1. PROCEDIMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL
I. DE LA INSCRIPCIÓN.
1. Los alumnos deberán buscar y elegir una Entidad Receptora para realizar el
Servicio Social, pueden ser Instituciones del Sector Público, Productivo y Social.
2. Una vez elegida la Entidad Receptora, en el caso de Instituciones del Sector Público
y de aquellas Instituciones del sector Privado y Social con las que la Universidad
tenga Convenio, el alumno deberá solicitar al Coordinador de la UES la Carta de
Presentación para que sea entregada en la Entidad Receptora. Si el alumno es
aceptado para realizar el Servicio Social, deberá llenar por computadora el
Formato de Solicitud/Registro-Autorización, el cual se puede descargar
directamente en la página de internet de la universidad: www.umb.mx. Una vez
requisitado, deberá solicitar la rúbrica de consentimiento al responsable del
Servicio Social o jefe inmediato superior en la Entidad Receptora. Posteriormente,
el alumno deberá regresar el formato a la UES para se le asigne un número de
Registro Estatal de Servicio Social y se apruebe, con lo cual queda formalmente
realizada la inscripción.
3. En el caso de las Instituciones del Sector Privado y Social, que no tengan Convenio
con la universidad, el alumno deberá solicitar al Coordinador de la UES la Carta de
Presentación para el Sector Social y Privado, para que sea entregada en la Entidad
Receptora, la cual deberá requisitar el formato de Anexo Técnico para el
Sector Social y Privado, además de elaborar un oficio dirigido a la universidad,
el cual debe contener información general de ésta. El alumno deberá entregar la
documentación en la UES en un lapso no mayor a 10 días hábiles, posteriormente
se emitirá el dictamen de aprobación. Si la Institución es aprobada, el alumno
deberá solicitar al Coordinador de la UES la Carta de Presentación para que sea
entregada en la Entidad Receptora. Si el alumno es aceptado para realizar el
Servicio Social, deberá llenar por computadora el Formato de
Solicitud/Registro-Autorización, el cual se puede descargar directamente en la
página de internet de la universidad: www.umb.mx. Una vez requisitado, deberá
solicitar la rúbrica de consentimiento al responsable del Servicio Social o jefe
inmediato superior en la Entidad Receptora. Posteriormente, el alumno deberá
regresar el formato a la UES para se le asigne un número de Registro Estatal de
Servicio Social y se apruebe, con lo cual queda formalmente realizada la
inscripción.
2. PROCEDIMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL
4. Una vez iniciado el servicio social los alumnos tienen un término de quince días
hábiles para presentar la documentación anterior y formalizar la inscripción al
servicio social, dicho término comienza a correr a partir del día en que se inicie la
prestación del servicio. En caso contrario, las horas de servicio social prestadas no
serán computadas. Así también se debe tener en cuenta que las inscripciones sólo
se llevarán a cabo durante el plazo establecido de acuerdo a la Convocatoria.
II. DE LOS REPORTES TRIMESTRALES
1. El único formato en que serán admitidos los reportes de Servicio Social es el
Formato de Informe Trimestral, el cual puede descargarse directamente en la
página de internet de la universidad: www.umb.mx
2. El alumno al terminar cada trimestre de servicio social deberá llenar por
computadora el formato. Una vez requisitado, el alumno solicitará al responsable
del Servicio Social o su jefe inmediato superior en la Entidad Receptora, la revisión,
cotejó y rúbrica de éste, Posteriormente, en un lapso no mayor de diez días
hábiles lo debe entregar en la Unidad de Estudios Superiores para su expediente.
3. Los reportes se deben presentar cada trimestre sin excepción, en caso contrario,
las horas de servicio social prestadas durante el periodo no serán computadas.
III. DE LA BAJA
1. Los alumnos que por algún motivo no puedan o no quieran seguir prestando su
servicio social en la Institución donde lo realizan, deberán llenar el Formato de
Baja de Servicio Social, el cual se puede descargar directamente en la página de
internet de la universidad: www.umb.mx
2. Una vez requisitado, deberán solicitar al responsable del Servicio Social o su jefe
inmediato superior en la Entidad Receptora su rúbrica y sello de enterado, para
que en un lapso no mayor de diez días hábiles lo entregue en la Unidad de Estudios
Superiores para su visto bueno.
3. Las Instituciones también podrán dar de baja al alumno cuando éste incurra en
conductas contrarias a sus ordenamientos internos, para lo cual deberá hacerlo del
conocimiento a la Unidad de Estudios Superiores para que proceda dicha solicitud.
3. PROCEDIMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL
4. El alumno a partir de que presente la solicitud de baja al servicio social en la
Unidad de Estudios Superiores, deberá esperar un periodo no menor a quince días
hábiles para dar de alta un nuevo servicio, siempre y cuando el periodo de
inscripciones al servicio social se encuentre abierto; además, el alumno debe tener
en cuenta que no se le computarán las horas que ya haya realizado en el anterior y
ningún prestador puede solicitar una tercera asignación.
IV. DE LA CONCLUSIÓN
1. Al término de la prestación del servicio social, el alumno deberá entregar los
siguientes documentos en la Unidad de Estudios Superiores para proceder al
trámite de liberación de la constancia.
Informe Global: En un tiempo máximo de15 días hábiles a partir del término del
periodo al que fue inscrito.
Carta de terminación: Firmada y sellada por el responsable del programa donde
haya prestado el servicio social.
Comprobante de Pago por concepto de Constancia de Servicio Social: el
alumno deberá cubrir la cuota correspondiente en el banco con base en el
tabulador oficial; dicho recibo original deberá anexarse al reporte final para
proceder a la liberación de la constancia de servicio social.
2. En un plazo no mayor a 30 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos
finales, la Universidad Mexiquense del Bicentenario expedirá la Constancia de
Servicio Social.
V. DE LA EXENCIÓN
1. De acuerdo a los artículos 19 y 21 del Reglamento de Servicio Social para el Estado
de México, pueden solicitar la exención de prestación del servicio social los
estudiantes bajo los siguientes supuestos:
Artículo 19.- Personas mayores de 60 años y las que se encuentren impedidos
por alguna enfermedad grave, que deberá ser calificada por una institución pública
de salud reconocida.
Artículo 21.- A los estudiantes y pasantes que laboren en cualquiera de las
dependencias de los gobiernos federal, estatal o municipales, o en alguno de sus
organismos descentralizados, el trabajo que desempeñen se les tomará en cuenta
4. PROCEDIMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL
como Servicio, siempre y cuando las labores que realicen sean acordes con su
perfil profesional y permanezcan laborando, al menos, durante un año continuo.
2. Los alumnos que desean solicitar la exención de prestación del servicio social,
deberán requisitar el Formato de Exención de Servicio Social por Artículo
19 o el Formato de Exención de Servicio Social por Artículo 21, los cuales
se pueden descargar directamente en la página de internet de la universidad:
www.umb.mx
3. Una vez requisitado el formato, deberán entregarlo en la Unidad de Estudios
Superiores, adjuntando los documentos estipulados en éste.
4. En un plazo no mayor a 30 días hábiles posteriores a la entrega de los documentos
finales, la Universidad Mexiquense del Bicentenario expedirá la Constancia de
Servicio Social.