen, las áreas o inmuebles sujetos a tratamiento de Conservación, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Ley 151 de 1998, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.
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1. Tratamiento Urbanístico de Conservación :
22. Conceptos Art 1.
Decreto 1232 de 2020
2. Tratamiento Urbanístico de Consolidación:
De acuerdo al Decreto 1232 de 2020, se entiende por
consolidación, el tratamiento mediante el cual en
determinadas áreas desarrolladas al interior del suelo
urbano se establecen las directrices para mantener las
condiciones del trazado y de edificabilidad, promoviendo
su equilibrio con la intensidad del uso del suelo y las
infraestructuras de espacio público y equipamientos
existentes.
El tratamiento de consolidación regula la transformación de
las estructuras urbanas de la ciudad desarrollada.
En esta zona se puede encontrar locales comerciales como tiendas de ropa, restaurantes, panaderías, bares y estanquillos,
papelerías, misceláneas, el mercado principal, supermercados, jugueterías, floristerías, droguerías, tiendas de electrodomésticos,
ferreterías, joyerías, casas de empeño y compraventas, sucursales bancarias, laboratorios clínicos, servicios médicos
especializados y odontología, peluquerías, veterinarias, gimnasios, centros de servicio al cliente de telefonía móvil, hoteles,
funerarias y centros de educación técnica.
23. Conceptos Art 1. Decreto 1232
de 2020
3. Tratamiento Urbanístico de Mejoramiento Integral:
De acuerdo al Decreto 1232 de 2020, se entiende por Mejoramiento
Integral, el tratamiento mediante el cual en determinadas áreas
desarrolladas al interior del suelo urbano que carecen o presentan
deficiencias en espacio público, servicios públicos, vías o equipamientos, se
establecen las directrices que permitan completar los procesos de
urbanización a fin de corregir y mejorar las condiciones físicas de estas
áreas garantizando su habitabilidad.
Es aquel que rige las actuaciones de planeamiento para la regularización
de los asentamientos humanos de origen informal, para su conveniente
integración a la estructura de la ciudad.
Este tratamiento urbanístico es asignado a las Zonas Homogéneas con
altos déficits en infraestructura vial, servicios públicos domiciliarios,
equipamientos, espacio público y precariedad en las viviendas, en los
cuales se concentra la población marginada y segregada, con niveles
críticos de pobreza. Por ende, se presentan bajas condiciones en la calidad
de vida de los habitantes.
De igual manera, este tratamiento se destina en áreas donde haya riesgo
por fenómeno natural, como remoción de masa e inundación; identificados
en zonas de baja edificabilidad, producto del desarrollo informal. Los
predios y las urbanizaciones de origen formal, legalizados o regularizados,
sin importar el uso del suelo, no están exentas de recibir este tratamiento si
se encuentran en las condiciones antes descritas.
24. Conceptos Art 1. Decreto 1232 de 2020
4. Tratamiento Urbanístico de Desarrollo:
De acuerdo al Decreto 1232 de 2020, se entiende por
Desarrollo, el tratamiento mediante el cual se establecen
las directrices aplicables a los terrenos urbanizables no
urbanizados, localizados en suelo urbano o de expansión
urbana, que permiten orientar y regular su urbanización,
a través de la dotación de infraestructuras,
equipamientos y la generación de espacio público.
El tratamiento de desarrollo es aquel que orienta y
regula la urbanización de los terrenos o conjunto de
terrenos urbanizables no urbanizados.
Este tratamiento urbanístico se asigna al suelo no
urbanizado tanto en Suelo Urbano como en Suelo de
Expansión Urbana.
25. Conceptos Art 1. Decreto 1232 de 2020
5. Tratamiento Urbanístico de Renovación Urbana:
De acuerdo al Decreto 1232 de 2020, se entiende por Renovación
Urbana, el tratamiento mediante el cual en determinadas áreas
desarrolladas al interior del suelo urbano se establecen las directrices
para orientar y regular su transformación o recuperación, con el fin de
potenciar su ocupación, o detener y revertir los procesos de deterioro
físico y ambiental, promover el aprovechamiento intensivo de la
infraestructura pública existente; impulsar la densificación racional de
áreas para vivienda y otras actividades; promoviendo su uso eficiente y
sostenible. Este tratamiento podrá desarrollarse mediante las
modalidades de reactivación, redesarrollo y revitalización.
Es aquel que busca la transformación de zonas desarrolladas de la
ciudad que tienen condiciones de subutilización de las estructuras
físicas existentes, para aprovechar al máximo su potencial de desarrollo.
Este tratamiento urbanístico corresponde a las zonas urbanizadas que
presenten conflicto funcional y altos niveles de deterioro físico, u
oportunidad por su localización para el desarrollo de sus
potencialidades urbanísticas.
Este tratamiento busca estimular procesos de redensificación por medio
de la transformación de los usos del suelo para el aprovechamiento
intensivo del suelo, sustitución de las estructuras urbanas, configuración
de los predios y generación de espacio público mediante procesos de
reurbanización, que garanticen la permanencia y participación de los
habitantes y propietarios, respectivamente.
26. 6. Tratamiento Urbanístico de Renovación Urbana modalidad de Revitalización. Se entiende por Revitalización la modalidad
mediante la cual en determinadas áreas desarrolladas al interior del suelo urbano se establecen directrices para promover la
densificación y mezcla de usos, a través de intervenciones que promuevan el mejoramiento del entorno y de las edificaciones, así
como de mecanismos que faciliten la permanencia en las áreas intervenidas de aquellos propietarios que así lo decidan.
7. Tratamiento Urbanístico de Renovación Urbana modalidad de Redesarrollo. Se entiende por Redesarrollo, la modalidad
mediante la cual en determinadas áreas desarrolladas al interior del suelo urbano se establecen las directrices generales para orientar
y regular la sustitución o transformación de las estructuras urbanas y arquitectónicas, mediante procesos de reurbanización que
permitan generar una nueva infraestructura vial, de servicios y espacio público, así como la redefinición de la normatividad urbanística
de edificabilidad usos y aprovechamientos.
En esta modalidad, desde el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- se definen las directrices generales del tratamiento, que
constituyen determinantes para la formulación del Plan o Planes Parciales a través del cual se desarrolla dicho tratamiento.
8. Tratamiento de Renovación Urbana modalidad de Reactivación. Se entiende por Reactivación, la modalidad mediante la cual en
determinadas áreas desarrolladas al interior del suelo urbano, se establecen las directrices para promover una mayor edificabilidad a la
existente, si la infraestructura de vías, servicios públicos y espacio público lo permite, y estimular la generación de nuevos elementos
arquitectónicos y naturales de los bienes de propiedad privada tales como antejardines, fachadas, aislamientos, retrocesos y demás.
Bajo esta modalidad se pueden cambiar, mantener, complementar y/o modificar los usos existentes con el fin de apoyar la redefinición
del carácter del sector. Para esta modalidad, el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- debe contener normas urbanísticas que
permitan tanto el desarrollo de uno o varios predios mediante licencias de construcción sin que se requiera adelantar el trámite de Plan
Parcial.
27. La Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (1454 de 2011), LOOT, establece
que “La finalidad del ordenamiento territorial es promover el aumento de la
capacidad de descentralización, planeación, gestión y administración de sus
propios intereses para las entidades e instancias de integración territorial,
fomentar el traslado de competencias y poder de decisión de los órganos
centrales o descentralizados de gobierno en el orden nacional hacia el nivel
territorial pertinente, con la correspondiente asignación de recursos”.
En esta línea, el ordenamiento territorial es entendido como el proceso de
planificación y gestión de las entidades territoriales para facilitar el desarrollo
institucional, el fortalecimiento de la identidad cultural y el desarrollo territorial,
entendido este como desarrollo económicamente competitivo, socialmente justo,
ambientalmente y fiscalmente sostenible, regionalmente armónico, culturalmente
pertinente, atendiendo a la diversidad cultural y físico-geográfica de Colombia.
¿Qué es la Planeación y Ordenamiento
Territorial?
28. La planeación y ordenamiento del territorio
permite: Estudiar el resultado histórico de la
ocupación y transformación del territorio.
Es decir, explica cómo se han utilizado los
recursos y ocupado el espacio geográfico a
través del tiempo, para indicar cómo se debe
orientar y organizar hacia el futuro lo
administrativo y lo jurídico, lo ambiental, lo
social, lo económico y lo funcional.
32. ATRIBUTOS DE LA PLANIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
CÓMO ES?
HOLÍSTICO
E INTEGRAL
SISTÉMICO
DEMOCRÁTICO
FLEXIBLE
PROSPECTIVO
La realidad territorial se considera y se estudia como un todo.
Los componentes se analizan y se sintetizan integralmente
teniendo en cuenta las relaciones que existen entre ellos.
El territorio es un espacio geográfico compuesto por los
diferentes sistemas: ADMINISTRATIVO - BIOFÍSICO - SOCIAL -
ECONÓMICO – FUNCIONAL.
Requiere una activa organización y participación social para
que el proceso de ordenamiento territorial sea auténtico,
legítimo y realizable.
Se ajusta a los cambios importantes del desarrollo territorial en
armonía con los programas de gobierno y planes de desarrollo.
Visión del futuro deseado y concertado para actuar en el
presente y alcanzar el modelo territorial municipal que se
quiere.
34. CONCEPTOS LEGALES (Ley 1454 de 2011)
El ordenamiento territorial es un instrumento de planificación y de gestión de las entidades
territoriales y un proceso de construcción colectiva de país, que se da de manera progresiva,
gradual y flexible, con responsabilidad fiscal, tendiente a lograr una adecuada organización
político administrativa del Estado en el territorio, para facilitar el desarrollo institucional, el
fortalecimiento de la identidad cultural y el desarrollo territorial, entendido este como desarrollo
económicamente competitivo, socialmente justo, ambientalmente y fiscalmente sostenible,
regionalmente armónico, culturalmente pertinente, atendiendo a la diversidad cultural y físico-
geográfica de Colombia.
La finalidad del ordenamiento territorial es promover el aumento de la capacidad de
descentralización, planeación, gestión y administración de sus propios intereses para las
entidades e instancias de integración territorial, fomentará el traslado de competencias y poder
de decisión de los órganos centrales o descentralizados del gobierno en el orden nacional hacia
el nivel territorial pertinente, con la correspondiente asignación de recursos. El ordenamiento
territorial propiciará las condiciones para concertar políticas públicas entre la Nación y las
entidades territoriales, con reconocimiento de la diversidad geográfica, histórica, económica,
ambiental, étnica y cultural e identidad regional y nacional.
En virtud de su finalidad y objeto, la ley orgánica de ordenamiento territorial constituye un marco
normativo general de principios rectores, que deben ser desarrollados y aplicados por el
legislador en cada materia específica, para departamentos, municipios, entidades territoriales
indígenas y demás normas que afecten, reformen o modifiquen la organización político
administrativa del Estado en el territorio.
35. DESARROLLO LEGISTATIVO
LEY 388 DE 1997
Ley de Desarrollo Territorial
Clasificación del territorio, Planes de
Ordenamiento Territorial y plusvalía.
LEY 1454 DE 2011 (junio 28)
Ley orgánica Territorial
LOOT
Por la cual se dictan normas orgánicas
sobre ordenamiento territorial y se
modifican otras disposiciones.
36. ALCANCES DE LA LEY DE DESARROLLO TERRITORIAL (LEY 388 DE 1997)
DISPOSICIÓN 1 -
CLASIFICACIÓN
DEL SUELO.
(Territorio
Municipal) SUBURBANO
SUELO URBANO
SUELO DE
EXPANSIÓN
URBANO
SUELO RURAL
SUEL0 DE
PROTECCIÓN
37. SUELO URBANO: Áreas
destinadas a usos urbanos por
el Plan de ordenamiento
Territorial (POT) y que
cuentan con infraestructura
vial y redes de servicios
domiciliarios.
SUELO DE EXPANSIÓN: Áreas destinadas
a la expansión urbana, pensando en el
crecimiento de la ciudad. Éstas serán
habilitadas para uso urbano durante la
vigencia del plan de ordenamiento territorial.
Deberán dotarse de infraestructura para el
sistema vial, de transportes, de servicios
públicos domiciliarios, áreas libres, parques
y equipamientos colectivos de interés
público o social, durante la vigencia del
plan.
38. SUELO RURAL: No aptos para el
uso urbano por razones de
oportunidad o por destinación a
usos agrícolas, ganaderos,
forestales y explotación de
recursos naturales.
Suelo suburbano: Áreas ubicadas en
el suelo rural, en las cuales se mezclan
los usos del suelo rural y urbano,
Diferentes a las clasificadas como
zonas de expansión urbana, pueden ser
objeto de desarrollo con restricciones
de uso, intensidad y densidad,
garantizando el autoabastecimiento de
servicio públicos domiciliarios.
Ejm: Corredores urbanos
interregionales.
Suelo de protección: Áreas que por
sus características geográficas,
paisajísticas, ambientales, de
infraestructura, o por formar parte de
una zona de utilidad pública y / o
amenazas naturales. Tiene restringida
las posibilidades de uso en
urbanización, explotaciones
agrícolas, ganaderas, forestales y de
recursos naturales.
40. ALCANCES DE LA LEY DE DESARROLLO TERRITORIAL (LEY 388 DE 1997) - DISPOSICIÓN 2.
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
La denominación de los planes de ordenamiento varia en el caso
Colombiano con el tamaño de su población más, no por su extensión del
territorio.
Planes de Ordenamiento Territorial: Planes a elaborar y adoptar por los municipios
con poblaciones superiores a 100.000 habitantes.
Planes Básico de Ordenamiento Territorial: Planes a elaborar y adoptar por los
municipios con poblaciones entre 30.000 y 100.000 habitantes.
Planes Esquemas de Ordenamiento Territorial: planes a elaborar y adoptar por los
municipios con población inferior a 30.000 habitantes.
41. ALCANCES DE LA LEY DE DESARROLLO TERRITORIAL (LEY 388 DE 1997) DISPOSICIÓN 3.
PLUSVALÍA
Incremento del valor del suelo generado
por beneficios de las acciones
urbanísticas que cambian el uso del
suelo.
Por ejemplo, cuando el suelo rural pasa a
ser urbano, suburbano o de expansión
urbana.
42. Herramientas de planeación
relacionadas con el POT
• El programa de gobierno PG.
• El Plan de Desarrollo Municipal
PDM.
• Los planes de ordenamiento: POT,
PBOT, EOT (Vigencia 3 periodos
de gobierno.).
44. DETERMINANTES
Las relacionadas con
la conservación y
protección ambiental,
los recursos naturales
y la prevención de
amenazas y riesgos
naturales.
Las políticas,
directrices y
regulaciones sobre
conservación,
preservación y uso de
las áreas inmuebles
consideradas como
patrimonio cultural,
histórico, artístico y
arquitectónico de la
Nación y los
departamentos.
El señalamiento y
localización de
infraestructuras
básicas relativas a la
red vial nacional y
regional, puertos y
aeropuertos, sistemas
de abastecimiento de
agua, saneamiento y
suministro de energía.
Los componentes de
ordenamiento
territorial en los
planes de desarrollo
metropolitanos, en
cuanto se refieran a
hechos
metropolitanos, así
como objetivos y
criterios definidos por
las áreas
metropolitanas
45. Diagnóstico Territorial
DERTERMINA LA SITUACIÓN ACTUAL DEL TERRITORIO A PARTIR DEL ESTUDIO DE CADA UNO DE
LOS SISTEMAS: (ADMINSITRATIVO, BIOFISICO, SOCIAL, ECONOMICO Y FUNCIONAL) DE UN
CONTEXTO DETERMINADO.
46. SISTEMA ADMINISTRATIVO
El Sistema Administrativo está compuesto por la estructura de la
administración municipal y demás entidades gubernamentales del nivel
regional, departamental y nacional presentes que ejercen funciones en la
jurisdicción municipal. A su análisis corresponde:
1. Análisis de las finanzas públicas municipales, presupuesto, proyección
presupuestal, fuentes de recursos, plan plurianual de inversiones,
capacidad de endeudamiento, cofinanciación, gestión de recursos.
2. Establecer y evaluar la jurisdicción o el área de influencia para la
prestación de servicios de la administración pública, (Inspecciones de
Policía, notariado y registro, catastro, UMATA ... etc.)
3. Límites de la jurisdicción municipal según catastro y ordenanzas
48. SISTEMA BIOFÍSICO
El Sistema Biofísico lo conforman los recursos naturales y el
ambiente. Estudia integralmente la naturaleza y los elementos
que en síntesis dan origen al paisaje o unidad de análisis,
resultado de la interacción de factores y procesos como el clima,
el agua, las rocas, el relieve, los suelos, la vegetación, la fauna,
los cultivos, la temperatura, la infraestructura, la población y las
amenazas naturales. El análisis de este sistema comprende:
. La zonificación ecológica para producir unidades del paisaje.
. Caracterización de las unidades del paisaje.
. Evaluación de las potencialidades de las unidades del paisaje
50. SISTEMA SOCIAL
El Sistema Social comprende el análisis integral de la población, la
vivienda, la infraestructura física, como el sistema de vías de
comunicación y medios de transporte; los servicios públicos sociales
como la salud, educación, cultura, recreación y deporte; los servicios
públicos domiciliarios como el agua potable, el alcantarillado el aseo
público, la energía eléctrica, las telecomunicaciones, el gas
domiciliario y además los equipamientos colectivos como las plazas
de mercado, mataderos, plaza de ferias, templos, bombas etc. Su
estudio se refiere al inventario y evaluación de los anteriores
elementos que conforman el subsistema.
52. SISTEMA ECONÓMICO
El Sistema Económico se refiere a las actividades socioeconómicas integradas a
los sistemas de producción y cadenas productivas. Su análisis integral permite
caracterizar y zonificar la producción en el municipio, con el cual se pueden
evaluar aspectos como la capacidad productiva según los tamaños de las
unidades productivas, los niveles de producción, los mercados y la
comercialización, la eficiencia, la sostenibilidad, la oferta de empleo y en
resumen las formas o estrategias para aprovechar las ventajas comparativas del
municipio y hacerlo más competitivo.
Con base en este análisis se puede establecer:
1. Zonificación de la producción: zonas con sistemas de producción
representativos.
2. Evaluación general para la optimización de las actividades productivas.
3. Identificación y articulación de mercados.
54. SISTEMA ESPACIAL - FUNCIONAL
El Sistema de Funcionamiento Espacial lo conforman las relaciones y
vínculos espaciales urbano-rurales y urbano-regionales que genera la
función urbana y las demás relaciones sociales, productivas y
administrativas (empleo, servicios, negocios, recreación, etc.). Su
análisis permite establecer:
LA FUNCIONALIDAD ESPACIAL AL INTERIOR Y EXTERIOR DEL
MUNICIPIO:
Cómo se relaciona el municipio en el entorno regional y local. El grado
de articulación del sector rural con la cabecera y del municipio con otros
centros urbanos.
55. EL OAT
Según la ley 99 del 93, articúlo 7: “la función atribuida
al Estado de regular y orientar el proceso de diseño y
planificación de uso del territorio y de los recursos
naturales renovables de la Nación, a fin de garantizar
su adecuada explotación y su desarrollo sostenible
56. AUTORIDADES AMBIENTALES
Las CAR son las encargadas de administrar, dentro del área de su
jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y
propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las
disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio
Ambiente. Esto significa que las CAR tienen un rol importante en la
incorporación de los temas ambientales en los ejercicios de
ordenamiento territorial de los municipios y distritos,
principalmente, en los modelos de ocupación territorial por ellos
propuestos. Para lo anterior, las CAR en conjunto con los
organismos adscritos y vinculados al MADS y con las entidades
técnicas y científicas del SINA, deben adelantar estudios enfocados
al análisis territorial que les permita tomar decisiones y emprender
las acciones pertinentes para identificar las determinantes
ambientales de su jurisdicción.
El sistema natural es el soporte para el ordenamiento territorial, si
se considera
57. SISTEMA NATURAL
Es el soporte para el OT, si se considera que establece los
parámetros de lo existente en términos de oferta y demanda
de bienes y servicios ecosistémicos para la población. Es así
que la Ley 388 de 1997 fijó los objetivos, principios y fines
del ordenamiento territorial que rigen las actuaciones de las
autoridades municipales y distritales para alcanzar el objeto
del ordenamiento del territorio, esto es, complementar la
planificación económica y social con la dimensión
territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio
y orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible en los
términos de los artículos 1 º, 2 º, 3 º y 6 º de la mencionada
ley.
60. ETAPAS POT – GESTIÓN DEL RIESGO
ETAPAS POT – GESTIÓN DEL RIESGO
ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
DIAGNÓSTICO FORMULACIÓN IMPLEMENTACIÓN
Descripción y análisis de las
condiciones actuales del
territorio
Planteamiento de la visión
deseada , definición de
estrategias, políticas, normas
para su concreción en corto,
mediano y largo plazo.
Desarrollo de programas,
proyectos, mecanismos y
normatividad para hacer
realidad el modelo propuesto
en la Etapa de Formulación.
GESTIÓN DEL
RIESGO
PROCESO DE
CONOCIMIENTO DEL RIESGO
PROCESO DE REDUCCIÓN DEL
RIESGO
PROCESO DE MANEJO DE
DESASTRES
Identificación y evaluación
de amenazas, de exposición,
de áreas con condición de
amenaza y riesgo.
Zonificación del territorio;
identificación de áreas aptas
para asentamientos
PROCESO DE CONOCIMIENTO
DEL RIESGO
PROCESO DE REDUCCIÓN DEL
RIESGO
PROCESO DE MANEJO DE
DESASTRES
Definición y desarrollo de
medidas de intervención
prospectiva y correctiva para
reducir el riesgo.
Determinación de medidas de
reducción del riesgo
82. LA CUENCA
Área de aguas superficiales o subterráneas que vierten a una red
hidrográfica natural con uno o varios cauces naturales, de caudal
continuo o intermitente, que confluyen en un curso mayor que a
su vez, puede desembocar en un río principal, en un depósito
natural de aguas, en un pantano o directamente en el mar
(artículo 3 del Decreto 1640 de 2012).
83. CUENCA Y ORDENAMIENTO
• La cuenca constituye una unidad adecuada
para la planificación ambiental del territorio,
dado que sus límites fisiográficos se
mantienen en un tiempo considerablemente
mayor a otras unidades de análisis, además
involucra una serie de factores y elementos
tanto espaciales como sociales, que permiten
una comprensión integral de la realidad del
territorio
84. En las cuencas, se produce la interrelación
e interdependencia entre los sistemas
físicos y bióticos y el sistema socio
económico (…) La dependencia de un
sistema hídrico compartido y de los
caminos y vías de acceso y el hecho de que
deban enfrentar riesgos similares,
confieren a los habitantes de una cuenca
características socioeconómicas y
culturales comunes
85. • Las cuencas constituyen un área donde
interactúan, en un proceso permanente y
dinámico, el agua con los sistemas físicos
(recursos naturales) y bióticos (flora y fauna).
• Los cambios en el uso de los recursos
naturales, principalmente tierra, acarrean
aguas arriba una modificación del ciclo
hidrológico dentro de la cuenca aguas abajo
en cantidad, calidad, oportunidad y lugar
88. (…) “el proceso de planificación, permanente,
sistemático, previsivo e integral adelantado por
el conjunto de actores que interactúan en y
con el territorio de una cuenca, conducente al
uso y manejo de los recursos naturales de ésta,
de manera que se mantenga o restablezca un
adecuado equilibrio entre el aprovechamiento
social y económico de tales recursos y la
conservación de la estructura y la función físico
biótica de la cuenca.”
90. Plan de ordenación y manejo ambiental
de cuenca hidrográfica (POMCA)
Para el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible (2014) el proceso de ordenación de una
cuenca debe ser concebido, en esencia, desde el
enfoque sistémico dado que la cuenca hidrográfica
se comporta como un conjunto real, complejo y
abierto, el cual presenta interacciones a nivel de las
diferentes esferas: social, económica y natural.
Según el artículo 3 del Decreto 1640 de 2012
una cuenca es un área de aguas superficiales
o subterráneas que vierten a una red
hidrográfica natural que a su vez puede
verter a un río principal en un depósito
natural de agua o desembocar en el mar.
91. Plan de ordenación y manejo ambiental
de cuenca hidrográfica (POMCA)
Para el componente programático del Pomca hace referencia a las estrategias,
programas, proyectos y actividades, definidas para lograr los objetivos
trazados.
Para el ordenamiento de las cuencas en Colombia se cuenta con una
herramienta conocida como plan de ordenación y manejo ambiental de
cuenca hidrográfica (Pomca) el cual establece los lineamientos para la
adecuada planificación de este tipo de ecosistemas teniendo en
consideración tres factores claves: la zonificación ambiental, el componente
programático y la gestión del riesgo.
En lo concerniente a la zonificación ambiental y la gestión del riesgo se
establecen disposiciones sobre el uso y ocupación del territorio y sobre el
aprovechamiento de los recursos naturales.
92. Plan de ordenación y manejo ambiental de cuenca
hidrográfica (POMCA)
La planificación del recurso hídrico se desarrolla en cuatro niveles los cuales
han sido definidos en el decreto 1640 de 2012, señalándose como primer nivel
las macrocuencas que incluye áreas hidrográficas como el Caribe, Magdalena,
Amazonas, Orinoco y Pacífico. La cartografía para la formulación del plan se
puede trabajar a 1:500.000, es decir una escala general.
94. Plan de ordenación y manejo ambiental de cuenca
hidrográfica (POMCA)
En segundo nivel, se encuentran las zonas hidrográficas, que hacen alusión a
las definidas en el mapa de zonificación hidrográfica de Colombia y sirven
como medio para monitorear el recurso hídrico.
96. Plan de ordenación y manejo ambiental de cuenca
hidrográfica (POMCA)
Posteriormente, se ubican las subzonas hidrográficas que corresponden a
las cuencas objeto de ordenación y manejo y finalmente las microcuencas
o cuencas de orden inferior que no hacen parte de un Pomca.
98. DIAGNÓSTICO DEL TERRITORIO
SELECCIONADO
• Localización y ubicación
espacial.
• Características fisico-bióticas.
• Características
socioeconómicas.
• Descripción de la problemática
ambiental de la microcuenca.
99. HERRAMIENTAS PARA EL DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y
LA PROSPECTIVA DE ESCENARIOS
Para elaborar el diagnóstico de la
microcuenca la matriz DOFA (debilidades,
oportunidades, fortalezas y amenazas) se
convierte en una excelente herramienta de
análisis situacional para un territorio.
El método DOFA es un análisis de vulnerabilidad que se utiliza para determinar
el desempeño de la organización ante una situación crítica específica (Amaya,
2010). Para Ponce (2007) el análisis DOFA consiste en realizar una evaluación
de los factores fuertes y débiles que, en su conjunto, diagnostican la situación
interna de una organización, así como su evaluación externa, es decir, las
oportunidades y amenazas.
100. HERRAMIENTAS PARA EL DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y
LA PROSPECTIVA DE ESCENARIOS
https://www.youtube.com/watch?v=WnvVNmio1OI
101. HERRAMIENTAS PARA EL DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y
LA PROSPECTIVA DE ESCENARIOS – FODA/DOFA
Este tipo de herramienta se puede aplicar teniendo la cuenta para un
territorio variables como ubicación geográfica, gestión institucional,
económico, productivo-extractivo, educación, salud, agua potable,
saneamiento básico y servicios públicos, vivienda, población y problemas
ambientales entre otros. A continuación, se muestra el ejemplo de DOFA
para una localidad rural .
Sector Debilidades Oportunidades Fortalezas Amenazas
Vivienda Déficit de
viviendas. Alto
número de
viviendas en
regular estado
de
construcción.
Disponibilidad de
bienes ambientales
que propiciarían la
construcción de
casas finca.
Gran
disponibilidad
de espacio
libre de
amenazas
naturales, para
la construcción
de viviendas.
Ineficiente
planificación y
financiación
para
programas y
subsidios de
vivienda en las
zonas rurales.
102. HERRAMIENTAS PARA EL DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y
LA PROSPECTIVA DE ESCENARIOS
Una vez realizado en diagnóstico del
territorio es relevante iniciar un proceso
prospectivo de posibilidades futuras
basadas en el estado actual en que se
encuentre la localidad a ordenar. Con
base en los resultados del diagnóstico se
diseñan los escenarios de uso coordinado
y sostenible de los recursos suelo, agua,
flora y fauna en interacción con las
actividades económicas y el bienestar
social de las poblaciones.
103. Los métodos cualitativos y cuantitativos más utilizados para la formulación
de escenarios posibles y deseados según Gómez (1996, Citado por Vélez y
Martínez, 2004) son:
La planificación prospectiva de acuerdo con la Ley 388 de 1997, consiste
básicamente en determinar mediante un análisis, con alto contenido de
imaginación y utilizando herramientas estadísticas, cuáles serían los
fenómenos que tienen una alta probabilidad de ser realidad en el futuro y
que además pueden ocasionar consecuencias importantes para la dinámica
poblacional.
El diseñar escenarios prospectivos requiere un adecuado diagnóstico de la
realidad ambiental y socioeconómica del territorio, que permita comparar la
situación actual de este y las posibles modificaciones y cambios que se
sucederán en el futuro.
HERRAMIENTAS PARA EL DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y
LA PROSPECTIVA DE ESCENARIOS
104. ESCENARIOS
ACTUAL PREVISIBLE POSIBLE DESEADO
Diagnóstico ¿qué pasa con el territorio, si
continua como esta hoy?
toma como referencia
proyecciones cualitativas de los
factores ambientales y
socioeconómicos referentes a
las condiciones actuales de un
territorio, dichos factores son
analizados con base en una
reflexión creativa consecuente
con la ocurrencia de
fenómenos o eventos cuya
tendencia puede ser previsible.
¿qué puede mejorar?
una abstracción de la
realidad actual del
territorio que se pretenda
ordenar, que ante una
visión planificada puede
ser mejorada a corto plazo,
por ello este escenario
describe y prioriza que
acciones deben
emprenderse de forma
inmediata sobre los
aspectos claves del
desarrollo socioeconómico
y ambiental a fin de
materializar el proceso de
ordenación acorde con los
principios de sostenibilidad
¿cómo sería el
territorio sostenible?
define los ideales
óptimos de una
ordenación estratégica
del territorio en
relación con las
dimensiones
ambientales, sociales,
económicas,
tecnológicas y
culturales