ASTURMEDIA es una sociedad formada por La Nueva España y Mediapro, que ha facturado a la TPA socialista del Principado de Asturias (Teletini) más de 4,8 millones de euros.
CONCLUSIÓN:
La opción de prórroga del plazo de pago del IGV para la micro y pequeña
empresa – “IGV Justo”, ejercida en la declaración jurada del IGV dentro de la
fecha de vencimiento de un determinado periodo es el acto que tiene efectos
constitutivos para el nacimiento de dicho beneficio, por lo que la presentación de
una declaración jurada rectificatoria de la obligación tributaria de dicho periodo no
enerva el acceso a dicho beneficio.
Lima, 20 DIC. 2019
Original firmado por
ENRIQUE PINTADO ESPINOZA
Intendente Nacional
Intendencia Nacional Jurídico Tributaria
SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha 15 de junio, el tercer convenio colectivo de los trabajadores de Puertos y Autoridades Portuarias, que después de casi nueve años de paralización, el pasado 30 de mayo, quedaba refrendando por los sindicatos y el Presidente de Puertos del Estado, Salvador de la Encina.
CONCLUSIÓN:
La opción de prórroga del plazo de pago del IGV para la micro y pequeña
empresa – “IGV Justo”, ejercida en la declaración jurada del IGV dentro de la
fecha de vencimiento de un determinado periodo es el acto que tiene efectos
constitutivos para el nacimiento de dicho beneficio, por lo que la presentación de
una declaración jurada rectificatoria de la obligación tributaria de dicho periodo no
enerva el acceso a dicho beneficio.
Lima, 20 DIC. 2019
Original firmado por
ENRIQUE PINTADO ESPINOZA
Intendente Nacional
Intendencia Nacional Jurídico Tributaria
SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha 15 de junio, el tercer convenio colectivo de los trabajadores de Puertos y Autoridades Portuarias, que después de casi nueve años de paralización, el pasado 30 de mayo, quedaba refrendando por los sindicatos y el Presidente de Puertos del Estado, Salvador de la Encina.
Model de sol·licitud de procediment de segona oportunitatDaniel Revenga
Aprovat en Orde JUS/2831/2015, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el formulario para la solicitud del procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos.
La modificacion de los contratos en el proyecto de ley de ecomia sostenibleGuillermo Yáñez Sánchez
El proyecto de ley de economía sostenible, con la finalidad de acabar con una práctica viciosa muy arraigada, como es la modificación de contratos, ha introducido una serie de cambios en la regulación legal de las modificaciones.
SEGÚN DATOS DEL AÑO 2011, LOS ESPAÑOLES MANTENEMOS A 445.568 POLÍTICOS. Y EN EL AÑO 2014 ¿…?
ES EL RECORTE QUE PIDE BRUSELAS Y TODA ESPAÑA,... A GRITOS
NOTA: "No son radares" , es lo más simple y económico para ellos, un doble detector magnético de masa, ¡¡ TOTALMENTE INDETECTABLE HASTA QUE ESTAS ENCIMA ¡!, que ya es demasiado tarde
POR SI ACASO ¡!!!!!
Os envío estos nuevos radares en el firme, para que los difundáis en vuestras listas de correo.
La velocidad está limitada a 100 km/h . Cuidado los que salgan hacia Andalucía.
NUEVO RADAR A-IV
Nuevo radar en la A-IV, a la altura del Cerro de los Ángeles, sentido Andalucía. Éste está puesto con mala leche, pasas el primero que hay que todos conocemos, empiezas a acelerar y te arrea una fotillo de recuerdo. Pronto en toda España.
Como podéis apreciar, es una nueva tecnología con un sistema de sensores en la calzada.
¿Por qué con un real decreto se aprobaron las ayudas públicas a los bancos y para los desahucios es necesario un pacto de Estado que además sólo favorece a los bancos?
¿Por qué los bancos, cuando se quedan con tu vivienda la pueden vender sin ponerla a su nombre y así no pagar el 7% de transmisiones patrimoniales?
¿Por qué los bancos no pagan los gastos de Comunidad y el IBI de los pisos/locales embargados, que a efectos fiscales siguen estando a nombre de la persona embargada, creando verdaderos problemas económicos al resto de propietarios/vecinos?
¿Y por qué tenemos que soportar a tanto sinvergüenza y no tomamos medidas como hizo Islandia?
El Juzgado de lo Penal nº tres de Oviedo, con fecha 11 de enero de 2012, ha dictado sentencia condenatoria a tres años de prisión a Roberto Inés Granda por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, como propietario y gestor de una empresa que vertió, durante al menos los 10 últimos años, cantidades importantes de purines de cerdo al medio ambiente. Dos años y tres meses de cárcel al tractorista de la empresa Ángel del Cueto Ruiz que realizó dichos vertidos ilegales. El lugar de los hechos es La Pesa de Pria en el Concejo de Llanes.
AVALL denunció los hechos en enero de 2007 y cinco años después se consigue una condena ejemplarizante en una Asturias no sensibilizada en temas medioambientales. Es preciso resaltar el importante trabajo realizado, en este caso, por el Fiscal de Medioambiente D. Joaquín de La Riva que contó con la presencia de AVALL como acusación particular.
El Fallo recoge además multas a ambos delincuentes, pago de las costas y la limpieza de las principales zonas dañadas por la contaminación.
Texto completo de la Sentencia:
El proyecto de variante para Proaza, respaldado por el Ayuntamiento (PSOE), que se incia tras la gasolinera y termina, tras describir una gran curva, al lado del puente por el que se toma la carretera a Villamejín, aisla al pueblo y perjudica a un comercio que vive principalmente de la gastronomía y.del turismo que genera la Senda del Oso.
El pasado día 22 de agosto el escritor publicó una columna en <b>XL Semanal</b> de ABC titulada <b>'Sobre imbéciles y malvados'</b> dedicada tanto al Presidente Zapatero como a todo su equipo de Gobierno. <b>Reverte</b> dedica frases muy duras a<b> José Luis Rodríguez Zapatero
GIJÓN: La Fiscalía abre diligencias a la alcaldesa del PSOEJosé Sobrado
La Fiscalía de Asturias abre diligencias sobre la conducta de la alcaldesa de Gijón, Paz Fernández Felgueroso, en el Plan General de Gijón por Somonte.
ENERGÍA: ¿por qué nos suben el recibo de la luz? (6) José Sobrado
LA FACTURA ELECTRÓNICA DE ENDESA
Endesa, una gran empresa. APAGON EL DIA 15 A LAS 22.00
Sustitución del contador por uno nuevo que dispone de capacidad de Telegestión. Con la “telelectura” se prescindirá de los lectores humanos y se detectará a aquellos usuarios -viviendas, oficinas, bares, restaurantes y otros- que están consumiendo ligeramente por encima de la potencia
ENDESA ficha a José María Aznar como asesor externo por unos 200.000 euros anuales.
GAS NATURAL ficha a Felipe González Márquez como consejero independiente por 126.500 euros brutos por su labor.
Reproduzco la carta de ENDESA enviada a un cliente canario y contestación del mismo.
Sin comentarios...
Carta de Endesa a un usuario canario y respuesta de éste.
Lo de ENDESA no tiene nombre, pero peor lo tiene lo del GOBIERNO DE ESPAÑA, que permite a este Monopolio y a otros hacer lo que les da la gana en base a jodernos todavía más la vida a los Ciudadanos de a pie.
Éste correo, es ameno, interesante y muy importante.
¡O nos movemos o nos comen las cucarachas!
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
El Poder Público Estadal y el Poder Público Municipal en Venezuela.pptx
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1. El artículo 2.1 establece la sujeción de la actividad contractual de las sociedades mercantiles y
las fundaciones públicas a las prescripciones del TRLCAP, en relación con la capacidad de las
empresas, publicidad, procedimientos de licitación y formas de adjudicación, para los contratos
de obras, de suministro, de consultoría y asistencia y de servicios de cuantía igual o superior,
con exclusión del IVA a 5.278.227 € para obras y 211.129 € para suministros y servicios.
La Disposición Adicional Sexta del TRLCAP, establece que para los contratos no comprendidos
en el artículo 2.1 del mismo, las sociedades mercantiles y fundaciones en cuyo capital sea
mayoritaria la participación de las Administraciones Públicas, ajustarán su actividad contractual
a los principios de publicidad y concurrencia, salvo que la naturaleza de la operación a realizar
sea incompatible con estos principios.
V.2.2. Relación certificada de contratos
De acuerdo con la relación certificada de contratos remitida por la TPA, durante el ejercicio
2006 se celebraron 59 contratos de importes superiores a los establecidos para los contratos
menores definidos en el artículo 56 del TRLCAP con un importe total de adjudicación de
16.201.857 euros.
Del total de los 59 contratos celebrados el concurso abierto fue utilizado para adjudicar 7
contratos por un importe de 815.223 euros que representan 12% de los contratos adjudicados
en el ejercicio y el 5% % del importe total de adjudicación. El procedimiento negociado se
utilizó para adjudicar 52 contratos por importe de 15.386.635 euros que supone el 88 % de los
contratos adjudicados y el 95% del importe total de adjudicación.
V.2.3. Contratos analizados
V.2.3.1. Contratos de producción financiada o coproducción
Nº Objeto Importe
1 Producción de programa de televisión denominado “No sólo Fútbol” 1.342.185
Realización de magazín de emisión mensual sobre concejos de Asturias; magazín diario y magazín
2 5.162.000
de contenidos informativos y de entretenimiento diario
3 Producción de serie de televisión “Profesor en la Habana” 148.173
El régimen jurídico de estos contratos es el determinado por la Disposición Adicional Sexta y el
artículo 2.1 del TRLCAP, no obstante, la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo de 31 de marzo de 2004 sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de
los contratos públicos de obras, suministros y de servicios, en su artículo 16, excluye
expresamente los contratos públicos de servicios cuyo “objeto sea la compra, el desarrollo, la
producción o la coproducción de programas destinados a la radiodifusión, por parte de los
organismos de radiodifusión y los contratos relativos al tiempo de radiodifusión”.
En consecuencia, la tramitación y adjudicación de estos contratos, y dado que la normativa
española no había transpuesto la exclusión específica, está sometida a las prescripciones del
TRLCAP, si bien con la exclusión de la publicidad en el Diario Oficial de la Unión Europea aún
cuando por la cuantía de los contratos sea preceptiva (artículo 205 TRLCAP) y exclusión de la
exigencia del requisito de clasificación como medio para acreditar la solvencia económica,
financiera, técnica y profesional.
En todo caso, el órgano de contratación deberá garantizar el cumplimiento de los principios de
publicidad y concurrencia (Disposición Adicional Sexta) que siempre deben quedar
garantizados en las contrataciones realizadas con fondos públicos, con la excepción de los
contratos en los que el objeto de los contratos sea incompatible con la aplicación de los
mencionados principios, esta circunstancia debe quedar motivada y justificada en el
expediente.
Del análisis realizado a la muestra de contratos de servicios que tienen por objeto la
Producción financiada o coproducción, se hace constar que TPA no ha observado los principios
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2. de publicidad y concurrencia exigidos por la Disposición Adicional Sexta del TRLCAP ni existe
justificación documental de la imposibilidad de promover la concurrencia.
Igualmente en estos expedientes de contratación se hace constar que TPA no ha exigido a las
empresas contratadas documento alguno que posibilitara al órgano de contratación comprobar
la solvencia económica y financiera así como su capacidad técnica o profesional para ejecutar
el contrato formalizado. Del mismo modo tampoco consta que hubiera sido exigida la
acreditación a la adjudicataria de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la
Seguridad Social.
A) Contrato nº 1 “Contrato de producción para TPA de un programa de televisión denominado
provisionalmente “No solo Fútbol”.
El contrato tiene por objeto la producción para TPA de un programa de televisión denominado
provisionalmente “No solo Fútbol” que estará integrado por tres versiones para ser emitidas los
sábados, los domingos y una emisión diaria de lunes a viernes. El precio del contrato es de
1.342.185 € (IVA incluido) que se abonarán en doceavas partes iguales (cláusula IV del
contrato) y con una vigencia desde el día 17 de abril de 2006 hasta el 30 de abril de 2007.
Respecto a este contrato se han observado las siguientes incidencias:
1) La empresa se constituye mediante escritura pública notarial de 21-12-2005, y el
contrato se firma con fecha 17 de abril de 2006. No obstante, la empresa contratista no
se inscribe en el Registro Mercantil hasta el 10 de agosto de 2006. Se hace constar que
la TPA formalizó el presente contrato con una empresa en formación, artículo 15 de la
LSA, pues en el momento de la firma del contrato, la empresa no estaba inscrita en el
Registro Mercantil requisito exigido por el artículo 15.2 del TRLCAP. La empresa
adjudicataria carece de personalidad jurídica plena y capacidad de obrar para suscribir el
presente por incumplir el requisito exigido por el artículo 15.2 del TRLCAP.
2) Igualmente no consta en el expediente que la sociedad en formación, una vez inscrita en
el Registro Mercantil, haya adoptado acuerdo de aceptación de este contrato dentro de
los tres meses siguientes a su inscripción (artículo 15.3 de la LSA).
3) La facturación inicial realizada ha sido a razón de 100.329 euros/mes, durante los seis
primeros meses habiéndose producido un error en la misma que ha sido corregido con
seis facturas complementarias por importe de 11.520 euros/mes. La facturación real a
partir del séptimo mes ha sido a razón de 111.849 euros al mes siendo este el importe
pactado según contrato.
B) Contrato nº 2 “Contrato de encargo de Producción”
El contrato tiene por objeto la producción de tres magazines: uno de emisión mensual; otro de
emisión diaria y un tercero de contenidos informativos y de entretenimiento diario para su
emisión en diferentes franjas horarias. El contrato se formaliza con fecha 6 de febrero de 2006,
en el precio de 5.162.000 IVA incluido y con una duración de hasta el día 31 de diciembre de
2006. Se han observado las siguientes incidencias:
1) La Cláusula 2º del contrato establece que ambas partes se conceden recíprocamente un
derecho preferente de renovación del contrato. No obstante, en el expediente existe
confusión respecto al plazo del contrato, pues la fecha final de 31-12-2006 en el
documento contractual figura tachada y corregida “a mano” como 13-12-2007. No consta
que se hayan formalizado prórrogas de este contrato.
2) Los pagos efectuados se corresponden con el precio pactado en el contrato.
C) Contrato Nº 3. Contrato de producción de la serie denominada provisionalmente “Profesor
en La Habana”.
El objeto del presente contrato es la coproducción, en un contrato conjunto con otras 7
televisiones autonómicas, de 13 episodios de ficción para televisión, de 50 minutos
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