Este documento resume las normas sobre la entrega de bolsas de plástico en España. Entre 2018 y 2019, los comercios deben cobrar por todas las bolsas de plástico excepto las muy ligeras para alimentos a granel. A partir de 2020, las bolsas deben contener al menos un 50% de plástico reciclado y se prohíben las fragmentables. Desde 2021, queda prohibida la entrega de cualquier bolsa de plástico. El documento explica los precios orientativos por bolsa y las sanciones
Normas sobre cobro bolsas de plástico en el comercio
1. NORMAS SOBRE ENTREGA
BOLSAS DE PLASTICO
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PARA INFORMACION CONCRETA DE SU COMERCIO SOLICITARLA EN INFO@COMERCIODEGIJON.COM
2. ¿ A qué afecta esta normativa?
• Todas las bolsas de plástico que estén o vayan a estar en el mercado
nacional.
• Todas las bolsas que ya esté compradas y en tienda también hay que
cobrarlas según fechas que se explican a continuación
• Definición:
• Bolsa de plástico: bolsa con o sin asa, entregada a consumidor en el punto de
venta incluyendo venta online y entrega a domicilio.
• Bolsa de plástico ligera: espesor inferior a 50 micras
• Bolsa de plástico muy ligera: espesor inferio a 15 micras usada para venta de
alimentos a granel.
• Bolsa de plástico fragmentable: cuanto tiene aditivos para convertir la bolsa en
microfragmentos.
• Bolsa de plástico compostable: cuando cumplan normativa europea y nacional
sobre biodegradación a través del compostaje doméstico.
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3. Obligaciones y fechas
• Del 1 de julio 2018 a 31 de diciembre de 2019:
Se cobrarán todas las bolsas que se entreguen a la clientela.
NO SE COBRARÁN las bolsas muy ligeras, espesor inferior a 15 micras y utilizadas
para alimentación a granel, carnicerías y pescaderías.
NO SE COBRARÁN las bolsas con espesor igual o superior a 50 micras fabricadas con
un 70% o más de plástico reciclado.
En este último caso el comerciante tiene que tener la documentación del fabricante
que garantiza que se han realizado con ese porcentaje de plástico reciclado.
Los PRECIOS por bolsa orientativos( puede cobrarse más pero no menos) a cobrar
son:
bolsas de menos de 15 micras que no son para alimentación a granel: 5 céntimos
Bolsas de 50 micras o más con un 50% de plástico reciclado pero menos del 70%: 10 céntimos
Bolsas entre 15 y más de 50 micras: 15 céntimos.
El comercio tiene que tener visible al público los precios a cobrar y la referencia a que
cumple con esta ley.
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4. Obligaciones y fechas.
• Entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2020.
Se prohíbe la entrega de bolsas fragmentables: aquellas que tienen aditivos
para convertirse en microfragmentos.
Las bolsas con espesor igual o superior a 50 micras tendrán un mínimo de
50% de plástico reciclado o estarán prohibidas.
El resto de las bolsas continúan cobrándose de igual forma.
• A partir del 1 de enero de 2021:
Se prohíben la entrega de bolsas de plástico.
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5. Modelo de comunicación en tienda
• En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 293/ 2018 de
18 de mayo sobre reducción del consumo de bolsas de plástico, las
bolsas que se le entregan en este establecido son:
• ( explicar en que categoría se encuentran, cual es el espesor y el
porcentaje de plástico reciclado usado al fabricarlas, si procede,
según página 2 )
• Su precio es: ( poner precio según la categoría de bolsa, ver página 3)
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6. SANCIONES
• Infracciones muy graves al poner al mercado bolsas incumpliendo la
ley y cuando el volumen de las entregada afecte gravemente al medio
ambiente: multas entre 45.0001 y 1.750.000€
• Infracciones muy graves al poner al mercado bolsas incumpliendo la
ley y cuando el volumen de las entregada NO afecte gravemente al
medio ambiente: multas entre 901 Y 45.000€
• Infracciones leves: cuando es de muy escasa cuantía el
incumplimiento: hasta 900€
• No pueden explicarse más las sanciones porque la normativa no lo hace
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