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Bogotá D.C. 28 de febrero del 2022
CNE-SS-JCC/14770/CAAM/202000005080-00
(Al contestar citar estos datos)
Señores
ARY MAURICIO PIÑERES SALAZAR LUIS GUILLERMO CAMPO ORTEGA JOSE MARIO GUTIERREZ DE PIÑERES SOLANO
LIBARDO ANTONIO CASTRO CARDONA JOSE DIOME DES JOSA DE LA CRUZ FERNANDO SEGUNDO FERNANDEZ MIRANDA
CESAR AUGUSTO JARAMILLO FORONDA JUAN BOLIVAR GALLARDO POTOSI JOSE MANUEL SANDOVAL SUAREZ
SANDRA MILENA NIETO ALGARIN ORLANDO MARTINEZ RIOS CARLOS ELIGIO MOLINA PINZON
NASLY YULITZA MANTILLA SANCHEZ JOHN MAURICIO GONZALEZ QUESADA JORGE SEYID GONZALEZ MENDOZA
RON ELLY MYLES LEVER LUIS FERNANDO COLORADO ARRUBLA RAFAEL GREGORIO VILLAMIZAR GARCIA
RAMIRO PARRADO GUTIERREZ FANOR SUAREZ MENDOZA LUIS RAFAEL ROCA ZABALETA
JOSUE DAVID GUARIN VALBUENA CLAUDIA PATRICIA TAPIAS GOMEZ ADOLFO ENRIQUE BOLAÑOS NAVARRO
OCTAVIO ALEXANDER AGUDELO RAMONA FLOREZ MEJIA SIXTO MANUEL MEDRANO DIAZ
ROSARIO YANETT GUTIERREZ GARAVITO YUDIS DE LOS REYES MACIAS PACHECO JOSE FERNANDO YANGUAS CAMPIÑO
ADALUZ LANDAHETA SOTO EMIL CECILIA VANEGAS SILVERA RUDIER ALBERTO ARANGO ZAPATA
LOIDA PEREZ PUERTA AMPARO ROJAS GONZALEZ FRANCO EMILIO JOSA PAXIMO
JOHN FREDY CORDOBA SANCHEZ LIDIA DEL ROSARIO HIDALGO DIAZ FREY LEON RODRIGUEZ VARGAS
MAURICIO CARDONA LINERO GLORIA GLADYS PAZ ÑAÑEZ LEINER DARIO MEDINA HERRERA
FERNANDO SERRANO AMADO JOSEFINA CADENA ANA MARIA SAN CLEMENTE JARAMILLO
ANGEL DE JESUS MARTINEZ ZUBIETA GLORIA FELICITAS MARTINEZ DELGADO SANTIAGO LOPEZ
JOSE GUILLERMO ESQUIBEL AARON NANCY VELASQUEZ OROZCO ANTENOR ENRIQUE DE LA HOZ MOVILLA
JAIRO ANDRES GOMEZ MUÑOZ ANA MILENA VACCA LOPEZ JUSTI NO SINISTERRA SINISTERRA
JOELLES SERPA CUELLO PATRICIA SANCHEZ DE FERNANDEZ MIRTA YANIRA MORALES JIMENEZ
JOSE RICARDO PANTE VES BAUTISTA FRANCISCO JAVIER JARAMILLO FRANCO FLOR LANGELA SANDOVAL VEGA
ALBERTO SANCHEZ ORTIZ LILIBETH DE JESUS MERCHAN HERNANDEZ YESICA XIMENA GOZALEZ GOMEZ
LAURA ALEXANDRA MADROÑERO QUIROZ LUCY CAROLINA SAAVEDRA MANTILLA MAYDA BIANEY LONDOÑO JARAMILLO
ARLETH YOHANA CASTRO POLO EDILMA DE JESUS PALACIO AYDA EMILSE CARDENAS RAMOS
LUZ JENNY RODRIGUEZ PEÑARANDA EMERITA BECERRA PINZON RICHARD WALTER VELASQUEZ ROJAS
ANDRES ANTONIO DE LA CRUZ CANTIL° DUBIS MARINA LOPEZ GUILLOT WILSON VACA TORRES
WILSON ALFONSO OVIEDO GUTIERREZ GLEDIS VEGA MATUTE CARLOS ALBERTO PALACIOS CARVAJAL
JAVIER SANCHEZ UMAÑA CAROLINA FERNANDEZ VALENCIA HERNANDO FIGUEREDO HERNANDEZ
EDGAR OVIEDO GLORIA ALCIRA REY BAQUERO ANGEL RAMIRO LEON SIERRA
MARCOS HORTUA CASTELLANOS LUZ MARINA TRUJILLO LOZANO NEREO FERNANDO MORALES MILLAN
TULIO ANDRES ESPINOSA GIL MELVA FANNY DIAZ VALENCIA SERGIO CABRA SIERRA
NELVIS CENAIDA SAMPER CADENA JOR LADY PALACIO FRANCO OSCAR FERNANDO ALVAREZ URIBE
ADRIANA MARIA GONZALEZ MONTOYA EDILIA RESTREPO LOAIZA HUGO PERLAZA CALLE
YESIKA YULIETH VILLAMIZAR TRUJILLO SANDRA MARIA URIBE URIBE DIEGO FERNANDO ZUÑIGA LOPEZ
ALVARO DE JESUS CUJIA HILDA ROSA PATERNINA ROMERO ANUAR FERNADO TAPIAS RUIZ
JHON JAIRO LOPEZ GARCIA AUADIS ESTHER LOPEZ MENDEZ PAOLA ANDREA MOLINA DIAZGRANADOS
BERNARDO ANTONIO OSSA RUA JANETH MARIA JIMENEZ FIGUEROA CRISTOBAL PEREZ CASTRO
JOHN JAIRO RAMIREZ ALBIS JAIRO ELIAS DELGADO DE LA CRUZ MARTHA CECILIA RUIZ RUIZ
NORMAN ALONSO MADRID LAGAREJO XOCHILT MEDINA GRASS FERNANDO OLAYA POSSOS
YOICE PAOLA CUADRO MERCADO JOSE DOMINGO CHACON CABALLERO ROLANDO CHINCHINA CUEVAS
HAMILTON DAVID SILVA HERNANDEZ UBALDINA MARIA PALMA LIDUEÑA FREDY ELIAS CORREDOR ACEVEDO
LUIS FELIPE ESTRADA QUINTERO LUCY ESTHER MONTAN() ACOSTA LUIS HERNANDO OTALORA MADRID
MARIA ELENA MENA DEQUIA RUBYS ISABEL PABON OLIVAREZ EDUARDO SANTOS FLOREZ VERGAFtA
IOSKA ESTARLIN CASSERES PAYARES VERONICA PATRICIA LOPEZ CIANCI DERLY AZUCENA AVENDAÑO CRUZ
CARLOS EDUARDO REVOLLEDO GOMEZ CECIUA RANGEL PARADA HERNAN ARTURO CALLE CARDENAS
LAURA VANESA ROJAS ALTAMAR JANNYNE VASQUEZ MURIEL ANA MELIZA GARCIA RODRIGO
Avenida Calle 26 No 51- 50 Bogotá D.C, Colombia
PBX 2200800, www.cne.gov.co
Chr.4
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HADY PAOLA SALAS GAMBOA LUZ NELCY DIAZ RENGIFO MERCEDES MUÑOZ DUQUE
DIEGO FELIPE LANDINEZ BOHORQUEZ JESUS ORLANDO GRAJALES ATEHORTUA MARIO JAVIER MONCAYO PANTOJA
JONNATHAN DE JESUS OBREGON TORRES LUIS CARLOS RODRIGUEZ MILTON ORLANDO MARTINEZ VALENCIA
DIEGO ANDRES CANDANOZA ROMERO CARLOS MARIO QUINTERO CASTRILLON JUAN BAUTISTA VARGAS SILVA
LUIS MIGUEL ROSADO OLIVERO JUAN GUILLERMO POSADA VELEZ LINDA DELCY GUZMAN GUTIERREZ
ANDREA CAROLINA TORRES JARAMILLO RAFAEL ALBERTO URIBE URIBE MAURO HERRERA CACERES
LEN NY YOSMAR MARIN ARIAS JAIRO ALONSO GIRALDO GONGORA EMMA LILIANA SANCHEZ MARTINEZ
YESID FERNANDO ACOSTA ALMEIDA FRANCISCO JAVIER GARCIA IZQUIERDO YASMELIA MARIA MUÑOZ
XANTHIA GERALDINE LENIS ARDILA JEY GEMBERSON PUERTA CARDENAS MARYI LORENA MORENO MARTELO
SEBASTIAN ARIANO COYMAT MANUEL ANTONIO RENTERIA CORDOBA ENRIQUE ANGEL CAMACHO CALDERON
ADRIANO MIGUEL SERPA AZOCAR JOSE PABLO VELILLA COLON KARINA PATRICIA DE LA HOZ SIADO
GEIDYS PAOLA PINO GUETO PEDRO JUAN ARRIETA GONZALEZ JOSE HERNAN DEL RIO MARIN
EDWARD ARLES CALLE MUÑOZ MANUEL ESTEBAN TORRES GARCIA ANDRES GUILLERMO MONTAÑO AREIZA
JUAN CARLOS RAMOS PIMIENTA ADAULFOJOSE HERNANDEZ DIAZ ALEJANDRO MURILLO GARCIA
ANDREA CAROLINA FONTALVO DURAN OMAR AUGUSTO ARROYO ENRIQUE DAYRIS DAILETH DELUQUE CASTILLO
GUSTAVO BECERRA QUINTERO WILSON JESUS AARON SERRANO LUZ DALIDA PEREZ CARDENAS
ORLANDO ADOLFO BARROS PHILLIPS ANGEL DAVID MACHADO OLIBARDO MESA CORREA
GABRIEL OSMAR CANTILLO ALVAREZ RUBEN DARIO AVENDAÑO CARDONA VICTOR ALFONSO VARON
RAFAEL GUILLERMO REGUILLO MOJICA DAVID DE JESUS REYES PAEZ LOURDES CECILIA FAJARDO ANDRADE
YEIM E R JAVIER PONCE GAVIRIA ALFREDO BETANCOURT LOTERO ALBEIRO JESUS SANTOS PUENTES
PAOLA ANDREA PARDA OVIEDO LARRY LUIS PADILLA PEÑA MARIA DEL PILAR BELTRAN VARGAS
CARLOS ANDRES YEPES DICKSON JOSE NELSON MENESES ZAMBRANO FELIPE MARQUEZ HINCAPIE
PASCUAL SUAREZ MARTINEZ ULIANA PATRICIA ORTEGA RINCON ALEXANDER SANCHEZ HEREDIA
DIEGO DANILOJIMENEZ ROMERO ISABEL DEL ROSARIO GUERRERO VALLEJO JAIME LUIS MELENDEZ TORNE
ADALUZ SAI A7AR MARQUEZ BLANCA NOHOFtA RUBIANO FLOREZ NELSON ANTONIO MARTINEZ BARRIOS
El LYS PAOLA CASTRO DE LA HOZ ERICA JUDITH PADILLA HOYOS MIGUEL EMOR MENA CORDOBA
GUILLERMO MONTENEGRO RIVERA PEDRO SEGUNDO URIANA ARPUSHANA LAURA ANDREA BARROS VEGA
ULDARICO RODRIGUEZ HUMBERTO ANTONIO VELASQUEZ JURADO JOSE CHILA RULUA
LUCIO HUMBERTO MORA OBANDO HENRRY LEON OLAYA MELISSA INES HERNANDEZ BENITEZ
FERNANDO BOJORGE CARLOS ALBERTO VILLA PADILLA MARGARITA MARIA CARVAJAL CEDEN°
JORGE ARTURO AGUDELO RINCON MARIA FERNANDA BETANCOURT JULIETH KARINA SUAREZ CAMARGO
PAOLA ANDREA MOLINA DIAZ GRANADOS SAYURI CRUZ PRIETO MARIBEL MARTINEZ MACA
TIBISAYS DEL CARMEN FIGUEROA FAUSSI EUAS YURGAKY PEREA OSCAR FERNANDO ALVAREZ URIBE
ERIKA CRISTINA MUÑOZ HERRERA RAUL JOHANN LADRON DE GUEVARA LILIA NORA VELEZ ZAPATA
MARIA FERNAN DA MEJIA RODRIGUEZ GLADIS UVIELY DAZA DUQUE NANCY YOLANDA QUIJANO 1010A
RIGOBERTO VALENCIA PAMPLONA NELSON ENRIQUE ORTEGA GARAVITO YILIBETH KARINA GOMEZ CASTILLO
JORGE HACE CARDONA CALDERON HELEN TIBAZAY RODRIGUEZ NOPE JAIME ALFONSO HOLLMAN GONZALEZ
LOURDES GABRIELA MARTINEZ FIGUEROA FABIO NELSON OSPINA ALZATE CASTULO JUSTINO LARA
GUILLERMO EDUARDO VALDES ROMERO EDGAR RODRIGUEZ HINESTROZA RODRIGO PEÑA MONCADA
GUSTAVO OLIVAR JUAN DE JESUS COVARIA DANIEL ALEJANDRO DUEÑAS BECERRA
YORDIN STIVEN CASTILLO SANDOVAL RAMIRO SANCHEZ GUTIERREZ LIZETH PATRICIA CUELLO FUENTES
LUISA FERNAN DA PASTRANA RAMIREZ CRISTIAN ARLEY CONDE CRISTIAN CAMILO CASAS JARAMILLO
CRISTIAN ANDRES IJAJI SOTELO LAURA NATALY PUERTO PAIPA EDELMIRA HERNANDEZ GOMEZ
MARLENY ERAZO BUITRON GABRIEL EDUARDO BAQUERO MONTES INES MANTILLA CASTELLANOS
LEYDY YADAY RODRIGUEZ GOMEZ ADRIANA MARIA GOMEZ GIRALDO GLORIA QUIÑONES CARDOZO
JOSE BERNARDO PLAZA MUÑOZ ANA MERLENE BECERRA BELTRAN LAURA CLEMENCIA PEREZ VALENCIA
MARINA VILLAMIZAR SUAREZ JACKELINE ZUÑIGA GAMA LEIDY VIVIAN SOLANO VALENCIA
LILIAN SORELY MORENO DIAZ ANALI CAN DIA LOAIZA MARIA EDIT LASSO
EDUARDO ALFONSO CORRALES PACHECO GENEY PEREZ ORTIZ LUIS CARLOS PEREZ ACOSTA
ALVARO ENRIQUE DIAZ MARQUEZ CARLOS MANUEL SIERRA CAMELO ALBERTO CORNEJO GONZALEZ
SAMUEL ALFONSO SANCHEZ SERGIO ANDRES CACERES GALVIS ANGEL SIMON CRUZ HERRERA
IVAN ESTEBAN CHIMA RODRIGUEZ CESAR TULIO PATERNINA HERNANDEZ WILMER ARLEY MICOLTA CUERO
JOSE EUTIMIO SOCHA PUERTO BLANCA LIBIA AGUDELO GAITAN FABIO DE JESUS OCAMPO
Avenida Calle 26 No 51-50 Bogotá D.C, Colombia
PBX 2200800, www.cne.gov.co
atar/
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JORGE EDUARDO RODRIGUEZ MELO DURLEY YAZMIN PENAGOS GONZALEZ YAQUELINE CASTILLO MONTEALEGRE
PEDRO JULIO SANTANA SOLANO WILFREDO JOSE SOTOMAYOR MORALES ALBA ADRIANA HERNANDEZ LIZCANO
JUAN CARLOS BOCANEGRA CHACON MARCEL ORLANDO PEREZ ASCANIO CARLOS ALBERTO RIVEROS LOPEZ
JUAN CARLOS SALDARRIAGA GAVIRIA ADER LUIS ESPITIA MERCADO ANTONIO JOSE JIMENEZ PATINO
NEFTALI ALBERTO DE JESUS VARON SALDAÑA STEFANI VANESSA FAJARDO MIDEROS JHON FREDY GARAVITO CORTES
MARTIN EMILIO ARROYAVE LOPEZ DAVID SANTIAGO DIAZ GUIO JOSUE RENGIFO ORJEA
LUZ ADIELA SALAZAR GOMEZ YENNY VIVIANA CARRILLO OROZCO CARLOS EDUARDO TORRES CORDOBA
RITA N EYI RIASCOS CERON DUVINA TORRES COHEN JOSE ALBERTO MENDOZA GARCÍA
JUAN CARLOS CASTAÑO POSADA MARIA JOSE ISAZA RICO GEOVANNY ALEXIS SUAREZ CASTELLANOS
ANDRES FERNANDO CHAPARRO ECHEVERR CARLOS ANDRES ZULUAGA RIVILLAS ISABELLA MARIA NAVARRO PETRO
JORGUE LUIS CARDONA CUARTAS NESTOR FABIAN COTRINA SORIANO DIANA CATALINA NIÑO VARGAS
LAURA VANESSA DE ARMAS PERDONA OSCAR HERNANDO ROSS PEREZ EDWIN ALFREDO GONZALEZ RANGEL
CARLOS ANDRES GIRALDO ZAPATA CARLOS ALBERTO BEJARANO FONSECA LUISA FERNAN DA RODRIGUEZ ANDRADE
ELEAZAR PALACIOS HERNANDEZ DAN ERYS SANCHEZ FRANCO ERIKA YULIANA BUSTAMANTE RAMIREZ
HERNAN MANUEL AVEN DAÑO ORTEGA SARA MARIA VASQUEZ QUINTERO MARIA CARMENZA RESTREPO CARDONA
LUIS ALFREDO SILVA NEIRA EUGENIO CABRALES RODRIGUEZ LUIS ALBEIRO ANGARITA TORADO
FERNANDO DE tA PEÑA MARQUEZ ANDREA TATIANA NIETO ROPERO LILIA MARIA MEJIA ALZATE
OSCAR FABIAN ECHEVERRY CASTRO GIOMAR ANDREA RIVERA BUITRAGO JUAN CAMILO CHIA BERNAL
NOHORA ALEXANDRA BUITRAGO RUEDA ADRIAN GIOVANI GARAVITO TORRES MARLENY RENGIFO ORJUELA
EBER HARNAN CUANTINDIOY TAPIA BERTHA LYDIA CORDOBA DE TORRES FALCONERY RIVERA TOVAR
CLAUDIA MARIA BEDOYA OLIVEROS EVARISTO PAUTT LINARES ADRIANA CASTILLO
JORGUE ANGULO CAICEDO JONATHAN RICARDO MORENO MORA FRANKLIN VELEZ CAMARGO
DIEGO ARMANDO ACEVEDO CELIS CARMEN ALICIA PAEZ GONZALEZ MARIA FERNAN DA BETANCOURT BELTRAN
JUAN DE DIOS BELEÑOS JIMENEZ MARIO DIAZ NICOLAS PEREA SANCHEZ
LOTAN JERONY PARRA PINO JACKSON ORLANDO PARRA PEREZ NATHALIA CASTILLO GOMEZ
BLANCA PATRICIA MONSALVE PEÑA MARTIN VICENTE BURBANO TORRES CARLOS EDUARDO ROJAS Z.
MARIA DEL ROSARIO BALDIRIS SILVA LUIS EDUARDO CASTRO GONZALEZ VICTOR ESTEBAN BARBOSA ESTEPA
ANGIE PAOLA CERVANTES IZQUIERDO FREDY GEOVANY SILVA NIERA FANNY JOHANA MURILLO VILORIA
Asunto: Aviso notificación por cartelera
De conformidad con el procedimiento señalado en el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011,
inciso segundo"Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con
copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso
en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días,
con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día
siguiente al retiro del aviso." Una vez transcurrido el término que la ley señala para la
realización de la notificación personal, sin que haya sido posible la práctica de la citada
diligencia, se procede a la notificación por AVISO en los siguientes términos:
Se anexa al presente AVISO, copia íntegra de la Resolución No. 7675 del 21 de octubre
del 2021, dentro del radicado 202000005080-00, con ponencia del Despacho el
Honorable Magistrado CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ, señalando que contra el
citado Acto Administrativo proceden recurso de reposición, de conformidad con el numeral
1 del artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo.
Ahora bien, en cumplimiento del inciso 2° del Artículo 69 del Código de Procedimiento
Administrativo, y de lo Contencioso Administrativo, cuando se desconozca la información
del destinatario, se procederá a FIJAR en la Página Web y en la Cartelera de la
Subsecretaría del Consejo Nacional Electoral, por el término de cinco (5) días hábiles,
Avenida Calle 26 No 51- 50 Bogotá D.C, Colombia
PBX 2200800, www.cne.gov.co
CN=/
Consejo Nacional Electoral
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siendo las ocho de la mañana (8:00a.m.) del primero (01) de marzo del dos mil veintidós
(2022).
ENA HOYOS GONZÁLEZ
Subsecretaria CNE
Consejo Nacional Electoral
Se DESFIJA a las cinco de la tarde (5:00p.m.) del siete (07) de marzo del dos mil
veintidós (2022)
LENA HOYOS GONZÁLEZ
Subsecretaria CNE
Consejo Nacional Electoral
Proyectó: Jimmy Cárdenas Contreras
Avenida Calle 26 No 51-50 Bogotá D.C, Colombia
PBX 2200800, www.cne.gov.co
RESOLUCIÓN No. 7675 DE 2021
(21 de octubre)
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN
CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL
- PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de
2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2
de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y
gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única
bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así
como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
artículo 265 constitucional, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, y con fundamento
en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1 Mediante Oficio CNE – FNFP 803, con fecha de radicado 01 de Julio de 2020, la
Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y
Gastos, junto con una lista de los excandidatos aspirantes a las diversas corporaciones
públicas avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U,
con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual
presuntamente se vulneró las disposiciones previstas en el artículo 25, inciso cinco, de la
Ley 1475 de 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, por la no
presentación de informes, no designación de gerente, no apertura de cuenta única bancaria.
Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Informe con referencia CNE-FNFP- 803, suscrito por la asesora pública del Fondo
Nacional de Financiación Política, mediante el cual informa lo siguiente: (Folios 0 y 0)
“Asunto: Candidatos que presuntamente incumplieron con la obligación de
presentar su informe de ingreso y gastos de campaña, elecciones 27 de
octubre de 2019.
Respetado Doctora Lena:
De acuerdo con el tema de la referencia, adjunto al presente la relación de los
candidatos por partidos que presuntamente vulneraron el Artículo 25 Inciso Quinto
de la Ley 1475 de 2011 y los Articulo 1 y 2 de Resolución 3097 de 2013, al incumplir
Resolución No. 7675 de 2021 Página 2 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
con su obligación de presentar su informe de ingresos y gastos de Campaña en los
termino de ley o que la presentar su informe de ingresos y gastos de campaña en
los términos de ley o que la presentaron de manera extemporánea.
Lo anterior a fin de que sea sometido a reparto para que se adelanten los
correspondientes procesos administrativos sancionatorios.
Anexado (1) cuadro en Excel debidamente organizado por movimientos y partido
políticos.”
 Copia del listado donde se menciona los diferentes candidatos.
1.2 Mediante Oficio CNE – FNFP 2386-2020, con fecha de radicado 14 de septiembre de
2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe junto con los
nombres de excandidatos a diversas corporaciones públicas, avalados por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneró las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011. Al citado oficio se
adjuntaron: Dos (2) cuadros de Excel con la respectiva información.
1.3 Mediante Oficio CNE – FNFP-3827, de fecha 27 de octubre de 2020, el contador público
del Fondo Nacional De Financiación Política, informa que se evidencia presunta vulneración
del artículo 25 de la ley 1475 de 2011 en las elecciones a la ALCALDÍA DE CARTAGENA,
BOLÍVAR, del candidato avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL -
PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevada a cabo el 27 de octubre de 2019
y en la cual presuntamente se vulneró las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley
1475 de 2011. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia del dictamen del Auditor Interno del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL -
PARTIDO DE LA U al Informe Integral de Ingresos y Gastos en la Campaña Electoral de los
excandidatos a la alcaldía.
 Copia de los Formularios 5B.
 Extractos Bancarios.
 Conciliación bancaria.
1.4 Mediante Oficio CNE – FNFP 1558-2021, con fecha de radicado 25 de febrero de 2021,
la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y
Gastos, junto con una lista de los excandidatos a diversas corporaciones públicas, dentro de
ellas, candidatos avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO
DE LA U, a la ASAMBLEA DE LA GUAJIRA con ocasión de las elecciones llevada a cabo
Resolución No. 7675 de 2021 Página 3 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneró las disposiciones previstas
en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011: no designación de gerente y no apertura de cuenta.
Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen del auditor interno del partido.
 Copia Formulario 5B (4 folios).
1.5 Mediante Oficio CNE – FC 1415 de fecha de 30 de octubre de 2020, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, informó la presunta vulneración del artículo 25
de la Ley 1475 de 2011 por parte de algunos excandidatos a la ASAMBLEA DEL NORTE
DE SANTANDER, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO
DE LA U, con ocasión de las elecciones llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual
presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de
2011, por no designación de gerente, no apertura de cuenta única bancaria y manejo parcial
de recursos. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen del auditor interno del partido.
 Histórico de censo electoral.
 Copia de formulario 5.
1.6 Mediante Oficio CNE – FNFP 3857, de fecha 28 de octubre de 2020 el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto
con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DEL TOLIMA, avalados por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no designación de
gerente, no apertura de cuenta única bancaria y manejo parcial de recursos. Al citado oficio
se adjuntaron los siguientes documentos:
 Alcance al dictamen del partido.
 Copia de formularios 5B
 Copia de censo Electoral
1.7 Mediante Oficio CNE – FNFP 4293, de fecha 20 de noviembre de 2020, el contador
público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
junto con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DE NARIÑO avalados por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
Resolución No. 7675 de 2021 Página 4 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
elecciones llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por la no
apertura de cuenta única y manejo parcial de los recursos en la citada cuenta. Al citado
oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia del alcance al dictamen.
 Copia de formulario 5B.
1.8 Mediante Oficio CNE – FNFP 4417, de fecha 25 de Noviembre de la contadora pública
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió informe junto con una lista de los ex
candidatos aspirante a la ASAMBLEA DE CÓRDOBA, avalados por el PARTIDO SOCIAL
DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a
cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones
previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por la no designación de gerente y no
apertura de cuenta única para el manejo de los recursos. Al citado oficio se adjuntaron los
siguientes documentos:
 Copia de formulario 5B.
 Copia del alcance al dictamen.
1.9 Mediante Oficio CNE – FNFP 3856- 2020, de fecha 28 de octubre de 2020la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
junto con una lista de los ex candidatos aspirante a la ASAMBLEA DE BOYACÁ, avalados
por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por el
manejo parcial de los recurso en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes
documentos:
 Copia de formulario 5B.
 Copia del alcance al dictamen
1.10 Mediante Oficio CNE – FNFP 4330 2020, con fecha de radicado 23 de Noviembre de
2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de
Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE SOACHA, CUNDINAMARCA,
avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con
ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual
Resolución No. 7675 de 2021 Página 5 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de
2011, por manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron
los siguientes documentos:
 Copia de formulario 5B.
 Copia del alcance al dictamen
1.11 Mediante Oficio CNE – FNFP- 0236 del 15 de enero de 2021, la contadora pública del
Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con
una lista de los excandidatos al CONCEJO DE MEDELLÍN – ANTIOQUIA, avalados por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no
manejo de recursos en la cuenta única, manejo de recursos antes de la inscripción. Se
anexan los siguientes documentos:
 Copia del alcance al dictamen del Auditor Interno del PARTIDO DE UNIDAD NACIONAL
PARTIDO DE LA U
1.12 Mediante Oficio CNE – FNFP- 0235-2020, del 15 de enero de 2021, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
junto con una lista de los ex candidatos aspirante al CONCEJO de MEDELLÍN –
ANTIOQUIA, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE
LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual
presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de
2011, por no apertura de cuenta única para manejo de recursos o no manejo de recursos en
la misma. Se anexan los siguientes documentos:
 Copia del alcance al dictamen del Auditor Interno del partido.
 Copia de formularios 5B.
1.13 Mediante Oficio CNE – FNFP- 279, del 18 de enero de 2021, el contador público del
Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
candidato a la ALCALDÍA DE SAN PELAYO, CÓRDOBA, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
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Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por desconocerse manejo
de los dineros en la cuenta única, anexados los siguientes documentos:
 Copia del dictamen de la Auditora Interna del partido.
 Formulario 5B.
 Censo Electoral.
1.14 Mediante Oficio CNE – FC- 5555, de fecha 26 de enero de 2021, la contadora pública
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDÍA DE LA CEJA, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO SOCIAL
DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a
cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones
previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de los recursos en la
cuenta única. Anexados los siguientes documentos:
 Copia del dictamen del Auditor Interno del partido.
 Formulario 5B.
1.15 Mediante Oficio CNE – FNFP 596, del 29 de Enero de 2021, el contador público del
Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con
una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, avalados por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no designación de
gerente de campaña y no apertura de cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los
siguientes documentos:
 Copia de formulario 5B.
 Copia dictamen
1.16 Mediante Oficio CNE – FNFP 0831 del 04 de febrero de 2021, el contador público del
Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DE CHINQUINÁ, CALDAS, avalado por el PARTIDO SOCIAL
DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a
cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones
previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo o manejo parcial de los
recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
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Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
 Copia del dictamen de la Auditoria Interna del partido.
 Formularios 5B (1 folios)
1.17 Mediante Oficio CNE – FNFP-1008, de fecha 09 de febrero de 2021, el contador
público del Fondo Nacional de Financiación Política, , remitió el Informe de Ingresos y
Gastos, junto con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DE SANTANDER,
avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con
ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual
presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de
2011, por no presentación de informes, por no designación de gerente, no apertura de
cuenta, manejo parcial de los recursos en la cuenta o no manejo de los mismos en la citada
cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen del auditor del Partido.
 Copia Formulario 5B, en 1 folio.
 Censo electoral.
1.18 Mediante Oficio CNE – FC 4561 de fecha 02 de diciembre de 2020, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
del excandidato a la ALCALDÍA DE ROLDANILLO, VALLE DEL CAUCA, avalado por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por manejo
parcial de los recursos en la cuenta única bancaria. Al citado oficio se adjuntaron los
siguientes documentos:
 Copia alcance al dictamen del auditor del partido.
 Copia de los formularios 5B (1folio)
 Copia censo Electoral (1folio)
1.19 Mediante Oficio CNE – FNFP- 4707, de fecha 04 de diciembre de 2020, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
del excandidato a la ALCALDÍA DE TIMBIO, CAUCA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE
UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el
27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas
Resolución No. 7675 de 2021 Página 8 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de los recursos en la cuenta única.
Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia del dictamen del Auditor Interno del partido.
 Anexo Formulario 5B (18 Folios)
 Censo Electoral (1 Folios)
1.20 Mediante Oficio CNE – FC-4739 de fecha 07 de diciembre de 2020, con fecha de
radicado 16 de febrero de 2021, la contador pública del Fondo Nacional de Financiación
Política, señora Nancy Elena Valenzuela, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DE CHINÚ, CORDOBA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE
UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el
27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas
en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de los recursos o manejo parcial de
los mismos en la cuenta única. Al oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia del alcance al dictamen de auditoria interna del partido.
 Anexo Formulario 5B. (1 folio)
 Censo (1 Folio)
1.21 Mediante Oficio CNE – FC-4563, de fecha 02 de Diciembre de 2020, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
del excandidato a la ALCALDÍA DE SAN PUES, SUCRE, avalado por el PARTIDO SOCIAL
DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a
cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones
previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo o manejo parcial de los
recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia del dictamen del Auditor Interno del Partido Político (5 folios)
 Formulario 5B (9 Folios)
 Censo Electoral (1 folio)
1.22 Mediante Oficio CNE – FNFP-1139, de fecha 12 de Febrero de 2021, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
del excandidato a la ALCALDÍA DE SILOS, NORTE DE SANTANDER, avalado por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
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Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 34 de la Ley 1475 de 2011, por manejo
de los recursos antes de la inscripción como candidato. Al citado oficio se adjuntaron los
siguientes documentos:
 Copia del alcance al dictamen del Auditor Interno del Partido.
1.23 Mediante Oficio CNE – FC 1120 del 11 de febrero de 2021NFP-507, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, señor Álvaro Torregrosa Sánchez, remitió el
Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DEL
PUTUMAYO, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE
LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual
presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de
2011, por la no presentación de informes, no apertura de cuenta única y no manejo de los
recursos en la misma. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia del alcance al dictamen del auditor del partido.
 Copia de formulario 5B (1 folios)
 Copia de censo Electoral (1 folio)
1.24 Mediante Oficio CNE – FNFP-1058 de fecha 11 de febrero de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos del
excandidato a la ALCALDIA DE SAN JUAN DEL CESAR, GUAJIRA, avalado por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no
manejo de los recursos de la campaña en la cuenta única o manejo parcial. Al citado oficio
se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen Auditor Interno del partido.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia de censo Electoral (1 folio).
1.25 Mediante Oficio CNE – FNFP-1125 de fecha 12 de febrero de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos del
excandidato a la ALCALDIA DE LA VIRGINIA, RISARALDA, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
Resolución No. 7675 de 2021 Página 10 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no apertura de cuenta
única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen Auditor Interno del partido.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia de censo Electoral (1 folio).
1.26 Mediante Oficio CNE – FNFP-1337 de fecha 19 de febrero de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos del
excandidato a la ALCALDIA DE SAHAGUN, CORDOBA, avalado por el PARTIDO SOCIAL
DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a
cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones
previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo o manejo parcial de los
recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen Auditor Interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
1.27 Mediante Oficio CNE – FNFP-1247 de fecha 16 de febrero de 2021, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos
del excandidato a la ALCALDIA DE PUERTO TEJADA, CAUCA, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no apertura de cuenta
única para el manejo de recursos. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen Auditor Interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
1.28 Mediante Oficio CNE – FNFP-1103 de fecha 11 de febrero de 2021, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
junto con la lista del excandidatos a la ASAMBLEA DE RISARALDA, avalados por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no
Resolución No. 7675 de 2021 Página 11 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
apertura de cuenta única para el manejo de los recursos y manejo parcial de los recursos en
la citada cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
1.29 Mediante Oficio CNE – FNFP-1435 de fecha 23 de febrero de 2021, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
del excandidato a la ALCALDIA DE LEBRIJA, SANTANDER, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, EN COALICION CON OTROS
PARTIDOS, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la
cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley
1475 de 2011, por no el manejo de los recursos o manejo parcial de los recursos en la
cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
1.30 Mediante Oficio CNE – FNFP-1437 de fecha 23 de febrero de 2021, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
del excandidato a la ALCALDÍA DE CHIGORODÓ, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, EN COALICION CON OTROS
PARTIDOS, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la
cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley
1475 de 2011, por no el manejo de los recursos o manejo parcial de los recursos en la
cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
1.31 Mediante Oficio CNE – FNFP-1.104 de fecha 11 de febrero de 2021, el contador
público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
junto con el listado de excandidatos a la ASAMBLEA DEL CESAR, avalados por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no el
Resolución No. 7675 de 2021 Página 12 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
manejo de los recursos o manejo parcial de los recursos en la cuenta única y no
presentación de informes. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia Dictamen Auditor Interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia de formularios 7B.
1.32 Mediante Oficio CNE – FNFP-1669 de fecha 01 de marzo de 2021, la contadora pública
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto
con el listado de ex candidatos a la ASAMBLEA DEL VALLE DEL CAUCA, avalado por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no el
manejo de los recursos o manejo parcial de los recursos en la cuenta única y no apertura de
cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Certificación de renuncia.
 Censo electoral.
1.33 Mediante Oficio CNE – FNFP-1.714 de fecha 03 de marzo de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto
con el listado de excandidatos al CONCEJO DE CARTAGENA, BOLIVAR, avalados por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no
presentación de informes y el manejo parcial de los recursos en la cuenta. Al citado oficio se
adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia de la renuncia por no presentación.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia de formularios 7B.
1.34 Mediante Oficio CNE – FNFP-4241 de fecha 18 de noviembre de 2020, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
Resolución No. 7675 de 2021 Página 13 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
junto con el listado de excandidatos a la ASAMBLEA DEL CASANARE, avalados por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no
apertura de la cuenta única para el manejo de los recursos y manejo parcial de los mismos
en la citada cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
1.35 Mediante Oficio CNE – FC-4564 de fecha 02 de diciembre de 2020, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
del excandidato a la ALCALDIA DE BUENAVENTURA, VALLE DEL CAUCA, avalado por
el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no
manejo de los recursos en la cuenta única o manejo parcial. Al citado oficio se adjuntaron los
siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
 Copia del acuerdo programático
 Copia del aval otorgado.
 Copia formulario E6 AL.
1.36 Mediante Oficio CNE – FC-2254 de fecha 24 de marzo de 2021, el contador público del
Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DE SANTUARIO, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, EN COALICIÓN CON OTROS
PARTIDOS, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la
cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley
1475 de 2011, por no designación de gerente, no apertura de cuenta única y manejo de los
recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
Resolución No. 7675 de 2021 Página 14 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
 Copia del acuerdo programático
 Copia del aval otorgado.
 Copia formulario E6 AL.
1.37 Mediante Oficio CNE – FC-3574 de fecha 21 de mayo de 2021, el contador público del
Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DE AGUSTIN CODAZZI, CESAR, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por manejo parcial de los
recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
1.38 Mediante Oficio CNE – FC-3628 de fecha 26 de mayo de 2021, el contador público del
Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DEL GUAMO, TOLIMA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE
UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el
27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas
en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de cuenta única para el manejo de
los recursos de campaña. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
 Censo electoral.
1.39 Mediante Oficio CNE – FNFP-3127 de fecha 30 de abril de 2021, la contadora pública
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DE UNGUIA, CHOCÓ, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE
UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, EN COALICIÓN CON OTROS PARTIDOS, con
ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual
presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de
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Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
2011 por no presentación de informes o renuente por no corrección. Al citado oficio se
adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
 Certificado de renuencia.
 Copia del acuerdo de coalición.
1.40 Mediante Oficio CNE – FNFP-3152 de fecha 03 de Mayo de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DE TIBU, NORTE DE SANTANDER, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de cuenta
única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
1.41 Mediante Oficio CNE – FNFP-3491 de fecha 18 de Mayo de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DE SAN JUAN DE URABÁ, ANTIOQUIA, avalado por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por haber
efectuado gastos antes de la inscripción de la candidatura. Al citado oficio se adjuntaron los
siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia de certificados de ingresos.
1.42 Mediante Oficio CNE – FNFP-4254 de fecha 23 de junio de 2021, la contadora pública
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos y la
lista de excandidatos s a la ASAMBLEA DEL ATLANTICO, avalados por el PARTIDO
Resolución No. 7675 de 2021 Página 16 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por el manejo parcial de los
recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
1.43 Mediante Oficio CNE – FNFP-3728 de fecha 31 de mayo de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos y la
lista de excandidatos a la ASAMBLEA DEL META, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE
UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el
27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas
en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de la cuenta única, no manejo de
los recursos o manejo parcial de los mismos en la citada cuenta. Al citado oficio se
adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
1.44 Mediante Oficio CNE – FNFP-1741 de fecha 08 de Julio de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDÍA DE CAUCASIA, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no manejo de los
recursos en la cuenta única o el manejo parcial, por cuanto el manejo de la cuenta esta sin
dictaminar. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
1.45 Mediante Oficio CNE – FNFP-2827 de fecha 11 de septiembre de 2020, el contador
público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
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Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
del excandidato a la ALCALDIA DE MARIQUITA, TOLIMA, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de la cuenta
única para el manejo de los recursos de campaña. Al citado oficio se adjuntaron los
siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
1.46 Que mediante oficio CNE-FNFP-2294 del 14 de agosto de 2020, la contadora publica,
envío información al Fondo Nacional de Financiación Política, sobre un excandidato a la
GOBERNACIÓN DEL VAUPÉS perteneciente a la coalición programática entre el PARTIDO
SOCIAL DE LA UNIDAD NACIONAL Y PARTIDO ALIANZA VERDE, por una presunta
vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no manejar los recursos de la campaña
en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del partido de la U.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
 Constancia suscrita por candidato y gerente.
 Constancia de apertura de cuenta.
 Copia formulario E 6 GO
 Copia del aval otorgado
 Copia del acuerdo programático.
1.47 Que por reparto interno de la Corporación del septiembre de 2020, le correspondió a
este Despacho del H. Magistrado CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ, el conocimiento de
dicho asunto radicado bajo el número 8185-20.
1.48 Que mediante oficio CNE-FNFP 3051 del 18 de septiembre de 2020, el contador
público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió al mismo Fondo, información de
varios excandidatos a la ASAMBLEA DEL MAGDALENA, en las elecciones del año 2019,
pertenecientes al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, que
supuestamente vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no aperturar cuenta única
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Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
para el manejo de los recursos de la campaña y por el manejo parcial de la misma. Al citado
oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
 Constancia suscrita por candidato y gerente.
 Constancia de apertura de cuenta.
 Copia formulario E 6 GO
 Copia del aval otorgado
 Copia del acuerdo programático.
1.49 Que, mediante reparto interno de negocios de la Corporación, efectuado el día 13 de
octubre de 2020, le correspondió inicialmente el conocimiento de dicho asunto al despacho
del Honorable Magistrado JORGE ENRIQUE ROZO RODRIGUEZ radicado con el número
10611-20.
1.50 Que en el trámite antes descrito, ese Despacho profirió Auto del 05 de marzo de 2021,
para abrir indagación preliminar en contra de los candidatos allí señalados, los mismos que
fueron notificados de dicha decisión así: CARLOS ALBERTO, ANSELMO RAFAEL MARIN
CORREA, WILFRIDO JOSE SOTOMAYOR MORALES, JAIRO FERNANDO SITU LÓPEZ,
DENISSES CANDELARIA IZQUIERDO BANILONIA, MARIA JOSE IZASA RICO, CARLOS
ANDRÉS FERNÁNDEZ DE CASTRO ROCA, JOSE EULOGIO ORTEGA DE LA HOZ, JAIME
LUIS MELENDEZ TORNE, DAVID RAFAEL MEDINA CAMARGO, DAVID RICARDO
ACEVEDO CELIS, SIXTA ISABEL SUAREZ VELÁSQUEZ, ANGIE PAOLA CERVANTES
IZQUIERDO, DIEGO ARMANDO ACEVEDO CELIS, LUIS CARLOS FERNÁNDEZ DE
CATRO ROCA Y GUILLERMO MIGUEL CARBONELL ÁLVAREZ, al correo electrónico el día
09 de marzo de 2021. Al partido político se notificó por aviso el 19 de marzo de 2021. Se han
recibido descargos de unos indagados, los cuales serán analizados en su oportunidad debida
dentro de este mismo acto.
1.51 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información sobre un excandidato a la ALCALDÍA
DEL MUNICIPIO DE CÓNDOTO, CHOCÓ perteneciente a la COALICIÓN programática
entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U Y ALIANZA
DEMOCRATICA AFROCOLOMBIANA por una presunta vulneración al artículo 25 de la Ley
Resolución No. 7675 de 2021 Página 19 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de campaña o presentarlos de manera
extemporánea.
1.52 Que mediante acta de reparto de Sala Plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al Despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No. 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.53 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese Despacho inicialmente el conocimiento de
dicho asunto, bajo el radicado 8908-20.
1.54 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a
la ALCALDÍA DE FÚQUENE, CUNDINAMARCA perteneciente a la COALICIÓN
programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U Y
EL PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE por una presunta vulneración del
artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o
presentarlos de manera extemporánea.
1.55 Que mediante acta de reparto de Sala Plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No. 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.56 Que, en virtud de ello, le correspondió inicialmente a ese despacho el conocimiento del
aludo asunto con radicado 8894-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:
 Copia formulario E 6 AL
 Copia del acuerdo programático.
Resolución No. 7675 de 2021 Página 20 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
 Copia del aval otorgado
 Copia de la cedula del excandidato.
 Constancia de aceptación de candidatura
1.57 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a
la ALCALDÍA DE SANTA ISABEL, TOLIMA perteneciente a la COALICIÓN programática
entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO
por una presunta vulneración el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe
de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea.
1.58 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.59 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto,
bajo el radicado 8983-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:
 Copia formulario E 6 AL
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado
 Copia de la cedula del ex candidato.
1.60 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a
la ALCALDÍA DE PALMAS DEL SOCORRO, SANTANDER perteneciente a la COALICIÓN
programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y EL PARTIDO
ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE, ASI, por una presunta vulneración del artículo 25 de
la Ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de
manera extemporánea.
Resolución No. 7675 de 2021 Página 21 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
1.61 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.62 Que, en virtud de ello, le correspondió inicialmente a ese despacho el conocimiento de
dicho asunto, bajo el radicado 8015-20, dentro del cual se encuentran los siguientes
documentos:
 Copia formulario E 6 AL
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado
1.63 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a
la ALCALDÍA DE FRONTINO, ANTIOQUIA perteneciente a la COALICIÓN programática
entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y EL PARTIDO ALIANZA VERDE por
una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de
ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea.
1.64 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.65 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto,
bajo el radicado 9040-20, dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:
 Copia formulario E 6 AL
Resolución No. 7675 de 2021 Página 22 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado
1.66 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a
la ALCALDÍA DE SAN MARTÍN, CESAR perteneciente a la COALICIÓN programática entre
el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y EL PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no
presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea.
1.67 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.68 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho inicialmente el conocimiento de
dicho asunto, bajo el radicado 7903-2020 dentro del cual se encuentran los siguientes
documentos:
 Copia formulario E 6 AL
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado
1.69 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a
la ALCALDÍA DE NEIVA HUILA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y EL MOVIMIENTO AUTORIDADES
INDIGENAS DE COLOMBIA, AICO por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley
1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera
extemporánea.
1.70 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
Resolución No. 7675 de 2021 Página 23 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No 3097 de 2013 del Consejo nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.71 Que en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto,
bajo el radicado 9053-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:
 Copia formulario E 6 AL
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado.
1.72 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a
la ALCALDÍA DE PALESTINA, HUILA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y PARTIDO CENTRO DEMOCRATICO por
una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de
ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea.
1.73 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.74 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto,
bajo el radicado 9055-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:
 Copia formulario E 6 AL
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado
Resolución No. 7675 de 2021 Página 24 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
1.75 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo
Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a
la ALCALDÍA DE ARACATACA MAGDALENA perteneciente a la COALICIÓN programática
entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL, EL PARTIDO CONSERVADOR Y EL
PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley
1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera
extemporánea.
1.76 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.77 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto,
bajo el radicado 7919-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:
 Copia formulario E 6 AL
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado
1.78 Que mediante oficio CNE-FNPP-4779 del 09 de noviembre de 2020, la contadora
pública del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre
un excandidato a la ALCALDÍA DE MELGAR, TOLIMA perteneciente a la COALICIÓN
programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL, PARTIDO LIBERAL
COLOMBIANO Y EL MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS por una
presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no manejar los recursos de la
campaña en la cuenta única o manejarlos parcialmente.
1.79 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
Resolución No. 7675 de 2021 Página 25 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
No 3097 de 2013 del Consejo nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.80 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto,
bajo el radicado 2635-21 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:
 Copia del dictamen del auditor del partido.
 Copia del formulario 5B
 Copia formulario E 6 AL
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado
1.81 Mediante Oficio CNE – FNFP-1241 de fecha 16 de febrero de 2021, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del
excandidato a la ALCALDIA DE SAN BERNARDO DEL VIENTO, CÓRDOBA, avalado por
el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, en coalición con
otros partidos, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en
la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley
1475 de 2011 por no manejo de los recursos en la cuenta única o manejo parcial. Al citado
oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.
 Copia del formulario 5B, (1folio).
 Copia del censo electoral.
 Copia del acuerdo programático
 Copia del aval otorgado.
 Copia del formulario E 6 AL.
 Copia de la cedula del candidato.
1.82 Mediante Oficio CNE – FNFP-2424 de fecha 24 de agosto de 2020, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto
con la lista de excandidatos a la ASAMBLEA DE ARAUCA, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no designación de
Resolución No. 7675 de 2021 Página 26 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
gerente, no apertura de cuenta única y no presentación de informes. Al citado oficio se
adjuntaron los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.
 Copia de formularios 5B
 Copia del anexo al formulario 5B
 Copia del censo electoral.
1.83 Mediante Oficio CNE – FNFP-2914-2020 de fecha 14 de Septiembre de 2020, la
contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos
y Gastos, junto con la lista de excandidatos a la ASAMBLEA DE BOLIVAR, avalado por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no
apertura de cuenta única y no manejo de recursos en la misma. Al citado oficio se adjuntaron
los siguientes documentos:
 Copia dictamen auditor interno del partido de la U.
 Copia de formularios 5B
1.84 Que, por reparto interno de negocios de la corporación, mediante acta 010 del 25 de
septiembre, le correspondió inicialmente al Despacho del Honorable Magistrado LUIS
GUILLERMO PEREZ CASAS asumir el conocimiento del expediente con radicado número
9615 – 20, dentro del expediente anterior, ya se abrió investigación administrativa y se
formuló cargos a los implicados, mediante Resolución No. 4076 del 16 de diciembre de 2020.
1.85 Dicha decisión fue notificada al Ministerio Publico y a los investigados, ALBERTO
ANTONIO BARRIOS, KATTY JOHANA MONTIEL, CLOTILDE MARÍA ÁLVAREZ, LUIS
ALBERTO BARRIOS, en su calidad de excandidatos, al correo electrónico el día 26 de enero
de 2021, al igual que los exgerentes KAREN ELENA FLÓREZ RAMÍREZ, YASMELIS MARÍA
MUÑOZ quienes fueron notificadas por correo electrónico el mismo día. La exgerente MARÍA
MORELO MORENO, fue notificada por aviso en cartelera del 3 de marzo de 2021. El Partido
fue notificado por aviso el día 02 de febrero de 2021.
1.86 Que mediante oficio CNE-CNE FC- 3404 del 06 de octubre de 2020, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió al mismo fondo, información de varios
excandidatos a la ASAMBLEA DE CALDAS, en las elecciones del año 2019, perteneciente
Resolución No. 7675 de 2021 Página 27 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U que supuestamente
vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no aperturar cuenta única para el manejo
de los recursos de la campaña y por el manejo parcial de la misma.
1.87 Que por reparto interno de negocios de la Corporación, correspondió mediante acta 013
del día 19 de octubre, al Despacho del Honorable Magistrado LUIS GUILLERMO PEREZ
CASAS asumir el conocimiento del expediente con radicado número 10977 – 20, dentro del
cual se encuentran los siguientes documentos:
 Copia del Alcance al dictamen del auditor del partido.
 Copia del formulario 5B
 Copia formulario E 6 AS
 Copia del acuerdo programático.
 Copia del aval otorgado
1.88 Que dentro del expediente anterior, ya se abrió investigación administrativa y se formuló
cargos a los implicados, mediante la Resolución No. 3993 del 02 de diciembre de 2020.
1.89 Que dicha decisión fue notificada al PARTIDO DE LA U, el día 11 de febrero de 2011,
mediante aviso a BLANCA LIBIA AGUDELO GAITÁN, LILIA ALBA GÓMEZ MARTÍNEZ,
ANDRÉS FERNANDO CHAPARRO ECHEVERRY, CATALINA MEJÍA ZULUAGA, JUAN
SEBASTIÁN GÓMEZ GONZALES, MARÍA FERNANDA BETANCOURT BELTRÁN, JHON
DIEGO VILLEGAS MARÍN, RICHARD MAURICIO MARÍN, MARÍA CARMENZA RESTREPO,
YEISON DAVID GRISALES, LEANDRO AUGUSTO GUTIÉRREZ, ESNEIDER SILVA
PÉREZ, JHON FREDDY ARENAS MONSALVE, LAURA MANUELA CASAS TABORDA,
SARA MARÍA VÁSQUEZ QUINTERO y al MINISTERIO PUBLICO mediante correo
electrónico el día 29 de enero de 2021. Algunos de los investigados han allegado sus
respectivos descargos, los mismos que se tendrán en cuenta en su oportunidad legal.
1.90 Mediante Oficio CNE – FNFP-2327 de fecha 18 de agosto de 2020, el contador público
del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto
con la lista de excandidatos a la ASAMBLEA DE CAQUETÁ, avalado por el PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones
llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no designación de
gerente, no apertura de cuenta única y no manejo de recursos en cuenta única. Al citado
oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
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Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
 Copia dictamen auditor interno del partido de la U.
 Copia de formularios 5B
 Copia del censo electoral.
1.91 Que mediante reparto interno de negocios de la Corporación, efectuado el día 11 de
septiembre de 2020, le correspondió inicialmente el conocimiento de dicho asunto al
despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA radicado con el
número 8187-20.
1.92 Dentro de dicho radicado se profirió Auto CNE –JLLP-109-2020, de noviembre 04 de
2020, mediante el cual se avoca conocimiento y se ordena la apertura de indagación
preliminar y se decreta la práctica de unas pruebas.
1.93 Dicho auto fue comunicado a las partes así: DERLY AZUCENA AVENDAÑO CRUZ,
ANA MILENA PEÑATE HERNÁNDEZ, ANA DEICY COMETA PÓRTELA, HASBLEIDE
JOHANA CORREA ORJUELA, JOSÉ ALFREDO HOYOS CASANOVA, YOVANY ALFONSO
MARTÍNEZ NIETO, MERCEDES MUÑOZ DUQUE, MAURICIO RUIZ CICERI, OSCAR
EDUARDO QUINTERO BENAVIDEZ, CARLOS HUMBERTO MURCIA BERNAL, LUIS
ALFREDO SILVA NEIRA, FREDY GIOVANNI SILVA NEIRA, CARMENZA RICO TOVAR,
VÍCTOR ALFONSO VARÓN, GUILLERMO CARVAJAL PARAMO, MARGARITA MARÍA
CARVAJAL CEDEÑO, YANETH LUCERO RAMÍREZ HERMOSA, CARLOS ALBERTO VILLA
PADILLA, MÓNICA YANETH ORREGO VIATELA, ALFONSO MEJÍA MARTÍNEZ, mediante
correo electrónico el día 13 de Noviembre de 2020.
1.94 Mediante oficio RDE- DGE- 1885 recibido el 19 de noviembre de 2020, la Directora de
Gestión Electoral, da respuesta a la petición del auto anterior, allegando lo solicitado.
1.95 Que mediante oficio CNE-FNFP 803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del fondo
Nacional de Financiación Política, envió a esta Corporación, información de varios
excandidatos al CONCEJO DE MISTRATÓ, RISARALDA, pertenecientes al PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, en coalición con el MOVIMIENTO
POLÍTICO MIRA que supuestamente vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no
presentación o presentación ex temporánea de informes de gastos de campaña.
1.96 Que mediante oficio CNE-FNFP 4498-12020 del 09 de noviembre de 2020, la contadora
Pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió al mismo Fondo, información de
Resolución No. 7675 de 2021 Página 29 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
varios excandidatos al CONCEJO DE IBAGUÉ, en las elecciones del año 2019,
pertenecientes al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U que
supuestamente vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informes
individuales de gastos de gastos de campaña. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes
documentos:
 Copia dictamen auditor interno del partido de la U.
 Copia de formularios 5B
 Copia del censo electoral.
1.97 Que, mediante reparto interno de negocios de la Corporación, efectuado el día 17 de
junio de 2020, le correspondió inicialmente el conocimiento de dicho asunto al despacho del
Honorable Magistrado JAIME LUISCOUTURE PEÑALOZA radicado con el número 13900-
20.
1.98 Que mediante oficio CNE-FC-4566 del 02 de diciembre de 2020, la contadora publica
del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un
excandidato a la ALCALDÍA DE SIBATÉ, CUNDINAMARCA perteneciente a la COALICIÓN
programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y PARTIDO COLOMBIA
JUSTA Y LIBRE, por una presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no
manejar los recursos de la campaña en la cuenta única o manejarlos parcialmente.
1.99 Que mediante acta de reparto de Sala Plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto
especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa
sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional,
en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación
extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019,
a las coaliciones programáticas entre otros.
1.100 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese Despacho el conocimiento de dicho
asunto, bajo el radicado 2658-21.
1.101 Que por decisión de la Sala Plena de esta Corporación le correspondió a este
Despacho conocer de todos los asuntos que en materia de vulneración artículo 25 de la ley
Resolución No. 7675 de 2021 Página 30 de 186
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019,
por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no
presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria,
no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del
expediente con radicado 5080-20.
1475 de 2011 correspondan al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE
LA U, de manera individual y en coalición con otros partidos o movimientos políticos.
1.102 Que mediante Auto de 2 de junio de 2021 se dispuso ACUMULAR los expedientes
con radicados Nos 9613-20, 5973-20, 9615-20, 10977- 20, 8276-20, 10611-20, 13900-20,
8187-20, 8981-20, 8185-20, 2658-21, 2836-21, 2635-21, 9055-20, 9053-20, 8983-20, 8894-
20, 8015-20, 8908-20, 7919-20 Y 7903-20, al expedienta radicado 5080 de 2020, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente decisión.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
2.1 COMPETENCIA
2.1.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA
“ARTÍCULO 265. Modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 1 de 2009. El
Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la
actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos
significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos,
garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden,
y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes
atribuciones especiales:
(…)
6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y
de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los
derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos
electorales en condiciones de plenas garantías.
(…)
14. Las demás que le confiera la ley.”
2.1.2 LEY 130 DE 19941
“ARTÍCULO 39. FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. El
Consejo Nacional Electoral tendrá las siguientes funciones, además de las que le
confiere la Constitución, el Código Electoral y la legislación vigente. a) Adelantar
investigaciones administrativas para verificar el estricto cumplimiento de las normas
contenidas en la presente ley y sancionar a los partidos, movimientos y candidatos
con multas cuyo valor no será inferior trece millones cuatrocientos treinta y dos mil
cuatrocientos ochenta pesos ($13.432.480) moneda legal colombiana, ni superior a
ciento treinta y cuatro millones trescientos veinticuatro mil ochocientos cuatro pesos
($134.324.804) moneda legal colombiana, de conformidad con la gravedad,
eximentes y atenuantes de la infracción cometida. Las violaciones atribuibles a otras
personas serán sancionadas con multas aplicables dentro de los límites aquí
1
“Por la cual se dicta el estatuto básico de los partidos y movimientos políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las
campañas electorales y se dictan otras disposiciones".
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  • 1. e Consejo Nacional Electoral COLOMBIA Bogotá D.C. 28 de febrero del 2022 CNE-SS-JCC/14770/CAAM/202000005080-00 (Al contestar citar estos datos) Señores ARY MAURICIO PIÑERES SALAZAR LUIS GUILLERMO CAMPO ORTEGA JOSE MARIO GUTIERREZ DE PIÑERES SOLANO LIBARDO ANTONIO CASTRO CARDONA JOSE DIOME DES JOSA DE LA CRUZ FERNANDO SEGUNDO FERNANDEZ MIRANDA CESAR AUGUSTO JARAMILLO FORONDA JUAN BOLIVAR GALLARDO POTOSI JOSE MANUEL SANDOVAL SUAREZ SANDRA MILENA NIETO ALGARIN ORLANDO MARTINEZ RIOS CARLOS ELIGIO MOLINA PINZON NASLY YULITZA MANTILLA SANCHEZ JOHN MAURICIO GONZALEZ QUESADA JORGE SEYID GONZALEZ MENDOZA RON ELLY MYLES LEVER LUIS FERNANDO COLORADO ARRUBLA RAFAEL GREGORIO VILLAMIZAR GARCIA RAMIRO PARRADO GUTIERREZ FANOR SUAREZ MENDOZA LUIS RAFAEL ROCA ZABALETA JOSUE DAVID GUARIN VALBUENA CLAUDIA PATRICIA TAPIAS GOMEZ ADOLFO ENRIQUE BOLAÑOS NAVARRO OCTAVIO ALEXANDER AGUDELO RAMONA FLOREZ MEJIA SIXTO MANUEL MEDRANO DIAZ ROSARIO YANETT GUTIERREZ GARAVITO YUDIS DE LOS REYES MACIAS PACHECO JOSE FERNANDO YANGUAS CAMPIÑO ADALUZ LANDAHETA SOTO EMIL CECILIA VANEGAS SILVERA RUDIER ALBERTO ARANGO ZAPATA LOIDA PEREZ PUERTA AMPARO ROJAS GONZALEZ FRANCO EMILIO JOSA PAXIMO JOHN FREDY CORDOBA SANCHEZ LIDIA DEL ROSARIO HIDALGO DIAZ FREY LEON RODRIGUEZ VARGAS MAURICIO CARDONA LINERO GLORIA GLADYS PAZ ÑAÑEZ LEINER DARIO MEDINA HERRERA FERNANDO SERRANO AMADO JOSEFINA CADENA ANA MARIA SAN CLEMENTE JARAMILLO ANGEL DE JESUS MARTINEZ ZUBIETA GLORIA FELICITAS MARTINEZ DELGADO SANTIAGO LOPEZ JOSE GUILLERMO ESQUIBEL AARON NANCY VELASQUEZ OROZCO ANTENOR ENRIQUE DE LA HOZ MOVILLA JAIRO ANDRES GOMEZ MUÑOZ ANA MILENA VACCA LOPEZ JUSTI NO SINISTERRA SINISTERRA JOELLES SERPA CUELLO PATRICIA SANCHEZ DE FERNANDEZ MIRTA YANIRA MORALES JIMENEZ JOSE RICARDO PANTE VES BAUTISTA FRANCISCO JAVIER JARAMILLO FRANCO FLOR LANGELA SANDOVAL VEGA ALBERTO SANCHEZ ORTIZ LILIBETH DE JESUS MERCHAN HERNANDEZ YESICA XIMENA GOZALEZ GOMEZ LAURA ALEXANDRA MADROÑERO QUIROZ LUCY CAROLINA SAAVEDRA MANTILLA MAYDA BIANEY LONDOÑO JARAMILLO ARLETH YOHANA CASTRO POLO EDILMA DE JESUS PALACIO AYDA EMILSE CARDENAS RAMOS LUZ JENNY RODRIGUEZ PEÑARANDA EMERITA BECERRA PINZON RICHARD WALTER VELASQUEZ ROJAS ANDRES ANTONIO DE LA CRUZ CANTIL° DUBIS MARINA LOPEZ GUILLOT WILSON VACA TORRES WILSON ALFONSO OVIEDO GUTIERREZ GLEDIS VEGA MATUTE CARLOS ALBERTO PALACIOS CARVAJAL JAVIER SANCHEZ UMAÑA CAROLINA FERNANDEZ VALENCIA HERNANDO FIGUEREDO HERNANDEZ EDGAR OVIEDO GLORIA ALCIRA REY BAQUERO ANGEL RAMIRO LEON SIERRA MARCOS HORTUA CASTELLANOS LUZ MARINA TRUJILLO LOZANO NEREO FERNANDO MORALES MILLAN TULIO ANDRES ESPINOSA GIL MELVA FANNY DIAZ VALENCIA SERGIO CABRA SIERRA NELVIS CENAIDA SAMPER CADENA JOR LADY PALACIO FRANCO OSCAR FERNANDO ALVAREZ URIBE ADRIANA MARIA GONZALEZ MONTOYA EDILIA RESTREPO LOAIZA HUGO PERLAZA CALLE YESIKA YULIETH VILLAMIZAR TRUJILLO SANDRA MARIA URIBE URIBE DIEGO FERNANDO ZUÑIGA LOPEZ ALVARO DE JESUS CUJIA HILDA ROSA PATERNINA ROMERO ANUAR FERNADO TAPIAS RUIZ JHON JAIRO LOPEZ GARCIA AUADIS ESTHER LOPEZ MENDEZ PAOLA ANDREA MOLINA DIAZGRANADOS BERNARDO ANTONIO OSSA RUA JANETH MARIA JIMENEZ FIGUEROA CRISTOBAL PEREZ CASTRO JOHN JAIRO RAMIREZ ALBIS JAIRO ELIAS DELGADO DE LA CRUZ MARTHA CECILIA RUIZ RUIZ NORMAN ALONSO MADRID LAGAREJO XOCHILT MEDINA GRASS FERNANDO OLAYA POSSOS YOICE PAOLA CUADRO MERCADO JOSE DOMINGO CHACON CABALLERO ROLANDO CHINCHINA CUEVAS HAMILTON DAVID SILVA HERNANDEZ UBALDINA MARIA PALMA LIDUEÑA FREDY ELIAS CORREDOR ACEVEDO LUIS FELIPE ESTRADA QUINTERO LUCY ESTHER MONTAN() ACOSTA LUIS HERNANDO OTALORA MADRID MARIA ELENA MENA DEQUIA RUBYS ISABEL PABON OLIVAREZ EDUARDO SANTOS FLOREZ VERGAFtA IOSKA ESTARLIN CASSERES PAYARES VERONICA PATRICIA LOPEZ CIANCI DERLY AZUCENA AVENDAÑO CRUZ CARLOS EDUARDO REVOLLEDO GOMEZ CECIUA RANGEL PARADA HERNAN ARTURO CALLE CARDENAS LAURA VANESA ROJAS ALTAMAR JANNYNE VASQUEZ MURIEL ANA MELIZA GARCIA RODRIGO Avenida Calle 26 No 51- 50 Bogotá D.C, Colombia PBX 2200800, www.cne.gov.co
  • 2. Chr.4 Consejo Nacional Electoral COLOMBIA HADY PAOLA SALAS GAMBOA LUZ NELCY DIAZ RENGIFO MERCEDES MUÑOZ DUQUE DIEGO FELIPE LANDINEZ BOHORQUEZ JESUS ORLANDO GRAJALES ATEHORTUA MARIO JAVIER MONCAYO PANTOJA JONNATHAN DE JESUS OBREGON TORRES LUIS CARLOS RODRIGUEZ MILTON ORLANDO MARTINEZ VALENCIA DIEGO ANDRES CANDANOZA ROMERO CARLOS MARIO QUINTERO CASTRILLON JUAN BAUTISTA VARGAS SILVA LUIS MIGUEL ROSADO OLIVERO JUAN GUILLERMO POSADA VELEZ LINDA DELCY GUZMAN GUTIERREZ ANDREA CAROLINA TORRES JARAMILLO RAFAEL ALBERTO URIBE URIBE MAURO HERRERA CACERES LEN NY YOSMAR MARIN ARIAS JAIRO ALONSO GIRALDO GONGORA EMMA LILIANA SANCHEZ MARTINEZ YESID FERNANDO ACOSTA ALMEIDA FRANCISCO JAVIER GARCIA IZQUIERDO YASMELIA MARIA MUÑOZ XANTHIA GERALDINE LENIS ARDILA JEY GEMBERSON PUERTA CARDENAS MARYI LORENA MORENO MARTELO SEBASTIAN ARIANO COYMAT MANUEL ANTONIO RENTERIA CORDOBA ENRIQUE ANGEL CAMACHO CALDERON ADRIANO MIGUEL SERPA AZOCAR JOSE PABLO VELILLA COLON KARINA PATRICIA DE LA HOZ SIADO GEIDYS PAOLA PINO GUETO PEDRO JUAN ARRIETA GONZALEZ JOSE HERNAN DEL RIO MARIN EDWARD ARLES CALLE MUÑOZ MANUEL ESTEBAN TORRES GARCIA ANDRES GUILLERMO MONTAÑO AREIZA JUAN CARLOS RAMOS PIMIENTA ADAULFOJOSE HERNANDEZ DIAZ ALEJANDRO MURILLO GARCIA ANDREA CAROLINA FONTALVO DURAN OMAR AUGUSTO ARROYO ENRIQUE DAYRIS DAILETH DELUQUE CASTILLO GUSTAVO BECERRA QUINTERO WILSON JESUS AARON SERRANO LUZ DALIDA PEREZ CARDENAS ORLANDO ADOLFO BARROS PHILLIPS ANGEL DAVID MACHADO OLIBARDO MESA CORREA GABRIEL OSMAR CANTILLO ALVAREZ RUBEN DARIO AVENDAÑO CARDONA VICTOR ALFONSO VARON RAFAEL GUILLERMO REGUILLO MOJICA DAVID DE JESUS REYES PAEZ LOURDES CECILIA FAJARDO ANDRADE YEIM E R JAVIER PONCE GAVIRIA ALFREDO BETANCOURT LOTERO ALBEIRO JESUS SANTOS PUENTES PAOLA ANDREA PARDA OVIEDO LARRY LUIS PADILLA PEÑA MARIA DEL PILAR BELTRAN VARGAS CARLOS ANDRES YEPES DICKSON JOSE NELSON MENESES ZAMBRANO FELIPE MARQUEZ HINCAPIE PASCUAL SUAREZ MARTINEZ ULIANA PATRICIA ORTEGA RINCON ALEXANDER SANCHEZ HEREDIA DIEGO DANILOJIMENEZ ROMERO ISABEL DEL ROSARIO GUERRERO VALLEJO JAIME LUIS MELENDEZ TORNE ADALUZ SAI A7AR MARQUEZ BLANCA NOHOFtA RUBIANO FLOREZ NELSON ANTONIO MARTINEZ BARRIOS El LYS PAOLA CASTRO DE LA HOZ ERICA JUDITH PADILLA HOYOS MIGUEL EMOR MENA CORDOBA GUILLERMO MONTENEGRO RIVERA PEDRO SEGUNDO URIANA ARPUSHANA LAURA ANDREA BARROS VEGA ULDARICO RODRIGUEZ HUMBERTO ANTONIO VELASQUEZ JURADO JOSE CHILA RULUA LUCIO HUMBERTO MORA OBANDO HENRRY LEON OLAYA MELISSA INES HERNANDEZ BENITEZ FERNANDO BOJORGE CARLOS ALBERTO VILLA PADILLA MARGARITA MARIA CARVAJAL CEDEN° JORGE ARTURO AGUDELO RINCON MARIA FERNANDA BETANCOURT JULIETH KARINA SUAREZ CAMARGO PAOLA ANDREA MOLINA DIAZ GRANADOS SAYURI CRUZ PRIETO MARIBEL MARTINEZ MACA TIBISAYS DEL CARMEN FIGUEROA FAUSSI EUAS YURGAKY PEREA OSCAR FERNANDO ALVAREZ URIBE ERIKA CRISTINA MUÑOZ HERRERA RAUL JOHANN LADRON DE GUEVARA LILIA NORA VELEZ ZAPATA MARIA FERNAN DA MEJIA RODRIGUEZ GLADIS UVIELY DAZA DUQUE NANCY YOLANDA QUIJANO 1010A RIGOBERTO VALENCIA PAMPLONA NELSON ENRIQUE ORTEGA GARAVITO YILIBETH KARINA GOMEZ CASTILLO JORGE HACE CARDONA CALDERON HELEN TIBAZAY RODRIGUEZ NOPE JAIME ALFONSO HOLLMAN GONZALEZ LOURDES GABRIELA MARTINEZ FIGUEROA FABIO NELSON OSPINA ALZATE CASTULO JUSTINO LARA GUILLERMO EDUARDO VALDES ROMERO EDGAR RODRIGUEZ HINESTROZA RODRIGO PEÑA MONCADA GUSTAVO OLIVAR JUAN DE JESUS COVARIA DANIEL ALEJANDRO DUEÑAS BECERRA YORDIN STIVEN CASTILLO SANDOVAL RAMIRO SANCHEZ GUTIERREZ LIZETH PATRICIA CUELLO FUENTES LUISA FERNAN DA PASTRANA RAMIREZ CRISTIAN ARLEY CONDE CRISTIAN CAMILO CASAS JARAMILLO CRISTIAN ANDRES IJAJI SOTELO LAURA NATALY PUERTO PAIPA EDELMIRA HERNANDEZ GOMEZ MARLENY ERAZO BUITRON GABRIEL EDUARDO BAQUERO MONTES INES MANTILLA CASTELLANOS LEYDY YADAY RODRIGUEZ GOMEZ ADRIANA MARIA GOMEZ GIRALDO GLORIA QUIÑONES CARDOZO JOSE BERNARDO PLAZA MUÑOZ ANA MERLENE BECERRA BELTRAN LAURA CLEMENCIA PEREZ VALENCIA MARINA VILLAMIZAR SUAREZ JACKELINE ZUÑIGA GAMA LEIDY VIVIAN SOLANO VALENCIA LILIAN SORELY MORENO DIAZ ANALI CAN DIA LOAIZA MARIA EDIT LASSO EDUARDO ALFONSO CORRALES PACHECO GENEY PEREZ ORTIZ LUIS CARLOS PEREZ ACOSTA ALVARO ENRIQUE DIAZ MARQUEZ CARLOS MANUEL SIERRA CAMELO ALBERTO CORNEJO GONZALEZ SAMUEL ALFONSO SANCHEZ SERGIO ANDRES CACERES GALVIS ANGEL SIMON CRUZ HERRERA IVAN ESTEBAN CHIMA RODRIGUEZ CESAR TULIO PATERNINA HERNANDEZ WILMER ARLEY MICOLTA CUERO JOSE EUTIMIO SOCHA PUERTO BLANCA LIBIA AGUDELO GAITAN FABIO DE JESUS OCAMPO Avenida Calle 26 No 51-50 Bogotá D.C, Colombia PBX 2200800, www.cne.gov.co
  • 3. atar/ Consejo Nacional Electoral COLOMBIA JORGE EDUARDO RODRIGUEZ MELO DURLEY YAZMIN PENAGOS GONZALEZ YAQUELINE CASTILLO MONTEALEGRE PEDRO JULIO SANTANA SOLANO WILFREDO JOSE SOTOMAYOR MORALES ALBA ADRIANA HERNANDEZ LIZCANO JUAN CARLOS BOCANEGRA CHACON MARCEL ORLANDO PEREZ ASCANIO CARLOS ALBERTO RIVEROS LOPEZ JUAN CARLOS SALDARRIAGA GAVIRIA ADER LUIS ESPITIA MERCADO ANTONIO JOSE JIMENEZ PATINO NEFTALI ALBERTO DE JESUS VARON SALDAÑA STEFANI VANESSA FAJARDO MIDEROS JHON FREDY GARAVITO CORTES MARTIN EMILIO ARROYAVE LOPEZ DAVID SANTIAGO DIAZ GUIO JOSUE RENGIFO ORJEA LUZ ADIELA SALAZAR GOMEZ YENNY VIVIANA CARRILLO OROZCO CARLOS EDUARDO TORRES CORDOBA RITA N EYI RIASCOS CERON DUVINA TORRES COHEN JOSE ALBERTO MENDOZA GARCÍA JUAN CARLOS CASTAÑO POSADA MARIA JOSE ISAZA RICO GEOVANNY ALEXIS SUAREZ CASTELLANOS ANDRES FERNANDO CHAPARRO ECHEVERR CARLOS ANDRES ZULUAGA RIVILLAS ISABELLA MARIA NAVARRO PETRO JORGUE LUIS CARDONA CUARTAS NESTOR FABIAN COTRINA SORIANO DIANA CATALINA NIÑO VARGAS LAURA VANESSA DE ARMAS PERDONA OSCAR HERNANDO ROSS PEREZ EDWIN ALFREDO GONZALEZ RANGEL CARLOS ANDRES GIRALDO ZAPATA CARLOS ALBERTO BEJARANO FONSECA LUISA FERNAN DA RODRIGUEZ ANDRADE ELEAZAR PALACIOS HERNANDEZ DAN ERYS SANCHEZ FRANCO ERIKA YULIANA BUSTAMANTE RAMIREZ HERNAN MANUEL AVEN DAÑO ORTEGA SARA MARIA VASQUEZ QUINTERO MARIA CARMENZA RESTREPO CARDONA LUIS ALFREDO SILVA NEIRA EUGENIO CABRALES RODRIGUEZ LUIS ALBEIRO ANGARITA TORADO FERNANDO DE tA PEÑA MARQUEZ ANDREA TATIANA NIETO ROPERO LILIA MARIA MEJIA ALZATE OSCAR FABIAN ECHEVERRY CASTRO GIOMAR ANDREA RIVERA BUITRAGO JUAN CAMILO CHIA BERNAL NOHORA ALEXANDRA BUITRAGO RUEDA ADRIAN GIOVANI GARAVITO TORRES MARLENY RENGIFO ORJUELA EBER HARNAN CUANTINDIOY TAPIA BERTHA LYDIA CORDOBA DE TORRES FALCONERY RIVERA TOVAR CLAUDIA MARIA BEDOYA OLIVEROS EVARISTO PAUTT LINARES ADRIANA CASTILLO JORGUE ANGULO CAICEDO JONATHAN RICARDO MORENO MORA FRANKLIN VELEZ CAMARGO DIEGO ARMANDO ACEVEDO CELIS CARMEN ALICIA PAEZ GONZALEZ MARIA FERNAN DA BETANCOURT BELTRAN JUAN DE DIOS BELEÑOS JIMENEZ MARIO DIAZ NICOLAS PEREA SANCHEZ LOTAN JERONY PARRA PINO JACKSON ORLANDO PARRA PEREZ NATHALIA CASTILLO GOMEZ BLANCA PATRICIA MONSALVE PEÑA MARTIN VICENTE BURBANO TORRES CARLOS EDUARDO ROJAS Z. MARIA DEL ROSARIO BALDIRIS SILVA LUIS EDUARDO CASTRO GONZALEZ VICTOR ESTEBAN BARBOSA ESTEPA ANGIE PAOLA CERVANTES IZQUIERDO FREDY GEOVANY SILVA NIERA FANNY JOHANA MURILLO VILORIA Asunto: Aviso notificación por cartelera De conformidad con el procedimiento señalado en el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, inciso segundo"Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso." Una vez transcurrido el término que la ley señala para la realización de la notificación personal, sin que haya sido posible la práctica de la citada diligencia, se procede a la notificación por AVISO en los siguientes términos: Se anexa al presente AVISO, copia íntegra de la Resolución No. 7675 del 21 de octubre del 2021, dentro del radicado 202000005080-00, con ponencia del Despacho el Honorable Magistrado CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ, señalando que contra el citado Acto Administrativo proceden recurso de reposición, de conformidad con el numeral 1 del artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Ahora bien, en cumplimiento del inciso 2° del Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo, y de lo Contencioso Administrativo, cuando se desconozca la información del destinatario, se procederá a FIJAR en la Página Web y en la Cartelera de la Subsecretaría del Consejo Nacional Electoral, por el término de cinco (5) días hábiles, Avenida Calle 26 No 51- 50 Bogotá D.C, Colombia PBX 2200800, www.cne.gov.co
  • 4. CN=/ Consejo Nacional Electoral COLOMBIA siendo las ocho de la mañana (8:00a.m.) del primero (01) de marzo del dos mil veintidós (2022). ENA HOYOS GONZÁLEZ Subsecretaria CNE Consejo Nacional Electoral Se DESFIJA a las cinco de la tarde (5:00p.m.) del siete (07) de marzo del dos mil veintidós (2022) LENA HOYOS GONZÁLEZ Subsecretaria CNE Consejo Nacional Electoral Proyectó: Jimmy Cárdenas Contreras Avenida Calle 26 No 51-50 Bogotá D.C, Colombia PBX 2200800, www.cne.gov.co
  • 5. RESOLUCIÓN No. 7675 DE 2021 (21 de octubre) Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 265 constitucional, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, y con fundamento en los siguientes: 1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1 Mediante Oficio CNE – FNFP 803, con fecha de radicado 01 de Julio de 2020, la Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos aspirantes a las diversas corporaciones públicas avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneró las disposiciones previstas en el artículo 25, inciso cinco, de la Ley 1475 de 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, por la no presentación de informes, no designación de gerente, no apertura de cuenta única bancaria. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Informe con referencia CNE-FNFP- 803, suscrito por la asesora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, mediante el cual informa lo siguiente: (Folios 0 y 0) “Asunto: Candidatos que presuntamente incumplieron con la obligación de presentar su informe de ingreso y gastos de campaña, elecciones 27 de octubre de 2019. Respetado Doctora Lena: De acuerdo con el tema de la referencia, adjunto al presente la relación de los candidatos por partidos que presuntamente vulneraron el Artículo 25 Inciso Quinto de la Ley 1475 de 2011 y los Articulo 1 y 2 de Resolución 3097 de 2013, al incumplir
  • 6. Resolución No. 7675 de 2021 Página 2 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. con su obligación de presentar su informe de ingresos y gastos de Campaña en los termino de ley o que la presentar su informe de ingresos y gastos de campaña en los términos de ley o que la presentaron de manera extemporánea. Lo anterior a fin de que sea sometido a reparto para que se adelanten los correspondientes procesos administrativos sancionatorios. Anexado (1) cuadro en Excel debidamente organizado por movimientos y partido políticos.”  Copia del listado donde se menciona los diferentes candidatos. 1.2 Mediante Oficio CNE – FNFP 2386-2020, con fecha de radicado 14 de septiembre de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe junto con los nombres de excandidatos a diversas corporaciones públicas, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneró las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011. Al citado oficio se adjuntaron: Dos (2) cuadros de Excel con la respectiva información. 1.3 Mediante Oficio CNE – FNFP-3827, de fecha 27 de octubre de 2020, el contador público del Fondo Nacional De Financiación Política, informa que se evidencia presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011 en las elecciones a la ALCALDÍA DE CARTAGENA, BOLÍVAR, del candidato avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneró las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia del dictamen del Auditor Interno del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U al Informe Integral de Ingresos y Gastos en la Campaña Electoral de los excandidatos a la alcaldía.  Copia de los Formularios 5B.  Extractos Bancarios.  Conciliación bancaria. 1.4 Mediante Oficio CNE – FNFP 1558-2021, con fecha de radicado 25 de febrero de 2021, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos a diversas corporaciones públicas, dentro de ellas, candidatos avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, a la ASAMBLEA DE LA GUAJIRA con ocasión de las elecciones llevada a cabo
  • 7. Resolución No. 7675 de 2021 Página 3 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneró las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011: no designación de gerente y no apertura de cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen del auditor interno del partido.  Copia Formulario 5B (4 folios). 1.5 Mediante Oficio CNE – FC 1415 de fecha de 30 de octubre de 2020, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, informó la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por parte de algunos excandidatos a la ASAMBLEA DEL NORTE DE SANTANDER, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no designación de gerente, no apertura de cuenta única bancaria y manejo parcial de recursos. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen del auditor interno del partido.  Histórico de censo electoral.  Copia de formulario 5. 1.6 Mediante Oficio CNE – FNFP 3857, de fecha 28 de octubre de 2020 el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DEL TOLIMA, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no designación de gerente, no apertura de cuenta única bancaria y manejo parcial de recursos. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Alcance al dictamen del partido.  Copia de formularios 5B  Copia de censo Electoral 1.7 Mediante Oficio CNE – FNFP 4293, de fecha 20 de noviembre de 2020, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DE NARIÑO avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las
  • 8. Resolución No. 7675 de 2021 Página 4 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. elecciones llevada a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por la no apertura de cuenta única y manejo parcial de los recursos en la citada cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia del alcance al dictamen.  Copia de formulario 5B. 1.8 Mediante Oficio CNE – FNFP 4417, de fecha 25 de Noviembre de la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió informe junto con una lista de los ex candidatos aspirante a la ASAMBLEA DE CÓRDOBA, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por la no designación de gerente y no apertura de cuenta única para el manejo de los recursos. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia de formulario 5B.  Copia del alcance al dictamen. 1.9 Mediante Oficio CNE – FNFP 3856- 2020, de fecha 28 de octubre de 2020la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los ex candidatos aspirante a la ASAMBLEA DE BOYACÁ, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por el manejo parcial de los recurso en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia de formulario 5B.  Copia del alcance al dictamen 1.10 Mediante Oficio CNE – FNFP 4330 2020, con fecha de radicado 23 de Noviembre de 2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE SOACHA, CUNDINAMARCA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual
  • 9. Resolución No. 7675 de 2021 Página 5 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia de formulario 5B.  Copia del alcance al dictamen 1.11 Mediante Oficio CNE – FNFP- 0236 del 15 de enero de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos al CONCEJO DE MEDELLÍN – ANTIOQUIA, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de recursos en la cuenta única, manejo de recursos antes de la inscripción. Se anexan los siguientes documentos:  Copia del alcance al dictamen del Auditor Interno del PARTIDO DE UNIDAD NACIONAL PARTIDO DE LA U 1.12 Mediante Oficio CNE – FNFP- 0235-2020, del 15 de enero de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los ex candidatos aspirante al CONCEJO de MEDELLÍN – ANTIOQUIA, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no apertura de cuenta única para manejo de recursos o no manejo de recursos en la misma. Se anexan los siguientes documentos:  Copia del alcance al dictamen del Auditor Interno del partido.  Copia de formularios 5B. 1.13 Mediante Oficio CNE – FNFP- 279, del 18 de enero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del candidato a la ALCALDÍA DE SAN PELAYO, CÓRDOBA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
  • 10. Resolución No. 7675 de 2021 Página 6 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por desconocerse manejo de los dineros en la cuenta única, anexados los siguientes documentos:  Copia del dictamen de la Auditora Interna del partido.  Formulario 5B.  Censo Electoral. 1.14 Mediante Oficio CNE – FC- 5555, de fecha 26 de enero de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE LA CEJA, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de los recursos en la cuenta única. Anexados los siguientes documentos:  Copia del dictamen del Auditor Interno del partido.  Formulario 5B. 1.15 Mediante Oficio CNE – FNFP 596, del 29 de Enero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no designación de gerente de campaña y no apertura de cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia de formulario 5B.  Copia dictamen 1.16 Mediante Oficio CNE – FNFP 0831 del 04 de febrero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE CHINQUINÁ, CALDAS, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo o manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
  • 11. Resolución No. 7675 de 2021 Página 7 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20.  Copia del dictamen de la Auditoria Interna del partido.  Formularios 5B (1 folios) 1.17 Mediante Oficio CNE – FNFP-1008, de fecha 09 de febrero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, , remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DE SANTANDER, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no presentación de informes, por no designación de gerente, no apertura de cuenta, manejo parcial de los recursos en la cuenta o no manejo de los mismos en la citada cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen del auditor del Partido.  Copia Formulario 5B, en 1 folio.  Censo electoral. 1.18 Mediante Oficio CNE – FC 4561 de fecha 02 de diciembre de 2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE ROLDANILLO, VALLE DEL CAUCA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia alcance al dictamen del auditor del partido.  Copia de los formularios 5B (1folio)  Copia censo Electoral (1folio) 1.19 Mediante Oficio CNE – FNFP- 4707, de fecha 04 de diciembre de 2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE TIMBIO, CAUCA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas
  • 12. Resolución No. 7675 de 2021 Página 8 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia del dictamen del Auditor Interno del partido.  Anexo Formulario 5B (18 Folios)  Censo Electoral (1 Folios) 1.20 Mediante Oficio CNE – FC-4739 de fecha 07 de diciembre de 2020, con fecha de radicado 16 de febrero de 2021, la contador pública del Fondo Nacional de Financiación Política, señora Nancy Elena Valenzuela, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE CHINÚ, CORDOBA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de los recursos o manejo parcial de los mismos en la cuenta única. Al oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia del alcance al dictamen de auditoria interna del partido.  Anexo Formulario 5B. (1 folio)  Censo (1 Folio) 1.21 Mediante Oficio CNE – FC-4563, de fecha 02 de Diciembre de 2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE SAN PUES, SUCRE, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo o manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia del dictamen del Auditor Interno del Partido Político (5 folios)  Formulario 5B (9 Folios)  Censo Electoral (1 folio) 1.22 Mediante Oficio CNE – FNFP-1139, de fecha 12 de Febrero de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE SILOS, NORTE DE SANTANDER, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se
  • 13. Resolución No. 7675 de 2021 Página 9 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 34 de la Ley 1475 de 2011, por manejo de los recursos antes de la inscripción como candidato. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia del alcance al dictamen del Auditor Interno del Partido. 1.23 Mediante Oficio CNE – FC 1120 del 11 de febrero de 2021NFP-507, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, señor Álvaro Torregrosa Sánchez, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con una lista de los excandidatos a la ASAMBLEA DEL PUTUMAYO, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por la no presentación de informes, no apertura de cuenta única y no manejo de los recursos en la misma. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia del alcance al dictamen del auditor del partido.  Copia de formulario 5B (1 folios)  Copia de censo Electoral (1 folio) 1.24 Mediante Oficio CNE – FNFP-1058 de fecha 11 de febrero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos del excandidato a la ALCALDIA DE SAN JUAN DEL CESAR, GUAJIRA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de los recursos de la campaña en la cuenta única o manejo parcial. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen Auditor Interno del partido.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia de censo Electoral (1 folio). 1.25 Mediante Oficio CNE – FNFP-1125 de fecha 12 de febrero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos del excandidato a la ALCALDIA DE LA VIRGINIA, RISARALDA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las
  • 14. Resolución No. 7675 de 2021 Página 10 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no apertura de cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen Auditor Interno del partido.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia de censo Electoral (1 folio). 1.26 Mediante Oficio CNE – FNFP-1337 de fecha 19 de febrero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos del excandidato a la ALCALDIA DE SAHAGUN, CORDOBA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo o manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen Auditor Interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio). 1.27 Mediante Oficio CNE – FNFP-1247 de fecha 16 de febrero de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos del excandidato a la ALCALDIA DE PUERTO TEJADA, CAUCA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no apertura de cuenta única para el manejo de recursos. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen Auditor Interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral. 1.28 Mediante Oficio CNE – FNFP-1103 de fecha 11 de febrero de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con la lista del excandidatos a la ASAMBLEA DE RISARALDA, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no
  • 15. Resolución No. 7675 de 2021 Página 11 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. apertura de cuenta única para el manejo de los recursos y manejo parcial de los recursos en la citada cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio). 1.29 Mediante Oficio CNE – FNFP-1435 de fecha 23 de febrero de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE LEBRIJA, SANTANDER, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, EN COALICION CON OTROS PARTIDOS, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no el manejo de los recursos o manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio). 1.30 Mediante Oficio CNE – FNFP-1437 de fecha 23 de febrero de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE CHIGORODÓ, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, EN COALICION CON OTROS PARTIDOS, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no el manejo de los recursos o manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio). 1.31 Mediante Oficio CNE – FNFP-1.104 de fecha 11 de febrero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con el listado de excandidatos a la ASAMBLEA DEL CESAR, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no el
  • 16. Resolución No. 7675 de 2021 Página 12 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. manejo de los recursos o manejo parcial de los recursos en la cuenta única y no presentación de informes. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia Dictamen Auditor Interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia de formularios 7B. 1.32 Mediante Oficio CNE – FNFP-1669 de fecha 01 de marzo de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con el listado de ex candidatos a la ASAMBLEA DEL VALLE DEL CAUCA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no el manejo de los recursos o manejo parcial de los recursos en la cuenta única y no apertura de cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Certificación de renuncia.  Censo electoral. 1.33 Mediante Oficio CNE – FNFP-1.714 de fecha 03 de marzo de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con el listado de excandidatos al CONCEJO DE CARTAGENA, BOLIVAR, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no presentación de informes y el manejo parcial de los recursos en la cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia de la renuncia por no presentación.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia de formularios 7B. 1.34 Mediante Oficio CNE – FNFP-4241 de fecha 18 de noviembre de 2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
  • 17. Resolución No. 7675 de 2021 Página 13 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. junto con el listado de excandidatos a la ASAMBLEA DEL CASANARE, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no apertura de la cuenta única para el manejo de los recursos y manejo parcial de los mismos en la citada cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral. 1.35 Mediante Oficio CNE – FC-4564 de fecha 02 de diciembre de 2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE BUENAVENTURA, VALLE DEL CAUCA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de los recursos en la cuenta única o manejo parcial. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral.  Copia del acuerdo programático  Copia del aval otorgado.  Copia formulario E6 AL. 1.36 Mediante Oficio CNE – FC-2254 de fecha 24 de marzo de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE SANTUARIO, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, EN COALICIÓN CON OTROS PARTIDOS, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no designación de gerente, no apertura de cuenta única y manejo de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO
  • 18. Resolución No. 7675 de 2021 Página 14 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral.  Copia del acuerdo programático  Copia del aval otorgado.  Copia formulario E6 AL. 1.37 Mediante Oficio CNE – FC-3574 de fecha 21 de mayo de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE AGUSTIN CODAZZI, CESAR, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral. 1.38 Mediante Oficio CNE – FC-3628 de fecha 26 de mayo de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DEL GUAMO, TOLIMA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de cuenta única para el manejo de los recursos de campaña. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral.  Censo electoral. 1.39 Mediante Oficio CNE – FNFP-3127 de fecha 30 de abril de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE UNGUIA, CHOCÓ, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, EN COALICIÓN CON OTROS PARTIDOS, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de
  • 19. Resolución No. 7675 de 2021 Página 15 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. 2011 por no presentación de informes o renuente por no corrección. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral.  Certificado de renuencia.  Copia del acuerdo de coalición. 1.40 Mediante Oficio CNE – FNFP-3152 de fecha 03 de Mayo de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE TIBU, NORTE DE SANTANDER, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral. 1.41 Mediante Oficio CNE – FNFP-3491 de fecha 18 de Mayo de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE SAN JUAN DE URABÁ, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por haber efectuado gastos antes de la inscripción de la candidatura. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia de certificados de ingresos. 1.42 Mediante Oficio CNE – FNFP-4254 de fecha 23 de junio de 2021, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos y la lista de excandidatos s a la ASAMBLEA DEL ATLANTICO, avalados por el PARTIDO
  • 20. Resolución No. 7675 de 2021 Página 16 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por el manejo parcial de los recursos en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral. 1.43 Mediante Oficio CNE – FNFP-3728 de fecha 31 de mayo de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos y la lista de excandidatos a la ASAMBLEA DEL META, avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de la cuenta única, no manejo de los recursos o manejo parcial de los mismos en la citada cuenta. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del PARTIDO  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral. 1.44 Mediante Oficio CNE – FNFP-1741 de fecha 08 de Julio de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDÍA DE CAUCASIA, ANTIOQUIA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no manejo de los recursos en la cuenta única o el manejo parcial, por cuanto el manejo de la cuenta esta sin dictaminar. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral. 1.45 Mediante Oficio CNE – FNFP-2827 de fecha 11 de septiembre de 2020, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos,
  • 21. Resolución No. 7675 de 2021 Página 17 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. del excandidato a la ALCALDIA DE MARIQUITA, TOLIMA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de la cuenta única para el manejo de los recursos de campaña. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral. 1.46 Que mediante oficio CNE-FNFP-2294 del 14 de agosto de 2020, la contadora publica, envío información al Fondo Nacional de Financiación Política, sobre un excandidato a la GOBERNACIÓN DEL VAUPÉS perteneciente a la coalición programática entre el PARTIDO SOCIAL DE LA UNIDAD NACIONAL Y PARTIDO ALIANZA VERDE, por una presunta vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no manejar los recursos de la campaña en la cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del partido de la U.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral.  Constancia suscrita por candidato y gerente.  Constancia de apertura de cuenta.  Copia formulario E 6 GO  Copia del aval otorgado  Copia del acuerdo programático. 1.47 Que por reparto interno de la Corporación del septiembre de 2020, le correspondió a este Despacho del H. Magistrado CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ, el conocimiento de dicho asunto radicado bajo el número 8185-20. 1.48 Que mediante oficio CNE-FNFP 3051 del 18 de septiembre de 2020, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió al mismo Fondo, información de varios excandidatos a la ASAMBLEA DEL MAGDALENA, en las elecciones del año 2019, pertenecientes al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, que supuestamente vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no aperturar cuenta única
  • 22. Resolución No. 7675 de 2021 Página 18 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. para el manejo de los recursos de la campaña y por el manejo parcial de la misma. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral.  Constancia suscrita por candidato y gerente.  Constancia de apertura de cuenta.  Copia formulario E 6 GO  Copia del aval otorgado  Copia del acuerdo programático. 1.49 Que, mediante reparto interno de negocios de la Corporación, efectuado el día 13 de octubre de 2020, le correspondió inicialmente el conocimiento de dicho asunto al despacho del Honorable Magistrado JORGE ENRIQUE ROZO RODRIGUEZ radicado con el número 10611-20. 1.50 Que en el trámite antes descrito, ese Despacho profirió Auto del 05 de marzo de 2021, para abrir indagación preliminar en contra de los candidatos allí señalados, los mismos que fueron notificados de dicha decisión así: CARLOS ALBERTO, ANSELMO RAFAEL MARIN CORREA, WILFRIDO JOSE SOTOMAYOR MORALES, JAIRO FERNANDO SITU LÓPEZ, DENISSES CANDELARIA IZQUIERDO BANILONIA, MARIA JOSE IZASA RICO, CARLOS ANDRÉS FERNÁNDEZ DE CASTRO ROCA, JOSE EULOGIO ORTEGA DE LA HOZ, JAIME LUIS MELENDEZ TORNE, DAVID RAFAEL MEDINA CAMARGO, DAVID RICARDO ACEVEDO CELIS, SIXTA ISABEL SUAREZ VELÁSQUEZ, ANGIE PAOLA CERVANTES IZQUIERDO, DIEGO ARMANDO ACEVEDO CELIS, LUIS CARLOS FERNÁNDEZ DE CATRO ROCA Y GUILLERMO MIGUEL CARBONELL ÁLVAREZ, al correo electrónico el día 09 de marzo de 2021. Al partido político se notificó por aviso el 19 de marzo de 2021. Se han recibido descargos de unos indagados, los cuales serán analizados en su oportunidad debida dentro de este mismo acto. 1.51 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información sobre un excandidato a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE CÓNDOTO, CHOCÓ perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U Y ALIANZA DEMOCRATICA AFROCOLOMBIANA por una presunta vulneración al artículo 25 de la Ley
  • 23. Resolución No. 7675 de 2021 Página 19 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de campaña o presentarlos de manera extemporánea. 1.52 Que mediante acta de reparto de Sala Plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al Despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No. 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.53 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese Despacho inicialmente el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 8908-20. 1.54 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE FÚQUENE, CUNDINAMARCA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U Y EL PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea. 1.55 Que mediante acta de reparto de Sala Plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No. 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.56 Que, en virtud de ello, le correspondió inicialmente a ese despacho el conocimiento del aludo asunto con radicado 8894-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia formulario E 6 AL  Copia del acuerdo programático.
  • 24. Resolución No. 7675 de 2021 Página 20 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20.  Copia del aval otorgado  Copia de la cedula del excandidato.  Constancia de aceptación de candidatura 1.57 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE SANTA ISABEL, TOLIMA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO por una presunta vulneración el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea. 1.58 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.59 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 8983-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia formulario E 6 AL  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado  Copia de la cedula del ex candidato. 1.60 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE PALMAS DEL SOCORRO, SANTANDER perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y EL PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE, ASI, por una presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea.
  • 25. Resolución No. 7675 de 2021 Página 21 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. 1.61 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.62 Que, en virtud de ello, le correspondió inicialmente a ese despacho el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 8015-20, dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia formulario E 6 AL  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado 1.63 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE FRONTINO, ANTIOQUIA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y EL PARTIDO ALIANZA VERDE por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea. 1.64 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.65 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 9040-20, dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia formulario E 6 AL
  • 26. Resolución No. 7675 de 2021 Página 22 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20.  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado 1.66 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE SAN MARTÍN, CESAR perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y EL PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea. 1.67 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.68 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho inicialmente el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 7903-2020 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia formulario E 6 AL  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado 1.69 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE NEIVA HUILA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y EL MOVIMIENTO AUTORIDADES INDIGENAS DE COLOMBIA, AICO por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea. 1.70 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado
  • 27. Resolución No. 7675 de 2021 Página 23 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No 3097 de 2013 del Consejo nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.71 Que en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 9053-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia formulario E 6 AL  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado. 1.72 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE PALESTINA, HUILA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y PARTIDO CENTRO DEMOCRATICO por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea. 1.73 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.74 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 9055-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia formulario E 6 AL  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado
  • 28. Resolución No. 7675 de 2021 Página 24 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. 1.75 Que mediante oficio CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE ARACATACA MAGDALENA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL, EL PARTIDO CONSERVADOR Y EL PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informe de ingresos de Campaña o presentarlos de manera extemporánea. 1.76 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.77 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 7919-20 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia formulario E 6 AL  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado 1.78 Que mediante oficio CNE-FNPP-4779 del 09 de noviembre de 2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE MELGAR, TOLIMA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL, PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO Y EL MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS por una presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no manejar los recursos de la campaña en la cuenta única o manejarlos parcialmente. 1.79 Que mediante acta de reparto de Sala plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución
  • 29. Resolución No. 7675 de 2021 Página 25 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. No 3097 de 2013 del Consejo nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.80 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese despacho el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 2635-21 dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia del dictamen del auditor del partido.  Copia del formulario 5B  Copia formulario E 6 AL  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado 1.81 Mediante Oficio CNE – FNFP-1241 de fecha 16 de febrero de 2021, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, del excandidato a la ALCALDIA DE SAN BERNARDO DEL VIENTO, CÓRDOBA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, en coalición con otros partidos, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no manejo de los recursos en la cuenta única o manejo parcial. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.  Copia del formulario 5B, (1folio).  Copia del censo electoral.  Copia del acuerdo programático  Copia del aval otorgado.  Copia del formulario E 6 AL.  Copia de la cedula del candidato. 1.82 Mediante Oficio CNE – FNFP-2424 de fecha 24 de agosto de 2020, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con la lista de excandidatos a la ASAMBLEA DE ARAUCA, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no designación de
  • 30. Resolución No. 7675 de 2021 Página 26 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. gerente, no apertura de cuenta única y no presentación de informes. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del Partido de la U.  Copia de formularios 5B  Copia del anexo al formulario 5B  Copia del censo electoral. 1.83 Mediante Oficio CNE – FNFP-2914-2020 de fecha 14 de Septiembre de 2020, la contadora pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con la lista de excandidatos a la ASAMBLEA DE BOLIVAR, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no apertura de cuenta única y no manejo de recursos en la misma. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del partido de la U.  Copia de formularios 5B 1.84 Que, por reparto interno de negocios de la corporación, mediante acta 010 del 25 de septiembre, le correspondió inicialmente al Despacho del Honorable Magistrado LUIS GUILLERMO PEREZ CASAS asumir el conocimiento del expediente con radicado número 9615 – 20, dentro del expediente anterior, ya se abrió investigación administrativa y se formuló cargos a los implicados, mediante Resolución No. 4076 del 16 de diciembre de 2020. 1.85 Dicha decisión fue notificada al Ministerio Publico y a los investigados, ALBERTO ANTONIO BARRIOS, KATTY JOHANA MONTIEL, CLOTILDE MARÍA ÁLVAREZ, LUIS ALBERTO BARRIOS, en su calidad de excandidatos, al correo electrónico el día 26 de enero de 2021, al igual que los exgerentes KAREN ELENA FLÓREZ RAMÍREZ, YASMELIS MARÍA MUÑOZ quienes fueron notificadas por correo electrónico el mismo día. La exgerente MARÍA MORELO MORENO, fue notificada por aviso en cartelera del 3 de marzo de 2021. El Partido fue notificado por aviso el día 02 de febrero de 2021. 1.86 Que mediante oficio CNE-CNE FC- 3404 del 06 de octubre de 2020, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió al mismo fondo, información de varios excandidatos a la ASAMBLEA DE CALDAS, en las elecciones del año 2019, perteneciente
  • 31. Resolución No. 7675 de 2021 Página 27 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U que supuestamente vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no aperturar cuenta única para el manejo de los recursos de la campaña y por el manejo parcial de la misma. 1.87 Que por reparto interno de negocios de la Corporación, correspondió mediante acta 013 del día 19 de octubre, al Despacho del Honorable Magistrado LUIS GUILLERMO PEREZ CASAS asumir el conocimiento del expediente con radicado número 10977 – 20, dentro del cual se encuentran los siguientes documentos:  Copia del Alcance al dictamen del auditor del partido.  Copia del formulario 5B  Copia formulario E 6 AS  Copia del acuerdo programático.  Copia del aval otorgado 1.88 Que dentro del expediente anterior, ya se abrió investigación administrativa y se formuló cargos a los implicados, mediante la Resolución No. 3993 del 02 de diciembre de 2020. 1.89 Que dicha decisión fue notificada al PARTIDO DE LA U, el día 11 de febrero de 2011, mediante aviso a BLANCA LIBIA AGUDELO GAITÁN, LILIA ALBA GÓMEZ MARTÍNEZ, ANDRÉS FERNANDO CHAPARRO ECHEVERRY, CATALINA MEJÍA ZULUAGA, JUAN SEBASTIÁN GÓMEZ GONZALES, MARÍA FERNANDA BETANCOURT BELTRÁN, JHON DIEGO VILLEGAS MARÍN, RICHARD MAURICIO MARÍN, MARÍA CARMENZA RESTREPO, YEISON DAVID GRISALES, LEANDRO AUGUSTO GUTIÉRREZ, ESNEIDER SILVA PÉREZ, JHON FREDDY ARENAS MONSALVE, LAURA MANUELA CASAS TABORDA, SARA MARÍA VÁSQUEZ QUINTERO y al MINISTERIO PUBLICO mediante correo electrónico el día 29 de enero de 2021. Algunos de los investigados han allegado sus respectivos descargos, los mismos que se tendrán en cuenta en su oportunidad legal. 1.90 Mediante Oficio CNE – FNFP-2327 de fecha 18 de agosto de 2020, el contador público del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió el Informe de Ingresos y Gastos, junto con la lista de excandidatos a la ASAMBLEA DE CAQUETÁ, avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, con ocasión de las elecciones llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 y en la cual presuntamente se vulneraron las disposiciones previstas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 por no designación de gerente, no apertura de cuenta única y no manejo de recursos en cuenta única. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:
  • 32. Resolución No. 7675 de 2021 Página 28 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20.  Copia dictamen auditor interno del partido de la U.  Copia de formularios 5B  Copia del censo electoral. 1.91 Que mediante reparto interno de negocios de la Corporación, efectuado el día 11 de septiembre de 2020, le correspondió inicialmente el conocimiento de dicho asunto al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA radicado con el número 8187-20. 1.92 Dentro de dicho radicado se profirió Auto CNE –JLLP-109-2020, de noviembre 04 de 2020, mediante el cual se avoca conocimiento y se ordena la apertura de indagación preliminar y se decreta la práctica de unas pruebas. 1.93 Dicho auto fue comunicado a las partes así: DERLY AZUCENA AVENDAÑO CRUZ, ANA MILENA PEÑATE HERNÁNDEZ, ANA DEICY COMETA PÓRTELA, HASBLEIDE JOHANA CORREA ORJUELA, JOSÉ ALFREDO HOYOS CASANOVA, YOVANY ALFONSO MARTÍNEZ NIETO, MERCEDES MUÑOZ DUQUE, MAURICIO RUIZ CICERI, OSCAR EDUARDO QUINTERO BENAVIDEZ, CARLOS HUMBERTO MURCIA BERNAL, LUIS ALFREDO SILVA NEIRA, FREDY GIOVANNI SILVA NEIRA, CARMENZA RICO TOVAR, VÍCTOR ALFONSO VARÓN, GUILLERMO CARVAJAL PARAMO, MARGARITA MARÍA CARVAJAL CEDEÑO, YANETH LUCERO RAMÍREZ HERMOSA, CARLOS ALBERTO VILLA PADILLA, MÓNICA YANETH ORREGO VIATELA, ALFONSO MEJÍA MARTÍNEZ, mediante correo electrónico el día 13 de Noviembre de 2020. 1.94 Mediante oficio RDE- DGE- 1885 recibido el 19 de noviembre de 2020, la Directora de Gestión Electoral, da respuesta a la petición del auto anterior, allegando lo solicitado. 1.95 Que mediante oficio CNE-FNFP 803 del 21 de mayo de 2020, la asesora del fondo Nacional de Financiación Política, envió a esta Corporación, información de varios excandidatos al CONCEJO DE MISTRATÓ, RISARALDA, pertenecientes al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, en coalición con el MOVIMIENTO POLÍTICO MIRA que supuestamente vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentación o presentación ex temporánea de informes de gastos de campaña. 1.96 Que mediante oficio CNE-FNFP 4498-12020 del 09 de noviembre de 2020, la contadora Pública del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió al mismo Fondo, información de
  • 33. Resolución No. 7675 de 2021 Página 29 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. varios excandidatos al CONCEJO DE IBAGUÉ, en las elecciones del año 2019, pertenecientes al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U que supuestamente vulneraron el artículo 25 de la ley 1475 de 2011, al no presentar informes individuales de gastos de gastos de campaña. Al citado oficio se adjuntaron los siguientes documentos:  Copia dictamen auditor interno del partido de la U.  Copia de formularios 5B  Copia del censo electoral. 1.97 Que, mediante reparto interno de negocios de la Corporación, efectuado el día 17 de junio de 2020, le correspondió inicialmente el conocimiento de dicho asunto al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUISCOUTURE PEÑALOZA radicado con el número 13900- 20. 1.98 Que mediante oficio CNE-FC-4566 del 02 de diciembre de 2020, la contadora publica del Fondo Nacional de Financiación Política, envío información a dicho Fondo, sobre un excandidato a la ALCALDÍA DE SIBATÉ, CUNDINAMARCA perteneciente a la COALICIÓN programática entre el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL Y PARTIDO COLOMBIA JUSTA Y LIBRE, por una presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no manejar los recursos de la campaña en la cuenta única o manejarlos parcialmente. 1.99 Que mediante acta de reparto de Sala Plena del 17 de junio de 2020 y acta de reparto especial de septiembre 11 de 2020, le correspondió al despacho del Honorable Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA, iniciar y tramitar la actuación administrativa sancionatoria contemplada en la ley, por la presunta violación al artículo 109 constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y el articulo 2 y 11 de la resolución No 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral por la no presentación o presentación extemporánea de informes de ingresos y gastos en la elecciones del 27 de Octubre de 2019, a las coaliciones programáticas entre otros. 1.100 Que, en virtud de ello, le correspondió a ese Despacho el conocimiento de dicho asunto, bajo el radicado 2658-21. 1.101 Que por decisión de la Sala Plena de esta Corporación le correspondió a este Despacho conocer de todos los asuntos que en materia de vulneración artículo 25 de la ley
  • 34. Resolución No. 7675 de 2021 Página 30 de 186 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra excandidatos y exgerentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 del 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, referentes a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no apertura de cuenta única bancaria, no manejo y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta única bancaria, así como contra el partido político avalante, dentro del expediente con radicado 5080-20. 1475 de 2011 correspondan al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, de manera individual y en coalición con otros partidos o movimientos políticos. 1.102 Que mediante Auto de 2 de junio de 2021 se dispuso ACUMULAR los expedientes con radicados Nos 9613-20, 5973-20, 9615-20, 10977- 20, 8276-20, 10611-20, 13900-20, 8187-20, 8981-20, 8185-20, 2658-21, 2836-21, 2635-21, 9055-20, 9053-20, 8983-20, 8894- 20, 8015-20, 8908-20, 7919-20 Y 7903-20, al expedienta radicado 5080 de 2020, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente decisión. 2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS 2.1 COMPETENCIA 2.1.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA “ARTÍCULO 265. Modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 1 de 2009. El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales: (…) 6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. (…) 14. Las demás que le confiera la ley.” 2.1.2 LEY 130 DE 19941 “ARTÍCULO 39. FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. El Consejo Nacional Electoral tendrá las siguientes funciones, además de las que le confiere la Constitución, el Código Electoral y la legislación vigente. a) Adelantar investigaciones administrativas para verificar el estricto cumplimiento de las normas contenidas en la presente ley y sancionar a los partidos, movimientos y candidatos con multas cuyo valor no será inferior trece millones cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos ochenta pesos ($13.432.480) moneda legal colombiana, ni superior a ciento treinta y cuatro millones trescientos veinticuatro mil ochocientos cuatro pesos ($134.324.804) moneda legal colombiana, de conformidad con la gravedad, eximentes y atenuantes de la infracción cometida. Las violaciones atribuibles a otras personas serán sancionadas con multas aplicables dentro de los límites aquí 1 “Por la cual se dicta el estatuto básico de los partidos y movimientos políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las campañas electorales y se dictan otras disposiciones".