Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Instructivo sepyme
1. ¿Sabía que puede
recuperar la inversión en capacitación
a través del Programa de Crédito Fiscal
de la Secretaría PyME de la Nación?
2.
3. Es un instrumento de la Sepyme que permite a las pequeñas y medianas empresas obtener reintegros
por sobre la inversión que realicen en la capacitación de sus recursos humanos, ya sea en actividades
abiertas (dictadas en instituciones públicas o privadas) o cerradas (cursos a medida de la empresa)
¿En que consiste este programa?
¿Cómo es el reintegro?
Una vez terminado el curso, la Sepyme, reintegra el monto abonado por la capacitación en forma de certificado de
crédito fiscal para deducir de impuestos nacionales:
Ganancias, IVA, Ganancia Mínima Presunta, Internos y otros.
4. ¿Cuánto me reintegran?
Hasta el 8% de la masa salarial anual.
¿A quiénes se aplica?
Aquellas empresas registradas como Pequeñas o Medianas Empresas
¿Para qué se usa?
Para pago de IVA, ganancias e internos (impuestos nacionales)
¿Cuáles son los Topes crediticios?
• Entre 75 y 95% del valor (hasta $40.000), según orden de priorizaciones (x Actividad/Región /Tamaño /Act.. Abierta/Desarrollo
de Proveedores)
• Hasta $40.000.- por proyecto / “curso”
¿Quiénes pueden usar este crédito?
• Socios / Presidente, autoridades que figuren en el Estatuto de la Sociedad de una Pyme
• Empleados
¿Dónde realizar los cursos para que sean reintegrables?
En las Unidades Capacitadoras aprobadas por la Sepyme. La Cámara Argentina de la Construcción (con todas sus delegaciones) es
una de ellas.
¿Que es una Pyme?
Fuente: Sepyme
Tamaño / Sector Construcción
Microempresa $ 760 000
Pequeña $ 4 800 000
Mediana $ 37 700 000
5. 1. El proyecto se presenta on line entrando a
www.sepyme.gov.ar/programas/creditofiscal/
2. En 96 horas La Sepyme responde, con pre-aprobación
3. A los 15 días se presenta la documentación que avala la información presentada on line a los fines
de obtener una aprobación definitiva
4. Una vez concluido el curso, se presenta la documentación correspondiente (factura y certificado del
curso)
5. A los 60 días la Sepyme se compromete a extender los certificados de crédito fiscal que son
endosables y tienen una vigencia de 24 meses desde la fecha de emisión.