2. Todos nosotros sabemos
algo.
Todos nosotros ignoramos
algo.
Por eso, aprendemos
siempre
PAULO FREIRE
2
3. TEMARIO
•Junta de clasificación:
composición y funciones.
•Conformación puntaje docente
•Convocatoria inscripción 2013
•Coberturas de vacantes
4. JUNTA DE CLASIFICACIÓN
ORIENTACIONES MODALIDADES
HUMANIDADES ESPECIAL
BIENES Y SERVICIOS ARTÍSTICA
ECONOMÍA Y GESTIÓN
DE LAS ADULTOS
ORGANIZACIONES
5. CADA RAMA la integran CINCO
VOCALES.
Tres elegidos por voto secreto y
obligatorio del personal docente
Dos designados por el poder ejecutivo.
6. FUNCIONES DE LA JUNTA DE CLASIFICACIÓN
•Estudio de títulos y antecedentes...y la determinación del puntaje
correspondiente a c/u.
•Conservación y custodia del legajo completo de antecedentes y
actuación profesional...
•Prestar dentro de su competencia toda la colaboración que
requieran las autoridades educacionales.
•Confeccionar las LOM de ingreso y las de ascenso a cargos
jerárquicos, directivos y de supervisión.
•Asesorar pedidos de permutas, traslados y reincorporaciones.
•Actuar como tribunal cuando NO corresponda prueba de oposición,
y designar representante cuando esta prueba corresponda.
•Expedirse en caso de docentes en disponibilidad…
7. Junta de disciplina.
• Es un organismo permanente que asesora
para los supuestos de transgresión de los
DEBERES del docente.
• Debe actuar en pro de la justicia, en
defensa de la institución escolar y de la
función del docente.
8. TRÁMITES A REALIZAR EN JUNTA
Registro de títulos. . .
• Título original y copia.
• DNI original. Apertura de Legajo:
• Carpeta con espiral de cartulina.
> Apellido y nombres.
> Dirección.
> Teléfono.
> DNI.
• Fotocopia 1° y 2° hojas DNI.
• Fotocopia de título registrado.
• Fotocopia de todos los antecedentes (presentar original)
• Índice por duplicado.
Cada vez que se agreguen antecedentes deberán
confeccionarse nuevos índices enumerados nuevamente desde el N
°l y con todos los datos: nombre y apellido, N° de DNI y N° de legajo
(se compone de la inicial del apellido y un número).
9. TÍTULOS
Indispensable para ingresar al sistema.
Depende de reglamentación de DGEM.
Siempre debe ser registrado previo a ingresar al legajo.
Puede ser considerado.
9
10. ACUMULACIÓN DE TÍTULOS
Sólo se puede acumular un título.
ANTIGÜEDAD DE TITULO
Se otorga por cada año desde la obtención del título y hasta el ingreso efectivo a
la docencia.
Títulos docentes: 0,30 puntos por año hasta un tope de 1,50 puntos. Para el cargo
de preceptor, se le otorga por todo título 0,40 puntos por año hasta un tope de 2
puntos.
TERCIARIO O UNIVERSITARIO AFÍN 5 puntos
TERCIARIO O UNIVERSITARIO NO AFÍN 4 puntos
MAESTRO NORMAL NACIONAL CON TIT. 2 puntos
HABILIT.
MAESTRO SUPERIOR CON TÍT. HABILIT. 4 puntos
10
11. ANTIGÜEDAD DOCENTE
Se otorga por cada año trabajado.
Debe ser acreditado con constancia de servicio debidamente
legalizada.
Depende de una combinación entre la función ejercida y la que se
pretende ejercer.
Algunos ejemplos:
> Docente en horas cátedra: 0,70 puntos por año.
> Preceptor: 0,30 puntos por año.
> Secretario docente: 0,20 puntos por año.
> Docente primaria: 0,40 puntos.
> Docente en escuela especial: 1 punto.
En todos los casos el tope es de 14 años excepto en docencia
especial, que es de 10 años.
La bonificación por antigüedad se incrementa en un 50% cuando la
actividad se ha realizado en zona desfavorable.
12. ESTUDIOS PARCIALES Y TÍTULOS NO REGLAMENTARIOS
Se otorga por cada año completo de una carrera incom.
Depende de la duración total de la carrera.
Se otorga si el postulante no posee acumulación de
títulos.
Sólo se comprueba con un certificado analítico
debidamente certifico por la institución que la emite.
Puede incluirse un tercer título como Tesis Doctoral. (2
puntos)
Ciclos completos de idiomas no oficiales. (1,5 puntos)
13. APROBACIÓN O ASISTENCIA A CURSOS
El puntaje depende de la cantidad de horas y de la aprobación o no de un examen final.
Se dividen en tres categorías:
> De 80 a 300 horas con aprobación.
> De 10 a 79 horas con aprobación.
> De 6 a 300 horas por asistencia.
Para poder ser clasificados deben cumplir requisitos según la fecha en que fueron
dictados:
• Iniciados antes de octubre de 2003:
Ser dictados por instituciones universitarias o terciarias dependientes de DGEM.
Poseer resolución de DGEM tramitada por expediente.
• Iniciados después de noviembre de 2003: Decreto 1606
> Haber sido aprobado por la Red Provincial de Formación Docente Continua.
> El listado de las Instituciones oferentes y de los Cursos aprobados se encuentran
disponibles en Internet: www.cba.gov.or
Las dos primeras categorías tienen un tope de 6
puntos cada una y la tercera de 4 puntos. El
total de puntaje posible es (dieciséis) 16
puntos.
14. Para conectarse y obtener información
• http://www.igualdadycalidadcba.gov.ar/SIPEC-CBA
16. CONCURSOS GANADOS Y PARTICIPACIÓN EN JURADOS
• Deben ser afines a la asignatura o cargo al que se aspira.
• Los jurados, si son de concursos para acceder a cargos
docentes de nivel medio, especial, terciario o universitario.
PARTICIPACIÓN EN CONGRESOS. SEMINARIOS.
CONVENCIONES Y JORNADAS
• Su puntaje depende de si están dirigidas al nivel medio,
universitario o si no discrimina el nivel.
• También varía si sólo se participa, si se presenta trabajo o
si se es expositor.
• En este ítem se incluye la participación docente en Ferias
de Ciencias, ya sea como asesor de trabajo o como
evaluador.
• La asistencia a Conferencias no otorga puntaje.
17. DICTADO DE CURSOS O CURSILLOS
• Otorga puntaje de acuerdo a la cantidad de horas
de duración de los mismos.
• Si los docentes que dictan el curso son más de
uno, deberá especificarse cuántas son las horas que
dicta cada uno de ellos.
• El curso dictado otorga puntaje una sola vez,
aunque se dicten varias réplicas.
• En cuanto a los requisitos de validez del curso,
posee la misma reglamentación que para la
aprobación o asistencia a cursos.
ORDEN DE MÉRITO DE LA PROMOCIÓN
1° PROMEDIO: 2 puntos.
2° PROMEDIO: 1 punto.
18. OTROS ANTECEDENTES
• Publicaciones de artículos de autoría propia o compartida en
medios de carácter científico, literario, técnicos, artísticos o de
reconocido prestigio.
• Publicaciones de libros en forma individual o compartida.
• Cargos de profesor titular o adjunto otorgados por concurso.
• Adscripciones completas a cátedras universitarias.
• Cargos jerárquicos o ejecutivos en el gobierno escolar o
Universitario
. Campamentos y viajes educativos, debidamente acreditados.
. Por comisiones de carácter docente, cultural o técnico-
profesional.
• Por otros antecedentes valiosos.
• Por actuaciones, guiones, etc. en el caso de la enseñanza
artística.
19. CONCEPTO DOCENTE
S e c a r g a p o r a ñ o e l m e jo r c o n c e p to q u e in c o r p o r e e l d o c e n te
o e l E s ta b le c im ie n to .
S e to m a n s ie m p r e lo s tr e s ú ltim o s a ñ o s .
P u e d e s e r u n a c a u s a d e d is m in u c ió n d e p u n ta je .
E je m p lo :
• 2 0 0 6 : S o b r e s a lie n te - 2 p u n to s
• 2 0 0 7 : S o b r e s a lie n t e - 2 p u n to s 6p
• 2 0 0 8 : S o b r e s a lie n t e - 2 p u n to s .
2 0 0 9 : D is t in g u id o - 1 p u n to 5p
• 2 0 1 0 : D is t in g u id o - 1 p u n to 4p
• 2 0 1 1 : S o b r e s a lie n t e - 2 p u n to s
20. TÍTULOS QUE NO POSEEN REGLAMENTACIÓN
Iniciar un expediente en DGEM, 2° piso que deberá contener:
• Nota dirigida al Director General de DGEM solicitando se
reglamente el título.
• Fotocopia del título o de un modelo del mismo.
• Fotocopia del certificado analítico de la carrera o de un modelo del
mismo.
• Programa de estudios de la carrera con la carga horaria.
• Programas de todas las asignaturas que conforman la carrera.
• Toda la documentación debidamente autenticada por la autoridad
de la entidad que dicta la carrera. El trámite lo puede iniciar un
egresado o la Institución otorgante.
21. TRASLADOS
Se debe presentar la solicitud en junta de clasificación (Salta 74
Cba Capital) En el mismo período de convocatoria anual.
Adjuntando al formulario TODA LA DOCUMENTACION
requerida según la causal.
ES CONVENIENTE AGREGAR A SU LEGAJO LA CONSTANCIA DE SERVICIO ACTUALIZADA.
Sólo por razón urgente de salud se inicia un expediente en el
SUAC.
Se trasladan horas por horas y cargos por cargos solo titulares.
Causales:- f-
Necesidad del núcleo familiar.
Estudios.
Perfeccionamiento.
Desempeño de tareas por 3 años en zona desfavorable.
Otros motivos.
El padrón se expondrá en la web al mismo tiempo que las LOM.
Reclamos: 10 días hábiles en Junta de Clasificación y en la
Comisión de traslado.
22. VACANTES PURAS .
CUBIERTAS POR TITULARES
DISPONIBILIDAD Una
CONCENTRACION conquista
ACRECENTAMIENTO de los
TRASLADO
docentes.
CAMBIO DE CÁTEDRA
REINCORPORACIÓN
LOM ESCUELA Un nuevo
logro de la
UEPC
LOM PROVINCIAL
22
23. PRIMERA CONVOCATORIA PARA TITULARIDADES
Para la cobertura de horas cátedra y cargos docentes no directivos y jerárquicos con
carácter Titular se deberá proceder ( Art. 15 del Decreto N° 1325/10):
1) Al producirse una vacante se realiza una PRIMERA CONVOCATORIA
•Se publica por 03 (tres) días hábiles simultáneamente en la Página WEB y en la
Escuela. ( La publicación tiene vigencia SI aparece en Pág. WEB).
b) Durante la publicación y hasta la 1ª hora hábil, del turno en que funciona el Centro
Educativo, del cuarto día, la Dirección del Establecimiento recepta la inscripción de
docentes que solicitaron:
Reubicación para levantar disponibilidad.
Concentración de tareas.
Acrecentamiento.
Traslados.
Cambios de Cátedra
Reingreso.
Docentes que figuren en la L.O.M. de la Escuela.
c) La cobertura de la vacante se realizará según el orden establecido en el Artículo 20
del Decreto Ley 214/E/63 y su modificatoria Ley 9822.-
23
24. SEGUNDA CONVOCATORIA PARA TITULARIDADES
b. Se publica por 03 (tres) días hábiles simultáneamente en la Página WEB del
Gobierno y en la Escuela. La publicación tiene vigencia desde el momento
que aparece en Pág. WEB
b. Durante la publicación y hasta la 1ª hora hábil, del turno en que funciona el
Centro Educativo, del cuarto día, la Dirección del Establecimiento recepta la
inscripción de TODOS los aspirantes.
c. Se cubre utilizando la LISTA ÚNICA PROVINCIAL la cual se publica en la
página WEB del gobierno
24
25. CONVOCATORIA PARA INTERINATOS
Vacantes interinas son: Horas de F.E., P.E., E.C.O.I. y E.C.D.I.
Para la cobertura de horas cátedra de carácter Interino se deberá proceder de la siguiente
forma:
a. Se publica por 03 (tres) días hábiles simultáneamente en la Página WEB del Gobierno y en la
Escuela. La publicación tiene vigencia desde el momento que aparece en Pág. WEB
b. Durante la publicación y hasta la 1ª hora hábil, del turno en que funciona el Centro
Educativo, del cuarto día, la Dirección del Establecimiento recepta la inscripción de los
docentes aspirantes que se encuentren anotados en la convocatoria anual (Form. A y B de
Junta de Clasificación).
c. Se remite el listado de los aspirantes a la Junta de Clasificación para que se realice la L.O.M.
de la asignatura a cubrir.
d. Se llama por la L.O.M. emitida por la Junta de Clasificación, priorizando:
10. Primero con los docentes que se desempeñan efectivamente en la Escuela.
11. Segundo con los docentes inscriptos en la LOM de la escuela.
De no cubrirse en ninguna de estas instancias se procederá a cubrir conforme
al Artículo 43 del Decreto .Ley 214/E/63 y su modificatoria 9822;
25
26. CONVOCATORIA PARA SUPLENCIAS
Por el Art. 44 Decreto Ley 214/E/63 y su Mod. Ley 9822.
Continuidad del suplente en la misma asignatura y
curso, o cargo, tendrá prioridad para ser designado
dentro de un mismo ciclo lectivo si se hubiese
desempeñado en anteriores suplencias.
En el caso de que el cargo u horas cátedra en que se
está desempeñando el suplente quedara vacante, éste
tendrá prioridad para ser designado interino en aquél.
26
27. CONVOCATORIA PARA SUPLENCIA
Para la cobertura de la vacante Suplente:
a. Se publica por 03 (tres) días hábiles simultáneamente en la Página WEB del
Gobierno y en la Escuela. –La publicación tiene vigencia desde el momento
que aparece en Pág. WEB -.
b. Durante la publicación y hasta la 1ª hora hábil del turno en que funciona el
Centro Educativo, del cuarto día, la Dirección del Establecimiento recepta la
inscripción de TODOS los aspirantes.
c. Se cubre según el siguiente orden de prelación:
• Primero con los docentes que tengan efectivo desempeño en la Escuela.
• Segundo con los docentes inscriptos en la L.O.M. de la Escuela.
• Tercero se utiliza la Lista Única Provincial (solo para las vacantes
de carácter suplente).
27
28. RECOMENDACIONES:
• Buscar vacantes en WWW.cba.gov.ar
• Reclamar ante cualquier irregularidad
Recurso de reconsideración 5 días hábiles.
28
29. Dirección General
de Educación Media
DGEM
Con 10 (diez) Orientaciones
• Ciencias Sociales y Humanidades
• Ciencias Naturales
• Economía y Administración
• Lenguas C.B: Resolución 29/2010
• Arte (Artes Visuales, Música, Danza, 19-2-2010
Teatro, Audiovisuales o Multimedia)
• Agro y Ambiente
• Turismo C.O: Resolución 31/2011
• Comunicación
• Informática 16-2-2011
• Educación Física
30. Orientación actual Especialidad actual Orientación sugerida
Ciencias Naturales Salud y Ambiente Ciencias Naturales
Humanidades Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y
Humanidades Idiomas Lenguas
Humanidades Arte Arte - Artes visuales
Humanidades
Arte -Música
Arte -Teatro
Arte -Danza
Gestión Administrativa Economía y Administración
Economía y Gestión dé las
Turismo
Organizaciones
Economía y Gestión de las Turismo, Hotelería y
Transportó Comunicación
Organizaciones
Informática
Educación física
... Agro y Ambiente 30
31. Educación
Secundaria: en la modalidad
Educación Rural
Con 4 (cuatro) Orientaciones Ciclo Básico y
• Agro y Ambiente
• Turismo
Orientado
• Informática
• Economía y Administración
C.B y C.O: Resolución 130
1-4-2011
32. Dirección General de Educación
Técnica y Formación Profesional
Con 18 (dieciocho) Orientaciones
Especialidad Aeronáutica
C.B: Resolución 35/2010
Técnico en Aeronáutica - 1-3-2010
Técnico en Aviónica – C.O: Resolución 565/2011
Especialidad Automotores 4-10-2011
Especialidad Equipos e Instalaciones Electromecánicas
Especialidad Electricidad
Especialidad Electrónica
Especialidad Industrialización de la Madera y el Mueble
Especialidad Industrias de los Alimentos
Especialidad Industrias de los Procesos
Especialidad Informática
Técnico en Informática Profesional y Personal
Técnico en Programación
Especialidad Maestro Mayor de Obras
Especialidad Mecánica
Especialidad Mecanización Agropecuaria
Especialidad Minería
Especialidad Óptica oftálmica e Instrumental
Especialidad Producción Agropecuaria
Especialidad Química
33. Dirección General de Educación de Adultos
Con 6 (seis) Orientaciones
• Ciencias Sociales y Humanidades
• Ciencias Naturales
• Economía y Administración
• Informática
• Agro y Ambiente • C.B: Resolución 84/11
Turismo • C.O: Resolución 740/11
34. Consideraciones gremiales:
La modificación de los Planes de Estudios se llevo a cabo sin costo
laboral para el docente.
Ley de Educación de la Provincia de Córdoba N° 9870, art. 112
TÍTULO QUINTO .DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS y TRANSITORIAS
Artículo 112.- Modificación de programas.
Las modificaciones de planes y programas de estudio que pudiesen
llevarse adelante como consecuencia de la aplicación de la
presente Ley no pueden causar perjuicio moral y/o patrimonial a
los trabajadores de la educación. El Ministerio de Educación de la
Provincia de Córdoba debe efectuar las adecuaciones que
correspondan a cada caso
35. Consideraciones gremiales:
2. Las nuevas Orientaciones y/o los cambios de las mismas se llevo a
cabo con la firma de un Acta Acuerdo Institucional.
Acta Acuerdo Resolución Nº 91 del Ministerio de Trabajo.
3. Los docentes conservaron idéntica situación de revista en todo el
proceso de reubicación. Los docentes que no pudieron reubicar
fueron nombrados en horas institucionales.
Acta Acuerdo Resolución Nº 91 del Ministerio de Trabajo.
4. Algunos docentes pudieron incrementar horas en estos procesos.
39. DECLARACIÓN - RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES.
PADRON DE ASIGNATURAS Nivel Medio
PADRON DE ASIGNATURAS Especiales
PADRON DE ASIGNATURAS Zipoli
PADRON DE ASIGNATURAS Malharro
. PADRON DE ASIGNATURAS Conservatorios
PADRON DE ASIGNATURAS Arte
PADRON DE ESCUELAS
INSTRUCTIVO INSCRIPCION
INSTRUCTIVO COMPLETO CONVOCATORIA
CONVOCATORIA ANUAL DE INSCRIPCION L.O.M. 2013
- FORMULARIOS C - D - I -
39
40. S. Maldonado
Los docentes nos reposicionamos
en constructores de propuestas
educativas a partir de la reflexión
y sistematización de nuestras
acciones político-pedagógicas
y nos asumimos sujetos plenos
hacedores de historia.