1. Misión
El Sistema Universitario UNIMINUTO
inspirado en el Evangelio, la
espiritualidad Eudista y la Obra
Minuto de Dios, agrupa
Instituciones que comparten un
modelo universitario innovador,
para:
• Ofrecer Educación Superior de alta
calidad, de fácil acceso, integral y
flexible.
• Formar profesionales altamente
competentes, éticamente
orientados y líderes de procesos de
transformación social.
• Construir un país justo,
reconciliado, fraternal y en paz.
2. Visión
El Sistema Universitario
UNIMINUTO, en el 2012, será
reconocido en Colombia por:
• Las vivencias espirituales y la
presencia de Dios en el ámbito
universitario.
• Su aporte al desarrollo del país a
través de la formación en Educación
para el Desarrollo.
• La alta calidad de sus programas
académicos estructurados por ciclos
y competencias.
• Su impacto en la cobertura
originado en el número de sus Sedes
y la gran facilidad de acceso a sus
programas.
• Sus amplias relaciones nacionales
e internacionales.
3. REGLAMENTO ESTUDIANTIL
ACUERDO N; 162
POR EL CUAL SE APRUEBA Y PROMULGA LA REFORMA
INTEGRAL
REGLAMENTO ESTUDIANTIL
EL CONSEJO DE FUNDADORES
DE LA
CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS-UNIMINUTO
4. CAPITULO I - APLICABILIDAD Y CLASIFICACIÓN
• Artículo 1- Aplicabilidad
El presente Reglamento es aplicable a toda persona que tenga localidad
de estudiante de pregrado definido en el artículo 3 de este
Reglamento.
• Artículo 2- Clases de estudiantes
La Corporación Universitaria clasifica a sus estudiantes en dos
categorías: a) Estudiante regular; b) Estudiante no regular.
• Artículo 3- Estudiante Regular
Es estudiante regular la persona que posee matrícula vigente en
cualquiera de los programas académicos de educación superior, de
pregrado debidamente autorizados.
• Artículo 4- Estudiante No Regular
La persona que realiza cursos no acreditables ni conducentes a la
obtención de título alguno. La Corporación Universitaria, además del
presente Reglamento, expedirá una reglamentación especial para esta
clase de estudiantes.
5. • Artículo 5- Calidad de Estudiante
La calidad de estudiante se adquiere mediante el acto
voluntario de matrícula inicial en un programa académico
de educación superior de pregrado, debidamente autorizado,
y se pierde por las causales señaladas en este reglamento.
• Artículo 6- Pérdida de la calidad de estudiante
Se pierde la calidad de estudiante cuando
a. Se haya completado el programa de formación previsto.
b. No se haya hecho uso del derecho de renovación de la matrícula
dentro de los plazos señalados por la Corporación Universitaria.
c. Se haya perdido el derecho a permanecer en la Institución por
inasistencia o bajo rendimiento académico, de acuerdo con lo
establecido en los respectivos reglamentos
d. Se haya cancelado la matrícula por incumplimiento de las
obligaciones contraídas.
e. Haya sido expulsado de la universidad
f. Por motivos graves de salud, previo dictamen médico, la universidad
considera inconveniente su permanencia en ella.
6. CAPITULO II - DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
• Artículo 7- Derechos
Los derechos de los estudiantes son:
a. Recibir tratamiento respetuoso por parte de las directivas, compañeros.
b. Acceder a todas las fuentes de información científica dispuestas por
Universidad para su servicio.
c. Elegir y ser elegidos para las posiciones que les correspondan de
conformidad con las normas vigentes.
d. Recibir los servicios de bienestar que la Universidad ofrece de acuerdo con
las posibilidades físicas y financieras y los reglamentos que se establezcan
para regular su funcionamiento.
e. Presentar por escrito sus solicitudes, reclamos de orden académico,
disciplinario, siguiendo siempre el conducto regular
f. Cursar el programa de formación previsto y utilizar los recursos que la
Corporación Universitaria ofrece.
g. Hacer uso de la posibilidad de traslado, transferencia y reintegro de
acuerdo con el presente reglamento.
h. Conocer oportunamente el resultado de sus evaluaciones académicas.
i. En caso de sanción, ser oído previamente en descargos e interponer los
recursos previstos en el presente reglamento
j. Los demás derechos consagrados en los estatutos de la Corporación
Universitaria y normas especiales proferidos por autoridad competente.
7. • Artículo 8- Deberes
Los deberes de los estudiantes son:
a. Cumplir con la ley, las normas legales, estatutarias y
reglamentarias de la universidad.
b. Ajustar su conducta a las normas de la moral, la cultura y la ética
profesional.
c. Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad universitaria.
d. Cuidar los equipos muebles del establecimiento ya que están a su servicio.
e. Representar dignamente la universidad responsabilizándose de su
comportamiento en los eventos para los cuales sean designados.
f. Asistir y participar en las actividades académicas que integren el currículo de
su formación profesional.
g. Pagar oportunamente el valor de la matrícula y demás derechos pecuniarios
establecidos por la corporación.
h. Abstenerse de ingresar a la Corporación Universitaria bajo los efectos de
bebidas embriagantes o sustancias que alteren su comportamiento
individual o social.
i. Abstenerse de ingresar a la universidad portando armas de cualquier
Naturaleza.
j. Abstenerse de ingresar a la Corporación Universitaria bebidas embriagantes,
narcóticos o alucinógenos.
8. • Artículo 44- Inasistencia
Se entiende como falta de asistencia, la ausencia de un estudiante
a la clase en la cual está matriculado o su llegada a la misma después
de quince (15) minutos de iniciada.
• Artículo 45- Registro de asistencia
El registro de asistencia lo diligenciará el respectivo profesor en los formatos que para tal
fin haya elaborado la Corporación Universitaria. Los registros de ausencia serán
entregados al coordinador académico de cada Facultad dentro de los cinco (5) primeros
días de cada mes.
• Artículo 46- Pérdida por inasistencia
La inasistencia mayor o igual al 15% de las clases teóricas o prácticas dictadas, sin justa
razón, es causal de pérdida de la materia; igualmente se pierde cuando se ha dejado de
asistir al 25% aún por causa justificada, ante la Coordinación Académica.
Parágrafo 1:
Cuando la inasistencia sea justificada por enfermedad o fuerza mayor, debida y
oportunamente comprobada ante la Coordinación Académica de la Facultad durante los
cinco (5) días hábiles siguientes a su regreso a clase, aquélla podrá ser hasta del 25% de
la intensidad horaria.
Parágrafo 2:
Toda incapacidad médica deberá tener el visto bueno del médico de la Institución.
• Artículo 47- Inasistencia colectiva
La inasistencia a clase de más del 90% de los alumnos que cursan una asignatura, sin
justa causa, se considera como inasistencia colectiva, y será sancionada con falla doble,
sin perjuicio de las demás sanciones disciplinarias y académicas aquel hubiere lugar.
9.
10. Ingresar a la pagina principal de la universidad:
www.uniminuto.edu