CAMBIEMOS-CCARI denuncia exceso de atribuciones del Sr. Intendente que avanza sobre el Honorable Concejo Deliberante y decide incrementos impositivos que son atribuciones de él.
Proyecto por la Regionalización y la Función Municipal
Gacetilla noviembre 2018
1. Gacetilla 27 de noviembre de 2018
El Intendente Municipal excediendo sus atribuciones
Expresamos nuestra preocupación por el aumento de la Tasa de Alumbrado
Público que apareció en la última facturación de energía de la Cooperativa Limitada de
Consumo de Electricidad de Salto. Por este motivo nos reunimos con los Concejales de
CAMBIEMOS y solicitamos su intervención.
El citado aumento se debe a la aplicación de un reciente Decreto Municipal que
con la firma del Sr Intendente publicado el 3 de septiembre de 2018 ordena a la
Cooperativa Eléctrica su aplicación desde el 1 de septiembre.
Este Decreto se basa en el artículo 75 de la Ordenanza Fiscal 2018 que faculta
al Departamento Ejecutivo a trasladar a las alícuotas los incrementos que se operen en
la facturación como consecuencia de ampliaciones, extensiones, o cambios de
cualquier tipo que se introduzcan en la red y que signifiquen mayor consumo y/o
aumentos de los costos indirectos en la prestación del servicio, pero, fundamenta el
aumento explicando que, “a partir del 2016 se han dado incremento continuos en las
tarifas” lo cual no se condice con el artículo citado.
Consideramos
además que el artículo 75 de
la Ordenanza Fiscal es ilegal
porque contradice la Ley
Orgánica de las
Municipalidades que en su
Artículo 29 establece que los
aumentos o creación de
impuestos deben ser
aprobadas por Ordenanzas
del Concejo Deliberante y
Asamblea de Mayores
Contribuyentes.
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