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BOLETIN 188                                                        12 DE DICIEMBRE DE
                                                                                 2010



 EMITE LA STPS LA NOM-002-STPS-2010, RELATIVA A LAS
 CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA LA PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN
 CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO




 El día 9 de diciembre del presente año, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,
 dentro del marco legal y de sus atribuciones de normalización, publicó en el Diario
 Oficial de la Federación, la NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad -
 Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, con inicio de
 vigencia a partir del 9 de junio de 2011, misma que sustituye a la emitida el 8 de
 septiembre del año 2000.
 El objetivo de la Norma es establecer los requerimientos para la prevención y
 protección contra incendios en los centros de trabajo.
 En la Norma, se mejora el procedimiento para la clasificación del riesgo de incendio y
 solamente se prevén dos clases de riesgo: ordinario y alto.
 Los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario deberán contar
 con medios de detección y equipos contra incendio, mientras que los de riesgo de
 incendio alto, deberán disponer además de sistemas fijos de protección contra
 incendio y alarmas de incendio, todos ellos acordes con la clase de fuego que pueda
 presentarse. Se modifican los criterios para colocar y disponer de los extintores en
 las áreas de los centros de trabajo, entre ellas ubicarlos en lugares visibles, de fácil
 acceso y libres de obstáculos; contar con al menos uno por cada 300 metros
 cuadrados de superficie o fracción, si el grado de riesgo es ordinario, o uno por cada
 200 metros cuadrados de superficie o fracción, si el grado de riesgo es alto, además
 de determinar las distancias máximas de recorrido para llegar a ellos.
 Se adiciona la obligación de contar en todo centro de trabajo con un croquis, plano o
 mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, cuya información
 permitirá a los trabajadores y visitantes identificar, en caso de requerirse, los medios
 de detección de incendio; los equipos y sistemas contra incendio; las rutas de
 evacuación; la ubicación del equipo de protección personal para los integrantes de
 las brigadas contra incendio, y de los materiales y equipo para prestar los primeros
 auxilios, así como las principales áreas o zonas del centro de trabajo con riesgo de
 incendio.
 La nueva Norma refuerza las medidas técnico-administrativas para la prevención y
 protección contra incendios y establece la obligación de elaborar programas anuales
 de revisión y pruebas a los equipos contra incendio; a los medios de detección y, en
 su caso, a las alarmas de incendio; a los sistemas fijos contra incendio, así como a
 las instalaciones eléctricas, de gas licuado de petróleo y de gas natural, a fin de
 identificar y corregir condiciones inseguras que pudieran existir.
 En el caso de la revisión a instalaciones eléctricas, se hace especial énfasis en la
 identificación y corrección de condiciones inseguras que puedan existir en los
 denominados puntos calientes de la instalación eléctrica; en los aislamientos o
conexiones rotas o flojas; en las que estén expuestas o quemadas, y en las que se
sobrecarguen, tengan alteraciones o se encuentren improvisadas.
La Norma determina que los simulacros de emergencias de incendio se deberán
desarrollar al menos una vez por año en los centros de trabajo clasificados con riesgo
de incendio ordinario, y dos veces por año en aquéllos con riesgo de incendio alto.
De igual forma, refuerza las características de la capacitación que se deberá
proporcionar a los brigadistas de los centros de trabajo clasificados con riesgo de
incendio alto. Como punto destacado, la Norma establece, por vez primera, que los
centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, deberán contar con alguno
de los documentos que enseguida se señalan, a partir del primero de enero de 2014:
 El acta y la minuta correspondientes a la verificación¬ satisfactoria de su
cumplimiento, que emita la Secretaría en el marco de las evaluaciones integrales del
Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, o
 El dictamen de cumplimiento de dicha Norma expedido por¬ una unidad de
verificación acreditada y aprobada, o
 El acta circunstanciada que resulte de la revisión,¬ verificación, inspección o
vigilancia de las condiciones para la prevención y protección contra incendios en los
centros de trabajo, por parte de la autoridad local de protección civil que corresponda
al domicilio del centro de trabajo, en el marco de los programas internos, específicos
o especiales de protección civil.
Para tales efectos, se incorpora el procedimiento para evaluar la conformidad con la
Norma, lo que dará certeza jurídica a los sujetos obligados ante las actuaciones de
las unidades de verificación, acreditadas y aprobadas en términos de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización, de la propia autoridad del trabajo y de las
autoridades locales de protección civil.
A la Norma se le adicionan cuatro guías de referencia no obligatorias, relativas a las
recomendaciones sobre períodos máximos y actividades para la revisión y prueba de
sistemas y equipos contra incendio; los componentes y características generales del
equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio; el
modelo de cuestionario para las entrevistas a trabajadores y brigadistas, y las
instrucciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios.
También se revisaron y actualizaron cinco guías de referencia ya existentes en la
norma en vigor, relacionadas con detectores de incendio; sistemas fijos contra
incendio; brigadas de emergencia; extintores contra incendio, y agentes
extinguidores.
La Norma relativa a las condiciones de seguridad para la prevención y protección
contra incendios en los centros de trabajo, se puede consultar en el siguiente vínculo:
NOM-002-STPS-2010

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  • 2. conexiones rotas o flojas; en las que estén expuestas o quemadas, y en las que se sobrecarguen, tengan alteraciones o se encuentren improvisadas. La Norma determina que los simulacros de emergencias de incendio se deberán desarrollar al menos una vez por año en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario, y dos veces por año en aquéllos con riesgo de incendio alto. De igual forma, refuerza las características de la capacitación que se deberá proporcionar a los brigadistas de los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto. Como punto destacado, la Norma establece, por vez primera, que los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, deberán contar con alguno de los documentos que enseguida se señalan, a partir del primero de enero de 2014: El acta y la minuta correspondientes a la verificación¬ satisfactoria de su cumplimiento, que emita la Secretaría en el marco de las evaluaciones integrales del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, o El dictamen de cumplimiento de dicha Norma expedido por¬ una unidad de verificación acreditada y aprobada, o El acta circunstanciada que resulte de la revisión,¬ verificación, inspección o vigilancia de las condiciones para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, por parte de la autoridad local de protección civil que corresponda al domicilio del centro de trabajo, en el marco de los programas internos, específicos o especiales de protección civil. Para tales efectos, se incorpora el procedimiento para evaluar la conformidad con la Norma, lo que dará certeza jurídica a los sujetos obligados ante las actuaciones de las unidades de verificación, acreditadas y aprobadas en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de la propia autoridad del trabajo y de las autoridades locales de protección civil. A la Norma se le adicionan cuatro guías de referencia no obligatorias, relativas a las recomendaciones sobre períodos máximos y actividades para la revisión y prueba de sistemas y equipos contra incendio; los componentes y características generales del equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio; el modelo de cuestionario para las entrevistas a trabajadores y brigadistas, y las instrucciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios. También se revisaron y actualizaron cinco guías de referencia ya existentes en la norma en vigor, relacionadas con detectores de incendio; sistemas fijos contra incendio; brigadas de emergencia; extintores contra incendio, y agentes extinguidores. La Norma relativa a las condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo, se puede consultar en el siguiente vínculo: NOM-002-STPS-2010