Este documento describe un recurso legal presentado ante la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales. La Federación de Cooperativas Agrarias de la Comunidad Valenciana está demandando la nulidad de una resolución de la Sala de Recurso de la Oficina que declaró inadmisible un recurso anterior presentado por la Federación contra la concesión de un título de protección comunitaria de obtención vegetal a Nador Cott Protection para la variedad Nadorcott. La Federación alega que la Sala de Recurso cometió errores al no aplicar
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Recurso interpuesto el 21 de marzo de 2006 - Federación de Cooperativas Agrarias de la
Comunidad Valenciana / Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV)
(Asunto T-95/06)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español
Partes
Demandante: Federación de Cooperativas Agrarias de la Comunidad Valenciana (Valencia, España)
(Representantes: S. Roig Girbes, R. Ortega Bueno y M. Delgado Echevarría, abogados)
Demandada: Oficina comunitaria de variedades vegetales (OCVV)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: SARL Nador Cott Protection (Saint Raphaël,
Francia)
Pretensiones de la parte demandante
- Que se declare la nulidad de la Resolución de la Sala de Recurso de la Oficina Comunitaria de Variedades
Vegetales de 8 noviembre de 2005;
- que se condene en costas a la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la protección comunitaria de obtención vegetal: Jean de Maistre, después de la cesión de la
variedad en cuestión SARL Nador Cott Protection (n° de la solicitud: 1995/0726).
Protección comunitaria de obtención vegetal solicitada para: Nadorcott.
Resolución de la OCVV: Concesión del título de protección comunitaria de obtención vegetal (resolución n°
14111).
Recurso ante la Sala de Recurso presentado por: La parte demandante.
Resolución de la Sala de Recurso: Declaración de inadmisibilidad del recurso (asunto A 001/2005).
Motivos invocados: Infracción del Reglamento (CE) n° 1239/95 1 y del principio de buena administración
al no aplicar el artículo 49 de este reglamento; error al desestimar el recurso en base a la falta de
legitimación.
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1
- Reglamento (CE) nº 1239/95 de la Comisión, de 31 de mayo de 1995, por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 2100/94 del Consejo en lo relativo al procedimiento
ante la Oficina comunitaria de variedades vegetales (DO L 121, p. 37).
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