1. Plan Integral de Política
Industrial 2020
Análisis en profundidad del EJE 2:
INNOVACIÓN E I+D
INNOVACIÓN A TRAVÉS DE LAS PERSONAS
Grupo 6
2. Ejercicio 2 Título : Presentación del Plan de Trabajo del análisis en profundidad 3/10/2011
del EJE 2 del Plan Integral de Política Industrial 2020
E2.2 INNOVACIÓN A TRAVÉS DE LAS PERSONAS RESUMEN EJECUTIVO
Da una vital importancia al valor humano las empresas, buscando promover la formación
de dicho valor.
•Para alcanzar este objetivo, se lleva a cabo mediante el programa INNCORPORA el
cual financia y subvenciona la contratación de personal y su formación.
•En este programa se encuentra dividido en 6 líneas diferentes de actuación.
GRUPO 6 / EJE 2 : Adrian Gonzalez Alvaro Triguero Lara Cañón Oriol Guasch Antonio Domingo
3. Ejercicio 2 Título : Presentación del Plan de Trabajo del análisis en profundidad 3/10/2011
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E2.2 INNOVACIÓN A TRAVÉS DE LAS PERSONAS LÍNEAS DE ACTUACIÓN
Línea 1: INNCORPORA-TORRES QUEVEDO (INNCORPORA-PTQ)
Línea 2: INNCORPORA -TITULADOS UNIVERSITARIOS (INNCORPORA-TU)
Línea 3: INNCORPORA-FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR (INNCORPORA-FPGS)
Línea 4: INNCORPORA-ESCUELAS DE EMPRESAS (INNCORPORA-EE)
Línea 5: INNCORPORA-CENTROS DE FORMACIÓN (INNCORPORA-CF)
Línea 6: INNCORPORA-INTELIGENCIA INTERNACIONAL (INNCORPORA-II)
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4. Ejercicio 2 Título : Presentación del Plan de Trabajo del análisis en profundidad 3/10/2011
del EJE 2 del Plan Integral de Política Industrial 2020
E2.2 INNOVACIÓN A TRAVÉS DE LAS PERSONAS FINANCIACIÓN
La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 295.000.000 € en forma de préstamo y
47.000.000€ eur en forma de subvención.
La cuantía máxima establecida en el apartado anterior, podrá incrementarse con una cuantía adicional del 70%
de la cuantía máxima establecida.
De los importes establecidos en la convocatoria se destinarán 50 millones de euros para las actuaciones de las
entidades que operan en los sectores de salud, farmacia y biotecnología.
Las ayudas que se concedan se podrán cofinanciar con recursos procedentes del Fondo Social Europeo (FSE).
Las ayudas que se concedan para costes de formación se podrán cofinanciar con recursos procedentes del
Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), para lo cual el MICINN establecerá un convenio con el citado
organismo.
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E2.2 INNOVACIÓN A TRAVÉS DE LAS PERSONAS FINANACIACIÓN
La distribución estimada por anualidades de la financiación es la siguiente:
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6. Ejercicio 2 Título : Presentación del Plan de Trabajo del análisis en profundidad 3/10/2011
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E2.2 INNOVACIÓN A TRAVÉS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIOS
Podrán acceder a la consideración de beneficiarias las siguientes personas jurídicas:
Pequeñas, medianas y grandes empresas que se encuentren dentro de las caracteísticas necesarías para poder
solicitar las ayudas del Plan INNCORPORA
Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica: que estén inscritos en el Registro de
Centros Tecnológico y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica en la fecha de presentación de la solicitud
Asociación empresarial sectorial sin ánimo de lucro válida que realice entre sus actividades proyectos y
actuaciones de investigación y desarrollo para su sector
Parques científicos y tecnológicos: Las entidades promotoras de un parque científico y tecnológico sin fin de
lucro, y que realicen o tengan capacidad de realizar entre sus actividades proyectos y actuaciones de
investigación y desarrollo, de modo independiente a las entidades instaladas en el parque.
No se incluyen en esta definición, las Universidades privadas.
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7. Ejercicio 2 Título : Presentación del Plan de Trabajo del análisis en profundidad 3/10/2011
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E2.2 INNOVACIÓN A TRAVÉS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIOS
Características de las empesas para poder solicitar la ayuda del Plan INNCORPORA:
Pequeña empresa: Aquella que cumple todos y cada uno de los siguientes requisitos:
Ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10
millones de euros.
Mediana empresa: Aquella que cumple todos y cada uno de los siguientes requisitos:
Ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo
balance general anual no excede de 43 millones de euros y no es pequeña empresa.
Gran empresa: Todas las empresas que no se incluyan en las definiciones de pequeña y mediana empresas
anteriores, a efectos de este subprograma, se incluirán en esta categoría.
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