Este documento define el alumbrado público como el servicio de iluminación de vías, parques y espacios públicos. Explica que los orígenes del alumbrado se remontan al control del fuego por los humanos y al uso de antorchas y lámparas de aceite para iluminar. Además, establece criterios para dotar de alumbrado una vía, como que toda vía urbana debe estar iluminada, así como las vías interurbanas con tráfico vehicular rápido en ciertas extensiones.