El artículo 2.1 regula la actividad contractual de sociedades y fundaciones públicas bajo el trlcap, estableciendo límites de importe para obras y servicios. Durante 2006, se adjudicaron 59 contratos, la mayoría mediante procedimiento negociado, lo que plantea preocupaciones sobre la falta de publicidad y concurrencia exigidas por la ley. Análisis de contratos de producción revela incidencias, como la contratación de empresas no registradas, lo que incumple requisitos legales de solvencia y capacidad técnica.