BASES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE TERRENOS PARA LA
INSTALACIÓN DE AUTO-BARES, BARRAS QUIOSCOS Y SIMILARES EN
LAS FIESTAS DE NUESTRA SEÑORA DEL PINO DE ESTA LOCALIDAD
CON MOTIVO DE LAS FIESTAS TRIENALES 2015.
Primera.- Constituye el objeto de las presentes bases la adjudicación de terrenos para el
establecimiento de auto-bares, barras-kioscos y similares en las Fiestas Trienales con
motivo de la Bajada de Nuestra Señora del Pino y entre los días 17 de julio y 6 de
septiembre de 2015, ambos inclusive, y en los lugares del casco urbano que se señalan
en al plano adjunto, y dentro de ellas y de forma específica para la Feria de Ganado
Autóctono que se celebra el día 29 de agosto en el lugar de costumbre y por ese sólo día
y de igual manera para el día 6 de septiembre con motivo de la Fiesta en el Monte,
cuyos planos y localización también se adjuntan.
Segunda: El tipo de establecimiento para la licitación será con carácter general a la
alza. El tipo mínimo de licitación para cada puesto será el que, a continuación, se
señala, y para las ubicaciones que se hacen constar en el plano adjunto a las presentes
bases, a saber:
CASCO URBANO ROTONDA C/ TANAUSÚ
Auto bares
1-3 …………………………………………………...600 euros, del 17 de julio al 6 de
septiembre.
Venta ambulante
1-6…………………………………………………..60 euros, del 17 de julio al 6 de
septiembre.
FERIA DE GANADO AUTÓCTONO
Auto-bares y kioscos
1-10………………………………………………….100 euros (1 día)
Venta ambulante
1-6…………………………………………………….. 20 euros (1 día)
FIESTA EN EL MONTE
Auto-bares y kioscos
1-8………………………………………………….100 euros (1 día)
Venta ambulante
1-10…………………………………………………….. 20 euros (1 día)
La Administración se reserva el derecho de modificar la localización de los
distintos puestos cuando lo aconsejen razones de interés público debidamente
justificados, o la adecuación a las necesidades de los distintos eventos y poniéndolo
previamente por escrito en conocimiento de los titulares y/o responsables de los puestos.
Tercera: Para la adjudicación de los distintos puestos se abrirá licitación verbal, entre
los ofertantes, por el sistema de puja a la llana, adjudicándose al mejor postor. Si fueran
menos las solicitudes que los puestos a cubrir, en el caso de los puestos de venta
ambulante, éstas se atenderán por orden de registro de entrada, atendiendo al tipo
mínimo de licitación.
Cuarta: Para tomar parte en la licitación será necesario solicitarlo por escrito ante el
Registro General de este Ayuntamiento. Junto a la solicitud habrá de presentarse
documentación justificativa de haber consignado en la Tesorería de este Ayuntamiento,
en concepto de garantía provisional, la cantidad del 50% del tipo mínimo de
adjudicación del puesto al que se pretende concurrir. El solicitante habrá de ser el
mismo que se persone en la puja. Las solicitudes, acompañadas del justificante de haber
consignado garantía, podrán presentarse hasta las 14:00 horas del día 10 de julio de
2015.
Quinta: En caso de que algún licitador se quedase sin el puesto para el que licita, podrá
concurrir a otro de las mismas características y tipo, con la misma consignación a que se
refiere el punto 4 de estas bases, sin que tenga que volver a consignar cantidad alguna
por el nuevo puesto al que pretende licitar.
Sexta: Las consignaciones para participar sólo serán devueltas a aquellas personas que
no hayan obtenido la adjudicación del puesto en cuya licitación participaron, y en caso
de adjudicación serán deducidas del pago a que queda obligado el adjudicatario.
Séptima: La Mesa de adjudicación de las distintas zonas fijadas se constituirá en el
Salón de Sesiones del Ayuntamiento el día 15 de julio de 2015 a las 12:00 horas,
presidiendo el Señor Alcalde o en quien delegue, el Concejal de Fiestas y con la
asistencia de los Señores Interventor, la Tesorera y la Secretaria que se limitará a dar fe.
Octava: El adjudicatario ingresará en el momento en que se le notifique la adjudicación
en la Tesorería Municipal el resto que se fijó en la puja. El incumplimiento de esta
condición implica la pérdida de la concesión y la fianza que retendrá el Ayuntamiento
como indemnización, conforme a lo regulado en la base cuarta.
Novena: La caducidad de la concesión por la causa indicada en el apartado sexto,
implicará el otorgamiento de la misma al postor que alcanzó el segundo lugar en la puja
el cual deberá ingresar inmediatamente el resto del importe de postura.
Décima: En todo momento, los adjudicatarios deberán mantener en perfecto estado de
limpieza e higiene sus instalaciones, así como la zona colindante a la misma, pudiendo
ser multado por este incumplimiento, e incluso sancionado con la rescisión de la
concesión en caso de reincidencia grave.
Se deberá proceder a la retirada de autobares, kioscos y similares instalados a las
24 horas de celebración de la Feria de Ganado y de la Fiesta de el Monte, restituyendo
el estado de las cosas a su ser originario.
Undécima: Cada kiosco, autobar, barra o similar deberá disponer de acometida de
cuadro un cuadro que contenga un interruptor automático de 16 amperios. En caso de
instalar receptores de consumo elevado como freidoras eléctricas, planchas eléctricas,
etc. deberán disponer dichos receptores de su correspondiente protección automática
acorde a su potencia y sección del conductor.
Del mismo modo, los titulares y responsables de cada quiosco, autobar, barra o
similar se comprometen al estricto cumplimiento de la legalidad vigente en cuando a
calidad y salubridad de los alimentos y bebidas, a las obligaciones de tipo fiscal que se
pudieran devengar y al estricto cumplimiento de la normativa en materia laboral, de
espectáculos públicos y actividades clasificadas y de protección de menores, sin que el
Ayuntamiento asuma responsabilidad alguna en estas materias.
Duodécima: A fin de evitar las molestias por contaminación acústica se prohíbe el uso
de aparatos sonoros reproductores de música siendo facilitado por la organización.
Décimotercera: El horario de apertura de los auto-bares, kioscos, barras, etc será el
siguiente:
De domingo a jueves: de las 18:00 p.m.a las 02:00 a.m.
Los viernes, sábados y vísperas de festivos: de las 18:00 p.m.a las 05:00 a.m.
La organización se reserva la facultad de modificación de los horarios por
razones justificadas.
A las horas fijadas de cierre, se procederá por los servicios municipales a la
desconexión de los aparatos sonoros reproductores de música autorizados.
Asimismo se debe proceder al desalojo de las instalaciones en un período de 30
minutos siguientes al cierre.
Decimocuarta: Queda expresamente prohibido introducir cámaras, así como cualquier
otro soporte de grabación, filmación o retransmisión los días de actuaciones y ensayos
si, en su caso, se proyectaren sobre lugares en los que se ubicaran autobares, quioscos o
barras.
Decimoquinta: Queda totalmente prohibido la decoración particular de cada barra o del
recinto sin previa petición del interesado y autorización de la administración, ambas por
escrito.
Décimo sexta: Para lo no previsto en estas bases se estará dispuesto a la legislación
vigente en materia de régimen local, de espectáculos públicos y de contratos del sector
público.
En El Paso, a 27 de abril de 2015.
La Alcaldesa
María Dolores Padilla Felipe.

Bases quioscos 2015

  • 1.
    BASES QUE HANDE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE TERRENOS PARA LA INSTALACIÓN DE AUTO-BARES, BARRAS QUIOSCOS Y SIMILARES EN LAS FIESTAS DE NUESTRA SEÑORA DEL PINO DE ESTA LOCALIDAD CON MOTIVO DE LAS FIESTAS TRIENALES 2015. Primera.- Constituye el objeto de las presentes bases la adjudicación de terrenos para el establecimiento de auto-bares, barras-kioscos y similares en las Fiestas Trienales con motivo de la Bajada de Nuestra Señora del Pino y entre los días 17 de julio y 6 de septiembre de 2015, ambos inclusive, y en los lugares del casco urbano que se señalan en al plano adjunto, y dentro de ellas y de forma específica para la Feria de Ganado Autóctono que se celebra el día 29 de agosto en el lugar de costumbre y por ese sólo día y de igual manera para el día 6 de septiembre con motivo de la Fiesta en el Monte, cuyos planos y localización también se adjuntan. Segunda: El tipo de establecimiento para la licitación será con carácter general a la alza. El tipo mínimo de licitación para cada puesto será el que, a continuación, se señala, y para las ubicaciones que se hacen constar en el plano adjunto a las presentes bases, a saber: CASCO URBANO ROTONDA C/ TANAUSÚ Auto bares 1-3 …………………………………………………...600 euros, del 17 de julio al 6 de septiembre. Venta ambulante 1-6…………………………………………………..60 euros, del 17 de julio al 6 de septiembre. FERIA DE GANADO AUTÓCTONO Auto-bares y kioscos 1-10………………………………………………….100 euros (1 día) Venta ambulante 1-6…………………………………………………….. 20 euros (1 día) FIESTA EN EL MONTE Auto-bares y kioscos 1-8………………………………………………….100 euros (1 día) Venta ambulante 1-10…………………………………………………….. 20 euros (1 día) La Administración se reserva el derecho de modificar la localización de los distintos puestos cuando lo aconsejen razones de interés público debidamente justificados, o la adecuación a las necesidades de los distintos eventos y poniéndolo previamente por escrito en conocimiento de los titulares y/o responsables de los puestos. Tercera: Para la adjudicación de los distintos puestos se abrirá licitación verbal, entre los ofertantes, por el sistema de puja a la llana, adjudicándose al mejor postor. Si fueran menos las solicitudes que los puestos a cubrir, en el caso de los puestos de venta ambulante, éstas se atenderán por orden de registro de entrada, atendiendo al tipo mínimo de licitación. Cuarta: Para tomar parte en la licitación será necesario solicitarlo por escrito ante el Registro General de este Ayuntamiento. Junto a la solicitud habrá de presentarse documentación justificativa de haber consignado en la Tesorería de este Ayuntamiento,
  • 2.
    en concepto degarantía provisional, la cantidad del 50% del tipo mínimo de adjudicación del puesto al que se pretende concurrir. El solicitante habrá de ser el mismo que se persone en la puja. Las solicitudes, acompañadas del justificante de haber consignado garantía, podrán presentarse hasta las 14:00 horas del día 10 de julio de 2015. Quinta: En caso de que algún licitador se quedase sin el puesto para el que licita, podrá concurrir a otro de las mismas características y tipo, con la misma consignación a que se refiere el punto 4 de estas bases, sin que tenga que volver a consignar cantidad alguna por el nuevo puesto al que pretende licitar. Sexta: Las consignaciones para participar sólo serán devueltas a aquellas personas que no hayan obtenido la adjudicación del puesto en cuya licitación participaron, y en caso de adjudicación serán deducidas del pago a que queda obligado el adjudicatario. Séptima: La Mesa de adjudicación de las distintas zonas fijadas se constituirá en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento el día 15 de julio de 2015 a las 12:00 horas, presidiendo el Señor Alcalde o en quien delegue, el Concejal de Fiestas y con la asistencia de los Señores Interventor, la Tesorera y la Secretaria que se limitará a dar fe. Octava: El adjudicatario ingresará en el momento en que se le notifique la adjudicación en la Tesorería Municipal el resto que se fijó en la puja. El incumplimiento de esta condición implica la pérdida de la concesión y la fianza que retendrá el Ayuntamiento como indemnización, conforme a lo regulado en la base cuarta. Novena: La caducidad de la concesión por la causa indicada en el apartado sexto, implicará el otorgamiento de la misma al postor que alcanzó el segundo lugar en la puja el cual deberá ingresar inmediatamente el resto del importe de postura. Décima: En todo momento, los adjudicatarios deberán mantener en perfecto estado de limpieza e higiene sus instalaciones, así como la zona colindante a la misma, pudiendo ser multado por este incumplimiento, e incluso sancionado con la rescisión de la concesión en caso de reincidencia grave. Se deberá proceder a la retirada de autobares, kioscos y similares instalados a las 24 horas de celebración de la Feria de Ganado y de la Fiesta de el Monte, restituyendo el estado de las cosas a su ser originario. Undécima: Cada kiosco, autobar, barra o similar deberá disponer de acometida de cuadro un cuadro que contenga un interruptor automático de 16 amperios. En caso de instalar receptores de consumo elevado como freidoras eléctricas, planchas eléctricas, etc. deberán disponer dichos receptores de su correspondiente protección automática acorde a su potencia y sección del conductor. Del mismo modo, los titulares y responsables de cada quiosco, autobar, barra o similar se comprometen al estricto cumplimiento de la legalidad vigente en cuando a calidad y salubridad de los alimentos y bebidas, a las obligaciones de tipo fiscal que se pudieran devengar y al estricto cumplimiento de la normativa en materia laboral, de espectáculos públicos y actividades clasificadas y de protección de menores, sin que el Ayuntamiento asuma responsabilidad alguna en estas materias.
  • 3.
    Duodécima: A finde evitar las molestias por contaminación acústica se prohíbe el uso de aparatos sonoros reproductores de música siendo facilitado por la organización. Décimotercera: El horario de apertura de los auto-bares, kioscos, barras, etc será el siguiente: De domingo a jueves: de las 18:00 p.m.a las 02:00 a.m. Los viernes, sábados y vísperas de festivos: de las 18:00 p.m.a las 05:00 a.m. La organización se reserva la facultad de modificación de los horarios por razones justificadas. A las horas fijadas de cierre, se procederá por los servicios municipales a la desconexión de los aparatos sonoros reproductores de música autorizados. Asimismo se debe proceder al desalojo de las instalaciones en un período de 30 minutos siguientes al cierre. Decimocuarta: Queda expresamente prohibido introducir cámaras, así como cualquier otro soporte de grabación, filmación o retransmisión los días de actuaciones y ensayos si, en su caso, se proyectaren sobre lugares en los que se ubicaran autobares, quioscos o barras. Decimoquinta: Queda totalmente prohibido la decoración particular de cada barra o del recinto sin previa petición del interesado y autorización de la administración, ambas por escrito. Décimo sexta: Para lo no previsto en estas bases se estará dispuesto a la legislación vigente en materia de régimen local, de espectáculos públicos y de contratos del sector público. En El Paso, a 27 de abril de 2015. La Alcaldesa María Dolores Padilla Felipe.