8. CHEQUE GERENCIAL O DE EMERGENCIA
Es el cheque girado por el gerente o funcionario autorizado del
banco girado a petición del cuenta habiente, quien por no disponer
de formularios de cheques, debe recurrir a su banco para que le gire
un cheque por la cantidad que requiera. Este cheque debe estar
girado a nombre del beneficiario que señale el cuentahabiente o a su
propio nombre.