El Móvil  ¿Estas seguro de utilizarlo bien?
H acer una foto,grabar un vídeo una conversación  sin   permiso  son cosas que hacemos sin pensar que puede traer  consecuencias ,pero...
ES DELITO. Desde nuestro punto de vista,no es ético por el simple hecho de que atenta contra la integridad y no guarda su intimidad,nos pensamos que todo es legal,porque es nuestro móvil es nuestra decisión:grabar o fotografiar a alguien y la verdad es que no, necesitamos su permiso.
Delito de descubrimiento y revelación de secretos: El artículo 197 del Código Penal dice:  'El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y  multa de 12 a 24 meses'. Sobre la difusión: Art. 197.3: ' Se impondrá la pena de prisión  de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros  los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores'. Lo qué dice la ley...

El móvil

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    El Móvil ¿Estas seguro de utilizarlo bien?
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    H acer unafoto,grabar un vídeo una conversación sin permiso son cosas que hacemos sin pensar que puede traer consecuencias ,pero...
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    ES DELITO. Desdenuestro punto de vista,no es ético por el simple hecho de que atenta contra la integridad y no guarda su intimidad,nos pensamos que todo es legal,porque es nuestro móvil es nuestra decisión:grabar o fotografiar a alguien y la verdad es que no, necesitamos su permiso.
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    Delito de descubrimientoy revelación de secretos: El artículo 197 del Código Penal dice: 'El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses'. Sobre la difusión: Art. 197.3: ' Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores'. Lo qué dice la ley...