La tabla muestra los trámites requeridos para diferentes tipos de entidades empresariales. Los empresarios individuales no necesitan escritura pública de constitución, mientras que es obligatoria para las sociedades mercantiles, excepto para las S.A.L. que también deben inscribirse en el Registro de Sociedades Anónimas Laborales. Las sociedades cooperativas deben inscribir su escritura en el Registro de Cooperativas.