2. La naturaleza o natura, en su sentido más
amplio, es equivalente al mundo
natural, universo físico, mundo
material o universo material.
El término "naturaleza" hace referencia a
los fenómenos del mundo físico, y también a
la vida en general.
3. PRIMER DERECHO:
Los Derechos de la Naturaleza son el
reconocimiento y la dignificación de que los
árboles, océanos, animales y montañas tienen
derechos igual como tienen derechos los seres
humanos.
4. SEGUNDO DERECHO:
En lugar de tratar a la naturaleza como
propiedad sujeta a la ley, los derechos de la
naturaleza reconocen que la naturaleza, en
todas sus formas vivas, tiene el derecho a
existir, persistir, mantener y regenerar sus
ciclos vitales.
5. TERCER DERECHO:
Y nosotros- los seres humanos- tenemos la
autoridad legal y la responsabilidad de hacer
cumplir estos derechos en representación de los
ecosistemas. El ecosistema por sí mismo puede
ser nombrado como sujeto de derechos con
presencia en una corte de justicia.
6.
En la naturaleza, al igual que en la casa y en la escuela, se
presentan problemas que no le permiten a los ecosistemas
continuar tranquilamente su curso, pero contrariamente a lo
que se pudiera pensar, todos estos problemas son causados
por los mismos seres humanos, que sin tener en cuenta el
daño que se causan a si mismo tratan tratar este tema tan
importante, para conocerlo y hacer todo lo que este a
nuestro alcance para defender los ecosistemas, cosa que las
generaciones futuras nos agradecerán de todo corazón, en
otras palabras nos convertiremos en héroes si en el
presente cuidamos de la naturaleza. Miremos
esta presentación, Te va a encantar.
7. Aristóteles distingue diversos tipos de cambio,
según afecte a la sustancia o a los accidentes, o
según sea producido de forma natural o
artificial. El cambio puede ser producido
espontáneamente por la sustancia, y en ese
caso hablamos de cambio natural; o puede ser
producido artificial o violentamente, a causa de
la intervención de un agente externo a la
sustancia misma, el hombre por ejemplo, y en
este caso hablamos de cambio artificia
8. El cambio sustancial
supone la modificación radical de una sustancia, es
decir, que algo deje de ser lo que era y pase a ser
otra cosa: que una sustancia se "convierta" en otra.
Las dos formas propias de este tipo de cambio son
la generación y la corrupción. La generación
supone el nacimiento, o el surgimiento de una
nueva sustancia; la corrupción supone la muerte o
la desaparición, la destrucción de una sustancia. La
germinación de una semilla y el paso de ser
semilla a ser planta supone un cambio sustancial:
la semilla desaparece, deja de ser semilla, y surge
la planta.
9. supone, por el contrario, la modificación de algún accidente de la
sustancia, la pérdida o la adquisición de una característica, es
decir, la sustitución de una forma accidental por otra. Este tipo de
cambio puede ser local, cuantitativo, o cualitativo. El cambio local
supone la traslación de la sustancia de un lugar a otro; esto puede
producirse de una forma natural, como ocurre con el movimiento
de las aguas de un río, o de una forma artificial, si modo de lugar
la mesa en que trabajo, por ejemplo. El cambio cuantitativo
consiste en el aumento o de la disminución de la cantidad en una
sustancia: el aumento o la disminución del peso de un individuo
es un ejemplo típico de cambio cuantitativo. El cambio cualitativo
supone la sustitución de una cualidad por otra que una sustancia;
una fruta que madura y cambia de color experimenta un cambio
cualitativo, por ejemplo; una mesa que es pintada de un color
diferente también experimenta un cambio cualitativo. Todas las
formas de cambio accidental pueden, a su vez, ser un tipo de
cambio natural o artificial.