2. Áreas Naturales Protegidas. Definición.
Beneficios de las áreas naturales
protegidas
SINANPE
Categorías
Beneficios.
3.
4. • Son los espacios continentales y/o marinos del
territorio nacional, expresamente reconocidos
y declarados como tales, incluyendo sus
categorías y zonificaciones, para conservar la
diversidad biológica y de más valores
asociados de interés cultural, paisajístico y
científico, así como por su contribución al
desarrollo sostenible del país.
5. Regulación del clima
Protección de cuencas
Hábitat de especies de fauna y flora
Fuente de alimento
Recursos genéticos y medicinales
Protección de costas
Materia prima para ropa, construcción.
6. Es el conjunto de Áreas Naturales
Protegidas por el Estado, en todas
sus categorías, a cuya gestión se
suman las instituciones públicas de
nivel nacional, regional y municipal y
todos los actores privados
vinculados a ellas.
A la actualidad, forman parte del SINANPE 62
áreas naturales protegidas.
y conforman el 14.80% (19 041 078,69 ha)
del territorio nacional.
7.
8.
9. Existen tres etapas
1. Determinación de su valor biológico, la urgencia de su
protección y una descripción de la situación de la tenencia
de la tierra a su interior, todo lo cual es sustentado con un
expediente breve.
2. Elaboración del expediente técnico donde se explican los
aspectos socioeconómicos y la factibilidad de la gestión del
área natural protegida.
3. Establecimiento de una Zona Reservada para
posteriormente definir su categoría definitiva.
10. • Se establecen de forma transitoria en aquellas
áreas que, reuniendo las condiciones para ser
consideradas como áreas naturales
protegidas, requieren la realización de
estudios complementarios para determinar,
entre otras cosas, su extensión y categoría.
Las Zonas Reservadas también forman parte
del SINANPE.
11. • Aquella zona adyacente a los límites del
área natural protegidas que, por su
ubicación, requiere de un tratamiento
especial para garantizar el cumplimiento
de los fines de conservación.
13. • En primer lugar:
• Las actividades desarrolladas en las Z. A no deben
poner en riesgo la integridad del área natural
protegida.
14. Actividades desarrolladas en la Z.A
• Ecoturismo
• Reforestación.
• Ganadería.( Con manejo adecuado)
• Deportes de Aventura.(evitando utilizar
vehículos motorizados)
• Pesca deportiva y de subsistencia
15. • Son aquellas de • Son aquellas que permiten
protección intangible, el aprovechamiento de
en las que no se recursos naturales,
permite la extracción prioritariamente por las
de recursos naturales poblaciones locales, bajo los
y ningún tipo de lineamientos de un Plan de
modificación del Manejo aprobado y
ambiente natural.
supervisado por la
autoridad nacional
competente
16. En las ANPS solo se permiten las siguientes actividades
Investigación científica no manipulativa
A. Ecoturísticas
A. Recreativas
A. Educativas
A. Culturales
18. • Creados en áreas que constituyen muestras
representativas de las grandes unidades
ecológicas del país. En ellos se protege la
integridad ecológica de uno o más
ecosistemas, las asociaciones de flora y fauna
silvestre.
19. • áreas donde se protege el hábitat de una
especie o una comunidad de flora y fauna, así
como formaciones naturales de interés
científico y paisajístico y de importancia
nacional.
20. • áreas que además de proteger espacios que
contienen valores naturales relevantes,
constituyen el entorno de muestras del
patrimonio monumental y arqueológico del
país o son lugares donde se desarrollaron
hechos sobresalientes de la historia nacional.
21. Reservas Nacionales.
Refugio de Vida
Silvestre.
Reservas Paisajísticas.
Reservas Comunales.
Bosques de Protección.
Cotos de caza.
22. • áreas destinadas a la conservación de la
diversidad biológica y la utilización
sostenible, incluso comercial, de los recursos
de flora y fauna silvestre bajo planes de
manejo, con excepción de las actividades de
aprovechamiento forestal comercial con fines
madereros
23. • áreas que requieren intervención activa para
garantizar el mantenimiento y recuperación
de hábitats y poblaciones de determinadas
especies. Se excluyen el aprovechamiento
comercial de recursos naturales que puedan
provocar alteraciones significativas del
hábitat.
24. • áreas donde se protege ambientes cuya
integridad geográfica muestra una relación
armoniosa entre el hombre y la naturaleza,
albergando por ello importantes valores
naturales, culturales y estéticos.
25. Uno o más ecosistemas
Usos tradicionales según planes de manejo
Prohibido el establecimiento de nuevos
asentamientos, expansión de actividades
agrícolas, pecuarias y extracción forestal
maderera
Gestión comunal del área y conducción
26. • áreas que se establecen para proteger las
cuencas altas o colectoras, las riberas de los
ríos y de otros cursos de agua y, en general,
para proteger contra la erosión a las tierras
frágiles que así lo requieran. En ellos se
permite el uso de recursos y el desarrollo de
actividades que no afecten la cobertura
vegetal, los suelos frágiles o cursos de agua.
27. Uno o más ecosistemas, generalmente cuencas altas,
mantenimiento de la cobertura vegetal
Prácticas de manejo, alternativas de uso sostenible
Uso directo de recursos silvestres: flora, fauna,
RRHH
Usos indirectos: turismo, recreación, investigación y
educación
Manejo de suelos y agua
Permitido el uso y de la fauna silvestre y de
productos forestales no maderables
28. • son áreas destinadas al
aprovechamiento de la
fauna silvestre a través
de la práctica regulada
de la caza deportiva.
Pero con planes de
manejo para el
aprovechamiento de
la fauna silvestre
29. Áreas de Conservación Regional
Las Áreas de Conservación Regional son
administradas por los Gobiernos
Regionales.
30. … son aquellos predios de propiedad privada que por sus características
ambientales, biológicas, paisajísticas u otras, contribuyen a
complementar la cobertura del SINANPE, aportando a la conservación
de la diversidad biológica e incrementando la oferta para investigación
científica y la educación, así como de oportunidades para el desarrollo
de turismo especializado. Las Áreas de Conservación Privada pueden
zonificarse en base a lo establecido por la Ley.
31. Una vez categorizada, podemos zonificar al
interior de las áreas naturales protegidas...
– Zona de Protección Estricta (PE)
– Zona Silvestre (S)
– Zona de Uso Turístico y Recreativo (T)
– Zona de Aprovechamiento Directo (AD)
– Zona de uso Especial (UE)
– Zona de Recuperación (REC)
– Zona Histórico-Cultural (HC)
Esto no significa que un área deba contar con
todas estas zonas. Algunas serán aplicables y otras
no, dependiendo de las características de cada
área.
32. Base legal
• Ley de Areas Naturales Protegidas.
• Reglamento de la Ley de ANP.
• Plan Director del SINANPE.
• Resolución Jefatural 270-2001-INRENA: disposiciones
complementarias para el otorgamiento de contratos
de administración.
• Resolución Jefatural 155-2002-INRENA: lista de áreas
susceptibles de ser encargadas en administración.