5. ¿A qué nos referimos cuando hablamos de
discriminación por Género?
La diferencia sexual o biológica no produce discriminación
en sí misma. Cuestiones asimétricas de poder
PNcD: “La discriminación basada en el género es
aquella que se ejerce a partir de la construcción
social que asigna determinados atributos socio-
culturales a las personas a partir de su sexo
biológico y convierte la diferencia sexual en
desigualdad social”.
6. Visión tradicional: mujer reproductivo
doméstico / hombre función proveedora y
pública
Concepto de género.
Atributos asignados a lo femenino
subordinado socialmente generan
desigualdad y discriminación
7. • Mayor valoración de los roles y
funciones masculinas por sobre las
femeninas
• Relación social con asimetría de
poder
• Subordinación genera desigualdad y
discriminación
10. El trabajo en Mujeres
7 de cada 10 mujeres forman parte de la fuerza de trabajo
Tareas domésticas conjugadas con empleos flexibles y de
pocas horas semanales
Sobrecarga del trabajo- Doble o triple jornada laboral
Segregación horizontal: concentración en puestos típicamente
“femeninos”
Segregación vertical o Techo de Cristal: dificultad acceso a
puestos jerárquicos
Clasificación Femenina: dificultad para ocupar puestos
profesionales. Disparidad 10%
Discriminación Salarial o Brecha: desigual ingreso por igual
trabajo
MITOS Estereotipantes en la Cultura Organizacional
11. Trabajo por género en números
Femenina Masculina
Tasa de empleo 2009 34% 50,5%
Desocupación 2009 10,1% 8,3%
Población ocupada 2009 40,3% 59,7%
Puestos directivos 34,2% 65,8%
Asalariados registrados con 60,1% 67,2%
aportes jubilatorios
12. EDUCACIÓN
• Alta tasa de matriculación de nivel
medio en escuelas. (AUH)
• Mayor tasa formación terciaria y
universitaria
• Todavía alta deserción en escuela
media.
13. SALUD
• Derechos sexuales y reproductivos
deben contemplarse y garantizarse
• Acceso a MAC
• El 28% de las mujeres sexualmente activas
que residen en hogares indigentes no usan
anticoncepción, el 23% entre las pobres y
18.5% entre las no pobres.
•Utilización de métodos poco eficaces para
prevención en mujeres con NBI
14. SALUD – Maternidad
Maternidad adolescente: 15% de los partos en la Argentina
Maternidad infantil. Partos de niñas menores de 13 años.
Abuso sexual
Desigualdad social del País: diferencias porcentuales de
maternidad adolescente en distintas jurisdicciones.
Falencias: atención en adolescentes, provisión de
anticoncepción hormonal de emergencia, ejecución de
anticoncepción quirúrgica a simple petición de mujer sin
requisitos, ejecución en tiempo y forma de los abortos no
punibles (ANP)
15. Mortalidad Materna
Desde hace 3 décadas está sostenida en 40 muertes cada 100.000 nacidos vivos. El
30% de estas muertes son explicadas por abortos en condiciones de clandestinidad
e insalubridad
Mortalidad materna por 100.000 NV según jurisdicción de residencia de las fallecidas
y tasa nacional de mortalidad materna, año 2007
165
180
160 128 125
140
107
120 96
100 71 68 67 66 64
80 48 48 44 40 41 40 39 38
60 37 34 28
40 18 18 18
20 0
0
Santiago del Estero
Tierra del Fuego
Entre Ríos
Buenos Aires
Catamarca
Total país
Santa Cruz
Río Negro
Corrientes
Santa Fe
La Pampa
Tucumán
San Juan
Mendoza
Formosa
Neuquén
Córdoba
La Rioja
Misiones
San Luis
Chubut
Chaco
Salta
CABA
Jujuy
Tasa mortalidad materna por jurisdicción prov incial Tasa mortalidad materna nacional
Fuente: Dirección de Estadística e Información de Salud, Ministerio de Salud de la Nación, 2008.
16. PARTICIPACIÓN ESTATAL Y GÉNERO
La ley Nacional Nº 24.012 de cupo o cuota femenina,
establece una representatividad femenina del 30% en
las listas que se presenten para ocupar cargos en el
ámbito legislativo nacional, provincial y local.
Mujeres legisladoras según el total de legisladores en la Región Patagónica
Mujeres % de mujeres
Jurisdicción Total de legisladores y legisladoras legisladoras legisladoras
Chubut Unicameral 27 8 29.6%
Neuquén Unicameral 35 10 28.6%
Río Negro Unicameral 43 18 41.9%
Santa Cruz Unicameral 24 5 20.8%
Tierra del Fuego Unicameral 15 4 26.7%
Fuente: Subsecretaría de Promoción de Derechos humanos. 2011
17. PARTICIPACIÓN ESTATAL Y GÉNERO
Las mujeres en el Poder Judicial
El “Mapa de género de la Justicia argentina” indica que el 54% del personal
total de la Justicia son mujeres. La mayor concentración se da en puestos
de secretarías judiciales. En los rangos más altos disminuye su presencia.
Distribución funcional del personal judicial del total del país según
sexo
100
19,12
31,04
43,05
55,54
64,07 Mujeres
%
50 Varones
80,88
68,96
56,95
35,93 44,46
0
Ministros/as Camaristas Jueces/as Secretarios/as Total
Fuente: Subsecretaría de Promoción de Derechos Humanos. 2010
18. VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES
Según la Ley 26.485:
Se entiende por violencia contra las mujeres toda
conducta, acción u omisión, que de manera directa o
indirecta, tanto en el ámbito público como en el
privado, basada en una relación desigual de poder,
afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física,
psicológica, sexual, económica o patrimonial, como
así también su seguridad personal. Quedan
comprendidas las perpetradas desde el Estado o por
sus agentes.
19. VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES
Tipos de violencia:
Física, Psicológica, Sexual, Económica y
Patrimonial, Simbólica
Ámbitos de aplicación de la violencia -
modalidades:
Doméstica, Institucional, Laboral, Libertad
Reproductiva, Obstetricia, Mediática
20. VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES
El INADI tiene dentro de sus atribuciones trabajar de
manera sistemática en la implementación de acciones
que promuevan el derecho de todas las mujeres a vivir
una vida sin violencia
La Ley de protección integral para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres:
Adopta un enfoque integral de la violencia (Convención
de Belém do Pará- 1996)
Establece para los/as funcionarios/as que tomen
conocimiento de estos hechos la obligación de denunciar
Los jueces y juezas intervinientes pueden tomar medidas
cautelares.
21. VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES
La Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación da cuenta de que en Febrero de
2012, el 91% de las personas afectadas corresponden al
sexo femenino. De esta población el 64% son mujeres y
el 16% son niñas
En la Dirección General de la Mujer, del Ministerio de
Desarrollo Social del GCABA, del total de las llamadas
recibidas de mujeres víctimas de violencia, el denunciado
era el esposo o pareja conviviente 60%, el ex esposo o
pareja conviviente 11.3% o el novio o ex novio 4%
22. TRATA DE PERSONAS
La ley Nacional 26.364 establece la trata como
delito federal.
Permite su investigación, persecución y sanción
a través de las fronteras internas entre
provincias.
Exculpa a las victimas de delitos cometidos en
contexto de trata
El 90% de las víctimas de explotación sexual
son mujeres.
23. FEMICIDIO
Es la manifestación más extrema de violencia
hacia las mujeres. Es el asesinato cometido por
un hombre hacia una mujer a quien considera
parte de su propiedad.
La tendencia de femicidios, según el
Observatorio de Femicidios en Argentina, va en
aumento dado que en el año 2011 se
registraron 282 casos, mientras que en el año
2010 se registraron 260 y en el 2009, 231.
24. Avances sustantivos en estos últimos 8 años en
materia de Derechos de las Mujeres
Ley 25.673 Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación
Responsable
Ley 26.171 Protocolo Facultativo de la Convención sobre
Eliminación de todas las formas de discriminación de la Mujer
Ley 26.150 Programa de Educación Sexual Integral
Ley de Ligadura Tubaria y Parto Humanizado
Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que
desarrollen sus relaciones interpersonales
Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y
Asistencia a sus Víctimas
Ley 26.618 Matrimonio Igualitario
Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual
25. Ámbito de aplicación: Orden Público, en todo el
territorio de la República
Convenciones:
La Convención para la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer
Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley
26.061 de Protección Integral de los derechos de las
Niñas, Niños y Adolescentes
27. Interventor: Pedro Mouratian
Directora de Promoción y Desarrollo de Políticas contra la
Discriminación: Julia Contreras
Coordinadora Programas y Proyectos: Carolina Atencio
Responsable de Promoción: Gisela Dohm