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DERECHO A UN
AMBIENTE SANO
TODOS LOS HABITANTES DE
NUESTRO PLANETA TIENEN DERECHO
A VIVIR EN UN AMBIENTE SANO
SIN EMBARGO, ESTO
PASA CON LAS AGUAS…
CON EL AIRE QUE RESPIRAMOS…
CON LOS RUIDOS QUE EN
MUCHOS LUGARES DEL
MUNDO NOS CONTAMINAN
PERO…
¿QUIÉNES DEBEN
TRABAJAR PARA QUE
NUESTRO DERECHO A
UN AMBIENTE SANO SE
CUMPLA?
LOS GOBIERNOS DE CADA PAÍS
LAS ORGANIZACIONES
GUBERNAMENTALES
INTERNACIONALES
LAS ONG (ORGANIZACIONES
NO GUBERNAMENTALES)
LAS EMPRESAS
LAS PERSONAS COMUNES
EN NUESTRO
PAÍS, EL
DERECHO A UN
AMBIENTE SANO
ESTÁ
CONTEMPLADO
EN LA
CONSTITUCIÓN
NACIONAL, Y
DICE LO
SIGUIENTE:
Constitución de la República Argentina
Artículo 41 - Todos los habitantes gozan del derecho a un
ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano
y para que las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las
generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El
daño ambiental generará prioritariamente la obligación de
recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho,
a la utilización racional de los recursos naturales, a la
preservación del patrimonio natural y cultural y de la
diversidad biológica, y a la información y educación
ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan
los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias,
las necesarias para complementarlas, sin que aquellas
alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual
o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.
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  • 2. TODOS LOS HABITANTES DE NUESTRO PLANETA TIENEN DERECHO A VIVIR EN UN AMBIENTE SANO
  • 3. SIN EMBARGO, ESTO PASA CON LAS AGUAS…
  • 4. CON EL AIRE QUE RESPIRAMOS…
  • 5. CON LOS RUIDOS QUE EN MUCHOS LUGARES DEL MUNDO NOS CONTAMINAN
  • 6. PERO… ¿QUIÉNES DEBEN TRABAJAR PARA QUE NUESTRO DERECHO A UN AMBIENTE SANO SE CUMPLA?
  • 7. LOS GOBIERNOS DE CADA PAÍS
  • 9. LAS ONG (ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES)
  • 12.
  • 13.
  • 14.
  • 15.
  • 16.
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  • 19.
  • 20.
  • 21.
  • 22.
  • 23.
  • 24.
  • 25.
  • 26. EN NUESTRO PAÍS, EL DERECHO A UN AMBIENTE SANO ESTÁ CONTEMPLADO EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, Y DICE LO SIGUIENTE:
  • 27. Constitución de la República Argentina Artículo 41 - Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.