6. www.usat.edu.pe
MARCO NORMATIVO NACIONAL
Ley N° 29783
“Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo” del 20-08-2011
D.S. N° 005-2012- TR
”Reglamento de la Ley N° 29783” del 25-04-2012
Ley Nº 28806
“Ley General de Inspección del Trabajo” del 19-07-2006
Decreto Supremo Nº 019-2006-TR
“Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo” del 28-10-2006
Decreto Supremo Nº 009-2005-TR
“Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo” del 28-09-2005
Derogado por el Decreto Supremo N° 005-2012.TR “Reglamento de la
Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo” del 25/04/2012
Ley Nº 28048
“Ley de Protección de la Mujer Gestante que realiza Labores que pongan
en Riesgo su Salud y/o el Desarrollo Normal del Embrión y el Feto” del 31-07-
2003
Decreto Supremo Nº 009-2004-TR
“Reglamento de la Ley de Protección de la Mujer Gestante” del 20-07-2004
7. www.usat.edu.pe
MARCO NORMATIVO NACIONAL
Sector Industria
Decreto Supremo 42-F del 22-05-64 “Reglamento de
Seguridad Industrial ”
Decreto Supremo Nº 029-65-DGS del 08-02-65
“Reglamento para la Apertura y Control Sanitario de Plantas
Industriales”.
8. www.usat.edu.pe
MARCO NORMATIVO NACIONAL
Sector Construcción
Resolución Suprema Nº 021-83-TR del 23-03-83
“Normas Básicas de Seguridad e Higiene en Obras
de Edificación”.
D.S. Nº 011-2006-VIVIENDA del 08-06-2006
“Norma Técnica G-050 Seguridad durante la
Construcción”.
9. www.usat.edu.pe
MARCO NORMATIVO NACIONAL
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
R.M. 090-97-TR
“Crean Registro de Entidades Empleadoras que
desarrollan Actividades de Alto Riesgo”.
D.S. Nº 009-97-SA
“Reglamento de la Ley de Modernización de la
Seguridad Social en Salud” (Ley 26790).
D.S. Nº 003-98-SA
“Normas Técnicas del Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo”.
10. www.usat.edu.pe
MARCO NORMATIVO NACIONAL
R.M. 050-2013-TR (“Formatos Referenciales con la
Información Mínima que deben contener los
Registros Obligatorios del SGSST”
R.M. Nº 374-2008-TR “Listado de Agentes Fisicos,
Químicos, Biologicos, Ergonomicos y Psicosociales
que generan Riesgo para la Salud de la Mujer
Gestante y/o el Desarrollo Normal del Embrión”
R.M. Nº 375-2008-TR “Norma Básica de Ergonomía y
Procedimiento de Evaluación de Riesgo
Disergonomico” del 30-11-08.
11. www.usat.edu.pe
Documentación del SGSST (Art. 32° D.S. N° 005-2012-TR
MARCO NORMATIVO NACIONAL
La política y objetivos
El Reglamento Interno de SST
El IPERC
El mapa de riesgo
La planificacion de la actividad
preventiva
El Programa Anual de SST
12. www.usat.edu.pe
MARCO NORMATIVO NACIONAL
Registros del SGSST
Registros (Art. 33 del D.S. 005-2012-TR “Reglamento de Ley 29783”).
a. Registro de accidentes de trabajo e incidentes, en el que deberá
constar la investigación y las medidas correctivas.
b. Registro de exámenes médicos ocupacionales.
c. Registro de monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos,
psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.
d. Registro de inspecciones internas de sst
e. Registro de estadísticas de seguridad y salud
f. Registro de equipos de seguridad o emergencia
g. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de
emergencia.
h. Registro de auditorías
Los registros deberán contener la información mínima de acuerdo a
R.M. 050-2013-TR
14. www.usat.edu.pe
COMITÉ
DE SST
(4 á 12)
PRESIDENTE
SECRETARIO
MIEMBROS
OBSERVADOR
CONVOCA,
PRESIDE,
DIRIGE
LABORES
ADMINISTRATIVAS
APORTAN
INICIATIVAS
PROPIAS O DEL
PERSONAL
SIN VOZ NI VOTO
-ACTO DE CONSTITUCION E INSTALACION EN LIBRO DE ACTAS
- SUPERVISOR DE SST DEBE LLEVAR UN REGISTRO …
15. www.usat.edu.pe
INSTALACIONES CIVILES
Estado de paredes, escaleras,
pisos y techos.
Barandas en espacios abiertos.
Cubiertas de material resistente
en aberturas en los pisos.
Lugares de tránsito libres de
desperfectos, protuberancias u
obstáculos.
17. www.usat.edu.pe
PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA
INCENDIOS
Extintores ubicados en lugares
visibles y de fácil acceso.
Extintores con carga vigente.
Colocación de avisos en lugares
donde haya riesgo de incendio.
Eliminación de desperdicios.
Rutas de escape y puertas de
salida claramente visibles.
19. www.usat.edu.pe
RESGUARDOS DE MAQUINARIAS
Guardas de protección para todas
las partes móviles de las máquinas
Prohibido quitar o anular los
resguardos, dispositivos o
aparatos de seguridad
Comunicación inmediata de los
defectos o deficiencias de las
máquinas
23. www.usat.edu.pe
RIESGOS ELÉCTRICOS
Llaves de cuchilla protegidas dentro
de cajas.
Cables portátiles (“extensiones”)
vulcanizados (doble revestimiento).
Conductores eléctricos dentro de
ductos (entubados).
Maquinaria conectada a una toma
de puesta a tierra.
25. www.usat.edu.pe
EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
Comprende todos aquellos dispositivos, accesorios
y vestimentas de diversos diseños que emplea el
trabajador para protegerse contra posibles lesiones.
26. www.usat.edu.pe
REQUISITOS QUE DEBE REUNIR EL EPP
Proporcionar máximo confort y su peso debe ser
el mínimo compatible con la eficiencia en la
protección.
No debe restringir los movimientos del
trabajador.
Debe ser durable y de ser posible el
mantenimiento debe hacerse en la empresa.
Debe ser construido de acuerdo con las normas
de construcción.
Debe tener una apariencia atractiva.
39. www.usat.edu.pe
ALMACENAMIENTO Y TRASLADO DE
PRODUCTOS
Apilamiento seguro.
Espacios adecuados para el
tránsito de personas.
Equipos adecuados para el
transporte de los productos.
Rotulado de los envases que
contienen sustancias químicas,
para su fácil identificación.
42. www.usat.edu.pe
OBLIGACIONES
Comité de Seguridad en obras de Construcción (Art.
5 numeral 5.5 de la “Norma Técnica G-050: Obra de
Autoconstrucción (responsable de la obra),Obra por
contrato: Hasta 20 Trabajadores el profesional
responsable, de 20 a 100, el prof. Resp. Y el
representante de los trabajadores, mas de 100, Un
ing. Espcialista en seguridad, el ing. Responsable y el
representante de los trabajadores
Plan de Seguridad y Salud: Art. 6 de la G-050:
Estándares de Seguridad y Salud y procedimientos de
trabajo, Programa de Capacitación, Mecanismos de
supervisión y control
43. www.usat.edu.pe
CIRCULACION: ORDEN Y LIMPIEZA
Se retiraran las maderas con clavos, pedazos de
ladrillos u otros objetos procedentes de las
operaciones de construcción y demolición, de las
vías de tránsito
Iluminación adecuada
Señalización de los obstáculos: tablones, alambres,
fierros, etc.
Señalizar vías de circulación peatonal y vehicular
47. www.usat.edu.pe
EXCAVACIONES
Material extraído deberá depositarse a mas de 60 cm., del
borde para evitar desplome.
De ser necesario proteger con barandillas de protección
(Cuando hay circulación de personas).
Reforzar las paredes cuando se trabaje en terrenos
deleznables o inestables.
49. www.usat.edu.pe
RIESGO DE ALTURA
En los diferentes pisos se protegerá con
barandas móviles los puntos de recepción de
material de los elevadores.
Se dotara de arneses (cinturones de
Seguridad) a los trabajadores encargados de
recepcionar material, desencofrado.
Se protegerán todas las aberturas en los
pisos y andamios que ofrezcan riesgo de
caídas con barandas ubicadas a 90 cm., de
altura del borde reforzado con otra protección
horizontal ubicada a 45 cm.,(Fachadas,
vacíos de ascensores, etc.)
50. www.usat.edu.pe
RIESGO DE ALTURA
Los vacíos de las fachadas y ascensor se
protegerán con barandas.
Los huecos existentes en los pisos que
ofrecen riesgo de caída de altura se
protegerán con tapas resistentes o se
colocaran barandillas en todo su contorno
provistos de roda pie
Se colocara marquesina protectora en la
entrada salida de la obra para evitar
accidentes por caída de objetos.
54. www.usat.edu.pe
ANDAMIOS
Un andamio es cualquier plataforma temporal
elevada (suspendida o no) y la estructura que
la soporta, incluyendo los puntos de anclaje
usados para que aguante el peso de los
trabajadores y los materiales a usarse.
Los andamios en general, tanto los metálicos
como los de madera, deberán contar con
plataformas de trabajo no menor de 60 cm.,
de ancho, con barandas protectoras cuando
se trabajen a más de 2 m de altura o en las
proximidades de aberturas con riesgo de
caídas
Esta prohibido usar como pie derecho
materiales quebradizos
55. www.usat.edu.pe
ANDAMIOS
- Los módulos se arriostraran entre si mediante
crucetas en sus caras anterior y posterior y
estarán anclados a la fachada en varios
puntos.
- Las cuerdas o cables de los andamios
colgantes se anclaran a elementos
resistentes del techo
- Los andamios no deberán sobrecargarse y
las cargas deberán repartirse
equitativamente
58. www.usat.edu.pe
Trabajos con equipos de izaje
Todo equipo de elevación y transporte será operado
exclusivamente por personal que cuente con la formación
adecuada para el manejo correcto del equipo.
El ascenso de personas sólo se realizará en equipos de elevación
habilitados especialmente para tal fin.
Las tareas de armado y desarmado de las estructuras de los
equipos de izar, serán realizadas bajo la responsabilidad de un
Técnico competente, y por personal idóneo y con experiencia.
Los puntos de fijación y arriostramiento serán seleccionados de
manera de asegurar la estabilidad del sistema de izar con un
margen de seguridad.
Los equipos de izar que se construyan o importen, tendrán
indicadas en lugar visible las recomendaciones de velocidad y
operación de las cargas máximas y las condiciones especiales de
instalación tales como contrapesos y fijación.
62. www.usat.edu.pe
ELECTRICIDAD
Se colocaram interruptores diferenciales de alta
(30 mA) y baja (300 mA) sensibilidad, en el
tablero general de la obra, conectado al
alumbrado el primero y a la maquinaria eléctrica
el segundo
Se instalara puesta a tierra la maquinaria y
equipos eléctricos.
El cableado debe estar ordenado y no se
conducira por el suelo
No se usara cables pelados ni elementos con
corrientes al descubierto.
65. www.usat.edu.pe
PROTECCION PERSONAL
Equipo básico de protección personal: Esta compuesto de la
ropa de trabajo (según la estación), casco de seguridad,
zapatos de seguridad (adicionalmente botas de jebe a los que
laboran en lugares humedos),
De acuerdo a la labor y cuando sea indispensable se dotara al
trabajador de: arneses para trabajos en altura (superior a 2m),
guantes (de acuerdo al riesgo), lentes (contra impactos de
particulas), máscaras de protección (contra polvos , gases o
vapores químicos)
68. www.usat.edu.pe
NOTIFICACION. ACC. DE W Y
ENFERMEDADES. PROF.
EMPLEADORES:
-Accidentes de trabajo Mortales y los Incidentes Peligrosos,
en el plazo máximo, de 24 horas de ocurrido
CENTRO MEDICO ASISTENCIAL (PUBLICO,
PRIVADO, MILITAR, POLICIAL O SEG. SOCIAL)
- Accidentes de trabajo, hasta el último día hábil del mes
siguiente, de ocurrido el hecho
- Enfermedades Ocupacionales, dentro del plazo de cinco
días hábiles, de conocido el diagnóstico
69. www.usat.edu.pe
NOTIFICACION. ACCIDENTES
DE TRABAJO Y ENF. PROF.
FORMA DE COMUNICAR:
Sistema Informático de Accidentes de Trabajo, Incidentes,
Enfermedades, en portal del MTPE
- Mediante formularios, remitidos a la AAT
SE CONSIDERA CUMPLIDA OBLIGACION…
…de comunicación, en casos de enfermedad profesional o
accidente de trabajo no mortal, exhibiendo el
REGISTRO DE ENFERMEDADES
OCUPACIONALES Y DE ACCIDENTES DE
TRABAJO a la Inspección del Trabajo.
71. www.usat.edu.pe
Paralización o Prohibición inmediata de
trabajos o tareas
Cuando el inspector compruebe la inobservancia de la
normativa sobre prevención de riesgos laborales y que, a
su juicio, se derive un riesgo grave e inminente para la
seguridad y salud de los trabajadores, está facultado
para ordenar la paralización inmediata de los trabajos o
tareas.
72. www.usat.edu.pe
Paralización o Prohibición inmediata de
trabajos o tareas
Riesgo grave e inminente es aquel que resulte
probable racionalmente que se materialice en un
futuro inmediato y pueda suponer un daño grave
para la salud de los trabajadores.
Las circunstancias y características antes
definidas, serán apreciadas en función del examen
de los hechos, mediante el discernimiento, guiado
por el sentido común y la experiencia.
Si hay duda debe resolverse por la paralización.
73. www.usat.edu.pe
MARCO NORMATIVO NACIONAL
Sanciones
En la Ley Nº 28806 y en su Reglamento D.S. Nº 019-2006-
TR, se califica como infracciones administrativas en
materia de seguridad y salud en el trabajo a los
incumplimientos de las disposiciones legales de carácter
general aplicables a todos los centros de trabajo, así como
los aplicables al sector industria y construcción mediante
acción u omisión de los distintos sujetos responsables.
Las infracciones pueden ser leves, graves y muy graves,
siendo la multa máxima de 20 UIT para las muy graves, 10
UIT para las graves y 5 UIT para las leves.
74. www.usat.edu.pe
INFRACCIONES LEVES
- La falta de orden y limpieza en el centro de trabajo que no implique
riesgo para la integridad física y salud de los trabajadores.
- No comunicar a la Autoridad Competente de los accidentes de
trabajo ocurridos.
- No comunicar a la Autoridad Competente la apertura del centro de
trabajo o la reanudación o continuación de los trabajos después de
efectuar alteraciones o ampliaciones de importancia, siempre que
no se trate de industria calificada como de alto riesgo.
- Los incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos
siempre que carezcan de trascendencia grave para la integridad
física o salud de los trabajadores.
- Incumplimiento de obligaciones de carácter formal o documentos y
que no sean considerados de graves o muy graves.
75. www.usat.edu.pe
INFRACCIONES GRAVES
No llevar las evaluaciones de riesgo y controles periódicos de las condiciones de
trabajo o no realizar actividades de prevención.
No realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del
estado de salud de sus trabajadores.
No dar cuenta a la Autoridad Competente de los accidentes ocurridos y de las
enfermedades ocupacionales cuando tengan la calificación de graves, muy graves
o mortales o no llevar a cabo la investigación en caso de producirse daños a la
salud de los trabajadores o de tener indicio de que las medidas preventivas son
insuficientes.
No comunicar a la Autoridad Competente la apertura del centro de trabajo o la
reanudación o continuación de los trabajos después de efectuar alteraciones o
ampliaciones de importancia, siempre que se trate de industria calificada de alto
riesgo.
No elaborar el Plan o Programa de Seguridad y salud de los proyectos de
edificación y obras públicas.
No cumplir con las obligaciones en materia de formación e información
suficiente y adecuada a los trabajadores acerca de los riesgos del puesto de
trabajo.
Superar los límites de exposición a los agentes contaminantes
No adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios.
No designar a uno o varios trabajadores como supervisor o miembro del Comité
de Seguridad.
76. www.usat.edu.pe
INFRACCIONES MUY GRAVES
No observar las normas de seguridad que protejan a trabajadoras durante el
período de embarazo y lactancia y a trabajadores con discapacidad.
No observar las normas específicas en materia de protección de la seguridad y
salud de los menores.
No paralizar ni suspender en forma inmediata las actividades en la empresa
cuando lo ordene la Autoridad de Trabajo.
Designar trabajadores a puestos cuyas condiciones sean incompatibles con sus
características personales conocidas o sin tomar en cuenta sus capacidades
profesionales en materia de SST
Incumplir el deber de confidencialidad en el uso de los datos relativos a la
vigilancia de la salud de los trabajadores.
Superar los límites de exposición de agentes contaminantes que pongan en grave
riesgo la salud de los trabajadores.
Las acciones y omisiones que impidan el ejercicio del derecho de los trabajadores
de paralizar sus actividades en los casos de riesgo grave e inminente.
No adoptar las medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo de los
que se derive un riesgo grave.
77. www.usat.edu.pe
MATERIA A INSPECCIONAR TIPO INFRACCION
PLAN DE SEGURIDAD DE OBRA GRAVE
COMITE DE SST GRAVE
REGLAMENTO INTERNO DE SST MUY GRAVE
REGISTRO AT FATALES GRAVE
REGISTRO AT INCIDENTE GRAVE
RUIDO Y VIBRACIONES GRAVE
ILUMINACION VENTILACION GRAVE
COMEDOR- VESTUARIO- SERVICIOS GRAVE
BOTIQUIN GRAVE
CONDICIONES SEGURIDAD GRAVE
ORDEN Y LIMPIEZA LEVE Y GRAVE
EQUIPOS DE EXTINCION GRAVE
SISTEMA DE GESTION EN SST MUY GRAVE
SEGURO T DE RIESGO GRAVE
EQUIPOS DE TRABAJO- SEGURIDAD GRAVE
EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL GRAVE