La complejidad de las balanzas fiscales entra en la batalla
Organización territorial estado español actualización profesorado
1. La Organización
Político-Administrativa de España.
El Estado Autonómico
Curso de actualización de conocimientos en Geografía
Sesión de 23 de enero de 2004
Dr. Joaquín Farinós Dasí
Departamento de Geografía
Universitat de València
2. ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS:
A. Premisas de partida
B. Esquema de actualización según contenidos:
1. El Estado de las autonomías
1. 1. La complejidad del modelo de Estado: España, Estado
Compuesto
1. 2. El mapa autonómico resultante
1. 3. El conflicto competencial: entre gobierno central y autonomías
primero; entre ellas después
2. El principio de solidaridad interterritorial
2. 1. Los desequilibrios regionales
2. 2. La corrección de las desigualdades: cambios en el enfoque de las
políticas
3. A. PREMISAS DE PARTIDA
1. La organización territorial del estado y las formas de cooperación territorial en los
distintos niveles se enfrenta en la actualidad a grandes retos, dentro y fuera del
ámbito español.
2. Resulta especialmente necesaria en estos momentos la fundamental labor de
educación cívica, de respeto no sólo al principio de solidaridad territorial, sino
también al de la diferencia.
3. Una sólida formación y un motivado espíritu crítico son la mejor garantía contra los
miedos y distorsionados estereotipos como el riesgo de ruptura del estado español,
la demonización de los nacionalismos e incluso los perniciosos efectos del
surgimiento de sentimientos identitarios (nada más lejos de la realidad).
4. En el contexto europeo asistimos en la actualidad, frente a la presión de los
pensadores únicos, a la emergencia de una nueva cultura política territorial, con
implicación de todos los actores sociales, que se plantea objetivos a un plazo de
unos 20-30 años.
5. Es nuestro futuro, y nos implicamos como agentes sociales, pero lo es sobre todo de
los jóvenes que hoy están en las enseñanzas medias, a los que hay que mostrarles
tanto el entorno, como los instrumentos para poder influir sobre él.
4. ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS:
A. Premisas de partida
B.Esquema de actualización según contenidos:
1. El Estado de las autonomías
1. 1. La complejidad del modelo de Estado: España, Estado
Compuesto
1. 2. El mapa autonómico resultante
1. 3. El conflicto competencial: entre gobierno central y autonomías
primero; entre ellas después
2. El principio de solidaridad interterritorial
2. 1. Los desequilibrios regionales
2. 2. La corrección de las desigualdades: cambios en el enfoque de las
políticas
5. B. ESQUEMA DE ACTUALIZACIÓN SEGÚN CONTENIDOS:
1. El Estado de las autonomías
1. 1. La complejidad del modelo: España un Estado Compuesto
Confluencia en los modelos de organización territorial y político
administrativa de los Estados europeos: de arriba abajo (descentralización)
y de bajo a arriba (federalismo).
Esta confluencia se basa en el principio de subsidiariedad y el gobierno
multinivel.
En el caso español el proceso seguido es el de una
descentralización.
Pero el actual modelo es funcionalmente federal.
El modelo resultante es complejo, más allá de descentralizado,
realmente no es federal El Tribunal Constitucional lo definió
como “Estado Compuesto”.
6. ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS:
A. Premisas de partida
B. Esquema de actualización según contenidos:
1. El Estado de las autonomías
1. 1. La complejidad del modelo de Estado: España, Estado
Compuesto
1. 2. El mapa autonómico resultante
1. 3. El conflicto competencial: entre gobierno central y autonomías
primero; entre ellas después
2. El principio de solidaridad interterritorial
2. 1. Los desequilibrios regionales
2. 2. La corrección de las desigualdades: cambios en el enfoque de las
políticas
7. 1.2. El mapa autonómico resultante
Ha habido múltiples ensayos de división territorial del territorio
español a lo largo de la historia Sin embargo esto es poco
relevante, como también las discusiones sobre su actual delimitación.
La división más importante es la autonómica porque otorga a cada
territorio poder legislativo y ejecutivo.
Hay que explicar la actual división y situación autonómica:
Cómo resulta el actual mapa: evolución reciente desde 1978.
10. Sin embargo hay que tener en cuenta que siendo ésta la división
fundamental, hay que considerar las relaciones: interescalares y de
cooperación en una misma escala:
□ Con los niveles superiores: UE, Estado-Nación.
□ Espacios subregionales: emergencia de la escala local en un contexto
global.
▪ Revalorización del territorio en las escalas de proximidad
▪ Para hacer frente al incremento de los desequilibrios provocados por
la globalización económica
11. FIGURA 2: ESQUEMA DE RELACIONES MULTINIVEL
Fte: Farinós, J. (2004): “La estrategia territorial europea para el futuro”, en El gobierno de los territorios, Oviedo, Trea, en proceso de edición.
12. ¿Cómo clasificar las distintas autonomías?:
La vieja retórica sobre si son históricas o no, regiones o naciones, es un
debate que exige una gran profundidad y preparación
Puede resultar más útil aprovechar los resultados de este tipo de
discusiones que se trasladan al campo práctico: Clasificación según
cómo han ido adquiriendo las competencias.
La C.E. no define el sistema territorial, se limita a sentar las bases
jurídicas para su desarrollo. Es decir, presenta un carácter potencial
(lo que puede ser y cómo conseguirlo) y heterogéneo (no predispone
monolítica uniformidad). Dicho de otro modo, la C.E. no generalizaba
el sistema de autonomías ni tampoco lo uniformiza
competencialmente.
13. ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS:
A. Premisas de partida
B. Esquema de actualización según contenidos:
1. El Estado de las autonomías
1.1. La complejidad del modelo de Estado: España, Estado
Compuesto
1.2. El mapa autonómico resultante
1.3. El conflicto competencial: entre gobierno central y autonomías
primero; entre ellas después
2. El principio de solidaridad interterritorial
2.1. Los desequilibrios regionales
2.2. La corrección de las desigualdades: cambios en el enfoque de las
políticas
14. 1.3. El conflicto competencial: entre gobierno central y autono-
mías primero, entre ellas después.
Tipos de competencias, clasificación: propias o delegadas, exclusivas o
compartidas (legislativas o de ejecución); (arts. 148, 149 y 150.2 de la C.E.)
Ritmos de adquisición de competencias
15. NIVEL COMPETENCIAL DE LAS CC.AA. DIFERENCIAS
INICIALES:
Una primera y simple división podría ser: CC.AA. de vía rápida
(art.151: Cataluña, País Vasco, Galicia y Andalucía) y de vía lenta (las
restantes).
La escalada competencial introdujo matices que hacen inexacta la
anterior clasificación.
Al menos hasta 1996 se podían distinguir claramente dos grupos de
autonomías en función de la importancia de las competencias
asumidas:
16. A) Las que habían asumido exhaustivamente en su Estatuto de
Autonomía todas las competencias posibles según los artículos
148 y 149 de la C.E.
Pueden distinguirse a su vez cuatro subgrupos
B) Las que necesitaron del transcurso de cinco años y de la
reforma de sus primeros Estatutos para conseguir el mismo
techo competencial (vía del art. 143 en sentido estricto).
En este grupo han habido distintos ritmos. A destacar el caso de
Cantabria, cuyas competencias respondieron estrictamente hasta
1996 a los dictados del artículo 148, siendo además la más reacia
a asumir las de sanidad en la última ronda de transferencias de
finales de 2001.
17. HOMOGENEIZACIÓN COMPETENCIAL PROGRESIVA:
Coincidente con los acuerdos de financiación: 1992-1996; 1997-2001 y el
del año 2002
Discusión sobre la heterogeneidad (particularismos) y sobre el modelo
territorial del Estado: ¿punto y final?, ¿hay que seguir avanzando?,
¿reforma de la C.E.?
Una cuestión fundamental es el tema de la financiación autonómica
dado que sin recursos las transferencias quedan sobre el papel.
El espinoso tema de la financiación autonómica: serie gráficos nº 3
El problema del déficit (endeudamiento de las AA.PP.): serie gráficos
nº 4
El principio solidaridad: ¿amenazado? Desequibrios y Políticas
Correctoras
18. ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS:
A. Premisas de partida
B. Esquema de actualización según contenidos:
1. El Estado de las autonomías
1.1. La complejidad del modelo de Estado: España, Estado
Compuesto
1.2. El mapa autonómico resultante
1.3. El conflicto competencial: entre gobierno central y autonomías
primero; entre ellas después
2. El principio de solidaridad interterritorial
2.1. Los desequilibrios regionales
2.2. La corrección de las desigualdades: cambios en el enfoque de las
políticas
19. 2. El principio de solidaridad interterritorial
2.1. Los desequilibrios regionales
Condición anisotrópica del espacio: las desigualdades son naturales.
Ese no es el problema. Proviene de que éstas se agraven.
Diferentes interpretaciones sobre la evolución de los desequilibrios:
neoclásica o socialdemócrata.
Causas de los desequilibrios territoriales en España:
El medio físico: el factor del relieve sobre los usos agrarios y las
infraestructuras.
La historia política de nuestro país: “la España invertebrada”.
Opciones políticas (económicas –mercado interior y política de ISI-,
redes de infraestructuras) con territorios ganadores y perdedores.
20. Diferentes formas de medir las desigualdades:
Desigualdades en el nivel de desarrollo: tres indicadores básicos
□ Población
□ PIB/cápita
□ Productividad aparente del trabajo (VAB/ocupados)
Desigualdades en el nivel de bienestar:
□ Indicadores múltiples: preocupación desde década de los 80
□ De entre ellos la componente sintética del paro, nº de parados, %
de familias con todos sus miembros en situación de paro o en que
todos trabajan.
□ Indicador sintético: algunas propuestas como la de la Fundación La
Caixa, publicado en su ‘Anuario Social’ (vid. figura 5.2).
El papel redistribuidor del Estado: RDdF – RFND (vid. figura 5.3)
Esto nos traslada a la política correctora de los desequilibrios
territoriales.
21. ACTUALIZACIÓN DE CONOCIMIENTOS:
A. Premisas de partida
B. Esquema de actualización según contenidos:
1. El Estado de las autonomías
1.1. La complejidad del modelo de Estado: España, Estado
Compuesto
1.2. El mapa autonómico resultante
1.3. El conflicto competencial: entre gobierno central y autonomías
primero; entre ellas después
2. El principio de solidaridad interterritorial
2.1. Los desequilibrios regionales
2.2. La corrección de las desigualdades: cambios en el enfoque de las
políticas
22. 2.2. La corrección de las desigualdades: cambios en el enfo-
que de las políticas
La Política Regional: evolución y efectos de la integración de España
en la CEE (vid cuadro 6).
El giro territorial de las políticas: de la Planificación Regional a la
Planificación del Desarrollo Territorial (el amplio objetivo del ‘Desarrollo
Sostenible’).
Una nueva visión de la O.T.: las ‘Estrategias Territoriales’
Nuevas prácticas de la planificación:
- Nadie discute que la Planificación es necesaria: OCDE (“Territorial Outlook”,
“A new role for Spatial Planning”), UNESCO (Programa MOST), UE, CdE
- Visión a largo plazo: 20 años
- Concertación e implicación de los actores territoriales: Planificación Estratégica
- El nuevo paradigma de redes: la cooperación territorial competitiva como clave
del éxito:
23. El documento de la ETE y sus directrices
Policentrismo y partenariado rur-urbano
Igualdad de acceso al conocimiento y a las infraestructuras
Gestión prudente e imaginativa del patrimonio cultural y natural
El papel de las regiones en todo este proceso…
24. BIBLIOGRAFÍA Y ENLACES WEB RECOMENDADOS:
● AJA, E. (2003): “El Estado Autonómico. Federalismo y hechos diferenciales”,
Madrid, Alianza Editoral.
● CUCÓ, A.; ROMERO, J. y FARINÓS, J. (Eds.) (2002): “La Organización
territorial del Estado. España en Europa: un análisis comparado”, València,
Servei de Publicacions de la Universitat de València.
● FARINÓS, J. (Coord.) (2002): “Geografia Regional d’Espanya. Una nova
geografia per a la planificació i el desenvolupament regional”, València, Servei
de Publicacions de la Universitat de València, Educació-Materials 57.
● GARCÍA ÁLVAREZ, J. (2002): “Provincias, regiones y comunidades autónomas.
La formación del mapa político de España”, Madrid, Temas del Senado.
◘ http://www.map.es (pinchar dentro de ‘Servicios al Ciudadano’ en ‘Política
Autonómica’).
◘ http://www.pre.gva.es/argos/docus/public-cas/index.html (buscador en base
documental)
25. CUADRO 6. EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA REGIONAL ESPAÑOLA (1/2)
Periodo Denominación Objetivo Caracterización
1952-63 Experimentación Transformación de Zonas Asistencial
Agrarias
1964-74 Esplendor Reducción de las Diferencias Industrialización,
Regionales Urbanización
1975-84 Agotamiento Ajustes Macroeconómicos Crisis Económica
1985-89 Recuperación, Creación de Empleo Realización de proyectos
Recalentamiento Aislados, CC.AA.
1990-99 Relanzamiento Vertebración del Territorio, Políticas Implícitas,
Reducción de las Diferencias Infraestructuras,
Regionales, Mercado Único CC.AA.
Europeo, Unión Económica y
Monetaria
2000-2006 Ralentización U.E.y M., Ampliación Empleo, Competitividad,
Globalización
Fuente: Lázaro Araujo, L. (1989), Ministerio de Economía y Hacienda (1990a, 1995) y elaboración propia.
26. CUADRO 6. EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA REGIONAL ESPAÑOLA (2/2)
Periodo Instrumentación
1952-63 Planes Aislados (Badajoz, Jaén)
1964-74 Incentivos Regionales. Polos de Desarrollo. Primera SODI (Galicia, 1972)
1975-84 SODI (Andalucía, Canarias y Extremadura _1977; Castilla y León y Castilla-La
Mancha _1981; Aragón _1983). PDTC. PER.
1985-89 PDR. FEDER (Programas Comunitarios _STAR, 1987; VALOREN, 1987; RESIDER
de Asturias y del País Vasco, 1989_; Programas Nacionales de Interés Comunitario
de Asturias, de Autovías, de Almería-Levante, de Aragón, de Cantabria, de Ciudad-
Real, del País Vasco _1987-89_; Operaciones Integradas de Desarrollo de
Salamanca-Zamora, La Mancha, La Gomera_1990). ZUR (Asturias, Cádiz, Madrid,
Bilbao, Vigo, Ferrol, Barcelona, 1985). SODI (Asturias, 1988). Reforma Incentivos
Regionales (ZPE, ZID, ZE).
1990-99 PDRs. PRR. PDZR. MCA. DOCUP. PO. Iniciativas Comunitarias. FONDOS
ESTRUCTURALES. FONDO DE COHESIÓN. FCI. Fondo de Teruel. Incentivos
Regionales.
2000-2006 Idem 94-99. Concentración Geográfica de: Objetivos (1-2) e Iniciativas Comunitarias.
Subsidiariedad. Cooperación. Evaluación. DOCUP.
Fuente: Lázaro Araujo, L. (1989), Ministerio de Economía y Hacienda (1990a, 1995) y elaboración propia.
31. 1. Comunidades con estatutos de autonomía plebiscitados con anterioridad:
Cataluña, País Vasco y Galicia (Disposición Transitoria Segunda C.E.).
2. Territorios de Régimen Foral. Únicamente en Álava y Navarra se habían mantenido
modalidades administrativas reconducibles al régimen foral. En el caso de Navarra, la
Disposición Adicional Primera amparaba y respetaba los derechos forales y la
Disposición Transitoria Cuarta preveía una modalidad singular de incorporación al
Consejo General Vasco o régimen autonómico que le substituyera, de la que no se
hizo uso.
Navarra siguió una vía especial, la del llamado Amejoramiento del Fuero, que dio lugar
a una solución normativa asimilable a la de un Estatuto de Autonomía de nivel superior
(de la vía del art. 151).
3. Comunidades sin antecedentes forales ni plebiscitarios con acceso inmediato.
El artículo 151 permitía no esperar cinco años para ampliar las competencias si se
cumplían una serie de requisitos procedimentales especialmente rigurosos.
De esta posibilidad sólo hizo uso Andalucía (vía art.151 “strictu sensu”).
4. Comunidades con competencias ampliadas desde su inicio mediante Ley
Orgánica.
El artículo 150.2 permite ampliar las competencias vía transferencia o delegación
desde el gobierno central, pero no contempla que tales incrementos aparezcan ya en
el propio (primer) estatuto de autonomía.
A pesar de ello, en el caso de Canarias y de la Comunidad Valenciana se aprobaron
los Estatutos y la Ley Orgánica de transferencias correspondiente al mismo tiempo
(vía del art.143 atípica o reforzada).
32. • Subsidiariedad, concepto de origen jurídico para referirse a la potestad legislativa
que adquieren los niveles más próximos a la ciudadanía. Por este principio, toda
decisión tiene que ser tomada en el nivel más próximo al ciudadano, debiendo ser
trasladada a los niveles superiores sólo si éstos se demuestran más eficientes. Tiene
relación, por tanto, con la idea federal.
• Como principio eurocomunitario, y tal y como recogen Alcántara y Ahijado (2000,
202), “se comprueba constantemente que la acción que debe emprenderse a escala
comunitaria se justifica en relación con las posibilidades que ofrece el nivel nacional,
regional o local. Concretamente, es un principio según el cual la Unión no actúa
excepto para los sectores de su competencia exclusiva hasta que su acción es más
eficaz que una acción emprendida a nivel nacional, regional o local” .
• En realidad inicialmente el concepto únicamente se aplicaba al reparto de
competencias legislativas entre Unión Europea y Estados miembros. Sin embargo,
por influjo de la Política Regional Europea, el concepto se ha ido extendiendo al resto
de niveles político-administrativos en el seno de los propios Estados (Farinós, 2001) .
ALCÁNTARA y AHIJADO (2000): Diccionario de la Unión Europea, Madrid, Pirámide.
FARINÓS, J. (2001): “¿Qué nueva política regional para el cuarto período de programación? Implicaciones con la ETE y las nuevas
formas de gobernanza”; ponencia presentada a la XXVII Reunión de Estudios Regionales: Cambios regionales en la UE y nuevos retos
territoriales; Madrid, del 28 al 30 de noviembre, 24 pp.
33. • No debe confundirse el gobierno multinivel, en tanto que forma de nueva gobernanza, con un simple
proceso de descentralización o de devolución de poderes. Mientras la delimitación de competencias
debe examinar los límites competenciales de cada nivel (listas de competencias), el debate sobre la
gobernanza examina las prácticas, reglas, procedimientos y comportamientos que es necesario
adaptar para que el funcionamiento del sistema sea percibido como más legítimo. Mientras la primera
correspondería a un enfoque propio de la teoría de juegos de suma cero, la cooperación entre los
diferentes niveles es un medio para aumentar sus capacidades a la hora de resolver los problemas.
Presupone obligación de solidaridad y de implicación mutua entre los niveles.
• El gobierno-red se caracteriza por la dispersión de responsabilidades, con un estilo menos jerárquico
entre gobierno local y las otras escalas de poder, incentivando las redes de relación horizontal y el
número de actores. La autoridad se comparte mediante un nuevo estilo de gobierno multinivel basado
en el principio de gobernanza.
• La gobernanza es un proceso mucho más complejo que la mera descentralización de
responsabilidades para contribuir de forma más adecuada al objetivo del desarrollo económico, o que
la búsqueda de la legitimidad democrática que dé solución a los déficits democráticos en la toma de
decisiones que afectan al conjunto de la ciudadanía.
• La gobernanza resulta contraria a un ejercicio vertical del poder que impida el desarrollo de las
capacidades de autogobierno de la sociedad o la autoorganización de las redes de actores. Para la
Comisión Europea la gobernanza representa una nueva cultura de gobierno y de la administración que
presupone consenso alrededor de determinados conceptos, principios, normas y procedimientos, sin
necesidad de recurrir a instrumentos legislativos. Entendida como organización de la acción colectiva,
en su Libro Blanco la define como la capacidad de las sociedades para dotarse de sistemas de
representación, de instituciones, de procesos y de cuerpos sociales, como instrumento de control
democrático, de participación en las decisiones y de responsabilidad colectiva.
FARINÓS, J. (2004): “La ordenación del territorio y su repercusión en el Arco Mediterráneo”, en La Ordenación del Territorio en las
Administraciones Públicas, Diputación de Valencia, en prensa.
34. Aunque la Constitución Española de 1978 (C.E.) no explicita el modelo territorial que el Estado asume,
sí contiene determinadas declaraciones que pueden ayudar a identificarlo:
1) En primer lugar reconoce el carácter unitario e indisoluble del Estado Español.
2) La descentralización es uno de los principios generales de la C.E. Potencia la
configuración del Estado de las Autonomías.
La autonomía significa el autogobierno de las competencias públicas con una base territorial concreta.
Dicho autogobierno se refiere a los ordenamientos (legislación) derivados y secundarios, porque el
principal se reserva a los centros superiores del Estado: a las Cortes Generales (
Congreso de los Diputados y Senado), también limitadas constitucionalmente.
3) Explicita el carácter de igualdad entre las personas y entre los territorios: “Todos los españoles tienen los
mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio nacional”. Según sentencia del Tribunal
Constitucional de 16 de noviembre de 1981 esto no significa monolítica uniformidad, cosa que impediría
cualquier diferencia atendiendo a los rasgos propios de cada región.
4) El cuarto principio es el de solidaridad (arts. 2 y 138 de la C.E.), versión aplicada de la
igualdad.
Solidaridad significa buscar el equilibrio económico entre las diferentes partes del territorio. Ello se
conseguirá con el traspaso de activos desde las regiones más favorecidas a las que lo son menos. Con
este motivo se crearía el Fondo de Compensación Interterritorial (art. 158.2 de la C.E.).
En virtud de ellas, el Tribunal Constitucional definió al Estado Español como un Estado Compuesto, a
medio camino entre el regional y el federal.
35. CUADRO 3: GRANDES TIPOS DE COMPETENCIAS DEL ESTADO Y DE LAS CC.AA.
Exclusivas de Concurrentes Compartidas Exclusivas del Otros tipos
las CC.AA. Estado
Instituciones Ordenación general Legislación laboral Defensa y Fuerzas Cultura
Autonómicas de la economía Armadas
Legislación Denominaciones de
Agricultura y Educación mercantil y Relaciones origen
ganadería penitenciaria internacionales
Régimen Local Empresas públicas
Turismo Propiedad Nacionalidad, (participación)
Sanidad
Asistencia y intelectual e extranjería y
Orden público
servicios sociales Crédito y Cajas de industrial derecho de asilo
Ahorro Televisión
Caza y pesca Legislación sobre Comercio exterior
Autonómica
Administraciones productos Sistema monetario
Comercio y públicas y
consumo farmacéuticos Ordenación del
funcionarios crédito, banca y
Industria seguros
Medio Ambiente
Urbanismo Sanidad exterior
Medios de
Ferrocarriles, comunicación Ferrocarriles,
transportes, transportes,
aprovechamientos aprovechamientos
hidráulicos, puertos hidráulicos, puertos
y aeropuertos, y aeropuertos,
museos y bibliote- museos y bibliote-
cas de la C.A. (*) cas del Estado (*)
(*) Se trata de competencias materialmente separadas por el territorio, el interés o la categoría, que corresponden al Estado o a las CC.AA., según afecten a
varias CC.AA. o sólo a una.
Fte: Aja, E. (2003): El Estado Autonómico. federalismo y hechos diferenciales, Madrid, Alianza.
36. SERIE DE GRÁFICOS 3: CAPACIDAD DE AUTOFINANCIACIÓN
GRÁFICO 3.1. CORRESPONSABILIDAD FISCAL DE LAS CC.AA. (1998)
Según sistema de financiación 1997-2001
% de participación en ingresos totales
100,00%
75,00%
50,00%
25,00%
0,00%
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C
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Recursos de base territorial Recursos transferidos del Estado
37. GRÁFICO 3.2. FINANCIACIÓN PER CÁPITA. COMPOSICIÓN DE TRIBUTOS (*) Y
TRANSFERENCIAS (**) 1998. (Según nuevo modelo de 2002)
100
% de financiación tributaria de
las necesidades financieras
75
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Tributos Transferencias
(*) Escenario con Sanidad totalmente transferida a todas las CC.AA. La cesta de impuestos está formada por: 100% tributos cedidos y tasas afectas (cesta homogénea, recaudación normativa; + IGIC, impuesto de matriculación y de combustible para el caso de
Canarias), 33,3% de IRPF, 35% de IVA, 40% de Impuestos especiales y 100% de Impuesto sobre medios de transporte y electricidad.
(**) Transferencias para igualar los servicios distribuidos según la población total y protegida y otras variables (superficie, dispersión e insularidad).
38. % de financiación tributaria de % de participación en ingresos totales
las necesidades financieras
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39. GRÁFICO 3.3. RECURSOS PER CÁPITA (1998)
Pts. / habitante
600.000
474.190
500.000
400.000
345.681
300.000 287.521
200.000
100.000
0
CC.AA. Ré gimen País Vasco Navarra
Común
40. SERIE GRÁFICOS 4: PARTICIPACIÓN EN GASTOS E INGRESOS POR NIVELES DE GOBIERNO
GRÁFICO 4.1. ESTRUCTURA DE INGRESOS CC.AA. DE RÉGIMEN COMÚN (1985-2002)
% sparticipación sobre gasto público total
100
90
80
70
60
50
40
30
20
10
0
1985 1990 1995 2000* 2002**
Transferencias Ingresos tributarios Otros
* Incluye la cesión del 30% del IRPF
** Cesta de impuestos cedida en el nuevo modelo de financiaicón (30% IRPF + 35% IVA + 40% Impuestos especiales +100% Impuesto sobre matriculación y electricidad)
41. GRAFICO 4.2. GRÁFICO 4.3.
PARTICIPACIÓN EN EL GASTO PÚBLICO PARTICIPACIÓN EN LOS INGRESOS
DE LOS DISTINTOS NIVELES DE TRIBUTARIOS DE LOS DISTINTOS
GOBIERNO (1980-2002) NIVELES (1980-2002)
100 100
90 90
% sparticipación sobre gasto público total
80 80
% sparticipación sobre gasto público total
70 70
60 60
50 50
40 40
30 30
20 20
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1980 1986 1990 1995 2000* 2002** 1980 1986 1990 1995 2000* 2002**
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