La Constitución de la República del Ecuador en su Art. 24, manifiesta: "Las personas tienen derecho a la recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y al tiempo libre."
La aplicación del derecho del descanso y el ocio en el Ecuador
1. Ab. Yorgi Ramírez Aráuz, MSc.
Director Legal – APTHEC
Catedrático Universidad de Especialidades
de Espíritu Santo (UEES)
Facultad de Turismo
Guayaquil - Ecuador
“La aplicación del
Ocio & Descanso a
los destinos
turísticos”
«Feria Empresarial, Turística y
Cultural Universidad del Cauca»
Popayan-El Cauca – Colombia, 21
-23 noviembre 2014
3. EL OCIO
• Palabra en latin: otium, también denominado tiempo
libre.
• Es el que se dedica a actividades que no son
trabajo, ni tareas domésticas esenciales,
permitiendo al ser humano su recuperación luego
de realizar la actividad del trabajo, realizando
actividades recreativas, que son el complemento
para el desarrollo integral del ser humano.
• La Real Academia Española señala al Ocio como el
tiempo libre, fuera de las obligaciones y
ocupaciones habituales.
4. EL DESCANSO
• La Real Academia Española señala al
Descanso como: “Quietud, reposo o pausa
en el trabajo o fatiga / Causa de alivio en la
fatiga y en las dificultades físicas o morales”.
5. EL TRABAJO
1. Acción y efecto de trabajar.
2. Ocupación retribuida.
3. Cosa producida por un agente).
4. Obra, resultado de la actividad humana.
5. Operación de la máquina, pieza, herramienta o utensilio que
se emplea para algún fin.
6. Esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza, en
contraposición a capital.
7. Lugar donde se trabaja. Vivo muy lejos de mi trabajo.
8. Dificultad, impedimento o perjuicio.
9. Penalidad, molestia, tormento o suceso infeliz. U. m. en pl.
La Real Academia Española de la Lengua
6. Se concluye que:
• EL TRABAJO, EL DESCANSO Y EL OCIO, de
acuerdo al articulo 24 de la Declaración Universal
de los Derechos Humanos dispone:
• “Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute
del tiempo libre, a una limitación razonable de la
duración del trabajo y a vacaciones periódicas
pagadas”.
Naciones Unidas, 1948
8. 1. EN LA BIBLIA: En el capítulo del Génesis del
Antiguo Testamento, el tiempo de descanso se
menciona, como el periodo adoptado por el
Creador Supremo, luego de haber concluido su
trabajo(Codina, 2002)
9. 2. EN SIGLO VI (de nuestra era): La palabra
“Trabajo”, ya utilizada por el hombre, término latino
Tripalium significa: Tres Palos, a este instrumento
se ataba a los reos, formando tres maderos
cruzados que dejaban inmovilizados a los presos
para azotarlos = CASTIGO.
• La palabra fue evolucionando de forma
metonímica, llegando a ser llamada: penalidad,
molestia, tormento o suceso infeliz, lo que convirtió
a este instrumento de tortura en “sufrimiento”.
(Valerdi, 2005)
10. 3. LA HISTORIA DEL TRABAJO INICIA EN:
a) La Época pre-moderna, inicia en el “estado primitivo”,
representado por la cultura tribal y tradición oral, luego, se
desarrolló el “estado clásico”, que nace hace más de 10 mil
años, con la aparición de la agricultura;
b) Griegos: Hace 6 mil años con el nacimiento de las ciudades
de civilizaciones jerarquizadas y de la escritura manual, lo
que está representada en el tiempo de los Griegos
(1200 a. C., hasta el año 146 a. C.), se entendía al trabajo
como una actividad penosa y obligatoria, tanto que era
concebido como un castigo.
(García, 2009)
11. 3. LA HISTORIA DEL TRABAJO INICIA EN:
a) Griega: Valoraban la supremacía del trabajo intelectual y se
minimizaba el esfuerzo físico.
Filósofos como Platón, Sócrates y Epicuro señalaron: “La
dicha sólo se encuentra en el ocio y este no es juego y sí
recreación que ayuda a reparar fuerzas para un nuevo
trabajo”;
Aristóteles menciona en su obra Ética: “El tiempo de no
trabajo, es para dedicarlo al arte, la ciencia y de
preferencia a la filosofía”.
(García, 2009)
12. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
d) Los Judeos – Cristianos: calificaban al trabajo como un
valor positivo para el desarrollo del ser humano, pero
mostrando ciertas ambivalencias:
En el Antiguo Testamento se lo califica como “Castigo”, siendo
resultado del Pecado Original, pero también, es una forma de
purgar los pecados;
(García, 2009)
13. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
d) Judeos – Cristianos: calificaban al trabajo como un valor
positivo para el desarrollo del ser humano, pero mostrando
ciertas ambivalencias:
También, lo califican como una representación del poder
de transformación, creación y humanización de la creación,
mostrando que el trabajo puede dar alegría, felicidad,
dando así a la contemplación e intelectualidad
anteriormente descrita,
( La sociedad del ocio: un reto para los archivos. Fernández 2006)
Este es el punto de partida para que el trabajo sea visto desde
otra visión: un factor progresista con valor moral y religioso.
14. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
e) La Época Moderna surge con la expansión del capitalismo,
el que se divide en cuatro etapas:
Etapa pre-industrial: capital mercantil;
Etapa manufacturera;
Etapa de la gran industria y;
Etapa Post - Industrial.
15. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
f) La etapa pre-industrial (siglo XVII): Las actividades eran
precarias usaban al agua y al viento como fuentes de
energía, actividades artesanales y de diversa clase.
El trabajo revaloriza la utilidad de hombre, alcanzan progresos y
se desarrolla el Comercio internacional, estimulando otra
parte del trabajo: el espíritu de iniciativa y los riesgos en el
negocio.
(García, 2009)
La producción era reducida para un mercado pequeño
con un alto poder adquisitivo.
16. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
f) La etapa pre-industrial (siglo XVII): Los días de descanso
se evidenciaban durante las fiestas religiosas ya que eran
obligadas a respetarse, siendo esos días calificados
estrictamente como de descanso; a pesar de que aún no se
dejaba de lado, era la figura de la gran masa consagrada al
trabajo y sólo un pequeño grupo dedicado al ocio.
(García, 2009)
17. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
g) Siglos XVIII - XIX: la máquina de vapor fue el inicio de era
de etapa de inventos que revolucionaron al mundo, utilizando
las fuentes de energía no renovables como el carbón, para lo
cual, se utilizaba gran fuerza laboral, ya que el trabajo era
aún manual ayudado por las máquinas, siendo el trabajo
pesado y rutinario en condiciones duras, y los trabajadores
no tomaban decisiones con respecto a sus tareas, el control
del tiempo marcó la nueva era y transforma el pensamiento
de las personas.
18. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
i) Durante el Siglo XIX: trabajo asalariado semanal, y fue
relevante que se tomara a los trabajos domésticos que
realizaba la mujer como necesarios e inevitables.
• Carlos Marx, resalta las condiciones laborales determinadas
por el capital, que determina la relación social de producción,
desfavorable para el trabajador, ya que él es visto como el eje
de explicación de la nueva estructura social y al tiempo como
un medio de explotación, ya que las horas labores eran
extensas, desenfrenadas.
• En estos tiempos, las horas de trabajo
ocuparon la mayor parte del tiempo que
llegó a cubrir entre 18 y 24 horas del día.
(Valerdi, 2005)
19. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
j) Durante el Siglo XIX: Marx señaló también
que el valor del tiempo de trabajo del obrero
es pagado por el capitalista, y que si el
obrero emplea para sí su tiempo libre, el
capitalista lo asume como un robo de
parte del trabajador, ya que asume que el
tiempo libre del trabajador servía para
recuperarse, descansar y luego volver al
trabajo.
(Valerdi, 2005)
20. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
l) Durante la revolución industrial: Siendo
así este escenario, el Estado interviene
con propuestas subsidiarias, o más bien
conocidas como “políticas sociales” en
vivienda, salud, recreación educación,
transporte, etc.
(Saúl Franco, 2006)
21. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
m) El trabajo es colocado en situación de oposición a la
libertad, está sólo podría ser vivenciada por el trabajador en
el tiempo fuera del acto productivo, de esta forma el Ocio
surge como el tiempo libre, tiempo de libertad, y de
liberación de las amarras, el Ocio hasta nuestra época es
considerado como un tiempo de no trabajo, es un tiempo de
desarrollo.
(Christianne Gomes, 2009)
22. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
n) La Declaración Universal de Derechos
Humanos, generó el nacimiento de importantes
normas supranacionales para establecer límites
del tiempo de trabajo y fomentar la inclusión de
los derechos económicos, sociales y culturales en
todos los países, incluyendo a los
Latinoamericanos
(Christianne Gomes, 2009)
(Gomes, 2014)
23. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
o) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales (1966).- Art. 7: “El Descanso, el
disfrute del tiempo libre, la limitación
razonable de las horas de trabajo y las
variaciones periódicas pagadas, así
como la remuneración de los días
festivos (literal d).
24. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
p) Declaración de principios y derechos fundamentales en
el trabajo de la Organización Internacional del Trabajo
(1988
q) Declaración Sociolaboral del MERCOSUR.- Art. 10:
25. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
r) Código Ético Mundial para el Turismo.- Art. 7: Derecho al
Turismo
1. La posibilidad de acceso directo y personal al descubrimiento
de las riquezas de nuestro mundo constituirá un derecho
abierto por igual a todos los habitantes de nuestro planeta. La
participación cada vez más difundida en el turismo nacional e
internacional debe entenderse como una de las mejores
expresiones posibles del continuo crecimiento del tiempo
libre, y no se le opondrá obstáculo ninguno.
26. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
r) Código Ético Mundial para el Turismo.- Art. 7: Derecho al
Turismo
2. El derecho al turismo para todos debe entenderse como
consecuencia del derecho al descanso y al ocio, y en
particular a la limitación razonable de la duración del
trabajo y a las vacaciones pagadas periódicas, que se
garantiza en el artículo 24 de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos y en el artículo 7.d del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales.
27. 3. EN LA HISTORIA DEL TRABAJO:
r) Código Ético Mundial para el Turismo.-
Art. 7: Derecho al Turismo
• Literal 3.- Con el apoyo de las autoridades
públicas, se desarrollará el turismo
social, en particular el turismo asociativo,
que permite el acceso de la mayoría de los
ciudadanos al ocio, a los viajes y a las
vacaciones. .
29. • Año 1830: Marca un hito en el Ecuador al poner en
vigencia su primera Constitución de la República del
Ecuador (Riobamba, 1830), como nación y estado,
el origen de su vida republicana, y con ella la del
trabajo, aún como incipiente actividad.
30. • En su Artículo Doce: Se declara que los derechos
ciudadanos solo podría gozarlos, quienes tenían una
propiedad raíz, valor libre de 300 pesos y ejercer
alguna profesión o industria útil sin sujeción a otro,
como sirviente doméstico, o jornalero,
entendiéndose como tal que el trabajador para
aquella época ya era considerado un privilegio de
pocos.
31. ¿Cuál es la importancia de lo
dicho en la aplicación a los
destinos turísticos en
Colombia y Sudamerica?
33. • ARTICULO 52.—Modificado. A.L. 2/2000,
• Art. 1o
: El ejercicio del deporte, sus
manifestaciones recreativas, competitivas y
autóctonas tienen como función la formación
integral de las personas, preservar y desarrollar una
mejor salud en el ser humano. El deporte y la
recreación, forman parte de la educación y
constituyen gasto público social.
• Se reconoce el derecho de todas las personas a
la recreación, a la práctica del deporte y al
aprovechamiento del tiempo libre.
34. • ARTICULO 53.—
• El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley
correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes
principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades
para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil,
proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el
empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos
establecidos en normas laborales; facultades para transigir y
conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más
favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e
interpretación de las fuentes formales de derecho; …
35. • ARTICULO 53.—
• …primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por
los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad
social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso
necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al
trabajador menor de edad. El estado garantiza el derecho al
pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones
legales. Los convenios internacionales del trabajo
debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna.
La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no
pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los
derechos de los trabajadores.
36. • SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL,
• Art. 4o
: La Constitución es norma de normas. En
todo caso de incompatibilidad entre la
Constitución y la ley u otra norma jurídica, se
aplicarán las disposiciones constitucionales.
• Es deber de los nacionales y de los extranjeros en
Colombia acatar la Constitución y las leyes, y
respetar y obedecer a las autoridades.
38. El derecho al trabajo como complemento
al derecho al descanso y al ocio
• Art. 33: El trabajo es un derecho y un deber social, y
un derecho económico, fuente de realización
personal y base de la economía. El Estado
garantizará a las personas trabajadoras el pleno
respeto a su dignidad, una vida decorosa,
remuneraciones y retribuciones justas y el
desempeño de un trabajo saludable y libremente
escogido o aceptado.
39. Derecho a desarrollar su capacidad
creativa, al ejercicio digno y sostenido de
las actividades culturales y artísticas
como parte del ocio.
Art. 22: Las personas tienen derecho a desarrollar su
capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de
las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse
de la protección de los derechos morales y
patrimoniales que les correspondan por las
producciones científicas, literarias o artísticas de su
autoría.
40. Derecho a la recreación y al
esparcimiento,
esencia del descanso y el ocio.
Art. 24: Las personas tienen derecho a la recreación y
al esparcimiento, a la práctica del deporte y al tiempo
libre.
41. Derecho a la recreación y al
esparcimiento,
esencia del descanso y el ocio.
Art. 25: Las personas tienen derecho a gozar de los
beneficios y aplicaciones del progreso científico y de
los saberes ancestrales.
42. Esparcimiento, descanso
Art. 383: Se garantiza el derecho de las
personas y las colectividades al tiempo libre, la
ampliación de las condiciones físicas, sociales
y ambientales para su disfrute, y la promoción
de actividades para el esparcimiento, descanso
y desarrollo de la personalidad.
43. Garantías constitucionales para el
respeto de los derechos al descanso y
al ocio.
Garantías constitucionales
Art. 84: La Asamblea Nacional y todo órgano con potestad
normativa tendrá la obligación de adecuar, formal y materialmente,
las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la
Constitución y los tratados internacionales, y los que sean
necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las
comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningún caso, la
reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas ni los
actos del poder público atentarán contra los derechos que
reconoce la Constitución.
44. Garantías constitucionales para el
respeto de los derechos al descanso y
al ocio.
Garantías constitucionales
Art. 84: La Asamblea Nacional y todo órgano con potestad
normativa tendrá la obligación de adecuar, formal y materialmente,
las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la
Constitución y los tratados internacionales, y los que sean
necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las
comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningún caso, la
reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas ni los
actos del poder público atentarán contra los derechos que
reconoce la Constitución.
46. Supremacía Constitucional
Constitución de la República
del Ecuador y Tratados
Internacionales.
Leyes Orgánicas (Art. 133)
Leyes Ordinarias (Art. 133)
Acuerdos/Decretos/Resolu
ciones
/Ordenanzas/Reglamentos,
etc.
47. Garantías constitucionales
Art. 424: La Constitución es la norma suprema y prevalece
sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los
actos del poder público deberán mantener conformidad con las
disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de
eficacia jurídica. La Constitución y los tratados internacionales
de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan
derechos más favorables a los contenidos en la Constitución,
prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del
poder público.
48. Derechos
Inalienables
• Son aquellos derechos fundamentales que no
pueden ser legítimamente negados a una
persona. Ningún gobierno o autoridad tiene
competencia para negar este tipo de derechos,
ya que forman parte de la esencia de la
persona. Los derechos humanos son derechos
inalienables.”
49. Derechos
Irrenunciable
s
• “Ningún sujeto puede desprenderse de los
derechos inalienables, ni siquiera por propia
voluntad. Por ejemplo: no existe la esclavitud
voluntaria. Una persona no puede renunciar a su
libertad y someterse de forma voluntaria a los
mandatos de otro hombre.”
50. Derechos
Indivisibles
• “Para el Derecho, indivisible es aquello que no
admite división. La indivisibilidad es una
condición que aparece cuando la división es
impracticable o cuando ésta modifica
sustancialmente la aptitud de la cosa para el
destino que tenía.”.
51. Derechos
Interdependientes
• “Siendo Indivisibles, los derechos son
interdependientes. El desconocimiento de uno
de ellos pone en riesgo a los demás. Por
ejemplo, negarles a las personas el derecho al
trabajo, obviamente, cierra la puerta al derecho
al descanso y el ocio.”
52. Derechos
Progresivos
… Tal el caso de los derechos de tercera
generación. Es probable que otros derechos que
hoy no son tenidos en consideración, pasen a
serlo en el futuro. Estas características de los
derechos humanos parten de una concepción
iusnaturalista del estado. El positivismo concibe
a las normas como creación humana,
desconociendo la existencia del derecho
natural.”
“Derechos que en tiempos
pasados no se reconocían pasaron
a integrarlos ante las situaciones
cambiantes de la humanidad…
54. • Lo constituyen:
• Elementos institucionales como la legislación turística en general,
• Los entes de turismo públicos, privados o mixtos,
• Las acciones de promoción,
• La facilitación a empresas privadas,
• … es decir, todo aquella actividad que realiza el sector público en
materia de turismo,
• … es el encargado de velar por el buen funcionamiento en
general de todo el sistema.
• La eficiencia del “Sistema” depende del funcionamiento de la
normativa y/o Ley.
55. Sistema Turístico
SuperestructuraVenta
I
P
S
A
Oferta
Turística
Producto
Satisface el consumo de
actividades turísticas
Empresa turística
Atractivos turísticos
Equipamiento turístico
Infraestructura
Estructura de
producción del sector
Patrimonio
Turístico =
A= atractivos turísticos; P= Planta turística; I= Infraestructura; S= Superestructura
Demanda
Turística
Bienes y servicios puestos
efectivamente en el mercado
Servicios solicitados efectivamente
por el consumidor
Boullón, 2008
57. Conclusiones
• Norma Constitucional: vigente.
• Tratados Internacionales: vigentes
• Normas Legales que hagan respetar los Derechos
Constitucionales: Existen leyes secundarias para la
vigencia del derecho al Descanso & Ocio.
• Que los organismos de cada país, controlen la plena
vigencia de la legislación local.
58. Conclusiones
• Que se reforme la legislación que no se ajusta a la norma
constitucional del derecho al Descanso y ocio.
• Que la empresa privada realice su mayor esfuerzo, para
respetar los derechos de los trabajadores en la aplicación a la
limitación de sus jornadas de trabajo y el goce de sus
vacaciones anuales para fortalecer el turismo interno
59. Conclusiones
• Respeto a los derechos laborales de los miles de
profesionales del turismo, a través de una adecuada LEY DE
TURISMO en cada país, que obligue su contratación para la
dirección y gerencia de todas las empresas prestadoras de
servicios turísticos, para garantizar la calidad de los servicios.
60. Conclusiones
• Ahorro y financiamiento adecuado para vacaciones anuales:
En la mayoría de países no existe una organización financiera
ni cultura del ahorro que permita el financiamiento adecuado de
las vacaciones anuales delos ciudadanos, pese a que la
legislación laboral estipula el pago de ellas, ésta norma es
insuficiente.
61. Conclusiones
• Infraestructura turística y logística que propicien las
vacaciones anuales de los ciudadanos: en la mayoría de
países existe la infraestructura, mas no la logística o el sistema
que haga posible la promoción, venta, distribución y disfrute de
las vacaciones.
62. Conclusiones
• Cultura de las Vacaciones:
• Salvo un porcentaje menor, no existe aún en nuestros países
la “cultura de las vacaciones”, pues ésta es el resultado de los
parámetros anteriores, por lo cual debe de fomentarse a largo
plazo:
• Promoción de los recursos naturales y culturales de cada país,
a sus conciudadanos
• Implementar una asignatura de Turismo, en escuelas primarias
y secundarias, respecto de la importancia de esta actividad en
la economía de cada país.
63. Ab. Yorgi Ramírez Aráuz, MSc.
Director Legal – APTHEC
Director Legal – Coastman Ecuador Consultora Fundación
Catedrático Universidad de Especialidades de Espíritu Santo
(UEES)
Facultad de Turismo
emails: yramirez@uees.edu.ec
legal@coastmanecuador.com
yorgiramirez@hotmail.com
www.uees.edu.ec
www.coastmanecuador.com