1. Los ciudadanos o la defendería del pueblo presentan la solicitud ante el juez.PROCESO ACCION DE TUTELA<br />Lo expide en el plazo indicado?El juez exige al órgano la expedición del acto administrativo para que le ejerza el derecho (plazo 48 horas)SIEl solicitante debe pagar los costos. NO Fallo a favor del solicitante?El juez notifica la sentencia de la corte a las partes y adopta las decisiones necesarias para llevarla a cabo. Se le notifica al juezSINO El fallo tiene fundamento?Puede solicitar pruebas para proferir un nuevo fallo en los 20 días siguientes.NO La corte constitucional selecciona, a su criterio las tutelas que revisara. Si es necesario lo revoca o modifica el fallo. Puede revocarlo en los 20 días siguientes.NO El fallo tiene fundamento?SIEl juez envía el fallo a la corte constitucional para ser revisado.NO El juez remite al expediente al superior correspondiente para que reciba la impugnación (plazo 2dias).SIEs impugnado el fallo por algunas de las partes?Implica como responsabilidad y se aumenta como ciertos los derechos.NO Se entrega los informes?SISe notifica las partes inmediatamente (solicitante, defensoría del pueblo y órgano correspondiente). Si estas impugnaron el fallo deben soportarlo en el plazo de tres días. E l juez rechaza la solicitud.NO SINO SIEl juez debe corregirla inmediatamente.Es necesario corregir la solicitud?El debe escribir por la persona (en caso de desconocimiento). El juez debe pedir los documentos o informes al órgano contra quien interpuso la acción (plazo 3 días).SIEl juez dicta el fallo (10 días después de la solicitud).NONecesita pruebas?El juez debe continuar con el proceso.NOSe corrigen el plazo adecuado?La persona debe corregirla en tres días.Es necesario corregir la solicitud?SINO La presentan por escrito?<br />