El documento describe el proceso de elecciones para los Consejos Escolares, incluyendo el calendario de eventos, los requisitos para el voto por correo, la composición de los Consejos Escolares y las responsabilidades de las Juntas Electorales y Mesas Electorales en el proceso de elecciones.
1. Consejer ía de Educación,
Cul tura y Depor te
DEBEN REALIZAR PROCESO
- Centros que renovaron la primera/segunda mitad en el curso 2012/13: renovar la segunda/primera mitad.
- Centros con algún sector con la totalidad de los puestos vacantes.
CONSEJOS ESCOLARES DE CENTROS CONCERTADOS
Renovación por mitades
Primera mitad Segunda mitad
Representantes
del Titular
Profesores Padres Alumnos Representantes
del Titular
Profesores Padres Alumnos
2 2 2 1 1 2 2 1
PROCEDIMIENTO PARA CUBRIR VACANTES
Una vacante será cubierta por los candidatos no electos con mayor número de votos en las elecciones
celebradas inmediatamente antes de producirse la vacante. Las vacantes de representantes electos que
no se cubran, se proveerán en la siguiente renovación parcial del Consejo Escolar. Las vacantes de estos
representantes que se produzcan a partir del mes de septiembre anterior a cualquier renovación parcial,
se cubrirán en dicha renovación y no por sustitución.
VOTO POR CORREO:
1. Los padres, madres o representantes legales de los alumnos podrán emitir su voto por correo, qué
deberá estar en posesión de la Junta Electoral el día anterior a la celebración de las elecciones.
2. A este fin, los electores harán llegar al presidente de la Junta Electoral, los siguientes documentos:
a) Instancia solicitando su derecho a ejercer el voto por correo, en la que se hará constar su
nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad.
c) Sobre cerrado con la papeleta del voto cumplimentada.
3. Los documentos indicados en el apartado anterior serán remitidos al presidente de la Junta Electoral
dentro de un sobre con el epígrafe: “Elecciones a los Consejos Escolares. Voto por correo” y el
nombre del centro. En el remite del sobre figurará el nombre y los dos apellidos del votante. Sin
estos datos, el voto por correo no será admitido.
4. Los centros educativos facilitarán toda la documentación necesaria para el ejercicio de este derecho.
5. Los electores que utilicen el sistema de voto por correo podrán hacerlo mediante sobre con franqueo.
Asimismo, los electores podrán hacer entrega del voto en el propio centro educativo, hasta el día
anterior al de la votación. El director del centro dejará constancia de la entrega del voto.
6. Las cartas recibidas serán custodiadas por el secretario de la Junta Electoral hasta el día anterior a
las elecciones, en el que hará entrega de las mismas al presidente de la Mesa Electoral, junto a una
relación en la que figuren los nombres y apellidos de los votantes.
7. No obstante todo lo anterior, si el votante por correo se presentase el día de las elecciones para
ejercer personalmente su derecho al voto, se procederá a anular la papeleta del voto por correo.
Esta circunstancia deberá reflejarse en el acta que se redacte al finalizar el escrutinio.
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Cul tura y Depor te
8. Para garantizar el carácter secreto del voto, antes del escrutinio, el presidente de la Mesa introducirá
en la urna los sobres cerrados con las papeletas del voto, previa comprobación de los documentos
exigidos en el apartado segundo.
REPRESENTANTES DEL CONSEJO ESCOLAR
· Titularidad (3 miembros) y Dirección (asumiendo la presidencia)
· Profesorado (4 miembros, elegidos/as entre ellos)
· Alumnado (2 miembros, elegidos/as entre ellos)
· Padres / madres (4 miembros, elegidos/as entre ellos)
· Personal no docente (1 miembro, elegido/a entre ellos)
La Asociación de Padres de Alumnos, legalmente constituida, que tenga la condición de más
representativa en el centro, podrá designar uno de los cuatro representantes de los padres de alumnos en
el Consejo Escolar, previa comunicación al titular del centro, formulada con anterioridad al inicio del plazo
de presentación de candidaturas, en la que se indicará el nombre del representante designado.
ELABORACIÓN DE ACTAS
1. Los secretarios de las Mesas Electorales se responsabilizarán de la elaboración y tramitación de las
actas, cuyo modelo figura en el anexo I. Deberán firmarse por duplicado y se enviarán al presidente
de la Junta Electoral al día siguiente de la celebración del acto de elección del correspondiente
sector del Consejo Escolar.
2. Los directores de los centros, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la conclusión de las
votaciones de todos los sectores, cumplimentarán el impreso en el que se recogen los datos de los
resultados, según modelo que figura en el anexo II, y lo remitirán al titular de la Dirección General de
Personal y Centros Docentes a través del Servicio de Inspección.
CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR
Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, éste designará una persona que impulse medidas
educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres (Disposición final primera. 8
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
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Cul tura y Depor te
CALENDARIO DEL PROCESO
DE ELECCIÓN DE CONSEJOS ESCOLARES 2014
Hasta el día 24 de
octubre
Elaboración de los censos electorales
Sorteo de los componentes de la Junta Electoral (titulares y
suplentes): 22 oct.
27 de octubre CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL (16:00)
Del 27 de octubre al 3 de
noviembre
Aprobación de los censos electorales: 27 oct.
Publicación de los censos provisionales: 28 oct.
Periodo de reclamaciones: 28 a 30 oct. (hasta las 12:00 del día 30)
Publicación de los censos definitivos: 3 nov.
Inicio del plazo de admisión de candidaturas: 3 nov.
Del 4 al 14 de noviembre
Fin del plazo de admisión de candidaturas: 13:30 del día 7 nov.
Reunión de la Junta Electoral: 10 nov. a las 16:00
Publicación de las listas provisionales de candidatos admitidos:
11 nov.
Inicio del plazo de presentación de reclamaciones contra las listas
provisionales de candidatos: 12 nov.
Hasta el 17 de noviembre
Fin del plazo de reclamación contra las listas provisionales de
candidatos: hasta las 12:00 del día 14 nov.
Reunión de la Junta Electoral: 17 nov. a las 16:00 (si procede)
Hasta el 18 de noviembre
Sorteo de los componentes de las mesas electorales (titulares y
suplentes): 14 nov.
Publicación de las listas definitivas de candidatos electos y suplentes:
18 nov.
Del 19 al 26 de noviembre
Constitución de las Mesas electorales: 20 nov.
CELEBRACIÓN DE LAS ELECCIONES
· A representantes de alumnos/as: 25 nov. a las 11:45
· A representantes de padres/madres: 24 nov.
o de 8:30 a 9:30
o de 13:30 a 15:00
· A representantes de profesorado: 25 nov. a las 14:30
· A representantes de P.A.S.: 25 nov. a las 15:00
Hasta el 28 de noviembre Reunión de la Junta Electoral: 27 nov. a las 16:00
Proclamación de candidatos electos y suplentes: 28 nov.
En el plazo de diez días
hábiles CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR: 4 dic. a las 17:15
Los padres/madres de los alumnos podrán utilizar el voto por correo. A tal efecto, el voto deberá ser enviado a la
Mesa Electoral del Centro antes de la realización del escrutinio mediante una carta que deberá contener el voto
emitido y una fotocopia del D.N.I. o de un documento acreditativo.
Las papeletas de votación por correo estarán disponibles a partir del día 21 de Noviembre.
Las papeletas de presentación de candidatura se recogerán y se entregarán en el despacho de Dirección o
Portería.
El Censo de Padres/Madres se expondrá en el tablón de anuncios del Colegio y está confeccionado por orden
alfabético (apellidos y nombre del padre y madre del alumno/a).
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