El documento enumera diferentes tipos de obras que pueden ser protegidas por la ley, incluyendo obras literarias, musicales, dramáticas, de danza, pictóricas, de dibujo, caricaturas, arquitectónicas y cinematográficas. También menciona que la protección legal se concede a las obras desde que hayan sido fijadas en un soporte material, ya sean divulgadas, inéditas o publicadas.