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Opinión 
Regular el Lobby, un problema de Transparencia y de Comunicación 
{DF}el12 noviembre, 2014 
La sociedad española está justamente escandalizada con la reciente revelación de casos de corrupción en la práctica totalidad de partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales sucedidos desde hace años y algunos con pervivencia de lustros o decenios. Se trata de la gota que rebosa el vaso, porque, evidentemente, el vaso estaba lleno. 
Una de las figuras delictivas más repetidas en hechos tan lamentables es la del tráfico de influencias, que nuestro Código Penal define como influencia de funcionario público o autoridad (también de un particular) en otro funcionario o autoridad, prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier situación derivada de su relación personal o jerárquica para conseguir una resolución que le pueda generar, directa o indirectamente, un beneficio económico para sí o para terceros. Y la solución más recurrida teóricamente y menos practicada es la transparencia, para la que España también tiene regulación legal con la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno que la resume como obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas y garantía de acceso a su información. 
A mayor abundamiento y con la corrupción como asunto estrella en todos los Medios, uno de los últimos Consejos de Ministros ha aprobado la estrategia española de Responsabilidad Social de las empresas en la que incluye la transparencia como ejercicio de dicha responsabilidad pues “contribuye a promover organizaciones ejemplares y transparentes, lo que redunda en un aumento de la credibilidad y de la confianza”. 
Por su lado, la Organización no Gubernamental Transparency International, presente también en España, ha publicado un informe sobre la evaluación institucional del lobby en nuestro país con el correspondiente análisis y una batería de propuestas. Con la evidencia de que la transparencia de la gestión pública es reconocida sólo por el 21% de los ciudadanos y la más preocupante de que el reconocimiento de la transparencia en el ejercicio del lobby llega nada más que al 10%, y de que este mecanismo de influencia, legitimado y legalizado, puede ayudar en la lucha contra la corrupción. Sin embargo y aunque es práctica normal en países como Estados Unidos, el lobby está bajo sospecha en la sociedad española incluso para la Real Academia española que lo define como grupo de personas influyentes organizado para presionar en favor de determinados intereses. Los adjetivos ponen la sombra de
la duda. Las campañas de comunicación realizadas hasta la fecha para cambiar esta negativa percepción no han tenido el resultado deseado. 
Y aquí llegamos, una vez más, al meollo de la cuestión, que no es otro que la asunción por la opinión pública de que la influencia de los ciudadanos existe y debe de existir en la toma de las decisiones de los políticos y administradores, pues para ellos trabajan. El problema es cómo encauzarla. 
En un estudio sobre la comunicación entre políticos y empresas, realizado el pasado año por Estudio de Comunicación en colaboración con ABC, el 84 por ciento de los políticos entrevistados declaró como algo natural que mantenían estas relaciones habitualmente con carácter informativo y que esta relación era sencilla de establecer y útil para el ejercicio de su labor. También mayoritariamente que preferían que estas relaciones se establecieran mediante las organizaciones que les representan a ambos y con el 94% partidario de que fueran denominadas Relaciones Institucionales y entendidas como tales, frente al 4% que prefería la denominación de lobby. 
Pero no nos engañemos: son generalmente las conductas individuales las que quiebran una posibilidad de control que pueda proteger a los ciudadanos frente a la corrupción, pues para que haya corruptos tiene que haber corruptores y las relaciones entre ambos no estarán regidas, precisamente, por la transparencia ni la publicidad ni el buen gobierno ni la ética pública. Son ambos tan delincuentes como todos los que llevan a cabo conductas tipificadas como delitos en el Código Penal. Y eso ha sucedido desde que el mundo es mundo y en todos los países conocidos. Recuérdese situaciones de presidentes o jefes de Gobierno de repúblicas vecinas. Conductas en los casos comentados de España y de fuera posibilitadas y agravadas por el elemento esencial de su repercusión social: el delictivo uso del poder. 
Lo importante es terminar en lo posible con el secretismo en el que se cuecen las relaciones personales que propician la corrupción. Los máximos órganos de dirección de los partidos, sindicatos y organizaciones empresariales deben de tener dentro, pues ya se ve que fuera la labor es más complicada, mecanismos de control efectivo de las decisiones que toman órganos administrativos bajo su jerarquía o dependencia, desde el más pequeño ayuntamiento hasta organismos de mayor presencia territorial y volumen de gasto. Una comisión en la que estén presentes representantes de la Intervención General y de la Abogacía del Estado, de la Inspección de Hacienda y del Tribunal de Cuentas, toda vez que se trata del manejo de dinero público. Una comisión sometida a una rigurosa responsabilidad penal in vigilando de sus miembros y a procedimientos judiciales de rápida resolución en un nuevo marco legal. Se trata de impedir en origen, con “los sabuesos ajenos” dentro, lo que año tras año se consuma bajo el desconocimiento, en el mejor de los casos, o la connivencia. Un empeño que ha de regir también para los consejos de administración de las empresas que opten a licitaciones y concesiones públicas. 
Y, en este nuevo marco, una mayor publicidad y transparencia efectiva para que la comunicación fluya a la sociedad y a los ciudadanos, para que estos puedan saber de las donaciones a los partidos, de la gestiones de expedientes de
licitación o contratación en procedimientos de información pública mucho más abiertos y exigentes con los administradores y también con los administrados, para que los derechos de éstos tengan la correspondiente contrapartida de responsabilidad en el buen uso de estos mecanismos. Es decir, que, además de la “asignatura judicial” para que quien la haya hecho o la haga la pague (pronto, por favor y sin instrucciones sumariales de varios años de duración) y para prevenir en lo posible que no se haga, está también pendiente la asignatura de comunicación al y con el ciudadano, para que éste pueda influir legítimamente en las decisiones políticas y no sólo cada cuatro años, pues, como señala nuestra Constitución, los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes y tienen también el derecho de petición individual y colectiva. 
Así, para que la influencia de los ciudadanos, individuos o grupos esté protegida del tan corruptamente empleado tráfico, que propicia una cadena de otros delitos (prevaricación, cohecho y hasta asociación criminal), sería muy positivo incrementar dos elementos clave de la buena comunicación: la publicidad y la transparencia. Y que esta última sea de verdad, más allá del limitado concepto político de lo transparente, “lo claro, evidente, que se cumple así sin duda ni ambigüedad”, que dice nuestro remozado diccionario de la RAE e incluso la más poética “luminaria del clariver”, que dice nuestro Nobel Juan Ramón Jiménez en su poema La Transparencia, Dios, la Transparencia. 
Por Ramón Almendros, Director de Estudio de Comunicación @RamonAlmendros http://www.diariofinanciero.com/2014/11/12/regular-el-lobby-un-problema- de-transparencia-y-de-comunicacion/

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  • 1. Opinión Regular el Lobby, un problema de Transparencia y de Comunicación {DF}el12 noviembre, 2014 La sociedad española está justamente escandalizada con la reciente revelación de casos de corrupción en la práctica totalidad de partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales sucedidos desde hace años y algunos con pervivencia de lustros o decenios. Se trata de la gota que rebosa el vaso, porque, evidentemente, el vaso estaba lleno. Una de las figuras delictivas más repetidas en hechos tan lamentables es la del tráfico de influencias, que nuestro Código Penal define como influencia de funcionario público o autoridad (también de un particular) en otro funcionario o autoridad, prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier situación derivada de su relación personal o jerárquica para conseguir una resolución que le pueda generar, directa o indirectamente, un beneficio económico para sí o para terceros. Y la solución más recurrida teóricamente y menos practicada es la transparencia, para la que España también tiene regulación legal con la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno que la resume como obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas y garantía de acceso a su información. A mayor abundamiento y con la corrupción como asunto estrella en todos los Medios, uno de los últimos Consejos de Ministros ha aprobado la estrategia española de Responsabilidad Social de las empresas en la que incluye la transparencia como ejercicio de dicha responsabilidad pues “contribuye a promover organizaciones ejemplares y transparentes, lo que redunda en un aumento de la credibilidad y de la confianza”. Por su lado, la Organización no Gubernamental Transparency International, presente también en España, ha publicado un informe sobre la evaluación institucional del lobby en nuestro país con el correspondiente análisis y una batería de propuestas. Con la evidencia de que la transparencia de la gestión pública es reconocida sólo por el 21% de los ciudadanos y la más preocupante de que el reconocimiento de la transparencia en el ejercicio del lobby llega nada más que al 10%, y de que este mecanismo de influencia, legitimado y legalizado, puede ayudar en la lucha contra la corrupción. Sin embargo y aunque es práctica normal en países como Estados Unidos, el lobby está bajo sospecha en la sociedad española incluso para la Real Academia española que lo define como grupo de personas influyentes organizado para presionar en favor de determinados intereses. Los adjetivos ponen la sombra de
  • 2. la duda. Las campañas de comunicación realizadas hasta la fecha para cambiar esta negativa percepción no han tenido el resultado deseado. Y aquí llegamos, una vez más, al meollo de la cuestión, que no es otro que la asunción por la opinión pública de que la influencia de los ciudadanos existe y debe de existir en la toma de las decisiones de los políticos y administradores, pues para ellos trabajan. El problema es cómo encauzarla. En un estudio sobre la comunicación entre políticos y empresas, realizado el pasado año por Estudio de Comunicación en colaboración con ABC, el 84 por ciento de los políticos entrevistados declaró como algo natural que mantenían estas relaciones habitualmente con carácter informativo y que esta relación era sencilla de establecer y útil para el ejercicio de su labor. También mayoritariamente que preferían que estas relaciones se establecieran mediante las organizaciones que les representan a ambos y con el 94% partidario de que fueran denominadas Relaciones Institucionales y entendidas como tales, frente al 4% que prefería la denominación de lobby. Pero no nos engañemos: son generalmente las conductas individuales las que quiebran una posibilidad de control que pueda proteger a los ciudadanos frente a la corrupción, pues para que haya corruptos tiene que haber corruptores y las relaciones entre ambos no estarán regidas, precisamente, por la transparencia ni la publicidad ni el buen gobierno ni la ética pública. Son ambos tan delincuentes como todos los que llevan a cabo conductas tipificadas como delitos en el Código Penal. Y eso ha sucedido desde que el mundo es mundo y en todos los países conocidos. Recuérdese situaciones de presidentes o jefes de Gobierno de repúblicas vecinas. Conductas en los casos comentados de España y de fuera posibilitadas y agravadas por el elemento esencial de su repercusión social: el delictivo uso del poder. Lo importante es terminar en lo posible con el secretismo en el que se cuecen las relaciones personales que propician la corrupción. Los máximos órganos de dirección de los partidos, sindicatos y organizaciones empresariales deben de tener dentro, pues ya se ve que fuera la labor es más complicada, mecanismos de control efectivo de las decisiones que toman órganos administrativos bajo su jerarquía o dependencia, desde el más pequeño ayuntamiento hasta organismos de mayor presencia territorial y volumen de gasto. Una comisión en la que estén presentes representantes de la Intervención General y de la Abogacía del Estado, de la Inspección de Hacienda y del Tribunal de Cuentas, toda vez que se trata del manejo de dinero público. Una comisión sometida a una rigurosa responsabilidad penal in vigilando de sus miembros y a procedimientos judiciales de rápida resolución en un nuevo marco legal. Se trata de impedir en origen, con “los sabuesos ajenos” dentro, lo que año tras año se consuma bajo el desconocimiento, en el mejor de los casos, o la connivencia. Un empeño que ha de regir también para los consejos de administración de las empresas que opten a licitaciones y concesiones públicas. Y, en este nuevo marco, una mayor publicidad y transparencia efectiva para que la comunicación fluya a la sociedad y a los ciudadanos, para que estos puedan saber de las donaciones a los partidos, de la gestiones de expedientes de
  • 3. licitación o contratación en procedimientos de información pública mucho más abiertos y exigentes con los administradores y también con los administrados, para que los derechos de éstos tengan la correspondiente contrapartida de responsabilidad en el buen uso de estos mecanismos. Es decir, que, además de la “asignatura judicial” para que quien la haya hecho o la haga la pague (pronto, por favor y sin instrucciones sumariales de varios años de duración) y para prevenir en lo posible que no se haga, está también pendiente la asignatura de comunicación al y con el ciudadano, para que éste pueda influir legítimamente en las decisiones políticas y no sólo cada cuatro años, pues, como señala nuestra Constitución, los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes y tienen también el derecho de petición individual y colectiva. Así, para que la influencia de los ciudadanos, individuos o grupos esté protegida del tan corruptamente empleado tráfico, que propicia una cadena de otros delitos (prevaricación, cohecho y hasta asociación criminal), sería muy positivo incrementar dos elementos clave de la buena comunicación: la publicidad y la transparencia. Y que esta última sea de verdad, más allá del limitado concepto político de lo transparente, “lo claro, evidente, que se cumple así sin duda ni ambigüedad”, que dice nuestro remozado diccionario de la RAE e incluso la más poética “luminaria del clariver”, que dice nuestro Nobel Juan Ramón Jiménez en su poema La Transparencia, Dios, la Transparencia. Por Ramón Almendros, Director de Estudio de Comunicación @RamonAlmendros http://www.diariofinanciero.com/2014/11/12/regular-el-lobby-un-problema- de-transparencia-y-de-comunicacion/