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SECRETARIA DE EDUCACION MUNICIPAL
ALCALDÍA MUNICIPAL DE TULUÁ
VALLE DEL CAUCA
PLIEGOS DEFINITIVO DE CONDICIONES SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR
CUANTIA NUMERO 310.20.3.70; DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN EL
ARTÍCULO 2.2.1.2.1.2.22. DEL DECRETO 1082 DE 2015
PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR A ESTUDIANTES DE LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DE LA ZONA RURAL MONTAÑOSA DEL
MUNICIPIO DE TULUA PARA LA VIGENCIA 2022
TULUÁ – MARZO DE 2022
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CONVOCATORIA A VEEDURIAS CIUDADANAS: De conformidad con la Ley 850 de
2003, Articulo 66 de la Ley 80 de 1993, se convoca a todas las personas o veedurías
ciudadanas, interesadas en realizar control social en la presente convocatoria pública; con
tal fin pueden inscribirse como participantes en este proceso, en calidad de veedor, en la
opción correspondiente.
Las veedurías ciudadanas, establecidas de conformidad con la Ley, podrán desarrollar su
actividad durante el proceso de convocatoria pública, la etapa contractual y post
contractual, haciendo recomendaciones escritas, oportunas y respetuosas, ante el
Municipio de Tuluá, teniendo por única finalidad el buscar la eficiencia institucional y la
probidad en la actuación de los funcionarios de la Entidad que participan tanto en el
proceso de Contratación, así como en la respectiva etapa de ejecución del contrato hasta
su liquidación.
COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN: En todas las actuaciones derivadas de las
estipulaciones de los términos de la presente invitación y el contrato que forma parte de la
misma, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución
Política y las leyes consagran. En caso de que el Municipio de Tuluá, advierta hechos
constitutivos de corrupción de parte un proponente durante el proceso de selección, sin
perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva
propuesta. Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar durante la ejecución
del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de
conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado,
se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción”, a través
de: los números telefónicos: (1) 560-1095, (1) 565-7649, (1) 562-4128; vía fax al número
telefónico: (1) 565-8671; la línea transparente del programa, a los números telefónicos:
018000-913-040 o (1) 560-7556; correo electrónico, en la dirección:
webmaster@anticorrupción.gov.co; al sitio de denuncias del programa, en la página web:
www.anticorrupción.gov.co; personalmente o por escrito a la dirección Carrera 8 No 7–27,
Bogotá, DC.
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CAPITULO I
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES
Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el pliego de
condiciones y todos los documentos de la convocatoria, que obtuvo las aclaraciones
sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la
naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de
manera libre, seria, precisa y coherente, y que, además, se acoge a los dictados de la Ley
80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015.
Todos los documentos de la convocatoria se complementan mutuamente, de tal manera
que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las
interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este pliego
de condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, el Municipio de
Tuluá no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones,
mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que
puedan incidir en la elaboración de su oferta.
El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles
y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente
convocatoria, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de
eventuales reclamaciones.
1.2 OBJETO. Prestar el servicio de transporte escolar a estudiantes de las
instituciones educativas oficiales de la zona rural montañosa del Municipio de Tuluá para
la vigencia 2022.
1.2.1 ALCANCE DEL OBJETO: De acuerdo a la información solicitada por parte de la
secretaria de Educación Municipal de Tuluá y suministrada por los Rectores de las
Instituciones Educativas focalizadas, se requiere la prestación del servicio de
transporte escolar en 72 rutas que se plasman en la siguiente tabla:
ITEM NOMBRE DE LAS RUTAS / RECORRIDO
DIAS
CALENDARIO
ESCOLAR
1 PUERTO FRAZADAS I.E SAN RAFAEL 92
2 EL PORVENIR, PUERTO FRAZADAS I.E SAN RAFAEL 92
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3 ALTO ROSARIO I.E SAN RAFAEL 92
4 COCORNA -PIEDRITAS SAN RAFAEL 92
5 QUEBRADA GRANDE EL BOSQUE ALTO I.E SAN RAFAEL 92
6 BERLIN QUEBRADA GRANDE EL BOSQUE I.E SAN RAFAEL 92
7
ALTA FLOR-VOLCANES-QUREBRADA GRANDE -SEDE AMLIA
LOPEZ
92
8 CEILAN -SAN RAFAEL (PRIMARIA) 92
9 CEYLAN-SAN RAFEL (SECUNDARIA) 92
10 POTRERILLO I.E SAN RAFAEL 92
11 POTRERILLO-REMOLINOS- I. E SAN RAFAEL (SECUNDARIA) 92
12 VEREDA LA MINA I.E SAN RAFAEL 92
13 LAS VEGAS-SAN RAFAEL (PRIMARIA) 92
14 LAS VEGAS-SAN RAFAEL (SECUNDARIA) 92
15 BELLA VISTA FINCA DIEGO AGUIRRE I.E SAN RAFAEL 92
16 VOLCANES-BERLIN-QUEBRADA GRANDE SEDE AMALIA LOPEZ 92
17 ALTO ROSARIO I.E PUERTO FRAZADAS 92
18 ALTA FLOR EL BOSQUE ALTO-I. E SAN RAFAEL 92
19 ALTO ROSARIO I.E LA MARIA (PRIMARIA) 92
20 EL DIAMANTE EL BRILLANTE -LA MARINA 92
21 EL BRASIL CASERIO LA CANCHA-LA MARINA 92
22 EL PICACHO LA MARINA 92
23 LA COLONIA-LA MARINA 92
24 LA COCA-LA MARINA 92
25 LA IBERIA ALTA -SEDE MARIA AUXILIADORA LA IBERIA 92
26 LA IBERIA ALTA Y BAJA 92
27 SAN LORENZO -DESDE EL AGUACATE -I. E LA MARINA 92
28 LA PUNTA MARAVELES-SAN LORENZO-LA MARINA 92
29 LA IBERIA ALTA DESDE MAS ARRIBA DEL PAE -LA MARINA 92
30 LA IBERIA BAJA -LA MARINA 92
31 LA GRECIA EL VERGEL-EL CHUZO -LA MARINA 92
32 LA PORTADA -GUAQUITAS -SAN LORENZO LA MARINA 92
33 VEREDA EL RETIRO -LA MORALIA 92
34 SAN MARCOS LA MORALIA-I. E LA MORALIA 92
35 SAN AGUSTIN QUEBRADA LOS GALLOS -I. E LA MORALIA 92
36 GUAYABITO-LA ALEJANDRIA -I. E LA MORALIA 92
37 CHAMUSCADO-I. E JUAN MARIA CESPEDES I.E LA MORALIA 92
38 TIBOLI- NARANJAL -I. E LA MORALIA 92
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39 LA ALEJANDRIA -I. E LA MORALIA 92
40 SANTA LUCIA -LA ESTRELLA -SAN JUAN DE BARRAGAN 92
41
VEREDA LA CASCADA -EL DANUBIO-LOS ALPES-SAN LUIS
SEDE SAN FRANCISCO
92
42 HACIENDA EL TOPACIO HAMBURGO-I.E SAN FRANCISCO 92
43
LAS MIRLAS FINCA LAS MARGARITAS VEREDA LA BOLSA-
VEREDA POTES -I.E SAN JUAN DE BARRAGAN
92
44
QUEBARADA TESORITO VIA MONTELORO-SAN FRANCISCO
SANTA LUCIA
92
45 LOS OSOS EL BOSQUE-SEDE PRESBITERO LAZARO SALAS 92
46 LA CABAÑA Y DE LOS OSOS-I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92
47 ALTO DE ITALIA-BENGALA -I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92
48
HACIENDA EL PENCIL-FINCA LA QUINTA -EL BEQUE I.E SAN
FRANCISCO
92
49 LA UNION -LA CHORRERA I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92
50 LA BOLSA-I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92
51 LA MARIELA FINCA SAN FERNANDO - SEDE SAN FRANCISCO 92
52 LA MANSION-SAN MARCOS-I.E MONTELORO 92
53 SAN MARCOS BAJO I.E MONTELORO 92
54 CHORROS-SANTA ELENA-PIEDRITAS -I.E MONTELORO 92
55 JICARAMATA-SAN ANTONIO- -I.E MONTELORO 92
56
LAS MIRLAS -FINCA LA PLATA SEDE EDUCATIVA SAN
FRANCISCO-I.E MONTELORO
92
57 LA GARZA - SAN MARCOS I.E MONTELORO 92
58 VEREDA JOSE ANTONIO GALAN I.E MONTELORO 92
59 LA MANSION-SAN MARCOS-I.E MONTELORO 92
60 SANTA ELENA-PIEDRITAS -I.E MONTELORO 92
61
VUELTA DE CANOAS I.E BERNARDA GONZALEZ DEL ALTO DEL
ROCIO
92
62 IRLANDA -I.E BERNARDA GONZALEZ ALTO DEL ROCIO 92
63
TOCHECITO EL RECREO I.E BERNANRDA GONZALEZ DEL ALTO
DEL ROCIO
92
64
TOCHECITO EL RECREO I.E BERNANRDA GONZALEZ DEL ALTO
DEL ROCIO
92
65
ALTO MIRA EL TOPACIO -DEBAJO DE LA IRLANDA -I.E
BERNARDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO
92
66 EL SALTO BOCAS DE TULUA I.E JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92
67 LOS CAIMOS -I.E JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92
68 LA PALMERA -JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92
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69 JOVITA SANTACOLOMA BUS 92
70 JOVITA SANTACOLOMA BUS 92
71 MATEGUADUA -GIMNASIO DEL PACIFICO 92
72 LA CRUZ-CIENEGUETA ALTA Y BAJA -GIMNACIO DEL PACIFICO 92
1.3 ACTIVIDADES
Actividades Entregables: Evidencias:
1. Prestar el servicio de rutas de transporte
escolar de la zona plana (Jovita
Santacoloma, Tres Esquinas, y Gimnasio
del Pacifico) y de la alta montaña del
Municipio de Tuluá.
72 rutas debidamente
ejecutadas mes a
mes en los términos y
horarios establecidos.
Disponibilidad
Permanente de
conductor y vehículo
para las 70 rutas.
• Documentación legal en
medio físico de los
vehículos y de los
conductores asignados
(verificados en el SIMIT y el
RUNT).
• Certificación de
cumplimiento del servicio
prestado mensualmente,
expedida por el Rector de
cada una de las
Instituciones Educativas
focalizadas.
2. La empresa asignará a un coordinador
de campo que presentará un cronograma
mensual de visitas de campo realizado a
cada una de las Instituciones Educativas
verificando la prestación del servicio.
• Un (1) coordinador. • Cronograma de visitas.
• Fotografías en medio
magnético.
3. Realizar 2 inspecciones
(técnico/mecánicas) preventivas mensuales
por parte del coordinador de campo a cada
uno de los 70 vehículos asignados para la
prestación del servicio de transporte escolar
en la zona rural, reportando en un informe
mensual el estado de los mismos.
• 72 vehículos con sus
respectivas
inspecciones
preventivas.
• Reporte mensual con el
informe del estado de los
vehículos.
• Fotografías en medio
magnético.
4. Realizar verificaciones de la vigencia de
toda la documentación legal (Licencias de
conducción, SOAT, revisión tecno/mecánica
y pólizas de responsabilidad civil) a los 70
vehículos asignados para prestar el servicio
de transporte escolar en la zona rural con
una periodicidad no mayor a un (1) mes.
• 72 vehículos que
cuenten con la
documentación legal
vigente.
• Reporte mensual con el
informe del estado de los
documentos.
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1.4 CARACTERISTICAS DE LOS VEHICULOS: Teniendo en cuenta las
condiciones topográficas de los terrenos donde se requiere las rutas, se solicita
que los vehículos ofertados presenten las siguientes características:
1. Para las rutas que comprenden la zona rural montañosa se requieren 61
vehículos, así:
Vehículos tipo campero.
2. Para las rutas que comprenden la zona rural plana como son Jovita Santa
Coloma, Julio Cesar Zuluaga, Cienegueta alta y baja se requiere 6
vehículos así:
Vehículos tipo bus o microbús
Modelo no inferior al año 2000
1.4OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
1.4.1 DEL CONTRATISTA. Son derechos y deberes del contratista además de
las contenidas en el Artículo 5º. De la Ley 80 de 1993, y numeral 2º del
artículo 3º de la Ley 105 de 1993 siguientes:
1. Disponer de manera permanente de un vehículo por cada ruta para el
transporte de los estudiantes de la zona rural, hasta las diferentes
Instituciones Educativas, de acuerdo con el cronograma de rutas.
2. Asignar un Coordinador de Campo quien realizará la verificación de la
prestación de servicio del transporte escolar y quien presentará un
cronograma de visitas a las respectivas rutas y el estado de los vehículos.
3. Mantener los vehículos en perfecto estado de funcionamiento, garantizando
el suministro de combustible, aceite, repuestos y demás implementos,
requeridos por cada uno de los vehículos que prestarán el servicio de
transporte a los estudiantes.
4. Suministrar el listado de los vehículos con la respectiva documentación
tanto del vehículo como de los conductores que prestaran el servicio de
acuerdo con las rutas establecidas por la secretaria de Educación.
5. Mantener vigente y actualizada la documentación de los vehículos y de los
conductores que prestarán el servicio de transporte a los estudiantes y a
disposición de la secretaria de Educación.
6. Acatar las observaciones y requerimientos realizados por la Secretaría de
educación municipal a través del supervisor; las cuales deben ser
solucionados y contestados a tiempo.
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7. Cumplir o exigir con los aportes parafiscales y demás compromisos de
seguridad social con el Personal contratado por el operador para la
ejecución del contrato de transporte.
8. No transportar personas particulares ni carga, ni remesas, en la ejecución
de las rutas escolares.
9. Transportar los niños ubicados de forma que no afecte su integridad y con
el límite de cupo permitido para cada vehículo.
10.Tomar las medidas de bioseguridad necesarias y acatar los protocolos
emitidos por el Gobierno Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social,
Ministerio de Educación Nacional, así como las demás directrices
adoptadas por las diferentes autoridades competentes en la materia, con el
fin de prevenir el contagio y propagación del Coronavirus COVID-19 en
función de las actividades que realice como contratista.
1.4.2 DEL MUNICIPIO: Son deberes del MUNICIPIO además de las contenidas en
el artículo 4º de la Ley 80 de 1993 las siguientes:
1. Pagar oportunamente la remuneración pactada.
2. Verificar mediante un supervisor el cumplimiento del objeto a del contrato
3. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime
convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía
propia del contratista.
1.4.3 DEL SUPERVISOR: En el ejercicio de las funciones como supervisor debe
cumplir con las obligaciones contenidas en los artículos 51 y 53 de la Ley 80 de
1993, modificado por los artículos 82, 83 y 84 de la Ley 1474 del 2011, el
supervisor debe ejercer un control integral, jurídico, técnico, administrativo,
financiero, sobre el contrato para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al
Contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de
medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las
condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la
celebración del mismo.
Además de las funciones referidas anteriormente, tendrá las siguientes:
1. Elaborar la certificación de cumplimiento y/o recibo a satisfacción del objeto
contractual, con el fin de proceder al pago correspondiente.
2. Verificar el cumplimiento de cronogramas establecidos para el cumplimiento
de las actividades.
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3. Verificar al momento de certificar el cumplimiento del objeto contractual, el
cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones con los sistemas
de salud y pensión, y los pagos de parafiscales en caso de ser procedente.
4. Impulsar el trámite del pago a favor del contratista en los términos
establecidos para tales efectos.
5. Informar oportunamente sobre cualquier irregularidad o incumplimiento que
se presente en la ejecución del contrato.
6. Solicitar oportunamente las adiciones o modificaciones al contrato cuando
sea procedente.
7. Suministrar a la persona encargada de contratación los documentos
requeridos para el trámite del pago, debidamente revisados y entregarlos
en físicos y escaneados.
8. Publicar los informes de seguimiento en el SECOP de acuerdo con el
Decreto 1082 de 2015.
1.5 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. Son aplicables los principios de la
Constitución Política, el Estatuto General de la Contratación Pública – Ley 80 de 1993,
Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015 y demás Decretos
Reglamentarios y normas que rigen la materia.
De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 2.2.1.2.1.2.22 del Decreto 1082 de
2015 Contratación cuyo proceso de licitación pública haya sido declarado desierto.
La Entidad Estatal que haya declarado desierta una licitación puede adelantar el
Proceso de Contratación correspondiente aplicando las normas del proceso de
selección abreviada de menor cuantía, para lo cual debe prescindir de: a) recibir
manifestaciones de interés, y b) realizar el sorteo de oferentes. En este caso, la
Entidad Estatal debe expedir el acto de apertura del Proceso de Contratación
dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la declaratoria de desierta.
1.6 PRESUPUESTO. El presupuesto oficial previsto para el presente proceso
es de Mil Quinientos Veintiún Millones Doscientos Treinta Y Un Mil
Novecientos Treinta Y Seis pesos Mcte ($1.521.231.936), amparado con el
certificado de disponibilidad presupuestal numero 793 del 15 de febrero de 2022.
Valor que será cancelado en pagos mensuales de acuerdo con la facturación presentada
por la empresa contratista, previa entrega de los respectivos informes y visto bueno por
parte del Interventor.
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1.7 VIGENCIA. El contrato resultante de la presente selección abreviada de menor
cuantía está limitado a 92 días del calendario escolar contados desde la firma del
Acta de Inicio, dejando claridad que el periodo del calendario escolar es de 180 días,
por lo tanto de ser requerido se adicionarán los días faltantes para atender hasta
el último día de clases del periodo escolar 2022 que finaliza el 26 de
noviembre de 2022, así mismo y de acuerdo con la evolución de la pandemia
COVID 19, y los posibles confinamientos que se puedan presentar y que den
como resultado clases virtuales, en ese sentido se procederá a disminuir los
días y el valor del contrato de ser necesario
1.8 VEEDURIA CIUDADANA. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley 80 de
1993, y el cronograma fijado en el presente documento, LA ENTIDAD convoca las
Veedurías Ciudadanas para que ejerzan el control social en las etapas precontractuales,
contractuales y post-contractuales del presente proceso contractual.
1.9 DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA
1.9.1 CONVOCATORIA. Como principio que rige este proceso se convoca a las
personas naturales o jurídicas individualmente o en Consorcio o en Unión
Temporal, que su objeto social le permita desarrollar el objeto del contrato,
para participar en el presente proceso que se publica en la página
transicional del SECOP II (Colombia compra eficiente).
1.9.2 PUBLICIDAD DEL PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES. El Pliego definitivo
de condiciones se publicará únicamente por la página transicional del Portal Único de
Contratación, www.colombiacompra.gov.co, SECOP II.
1.9.3 Las observaciones al proyecto de pliegos se recibirán hasta la fecha señalada en
el cronograma de la página transicional del Portal Único de Contratación,
www.colombiacompra.gov.co, SECOP II y para que sean consideradas dentro del
proceso, debe dirigirse por escrito a la misma, igualmente que las consultas y sus
respuestas.
CAPITULO II
2. DOCUMENTOS
2.1 DOCUMENTOS DE LA PRESENTE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR
CUANTIA
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2.1.1 Estudios y documentos previos
2.1.2 Convocatoria pública
2.1.3 Proyecto de pliegos de condiciones
2.1.4 Resolución de Apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía
2.1.5 Certificado de Disponibilidad Presupuestal
2.1.6 Pliego de Condiciones Definitivos
2.1.7 print de apertura y recibo de propuestas.
2.1.8 Adendas.
2.1.9 Print de Cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía
2.1.10 Evaluaciones Jurídica – Financiera – Técnica – Administrativa – Operacional.
2.1.11 Resolución de Adjudicación o Resolución de Declaratoria Desierta
2.1.12 Propuestas.
CAPITULO III
1. CONTENIDO DE LA PROPUESTA
3.1 PRESENTACION DE LA PROPUESTAS. Todas las propuestas deberán presentarse
en la siguiente forma:
3.1.1 Idioma de la Propuesta. La propuesta, correspondencia y todos los documentos de
apoyo y el material impreso proporcionado por el proponente junto con su propuesta deben
estar en idioma castellano.
3.1.2 Presentación y entrega de Propuestas. La presentación de la propuesta implica la
aceptación y conocimiento de la legislación colombiana sobre los temas objeto del
proceso de Selección y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el Pliego
de Condiciones.
Las propuestas para el presente proceso de Selección Abreviada Menor Cuantía No.
310.20.3.70, deberán ser publicadas en la página transicional del Portal Único de
Contratación, www.colombiacompra.gov.co SECOP II
La Entidad para la presentación y entrega de las propuestas tendrá en cuenta lo
estipulado en el Decreto 1082 de 2015. De las personas inhabilitadas por razón de la
presentación de otras ofertas, para efectos de establecer cuándo el oferente es inhábil en
virtud de los ordinales g) y h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque
con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen
referencia dichos ordinales”.
3.1.3. Apertura de propuestas: Las propuestas serán abiertas el día y hora fijado en el
cronograma en la página transicional del Portal Único de Contratación,
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3.1.4. Entrega oportuna: Las propuestas deben ser publicas en la página transicional
del Portal Único de Contratación, www.colombiacompra.gov.co, SECOP II; la
Secretaría de Educación Municipal no será responsable de las propuestas no publicadas
dentro del plazo estipulado para ello.
3.1.5. Presentación de Propuestas: Las propuestas deberán ser presentadas, a
máquina o computador, deberán ir acompañadas de la documentación requerida para
presentar la misma y demás información que los proponentes estimaren necesaria para
mayor claridad, en todo caso los documentos deberán estar publicados en la página
transicional del Portal Único de Contratación, www.colombiacompra.gov.co,
SECOP II
3.1.6. El impuesto al valor agregado IVA: Deberá ser detallado en el precio de las
propuestas, si aplica, Si el proponente llegare a omitir la presentación del IVA por
separado de los precios básicos, EL MUNICIPIO DE TULUÁ – SECRETARÍA DE
EDUCACION MUNICIPAL descartará esta propuesta.
3.1.7 Los valores ofertados y soportados: Los Proponentes que se presenten para esta
Selección Abreviada de Menor Cuantía deberán indicar los valores en pesos colombianos.
En caso de presentarse un proponente de origen extranjero deberá tomar el valor TRM
para el dólar americano vigente para la fecha del cierre del proceso y el valor expresado
deberá indicarse en pesos colombianos.
3.2. REQUISITOS HABILITANTES. Para ser elegibles dentro de la presente Selección
Abreviada de Menor Cuantía, las personas naturales o jurídicas, nacionales o
extranjeras, deberán cumplir al momento de la presentación de su propuesta los
siguientes requisitos:
1. Carta de presentación de la propuesta, firmada por el proponente. (Anexo No.2).
2. Certificado de existencia y representación legal o del registro mercantil o
documento similar según sea el caso, en donde conste que realizan actividades
iguales o similares a las del objeto de esta Selección Abreviada de Menor
Cuantía, dicho documento deberá ser expedido por la Cámara de Comercio de su
domicilio social o la Entidad Certificante, con no más de treinta (30) días
calendario de anticipación a la fecha de presentación de la propuesta.
3. Certificado del Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de
Comercio con no más de treinta (30) días calendario de anticipación a la fecha de
presentación de la propuesta.
Nota: La inscripción del Proponente debe encontrarse firme y vigente para el momento
del cierre del proceso.
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4. Acreditar que se trata de una sociedad con un término mínimo permanente de
duración o vigencia del equivalente al plazo total del presente contrato y uno (1)
año más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente selección.
5. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá
presentar copia del acta de reunión del órgano competente en la que conste la
decisión que autorice la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato, y
la actuación del representante en los demás actos requeridos para la contratación
en el caso de resultar adjudicatario adoptada por el órgano social correspondiente,
y autenticada por el funcionario competente de la Sociedad.
6. Poder debidamente firmado cuando se presente a través de apoderado (si
aplica).
7. Documento del consorcio o unión temporal (si aplica).
8. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
9. Registro Único Tributario (RUT) del proponente, expedido por la Dirección de
Impuestos y Aduanas nacionales de Colombia DIAN. actualizado
10. Certificación de pago de los aportes de sus empleados, de conformidad con
el párrafo 2, artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el Proponente deberá acreditar el
pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos
profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje, Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, cuando a ello haya
lugar. Para el efecto, deberá aportarse con la propuesta certificación expedida por
el Revisor Fiscal, cuando este exista, de acuerdo con los requerimientos de ley, o
por el Representante Legal, la cual en todo caso no será inferior a los seis (6)
meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad
no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir
de la fecha de su constitución. El anterior requisito deberá aportarse con la
propuesta, so pena de no ser tenido en cuenta para el proceso de selección. Esta
exigencia igualmente aplica para cada uno de los miembros del Consorcio, Unión
Temporal u otra forma asociativa que se presente. Las personas naturales
deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a
la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995;
esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones. Si tiene
trabajadores a su servicio deberá acreditar, además, el pago de aportes a la
seguridad social de éstos, así como de los parafiscales antes señalados.
11. El Proponente deberá constituir a su costa y presentar con su propuesta una
garantía de ofrecimiento expedida por una Compañía de Seguros legalmente
constituidos en Colombia, por un valor igual al diez por ciento (10%) del valor del
Presupuesto Oficial, y con una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la
fecha fijada para el cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía. La
garantía deberá ser otorgada incondicionalmente a favor del Municipio.
12. Fotocopia de la libreta militar (si aplica)
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13. Certificación firmada por el proponente bajo la gravedad del juramento, de no
encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o incompatibilidades para
contratar.
14. Declaración de origen de fondos: El oferente y/o los miembros de la unión
temporal deberán presentar de manera individual una declaración expresa y
voluntaria en forma escrita, informando que actúa en su propio nombre y/o de la
persona jurídica o propuesta conjunta que representa, incluyendo las siguientes
manifestaciones:
• Constancia de que el capital y el patrimonio que empleara, invertirá o utilizará en la
ejecución del contrato, en caso de serle adjudicado, no proviene de ninguna actividad
ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma
concordante que lo complemente, modifique o adicione.
• El compromiso de que no admitirá que terceros efectúen depósitos a sus cuentas como
contratistas del estado, con fondos provenientes de actividades ilícitas, contempladas en
el Código Penal Colombiano, o cualquier norma concordante que lo complemente, lo
modifique o adicione.
• Que, durante la ejecución del contrato, en caso de serle adjudicado, no efectuará
transacciones destinadas a actividades ilícitas a favor de personas relacionadas en las
mismas.
15. Por cada vehículo (72) se debe anexar La siguiente documentación:
• Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo.
• Copia del Seguro obligatorio vigente.
• Copia de la Revisión técnico mecánica vigente.
• Copia póliza responsabilidad civil extracontractual vigente.
• Copia licencia del conductor.
• Copia de la cedula de ciudadanía del conductor
• Tarjeta de Operación
16. Presentar el documento legal donde conste la habilitación de la empresa
legalmente constituida e interesada en prestar el servicio de transporte en las
modalidades de: Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial y/o
Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Mixto o Colectivo Municipal
legalmente constituidas y habilitadas
17. Presentar la documentación legal en donde conste que los vehículos a utilizarse
son de propiedad de la empresa y/o se encuentran vinculados a la misma.
3.3 CAPACIDAD JURÍDICA. Podrán participar del presente proceso, las personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de naturaleza pública o privada, que se
encuentren constituidas con anterioridad al cierre de la presente Selección Abreviada de
Menor Cuantía, en cuyo objeto social principal cuenten con la capacidad jurídica
requerida para la ejecución del contrato que se somete a selección.
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Los grupos de proponentes (o proponentes plurales) conformados por personas naturales
o jurídicas, que cumplan con las exigencias de la Ley, y que se asocien bajo Consorcio,
Unión Temporal de las que habla el Estatuto General de la Contratación de la
Administración Pública.
El proponente que desee contratar debe conocer el pliego de condiciones y además
deberá cumplir con todos los otros requisitos señalados.
El Proponente declarará en la carta de presentación que no se encuentra dentro de las
inhabilidades e incompatibilidades para contratar previstas en la Constitución Política y en
el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, respecto de las inhabilidades e incompatibilidades
sobrevivientes y de las excepciones a las mismas, se sujetarán a las reglas establecidas
en los artículos 9 y 10 de la Ley 80 de 1993.
El Proponente deberá elaborar la propuesta de acuerdo con lo establecido en este pliego
de condiciones y anexar la documentación exigida
3.4 ACREDITACIÓN DE CAPACIDAD JURÍDICA. Para presentarse como proponente de
la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía, los participantes deberán adjuntar
los documentos que se requieren para cada caso, según la naturaleza y condiciones del
participante; a continuación, relacionados:
• Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de naturaleza pública
o privada, que se encuentren constituidas con anterioridad al cierre de la presente
Selección Abreviada de Menor Cuantía, en cuyo objeto social principal cuenten
con la capacidad jurídica requerida para la ejecución del contrato que se somete a
selección; y Los grupos de proponentes (o proponentes plurales) conformados por
personas naturales o jurídicas, que cumplan con las exigencias de la ley, y que se
asocien bajo consorcio, unión temporal de las que habla el estatuto general de la
contratación de la administración pública.
• La verificación de las condiciones de los proponentes, se realizará de conformidad
con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto
Ley 19 de 2012, que contempla que todas las personas naturales o jurídicas
nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a
celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único
de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con
jurisdicción en su domicilio principal.
• En consecuencia, para efectos del presente proceso, los proponentes deberán
anexar a su propuesta el documento correspondiente expedido por la cámara de
comercio de su jurisdicción, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días
de antelación a la fecha del cierre del proceso, en el cual para efectos del Decreto
1082 de 2015, deberá constar en su inscripción y clasificación.
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• Siempre que se trate de documentos expedidos en el exterior, deberán cumplirse
todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización,
consularización y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos
para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el
exterior, y que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en los artículos
251 del Código General de Procesos. El cumplimiento de estos requisitos de ley
en documentos originales para acreditación de la aptitud legal de personas
jurídicas extranjeras, podrá acreditarse en cualquier momento hasta el último día
hábil de la presentación de la oferta.
• No se recibirán propuestas fuera de la hora y fecha estipulada en el pliego de
condiciones, para el cierre del presente proceso; de acuerdo a la Ley 1150 de
2007, el proponente podrá subsanar los documentos que no presente en la fecha y
hora antes fijada. De igual forma y de acuerdo a la misma Ley el Municipio de
Tuluá fijara el plazo para que el (los) proponentes alleguen dichos documentos.
3.4. Experiencia: Mediante la verificación del Registro Único de Proponentes,
el oferente deberá certificar experiencia cuya sumatoria sea igual o mayor
al presupuesto oficial, equivalente a 1.521 SMMLV. Los contratos
acreditados con el RUP deberán cumplir con el siguiente código de la
UNSPSC:
ÍTEM: CLASIFICACIÓN UNSPSC PRODUCTO
1 78111800 TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA
Para los proponentes plurales la experiencia será medida por la suma de la
experiencia de cada uno de losmiembros, en todo caso, uno de los miembros
deberá acreditar el 50% de la experiencia.
Para la verificación de la experiencia el proponente deberá indicar los contratos en
el Registro Único deProponentes, con corte al 31 de diciembre de 2020.
3.5. Capacidad Financiera. De acuerdo al artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de
2015, el Municipio de Tuluá solicitará a los proponentes el certificado del Registro Único
de Proponentes con corte al 31 de diciembre de 2020 si ya se ha realizado; y deberá
estar en firme al momento de presentar la propuesta, por lo tanto, se solicitarán los
siguientes Indicadores financieros:
• Índice de Liquidez: Mayor o igual a 2,12
• Índice de Endeudamiento: Menor o igual al 0,53
• Razón de Cobertura de interés: Mayor o igual a 10,52 o indeterminado.
En caso de Consorcio o Unión Temporal, la capacidad financiera se calculará de acuerdo
al método 1. Ponderación de los componentes de los indicadores, según el Manual
de Requisitos Habilitantes publicada por el SECOP.
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Para la verificación de los indicadores financieros y organizacionales el municipio de
Tuluá debe aplicar lo establecido en el parágrafo transitorio del artículo 3 del Decreto 579
del 31 de mayo de 2021; el cual reza: …"PARÁGRAFO TRANSITORIO: De conformidad
con los parágrafos transitorios de los artículos 2.2.1.1.1.5.2. y 2.2.1.1.1.5.6., y en
desarrollo del deber de análisis de las Entidades Estatales, de que trata el artículo
2.2.1.1.1.6.1. de este Decreto, a partir del 1 de julio de 2021 las Entidades Estatales
establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y
organizacional teniendo en cuenta la información que conste en el Registro Único de
Proponentes. En todo caso, se establecerán indicadores proporcionales al procedimiento
de contratación. Para ello, atendiendo a las condiciones aludidas, en relación con los
indicadores de la capacidad financiera y organizacional, de los procesos de selección
cuyo acto administrativo de apertura o invitación se publique a partir del 1 de julio de
2021, se tendrá en cuenta la información vigente y en firme en el RUP, por lo que las
Entidades Estatales
3.6. Capacidad Organizacional. El Proponente debe cumplir con los siguientes
requisitos con base en la información contenida en el RUP, 31 de diciembre de 2020 si ya
se ha realizado, y deberá estar en firme a la fecha de presentación de las propuestas, de
conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.5.3 Decreto 1082 de 2015.
• Rentabilidad del Patrimonio Mayor o igual a 0.01
• Rentabilidad del Activo será Mayor o igual a 0.01
El cual será verificado a través del certificado de inscripción, clasificación y calificación en
el registro único de proponentes con corte al 31 de diciembre de 2019 o renovación 2020
si ya se ha realizado; y deberá estar en firme al momento de presentar la propuesta.
En caso de Consorcio o Unión Temporal, la capacidad organizacional se calculará de
acuerdo de acuerdo al método 1. Ponderación de los componentes de los indicadores,
según el Manual de Requisitos Habilitantes publicada por el SECOP.
Para la verificación de los indicadores financieros y organizacionales el municipio de
Tuluá debe aplicar lo establecido en el parágrafo transitorio del artículo 3 del Decreto 579
del 31 de mayo de 2021; el cual reza: …"PARÁGRAFO TRANSITORIO: De conformidad
con los parágrafos transitorios de los artículos 2.2.1.1.1.5.2. y 2.2.1.1.1.5.6., y en
desarrollo del deber de análisis de las Entidades Estatales, de que trata el artículo
2.2.1.1.1.6.1. de este Decreto, a partir del 1 de julio de 2021 las Entidades Estatales
establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y
organizacional teniendo en cuenta la información que conste en el Registro Único de
Proponentes. En todo caso, se establecerán indicadores proporcionales al procedimiento
de contratación. Para ello, atendiendo a las condiciones aludidas, en relación con
los indicadores de la capacidad financiera y organizacional, de los procesos de
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selección cuyo acto administrativo de apertura o invitación se publique a partir del 1 de
julio de 2021, se tendrá en cuenta la información vigente y en firme en el RUP, por lo que
las Entidades Estatales
3.3. Número Mínimo de Participantes. El número mínimo de participantes hábiles para
no declarar desierto el presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía es
de uno (1); se entiende por participante hábil quien no este incurso en las causales de
inhabilidades e incompatibilidades contemplados en el Art. 8 de la Ley 80 de 1993.
3.4 DE LOS RIESGOS PREVISIBLES EN EL CONTRATO ESTATAL
En la ejecución del contrato producto del presente proceso licitatorio, pueden llegar a
presentarse causas previsibles que afectan la carga económica o financiera de las partes,
las que en virtud del artículo 4 de la ley 1150 de 2007 deben ser reconocidas y asumidas
con el objeto de salvaguardar la adecuada ejecución del contrato y la finalidad de las
partes en la contratación.
Para efectos de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía y ejecución de su
contrato, se efectúan las siguientes definiciones:
▪ RIESGO PREVISIBLE. Son los posibles eventos, hechos o circunstancias que por la
naturaleza del contrato y de las actividades a ejecutar es factible su ocurrencia, por
tratarse de riesgos normales que razonablemente se deben considerar al momento de
proponer, celebrar el contrato y ejecutarlo, surgiendo así la obligación de asumirlo.
▪ TIPIFICACIÓN DEL RIESGO. Es la materialización o manifestación que se hace en El
pliego de Condiciones, de aquellos eventos, hechos o circunstancias previsibles de
ocurrencia.
▪ ESTIMACIÓN DEL RIESGO. Es la valoración en términos monetarios o porcentuales
respecto del valor del contrato, que se hace del riesgo previsible.
▪ ASIGNACIÓN DEL RIESGO. Es el señalamiento que se hace de la parte contractual
que debe asumir el riesgo.
▪ RIESGO IMPREVISIBLE. Son aquellos eventos, hechos o circunstancias donde no es
factible su previsión; es decir, no se visualiza su ocurrencia. Estos riesgos deberán estar
considerados como costo del contrato en el ítem de gastos contingentes o imprevistos.
▪ ESTIMACIÓN DE LOS RIESGOS. La estimación de los riesgos está contemplada en los
estudios previos para la presente l Selección Abreviada de Menor Cuantía.
ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS. Los riesgos tipificados en el pliego de condiciones se
asignarán al contratista, con excepción de los siguientes:
▪ A CARGO DEL MUNICIPIO:
• Orden público
• Retraso en los pagos por parte de la Alcaldía de Tuluá
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• Modificación de los aportes sociales por ministerio de la Ley
• Modificación de horarios laborales por ministerio de la Ley
▪ A CARGO DEL CONTRATISTA:
• Que no se realicen las actualizaciones de la documentación legal tanto de los vehículos
como de los conductores
• Retrasos en la ejecución de las rutas causados por averías mecánicas de los vehículos
• No tener los vehículos en buenas condiciones mecánicas
• Suspensión del servicio por posibles paros, vacaciones, etc., así como también por
cambios en las disposiciones emanadas de las diferentes autoridades competentes frente
al manejo de la pandemia derivada del virus COVID-19.
Finalmente, en el presente estudio no se pueden identificar los riesgos que puedan
generar el comportamiento del mercado derivados de paros, las restricciones arancelarias
y barreras técnicas, el desarrollo del postconflicto, cambios climáticos pronunciados y la
actividad electoral los cuales pueden afectar la prestación del servicio.
CAPITULO IV
4.- EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
De acuerdo a lo estipulado en el Articulo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, respecto
del ofrecimiento más favorable, la Entidad Estatal debe determinarla teniendo en cuenta
las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista.
En la selección de propuestas para la adjudicación de la presente Selección Abreviada
de Menor Cuantía, se aplicará lo dispuesto por las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y
Decretos reglamentarios, realizando el estudio jurídico, económico y técnico, necesarios
para la evaluación de las propuestas, atendiendo a los tiempos establecidos en el
cronograma.
El Municipio procederá a realizar el estudio y evaluación de las ofertas, de acuerdo con
los criterios de selección que se exponen a continuación:
• Comité Evaluador: Las Propuestas serán evaluadas por un Comité designado para tal
efecto, el cual verificará la documentación presentada en las ofertas y conceptuará sobre
posibles inexactitudes o errores, no aceptará ningún tipo de enmendadura en el cuadro de
la propuesta, que no venga claramente refrendada con la firma del proponente, si esto
ocurre la oferta será automáticamente rechazada.
4.1 FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El Municipio de Tuluá –
Valle para la evaluación de las ofertas tendrá en cuenta la más favorable a sus
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intereses, siempre y cuando, la oferta se encuentre ajustada a estos pliegos de
condiciones y resulte coherente con la consulta de precios o condiciones del estudio del
sector.
Las propuestas serán verificadas en lo concerniente a la capacidad jurídica, financiera y
experiencia y organización, aspectos que no serán objeto de puntaje alguno por parte del
comité evaluador y calificador.
La evaluación se aplicará únicamente a las ofertas que cumplan con los requisitos
legales, financieros, de experiencia y organización, que no sean objeto de ponderación,
las que no cumplan estos requisitos, serán declarados NO HABILITADOS.
4.2 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS. El Municipio de Tuluá – Valle
revisará las propuestas HABILITADAS y verificará que estas cumplan los siguientes
requisitos:
FACTOR DE EVALUACIÓN PUNTOS
Evaluación Económica 200
Evaluación Técnica 800
TOTAL 1.000
El valor total de las propuestas no podrá exceder el del presupuesto oficial establecido
para este proceso licitatorio, de lo contrario, la propuesta será rechazada.
4.2.1 EVALUACIÓN ECONÓMICA (200 PUNTOS): El MUNICIPIO DE TULUÁ,
asignará un puntaje máximo de doscientos (200) puntos a la propuesta que,
dentro de los parámetros anteriores, ofrezca el precio más bajo, pero con sujeción
al pliego de condiciones. A las demás se les asignará un puntaje en forma
proporcional y decreciente, de acuerdo a la siguiente formula.
FORMULA: (oferta más favorable * 200) / oferta a evaluar = puntaje obtenido
El proponente deberá especificar el valor de la propuesta presentada, de acuerdo
al Anexo No. 3, de no presentarlo así la propuesta no se calificará.
4.2.2 EVALUACIÓN TÉCNICA (800 PUNTOS):
ITEM PUNTOS
Estructura Administrativa 150
Recursos Humanos 150
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Recursos Físicos 200
Experiencia Relacionada 200
Apoyo a la Industria 100
4.2.2.1 ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA (150 PUNTOS): El oferente deberá
presentar organigrama, donde se visualice la siguiente estructura administrativa:
ACTIVIDAD PUNTOS
Área contable y financiera 30
Área administrativa y de talento humano 50
Sede o Sucursal en el Municipio de Tuluá 70
Para la verificación de los puntos el proponente deberá anexar carta juramentada
en la cual se relaciona los nombres de los empleados que conforman cada área.
Para acreditar la sede en la ciudad de Tuluá, deberá anexar el documento de
verificación de la oficina, para lo cual se requiere la respectiva cámara de
comercio donde se refleje el domicilio en la ciudad de Tuluá.
4.2.2.2 RECURSOS HUMANOS (150 Puntos): El oferente debe demostrar que
cuenta con los recursos humanos (conductores) para prestar el servicio; obtendrá
el máximo puntaje de 150 puntos, de acuerdo al siguiente cuadro:
CANTIDAD DE PERSONAL PUNTOS
>= de 70 Personas 150 puntos
De 69 a 65 Personas 100 puntos
< 65 Personas No dará puntaje
Para la verificación de los puntos el proponente deberá anexar carta juramentada
en la cual se relaciona los nombres de los conductores con se respectivo número
de cedula.
4.2.2.3 RECURSOS FÍSICOS (200 Puntos): El oferente debe demostrar que
cuenta con los vehículos (72) y la disponibilidad de los mismos para prestar el
servicio; obtendrá el máximo puntaje de 200 puntos.
Para la verificación de los puntos el proponente deberá anexar carta
juramentada en la cual se relaciona los vehículos con el respectivo seguro
obligatorio del vehículo.
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4.2.2.4 EXPERIENCIA RELACIONADA: (200) El oferente que demuestre que
cuenta con la experiencia relacionada en transporte escolar específicamente en la
zona rural de más de cinco (5) años, obtendrá el máximo puntaje de 200 puntos.
4.2.2.5 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 puntos): El Municipio de
Tuluá, otorgará puntaje para aquellos proponentes que cumplan con las
disposiciones a continuación referenciadas:
ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS PUNTOS
Bienes y/o servicios nacionales 100
Bienes y/o servicios nacionales y extranjeros 50
Bienes y/o servicios extranjeros 30
Para el otorgamiento del puntaje para este criterio, el proponente deberá indicar lo
requerido en documento adjunto a la carta de presentación o en cualquier otro
acápite de su propuesta y referenciado en la tabla de contenido de la propuesta.
4.3 CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO DE EVALUACIÓN. La información relativa al
análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y las recomendaciones
para la adjudicación del contrato no podrán ser reveladas a los contratantes ni a otra
persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que EL COMITÉ TÉCNICO
EVALUADOR comunique a los proponentes que el informe de evaluación de las
propuestas se encuentra a disposición de los proponentes en la página transaccional
www.colombiacompra.gov.co, SECOP II, para que presenten las observaciones
correspondientes.
Todo intento de un oferente para influir en el procesamiento de las ofertas o en la decisión
sobre la evaluación por parte del contratante dará lugar al rechazo de la oferta.
4.4 PONDERACION DE LAS PROPUESTAS. La ponderación de los factores de
calificación de las propuestas se aplicará a las no descartadas, es decir, a las
propuestas habilitadas.
NOTA: El estudio jurídico se hará sobre los documentos de la propuesta.
4.5 CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de empate en el puntaje total de
dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá realizará el proceso de
desempate de acuerdo con lo estipulado en el artículo 35 de la ley 2069
de 2020.
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4.6 ADJUDICACIÓN. Para adjudicar el presente contrato, un oferente deberá
tener la mayor puntuación en la ponderación matemática. Se escogerá la
propuesta que obtenga el mayor puntaje.
4.7 ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS. Se eliminarán sin que haya lugar a su
evaluación, las propuestas en cualquiera de los siguientes casos:
• Cuando el proponente no cumpla con alguna de las calidades de
participación, establecidos en el pliego de condiciones.
• Cuando no se cumpla con alguna de las especificaciones técnicas
establecidas en el pliego de condiciones.
• Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente, se
eliminarán todas en las que aparezca el mismo proponente. Así mismo
cuando una misma persona natural o jurídica, se haya inscrito más de una
vez, presentándose individualmente y a través de una forma asociativa para el
mismo proceso.
• Por la omisión de información por parte del proponente que sea necesaria
para la comparación de su propuesta.
• Cuando no se allegue la presentación de los documentos subsanables
requeridos por parte del oferente, dentro del plazo otorgado por la
Administración Municipal.
• Cuando el plazo ofrecido para la ejecución del contrato, supere el establecido
en el Pliego de condiciones.
• Entrega extemporánea.
• Desviaciones o discrepancias apreciables a juicio del Comité de Evaluación
con respecto de lo establecido en el presente Pliego de Condiciones.
• No cotizar el formulario completo.
• Cuando el proponente haya tratado de interferir, influir o informarse
indebidamente en el análisis de las propuestas.
• Cuando se compruebe confabulación entre algunos de los proponentes.
4.8 DECLARACION DE DESIERTA. El Municipio de Tuluá, podrá declarar en
cualquier momento desierto el proceso de Selección Abreviada de Menor
Cuantía, cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva
de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993.
4.9 SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO. Después de la emisión,
suscripción y publicación del Acto Administrativo de adjudicación del contrato,
el proponente favorecido o su representante legal, deberá presentarse a
suscribir el contrato respectivo. Si el adjudicatario no suscribe el contrato
adjudicado dentro de los tres (3) días siguientes, quedará a favor del Municipio
de Tuluá, en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía
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constituido para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de
las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y
no cubiertos por el valor del depósito o garantía. En este evento, el alcalde del
Municipio de Tuluá, mediante Acto Administrativo debidamente motivado,
podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al
proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea
igualmente favorable para la Entidad.
4.10 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El Contrato se perfecciona con
la suscripción de las partes. Para su ejecución se requiere, registro
presupuestal expedido por la Secretaría de Hacienda y aprobación de la
garantía única constituida por EL CONTRATISTA. Así mismo, el personal
suministrado por el contratista para el cumplimiento del objeto de la presente
contratación, deberá ser permanente y solo podrá ser cambiado por solicitud
escrita del interventor o por causas judiciales.
4.11 VIGENCIA DE LA PROPUESTA. La propuesta deberá tener una vigencia
no menor a 90 días calendario.
CAPITULO V
5 CONDICIONES DEL CONTRATO
5.1 ADJUDICATARIO. El Adjudicatario del Contrato que ha de cumplir lo preceptuado en
este pliego de condiciones, recibe la denominación de CONTRATISTA.
5.2 CESIONES Y SUBCONTRATOS. El Contratista no podrá ceder el contrato y ni
subcontratar ninguna parte del mismo, a persona alguna natural o jurídica, sin previo
consentimiento por escrito del Municipio de Tuluá, pudiendo éste reservarse las razones
que tenga para negar la autorización de la cesión o el subcontrato.
En todos los casos el Contratista es el único responsable por la prestación del servicio a
entera satisfacción, en fiel cumplimiento con las exigencias contractuales.
5.3 FORMA DE PAGO. El Municipio de Tuluá realizará pagos previa presentación de la
factura soportada con el informe del respectivo periodo facturado, las planillas de pagos
generales de seguridad social de los trabajadores asignados al proceso de contratación,
todos los informes presentados deben contar con el visto bueno y aprobación del
Supervisor.
5.4. GARANTÍAS DEL CONTRATO. El proponente favorecido con la adjudicación
se compromete a constituir a favor del Municipio de Tuluá, de acuerdo con la Ley
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80 de 1993, Artículo 7 Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, una garantía única que
avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, expedida por una
compañía de seguros establecida legalmente en Colombia; debiendo incluir como riesgos
amparados los siguientes:
• CUMPLIMIENTO: El diez por ciento (10%) del valor del contrato y sus adiciones si fuere
el caso, desde la fecha de celebración del contrato hasta cuatro (4) meses más después
de su terminación.
• CALIDAD DEL SERVICIO: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del
valor del contrato y una vigencia igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más.
• SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: Equivalente al 5%
del valor del contrato por el plazo de ejecución del contrato y tres (03) años más.
• RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: La cual no puede ser inferior a
trescientos (300) salarios mínimos mensuales legales vigentes, al momento de la
expedición de la póliza y su vigencia será por todo el periodo de ejecución del contrato.
El contratista deberá mantener vigente las garantías y deberá ajustarlas siempre que se
produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato, o en el evento en que se
produzca la suspensión temporal del mismo.
Para la liquidación del contrato, se exigirá al contratista la ampliación de los amparos del
contrato si es del caso.
5.5. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO El contrato podrá darse por
terminado anticipadamente, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando las partes den por terminado el contrato por mutuo acuerdo.
b) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista,
certificado por el Supervisor del contrato.
c) Por disolución de la persona jurídica del contratista.
d) Por imposibilidad de cumplir el objeto del contrato.
5.6. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. El supervisor y el contratista procederán a liquidar
el contrato por vencimiento del plazo contractual y en cualquiera de los eventos señalados
por él, de acuerdo con el procedimiento establecido en el mismo.
El contrato se liquidará en un término no superior a los cuatro (4) meses siguientes a la
fecha de terminación del plazo de ejecución y entrega final y total del proyecto, previo
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cumplimiento de las obligaciones del contratista, presentación del acta final de recibo a
satisfacción y acuerdo con el Acto Administrativo que ordene la terminación según
disposiciones del Municipio de Tuluá.
5.7. LIQUIDACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. Se podrá liquidar unilateralmente el
contrato en los siguientes casos:
a) Cuando el Contratista no se hiciere presente a suscribir el acta de liquidación final,
dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes al recibo de la misma.
b) Cuando el contratista habiéndose hecho presente, no suscribiere el acta de liquidación
por estar en desacuerdo con la misma, o si la suscribiere, la objetare.
5.8. MULTAS Y SANCIONES. En caso de mora o incumplimiento parcial de las
obligaciones derivadas del contrato por parte del contratista, El Municipio de Tuluá, podrá
imponer multas sucesivas, equivalentes al uno por ciento (1%) del valor total el contrato,
que sumadas no superen el 10% del mismo. Si agotados los porcentajes para la
imposición de multas persiste el incumplimiento, el Municipio de Tuluá, entenderá que
esta circunstancia afecta de manera grave y directa la ejecución del contrato e implica
consecuentemente su paralización.
En este caso se procederá a la declaratoria de caducidad administrativa del contrato, se
hará efectiva la cláusula penal pecuniaria y se ordenará la liquidación del contrato en el
estado en que se encuentre. Lo dispuesto en esta cláusula no constituye para ningún
efecto legal o contractual, prórroga de plazo del contrato.
5.9. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. El Municipio de Tuluá en Acto
Administrativo debidamente motivado dispondrá la terminación anticipada del contrato en
los siguientes eventos:
a) Cuando las exigencias del servicio lo requieran o la situación de orden público lo
imponga.
b) Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o
por disolución de la persona jurídica del contratista.
c) Por interdicción judicial o declaración de quiebra del contratista.
d) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del contratista
que afecten de manera grava el cumplimiento del contrato.
5.10 PAGO DE IMPUESTOS El Contratista pagará todos los impuestos, tasas y
gravámenes que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la Ley
Colombiana.
De acuerdo a las Leyes contables, el Municipio de Tuluá aplica las siguientes
deducciones:
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2.5% Imder (Tasa Pro-deporte Municipal)
3% Estampilla Pro-Adulto Mayor
0.5% Estampilla Pro-Cultura
0.5% Estampilla Pro Uceva
1 % Pro-Hospital Universitario
2% Estampilla Pro Universidad del Valle
0.5% Pro-Universidades del Pacífico
8 x
1000
Retención Fuente por ICA según lo determine la Secretaría de Hacienda
– Sección Rentas
15% Retención del IVA Facturado
Y los correspondientes impuestos nacionales que estén vigentes en su momento.
5.11 PUBLICACIÓN. El Municipio de Tuluá, publicará en el Sistema Electrónico para la
Contratación Pública (SECOP), el presente proceso de Selección Abreviada de Menor
Cuantía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
JOHN JAIRO GOMEZ AGUIRRE ALONSO BETANCOURT CHAVEZ
Alcalde Municipal jefe de Oficina Asesora Jurídica
ORIGINAL FIRMADO
EVER ANTONIO VILLEGAS MORANTE
Secretario de Educación
Proyecto / Transcribió Yaneth Cristina Caicedo Zabala.
Revisó / William Alejandro Aponte Londoño – Abogado contratista SEM Tuluá
probó/ Oficina Asesora Jurídica
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ANEXO No. 1
MODELO DE CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Ciudad y Fecha
Nosotros los suscritos _____________________________________________ de
acuerdo con las condiciones que se estipulan en los documentos de la invitación,
hacemos la siguiente propuesta, seria e irrevocable, para el proceso de Selección
Abreviada de Menor Cuantía No. 310.20.3.70, y en caso de que nos sea adjudicada por
el Municipio de Tuluá - Secretaría de Educación Municipal nos comprometemos a firmar el
contrato correspondiente.
Declaramos así mismo:
Que ésta propuesta y el contrato que llegaré a celebrarse sólo obligan a los firmantes de
esta carta.
Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta
propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive.
Que conocemos los documentos de la invitación y aceptamos las condiciones y los
requisitos en ellos contenidos.
Que conocemos y aceptamos la forma de pago estipulada en el pliego de condiciones.
Que recibimos el pliego de condiciones y los siguientes documentos ____________ y
aceptamos su contenido (en cuanto a documentos recibidos después de los términos,
solo se señalaran en el evento de haberse recibido).
Que, si se nos adjudica el contrato, nos obligamos a otorgar las garantías requeridas y a
suscribir éstas y aquel dentro de los términos señalados para ello.
Que nos comprometemos a ejecutar el contrato en el término establecido en el pliego de
condiciones.
Que la presente propuesta consta de un ORIGINAL y UNA COPIA, cada una con
________ (___) folios debidamente numerados.
Así mismo, declaramos BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO:
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Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las
señaladas en la Constitución y en las Leyes (se recuerda al proponente que, si está
incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el
proceso de selección de contratistas y debe abstenerse de formular propuesta).
Que no hemos sido sancionados mediante Acto Administrativo ejecutoriado por ninguna
Entidad Oficial (NOTA: Si el proponente ha sido objeto de sanciones contractuales
(cláusula penal y/o caducidad), por parte de cualquier Entidad Estatal, en lugar de hacer
este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso. En caso de
caducidad, ella genera inhabilidad para contratar por 5 años.
Que no estamos incluidos en el boletín de Responsabilidad Fiscal de Competencia de
las Contralorías, según lo establecido en el artículo 60 de la Ley 610 del 2000.
Que el valor total de la propuesta es de (VALORES SE DEBERÁN INDICAR EN LETRAS)
($_______________) y esta discriminado así (si aplica):
Que la vigencia de la propuesta es de ___________ días (se deberá indicar en letras y
números).
Declaro bajo la gravedad del juramento que toda la información contenida en la propuesta
es veraz.
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Proponente: _____________________________
NIT: __________________________________________________________
Nombre del Representante Legal: _________________________________
C.C. No. ______________________ De _____________________________
Dirección Comercial del Proponente: ________________________________
Teléfonos: __________________________Fax: _____________________
Ciudad: ______________________________________________________
FIRMA: ________________________
NOMBRE DE QUIEN FIRMA: _______________________
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ANEXO No. 3
CUADRO DE COSTOS
ITEM NOMBRE DE LAS RUTAS - RECORRIDO DIAS
VR DIA
RUTA
VALOR
IVA SI
APLICA
TOTAL
RUTA
1 PUERTO FRAZADAS I.E SAN RAFAEL 92
2 EL PORVENIR, PUERTO FRAZADAS I.E SAN RAFAEL 92
3 ALTO ROSARIO I.E SAN RAFAEL 92
4 COCORNA -PIEDRITAS SAN RAFAEL 92
5 QUEBRADA GRANDE EL BOSQUE ALTO I.E SAN RAFAEL 92
6 BERLIN QUEBRADA GRANDE EL BOSQUE I.E SAN RAFAEL 92
7
ALTA FLOR-VOLCANES-QUREBRADA GRANDE -SEDE AMLIA
LOPEZ
92
8 CEILAN -SAN RAFAEL (PRIMARIA) 92
9 CEYLAN-SAN RAFEL (SECUNDARIA) 92
10 POTRERILLO I.E SAN RAFAEL 92
11 POTRERILLO-REMOLINOS-I.E SAN RAFAEL (SECUNDARIA) 92
12 VEREDA LA MINA I.E SAN RAFAEL 92
13 LAS VEGAS-SAN RAFAEL (PRIMARIA) 92
14 LAS VEGAS-SAN RAFAEL (SECUNDARIA) 92
15 BELLA VISTA FINCA DIEGO AGUIRRE I.E SAN RAFAEL 92
16
VOLCANES-BERLIN-QUEBRADA GRANDE SEDE AMALIA
LOPEZ
92
17 ALTO ROSARIO I.E PUERTO FRAZADAS 92
18 ALTA FLOR EL BOSQUE ALTO-I.E SAN RAFAEL 92
19 ALTO ROSARIO I.E LA MARIA (PRIMARIA) 92
20 EL DIAMANTE EL BRILLANTE -LA MARINA 92
21 EL BRASIL CASERIO LA CANCHA-LA MARINA 92
22 EL PICACHO LA MARINA 92
23 LA COLONIA-LA MARINA 92
24 LA COCA-LA MARINA 92
25 LA IBERIA ALTA -SEDE MARIA AUXILIADORA LA IBERIA 92
26 LA IBERIA ALTA Y BAJA 92
27 SAN LORENZO -DESDE EL AGUACATE -I.E LA MARINA 92
28 LA PUNTA MARAVELES-SAN LORENZO-LA MARINA 92
29 LA IBERIA ALTA DESDE MAS ARRIBA DEL PAE -LA MARINA 92
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30 LA IBERIA BAJA -LA MARINA 92
31 LA GRECIA EL VERGEL-EL CHUZO -LA MARINA 92
32 LA PORTADA -GUAQUITAS -SAN LORENZO LA MARINA 92
33 VEREDA EL RETIRO -LA MORALIA 92
34 SAN MARCOS LA MORALIA-I.E LA MORALIA 92
35 SAN AGUSTIN QUEBRADA LOS GALLOS -I.E LA MORALIA 92
36 GUAYABITO-LA ALEJANDRIA -I.E LA MORALIA 92
37 CHAMUSCADO-I.E JUAN MARIA CESPEDES I.E LA MORALIA 92
38 TIBOLI- NARANJAL -I.E LA MORALIA 92
39 LA ALEJANDRIA -I.E LA MORALIA 92
40 SANTA LUCIA -LA ESTRELLA -SAN JUAN DE BARRAGAN 92
41
VEREDA LA CASCADA -EL DANUBIO-LOS ALPES-SAN LUIS
SEDE SAN FRANCISCO
92
42 HACIENDA EL TOPACIO HAMBURGO-I.E SAN FRANCISCO 92
43
LAS MIRLAS FINCA LAS MARGARITAS VEREDA LA BOLSA-
VEREDA POTES -I.E SAN JUAN DE BARRAGAN
92
44
QUEBARADA TESORITO VIA MONTELORO-SAN FRANCISCO
SANTA LUCIA
92
45 LOS OSOS EL BOSQUE-SEDE PRESBITERO LAZARO SALAS 92
46 LA CABAÑA Y DE LOS OSOS-I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92
47 ALTO DE ITALIA-BENGALA -I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92
48
HACIENDA EL PENCIL-FINCA LA QUINTA -EL BEQUE I.E SAN
FRANCISCO
92
49 LA UNION -LA CHORRERA I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92
50 LA BOLSA-I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92
51 LA MARIELA FINCA SAN FERNANDO - SEDE SAN FRANCISCO 92
52 LA MANSION-SAN MARCOS-I.E MONTELORO 92
53 SAN MARCOS BAJO I.E MONTELORO 92
54 CHORROS-SANTA ELENA-PIEDRITAS -I.E MONTELORO 92
55 JICARAMATA-SAN ANTONIO- -I.E MONTELORO 92
56
LAS MIRLAS -FINCA LA PLATA SEDE EDUCATIVA SAN
FRANCISCO-I.E MONTELORO
92
57 LA GARZA - SAN MARCOS I.E MONTELORO 92
58 VEREDA JOSE ANTONIO GALAN I.E MONTELORO 92
59 LA MANSION-SAN MARCOS-I.E MONTELORO 92
60 SANTA ELENA-PIEDRITAS -I.E MONTELORO 92
61
VUELTA DE CANOAS I.E BERNARDA GONZALEZ DEL ALTO DEL
ROCIO
92
62 IRLANDA -I.E BERNARDA GONZALEZ ALTO DEL ROCIO 92
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63
TOCHECITO EL RECREO I.E BERNANRDA GONZALEZ DEL ALTO
DEL ROCIO
92
64
TOCHECITO EL RECREO I.E BERNANRDA GONZALEZ DEL ALTO
DEL ROCIO
92
65
ALTO MIRA EL TOPACIO -DEBAJO DE LA IRLANDA -I.E
BERNARDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO
92
66 EL SALTO BOCAS DE TULUA I.E JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92
67 LOS CAIMOS -I.E JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92
68 LA PALMERA -JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92
69 JOVITA SANTACOLOMA BUS 92
70 JOVITA SANTACOLOMA BUS 92
71 MATEGUADUA -GIMNASIO DEL PACIFICO 92
72
LA CRUZ-CIENEGUETA ALTA Y BAJA -GIMNACIO DEL
PACIFICO
92
TOTALES

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Licitaciones de Obra Pública del 10 al 16 de mayo del 2019
 

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  • 1. Página 1 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua SECRETARIA DE EDUCACION MUNICIPAL ALCALDÍA MUNICIPAL DE TULUÁ VALLE DEL CAUCA PLIEGOS DEFINITIVO DE CONDICIONES SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA NUMERO 310.20.3.70; DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 2.2.1.2.1.2.22. DEL DECRETO 1082 DE 2015 PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR A ESTUDIANTES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DE LA ZONA RURAL MONTAÑOSA DEL MUNICIPIO DE TULUA PARA LA VIGENCIA 2022 TULUÁ – MARZO DE 2022
  • 2. Página 2 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua CONVOCATORIA A VEEDURIAS CIUDADANAS: De conformidad con la Ley 850 de 2003, Articulo 66 de la Ley 80 de 1993, se convoca a todas las personas o veedurías ciudadanas, interesadas en realizar control social en la presente convocatoria pública; con tal fin pueden inscribirse como participantes en este proceso, en calidad de veedor, en la opción correspondiente. Las veedurías ciudadanas, establecidas de conformidad con la Ley, podrán desarrollar su actividad durante el proceso de convocatoria pública, la etapa contractual y post contractual, haciendo recomendaciones escritas, oportunas y respetuosas, ante el Municipio de Tuluá, teniendo por única finalidad el buscar la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los funcionarios de la Entidad que participan tanto en el proceso de Contratación, así como en la respectiva etapa de ejecución del contrato hasta su liquidación. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN: En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones de los términos de la presente invitación y el contrato que forma parte de la misma, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. En caso de que el Municipio de Tuluá, advierta hechos constitutivos de corrupción de parte un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta. Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar durante la ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato. En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción”, a través de: los números telefónicos: (1) 560-1095, (1) 565-7649, (1) 562-4128; vía fax al número telefónico: (1) 565-8671; la línea transparente del programa, a los números telefónicos: 018000-913-040 o (1) 560-7556; correo electrónico, en la dirección: webmaster@anticorrupción.gov.co; al sitio de denuncias del programa, en la página web: www.anticorrupción.gov.co; personalmente o por escrito a la dirección Carrera 8 No 7–27, Bogotá, DC.
  • 3. Página 3 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua CAPITULO I 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el pliego de condiciones y todos los documentos de la convocatoria, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que, además, se acoge a los dictados de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015. Todos los documentos de la convocatoria se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este pliego de condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, el Municipio de Tuluá no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente convocatoria, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones. 1.2 OBJETO. Prestar el servicio de transporte escolar a estudiantes de las instituciones educativas oficiales de la zona rural montañosa del Municipio de Tuluá para la vigencia 2022. 1.2.1 ALCANCE DEL OBJETO: De acuerdo a la información solicitada por parte de la secretaria de Educación Municipal de Tuluá y suministrada por los Rectores de las Instituciones Educativas focalizadas, se requiere la prestación del servicio de transporte escolar en 72 rutas que se plasman en la siguiente tabla: ITEM NOMBRE DE LAS RUTAS / RECORRIDO DIAS CALENDARIO ESCOLAR 1 PUERTO FRAZADAS I.E SAN RAFAEL 92 2 EL PORVENIR, PUERTO FRAZADAS I.E SAN RAFAEL 92
  • 4. Página 4 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 3 ALTO ROSARIO I.E SAN RAFAEL 92 4 COCORNA -PIEDRITAS SAN RAFAEL 92 5 QUEBRADA GRANDE EL BOSQUE ALTO I.E SAN RAFAEL 92 6 BERLIN QUEBRADA GRANDE EL BOSQUE I.E SAN RAFAEL 92 7 ALTA FLOR-VOLCANES-QUREBRADA GRANDE -SEDE AMLIA LOPEZ 92 8 CEILAN -SAN RAFAEL (PRIMARIA) 92 9 CEYLAN-SAN RAFEL (SECUNDARIA) 92 10 POTRERILLO I.E SAN RAFAEL 92 11 POTRERILLO-REMOLINOS- I. E SAN RAFAEL (SECUNDARIA) 92 12 VEREDA LA MINA I.E SAN RAFAEL 92 13 LAS VEGAS-SAN RAFAEL (PRIMARIA) 92 14 LAS VEGAS-SAN RAFAEL (SECUNDARIA) 92 15 BELLA VISTA FINCA DIEGO AGUIRRE I.E SAN RAFAEL 92 16 VOLCANES-BERLIN-QUEBRADA GRANDE SEDE AMALIA LOPEZ 92 17 ALTO ROSARIO I.E PUERTO FRAZADAS 92 18 ALTA FLOR EL BOSQUE ALTO-I. E SAN RAFAEL 92 19 ALTO ROSARIO I.E LA MARIA (PRIMARIA) 92 20 EL DIAMANTE EL BRILLANTE -LA MARINA 92 21 EL BRASIL CASERIO LA CANCHA-LA MARINA 92 22 EL PICACHO LA MARINA 92 23 LA COLONIA-LA MARINA 92 24 LA COCA-LA MARINA 92 25 LA IBERIA ALTA -SEDE MARIA AUXILIADORA LA IBERIA 92 26 LA IBERIA ALTA Y BAJA 92 27 SAN LORENZO -DESDE EL AGUACATE -I. E LA MARINA 92 28 LA PUNTA MARAVELES-SAN LORENZO-LA MARINA 92 29 LA IBERIA ALTA DESDE MAS ARRIBA DEL PAE -LA MARINA 92 30 LA IBERIA BAJA -LA MARINA 92 31 LA GRECIA EL VERGEL-EL CHUZO -LA MARINA 92 32 LA PORTADA -GUAQUITAS -SAN LORENZO LA MARINA 92 33 VEREDA EL RETIRO -LA MORALIA 92 34 SAN MARCOS LA MORALIA-I. E LA MORALIA 92 35 SAN AGUSTIN QUEBRADA LOS GALLOS -I. E LA MORALIA 92 36 GUAYABITO-LA ALEJANDRIA -I. E LA MORALIA 92 37 CHAMUSCADO-I. E JUAN MARIA CESPEDES I.E LA MORALIA 92 38 TIBOLI- NARANJAL -I. E LA MORALIA 92
  • 5. Página 5 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 39 LA ALEJANDRIA -I. E LA MORALIA 92 40 SANTA LUCIA -LA ESTRELLA -SAN JUAN DE BARRAGAN 92 41 VEREDA LA CASCADA -EL DANUBIO-LOS ALPES-SAN LUIS SEDE SAN FRANCISCO 92 42 HACIENDA EL TOPACIO HAMBURGO-I.E SAN FRANCISCO 92 43 LAS MIRLAS FINCA LAS MARGARITAS VEREDA LA BOLSA- VEREDA POTES -I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 44 QUEBARADA TESORITO VIA MONTELORO-SAN FRANCISCO SANTA LUCIA 92 45 LOS OSOS EL BOSQUE-SEDE PRESBITERO LAZARO SALAS 92 46 LA CABAÑA Y DE LOS OSOS-I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 47 ALTO DE ITALIA-BENGALA -I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 48 HACIENDA EL PENCIL-FINCA LA QUINTA -EL BEQUE I.E SAN FRANCISCO 92 49 LA UNION -LA CHORRERA I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 50 LA BOLSA-I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 51 LA MARIELA FINCA SAN FERNANDO - SEDE SAN FRANCISCO 92 52 LA MANSION-SAN MARCOS-I.E MONTELORO 92 53 SAN MARCOS BAJO I.E MONTELORO 92 54 CHORROS-SANTA ELENA-PIEDRITAS -I.E MONTELORO 92 55 JICARAMATA-SAN ANTONIO- -I.E MONTELORO 92 56 LAS MIRLAS -FINCA LA PLATA SEDE EDUCATIVA SAN FRANCISCO-I.E MONTELORO 92 57 LA GARZA - SAN MARCOS I.E MONTELORO 92 58 VEREDA JOSE ANTONIO GALAN I.E MONTELORO 92 59 LA MANSION-SAN MARCOS-I.E MONTELORO 92 60 SANTA ELENA-PIEDRITAS -I.E MONTELORO 92 61 VUELTA DE CANOAS I.E BERNARDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO 92 62 IRLANDA -I.E BERNARDA GONZALEZ ALTO DEL ROCIO 92 63 TOCHECITO EL RECREO I.E BERNANRDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO 92 64 TOCHECITO EL RECREO I.E BERNANRDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO 92 65 ALTO MIRA EL TOPACIO -DEBAJO DE LA IRLANDA -I.E BERNARDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO 92 66 EL SALTO BOCAS DE TULUA I.E JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92 67 LOS CAIMOS -I.E JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92 68 LA PALMERA -JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92
  • 6. Página 6 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 69 JOVITA SANTACOLOMA BUS 92 70 JOVITA SANTACOLOMA BUS 92 71 MATEGUADUA -GIMNASIO DEL PACIFICO 92 72 LA CRUZ-CIENEGUETA ALTA Y BAJA -GIMNACIO DEL PACIFICO 92 1.3 ACTIVIDADES Actividades Entregables: Evidencias: 1. Prestar el servicio de rutas de transporte escolar de la zona plana (Jovita Santacoloma, Tres Esquinas, y Gimnasio del Pacifico) y de la alta montaña del Municipio de Tuluá. 72 rutas debidamente ejecutadas mes a mes en los términos y horarios establecidos. Disponibilidad Permanente de conductor y vehículo para las 70 rutas. • Documentación legal en medio físico de los vehículos y de los conductores asignados (verificados en el SIMIT y el RUNT). • Certificación de cumplimiento del servicio prestado mensualmente, expedida por el Rector de cada una de las Instituciones Educativas focalizadas. 2. La empresa asignará a un coordinador de campo que presentará un cronograma mensual de visitas de campo realizado a cada una de las Instituciones Educativas verificando la prestación del servicio. • Un (1) coordinador. • Cronograma de visitas. • Fotografías en medio magnético. 3. Realizar 2 inspecciones (técnico/mecánicas) preventivas mensuales por parte del coordinador de campo a cada uno de los 70 vehículos asignados para la prestación del servicio de transporte escolar en la zona rural, reportando en un informe mensual el estado de los mismos. • 72 vehículos con sus respectivas inspecciones preventivas. • Reporte mensual con el informe del estado de los vehículos. • Fotografías en medio magnético. 4. Realizar verificaciones de la vigencia de toda la documentación legal (Licencias de conducción, SOAT, revisión tecno/mecánica y pólizas de responsabilidad civil) a los 70 vehículos asignados para prestar el servicio de transporte escolar en la zona rural con una periodicidad no mayor a un (1) mes. • 72 vehículos que cuenten con la documentación legal vigente. • Reporte mensual con el informe del estado de los documentos.
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  • 8. Página 8 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 7. Cumplir o exigir con los aportes parafiscales y demás compromisos de seguridad social con el Personal contratado por el operador para la ejecución del contrato de transporte. 8. No transportar personas particulares ni carga, ni remesas, en la ejecución de las rutas escolares. 9. Transportar los niños ubicados de forma que no afecte su integridad y con el límite de cupo permitido para cada vehículo. 10.Tomar las medidas de bioseguridad necesarias y acatar los protocolos emitidos por el Gobierno Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Educación Nacional, así como las demás directrices adoptadas por las diferentes autoridades competentes en la materia, con el fin de prevenir el contagio y propagación del Coronavirus COVID-19 en función de las actividades que realice como contratista. 1.4.2 DEL MUNICIPIO: Son deberes del MUNICIPIO además de las contenidas en el artículo 4º de la Ley 80 de 1993 las siguientes: 1. Pagar oportunamente la remuneración pactada. 2. Verificar mediante un supervisor el cumplimiento del objeto a del contrato 3. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del contratista. 1.4.3 DEL SUPERVISOR: En el ejercicio de las funciones como supervisor debe cumplir con las obligaciones contenidas en los artículos 51 y 53 de la Ley 80 de 1993, modificado por los artículos 82, 83 y 84 de la Ley 1474 del 2011, el supervisor debe ejercer un control integral, jurídico, técnico, administrativo, financiero, sobre el contrato para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al Contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las funciones referidas anteriormente, tendrá las siguientes: 1. Elaborar la certificación de cumplimiento y/o recibo a satisfacción del objeto contractual, con el fin de proceder al pago correspondiente. 2. Verificar el cumplimiento de cronogramas establecidos para el cumplimiento de las actividades.
  • 9. Página 9 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 3. Verificar al momento de certificar el cumplimiento del objeto contractual, el cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones con los sistemas de salud y pensión, y los pagos de parafiscales en caso de ser procedente. 4. Impulsar el trámite del pago a favor del contratista en los términos establecidos para tales efectos. 5. Informar oportunamente sobre cualquier irregularidad o incumplimiento que se presente en la ejecución del contrato. 6. Solicitar oportunamente las adiciones o modificaciones al contrato cuando sea procedente. 7. Suministrar a la persona encargada de contratación los documentos requeridos para el trámite del pago, debidamente revisados y entregarlos en físicos y escaneados. 8. Publicar los informes de seguimiento en el SECOP de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015. 1.5 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE. Son aplicables los principios de la Constitución Política, el Estatuto General de la Contratación Pública – Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015 y demás Decretos Reglamentarios y normas que rigen la materia. De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 2.2.1.2.1.2.22 del Decreto 1082 de 2015 Contratación cuyo proceso de licitación pública haya sido declarado desierto. La Entidad Estatal que haya declarado desierta una licitación puede adelantar el Proceso de Contratación correspondiente aplicando las normas del proceso de selección abreviada de menor cuantía, para lo cual debe prescindir de: a) recibir manifestaciones de interés, y b) realizar el sorteo de oferentes. En este caso, la Entidad Estatal debe expedir el acto de apertura del Proceso de Contratación dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la declaratoria de desierta. 1.6 PRESUPUESTO. El presupuesto oficial previsto para el presente proceso es de Mil Quinientos Veintiún Millones Doscientos Treinta Y Un Mil Novecientos Treinta Y Seis pesos Mcte ($1.521.231.936), amparado con el certificado de disponibilidad presupuestal numero 793 del 15 de febrero de 2022. Valor que será cancelado en pagos mensuales de acuerdo con la facturación presentada por la empresa contratista, previa entrega de los respectivos informes y visto bueno por parte del Interventor.
  • 10. Página 10 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 1.7 VIGENCIA. El contrato resultante de la presente selección abreviada de menor cuantía está limitado a 92 días del calendario escolar contados desde la firma del Acta de Inicio, dejando claridad que el periodo del calendario escolar es de 180 días, por lo tanto de ser requerido se adicionarán los días faltantes para atender hasta el último día de clases del periodo escolar 2022 que finaliza el 26 de noviembre de 2022, así mismo y de acuerdo con la evolución de la pandemia COVID 19, y los posibles confinamientos que se puedan presentar y que den como resultado clases virtuales, en ese sentido se procederá a disminuir los días y el valor del contrato de ser necesario 1.8 VEEDURIA CIUDADANA. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, y el cronograma fijado en el presente documento, LA ENTIDAD convoca las Veedurías Ciudadanas para que ejerzan el control social en las etapas precontractuales, contractuales y post-contractuales del presente proceso contractual. 1.9 DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA 1.9.1 CONVOCATORIA. Como principio que rige este proceso se convoca a las personas naturales o jurídicas individualmente o en Consorcio o en Unión Temporal, que su objeto social le permita desarrollar el objeto del contrato, para participar en el presente proceso que se publica en la página transicional del SECOP II (Colombia compra eficiente). 1.9.2 PUBLICIDAD DEL PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES. El Pliego definitivo de condiciones se publicará únicamente por la página transicional del Portal Único de Contratación, www.colombiacompra.gov.co, SECOP II. 1.9.3 Las observaciones al proyecto de pliegos se recibirán hasta la fecha señalada en el cronograma de la página transicional del Portal Único de Contratación, www.colombiacompra.gov.co, SECOP II y para que sean consideradas dentro del proceso, debe dirigirse por escrito a la misma, igualmente que las consultas y sus respuestas. CAPITULO II 2. DOCUMENTOS 2.1 DOCUMENTOS DE LA PRESENTE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA
  • 11. Página 11 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 2.1.1 Estudios y documentos previos 2.1.2 Convocatoria pública 2.1.3 Proyecto de pliegos de condiciones 2.1.4 Resolución de Apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía 2.1.5 Certificado de Disponibilidad Presupuestal 2.1.6 Pliego de Condiciones Definitivos 2.1.7 print de apertura y recibo de propuestas. 2.1.8 Adendas. 2.1.9 Print de Cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía 2.1.10 Evaluaciones Jurídica – Financiera – Técnica – Administrativa – Operacional. 2.1.11 Resolución de Adjudicación o Resolución de Declaratoria Desierta 2.1.12 Propuestas. CAPITULO III 1. CONTENIDO DE LA PROPUESTA 3.1 PRESENTACION DE LA PROPUESTAS. Todas las propuestas deberán presentarse en la siguiente forma: 3.1.1 Idioma de la Propuesta. La propuesta, correspondencia y todos los documentos de apoyo y el material impreso proporcionado por el proponente junto con su propuesta deben estar en idioma castellano. 3.1.2 Presentación y entrega de Propuestas. La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana sobre los temas objeto del proceso de Selección y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el Pliego de Condiciones. Las propuestas para el presente proceso de Selección Abreviada Menor Cuantía No. 310.20.3.70, deberán ser publicadas en la página transicional del Portal Único de Contratación, www.colombiacompra.gov.co SECOP II La Entidad para la presentación y entrega de las propuestas tendrá en cuenta lo estipulado en el Decreto 1082 de 2015. De las personas inhabilitadas por razón de la presentación de otras ofertas, para efectos de establecer cuándo el oferente es inhábil en virtud de los ordinales g) y h) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993, porque con anterioridad se presentó formalmente otra propuesta por las personas a que hacen referencia dichos ordinales”. 3.1.3. Apertura de propuestas: Las propuestas serán abiertas el día y hora fijado en el cronograma en la página transicional del Portal Único de Contratación, www.colombiacompra.gov.co, SECOP II.
  • 12. Página 12 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 3.1.4. Entrega oportuna: Las propuestas deben ser publicas en la página transicional del Portal Único de Contratación, www.colombiacompra.gov.co, SECOP II; la Secretaría de Educación Municipal no será responsable de las propuestas no publicadas dentro del plazo estipulado para ello. 3.1.5. Presentación de Propuestas: Las propuestas deberán ser presentadas, a máquina o computador, deberán ir acompañadas de la documentación requerida para presentar la misma y demás información que los proponentes estimaren necesaria para mayor claridad, en todo caso los documentos deberán estar publicados en la página transicional del Portal Único de Contratación, www.colombiacompra.gov.co, SECOP II 3.1.6. El impuesto al valor agregado IVA: Deberá ser detallado en el precio de las propuestas, si aplica, Si el proponente llegare a omitir la presentación del IVA por separado de los precios básicos, EL MUNICIPIO DE TULUÁ – SECRETARÍA DE EDUCACION MUNICIPAL descartará esta propuesta. 3.1.7 Los valores ofertados y soportados: Los Proponentes que se presenten para esta Selección Abreviada de Menor Cuantía deberán indicar los valores en pesos colombianos. En caso de presentarse un proponente de origen extranjero deberá tomar el valor TRM para el dólar americano vigente para la fecha del cierre del proceso y el valor expresado deberá indicarse en pesos colombianos. 3.2. REQUISITOS HABILITANTES. Para ser elegibles dentro de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, deberán cumplir al momento de la presentación de su propuesta los siguientes requisitos: 1. Carta de presentación de la propuesta, firmada por el proponente. (Anexo No.2). 2. Certificado de existencia y representación legal o del registro mercantil o documento similar según sea el caso, en donde conste que realizan actividades iguales o similares a las del objeto de esta Selección Abreviada de Menor Cuantía, dicho documento deberá ser expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio social o la Entidad Certificante, con no más de treinta (30) días calendario de anticipación a la fecha de presentación de la propuesta. 3. Certificado del Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio con no más de treinta (30) días calendario de anticipación a la fecha de presentación de la propuesta. Nota: La inscripción del Proponente debe encontrarse firme y vigente para el momento del cierre del proceso.
  • 13. Página 13 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 4. Acreditar que se trata de una sociedad con un término mínimo permanente de duración o vigencia del equivalente al plazo total del presente contrato y uno (1) año más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente selección. 5. Cuando el representante legal tenga limitaciones estatutarias, se deberá presentar copia del acta de reunión del órgano competente en la que conste la decisión que autorice la presentación de la propuesta, la suscripción del contrato, y la actuación del representante en los demás actos requeridos para la contratación en el caso de resultar adjudicatario adoptada por el órgano social correspondiente, y autenticada por el funcionario competente de la Sociedad. 6. Poder debidamente firmado cuando se presente a través de apoderado (si aplica). 7. Documento del consorcio o unión temporal (si aplica). 8. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal. 9. Registro Único Tributario (RUT) del proponente, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales de Colombia DIAN. actualizado 10. Certificación de pago de los aportes de sus empleados, de conformidad con el párrafo 2, artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el Proponente deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, cuando a ello haya lugar. Para el efecto, deberá aportarse con la propuesta certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista, de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el Representante Legal, la cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. El anterior requisito deberá aportarse con la propuesta, so pena de no ser tenido en cuenta para el proceso de selección. Esta exigencia igualmente aplica para cada uno de los miembros del Consorcio, Unión Temporal u otra forma asociativa que se presente. Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones. Si tiene trabajadores a su servicio deberá acreditar, además, el pago de aportes a la seguridad social de éstos, así como de los parafiscales antes señalados. 11. El Proponente deberá constituir a su costa y presentar con su propuesta una garantía de ofrecimiento expedida por una Compañía de Seguros legalmente constituidos en Colombia, por un valor igual al diez por ciento (10%) del valor del Presupuesto Oficial, y con una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha fijada para el cierre de la Selección Abreviada de Menor Cuantía. La garantía deberá ser otorgada incondicionalmente a favor del Municipio. 12. Fotocopia de la libreta militar (si aplica)
  • 14. Página 14 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 13. Certificación firmada por el proponente bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o incompatibilidades para contratar. 14. Declaración de origen de fondos: El oferente y/o los miembros de la unión temporal deberán presentar de manera individual una declaración expresa y voluntaria en forma escrita, informando que actúa en su propio nombre y/o de la persona jurídica o propuesta conjunta que representa, incluyendo las siguientes manifestaciones: • Constancia de que el capital y el patrimonio que empleara, invertirá o utilizará en la ejecución del contrato, en caso de serle adjudicado, no proviene de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma concordante que lo complemente, modifique o adicione. • El compromiso de que no admitirá que terceros efectúen depósitos a sus cuentas como contratistas del estado, con fondos provenientes de actividades ilícitas, contempladas en el Código Penal Colombiano, o cualquier norma concordante que lo complemente, lo modifique o adicione. • Que, durante la ejecución del contrato, en caso de serle adjudicado, no efectuará transacciones destinadas a actividades ilícitas a favor de personas relacionadas en las mismas. 15. Por cada vehículo (72) se debe anexar La siguiente documentación: • Copia de la tarjeta de propiedad del vehículo. • Copia del Seguro obligatorio vigente. • Copia de la Revisión técnico mecánica vigente. • Copia póliza responsabilidad civil extracontractual vigente. • Copia licencia del conductor. • Copia de la cedula de ciudadanía del conductor • Tarjeta de Operación 16. Presentar el documento legal donde conste la habilitación de la empresa legalmente constituida e interesada en prestar el servicio de transporte en las modalidades de: Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial y/o Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Mixto o Colectivo Municipal legalmente constituidas y habilitadas 17. Presentar la documentación legal en donde conste que los vehículos a utilizarse son de propiedad de la empresa y/o se encuentran vinculados a la misma. 3.3 CAPACIDAD JURÍDICA. Podrán participar del presente proceso, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de naturaleza pública o privada, que se encuentren constituidas con anterioridad al cierre de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía, en cuyo objeto social principal cuenten con la capacidad jurídica requerida para la ejecución del contrato que se somete a selección.
  • 15. Página 15 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua Los grupos de proponentes (o proponentes plurales) conformados por personas naturales o jurídicas, que cumplan con las exigencias de la Ley, y que se asocien bajo Consorcio, Unión Temporal de las que habla el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública. El proponente que desee contratar debe conocer el pliego de condiciones y además deberá cumplir con todos los otros requisitos señalados. El Proponente declarará en la carta de presentación que no se encuentra dentro de las inhabilidades e incompatibilidades para contratar previstas en la Constitución Política y en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, respecto de las inhabilidades e incompatibilidades sobrevivientes y de las excepciones a las mismas, se sujetarán a las reglas establecidas en los artículos 9 y 10 de la Ley 80 de 1993. El Proponente deberá elaborar la propuesta de acuerdo con lo establecido en este pliego de condiciones y anexar la documentación exigida 3.4 ACREDITACIÓN DE CAPACIDAD JURÍDICA. Para presentarse como proponente de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía, los participantes deberán adjuntar los documentos que se requieren para cada caso, según la naturaleza y condiciones del participante; a continuación, relacionados: • Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de naturaleza pública o privada, que se encuentren constituidas con anterioridad al cierre de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía, en cuyo objeto social principal cuenten con la capacidad jurídica requerida para la ejecución del contrato que se somete a selección; y Los grupos de proponentes (o proponentes plurales) conformados por personas naturales o jurídicas, que cumplan con las exigencias de la ley, y que se asocien bajo consorcio, unión temporal de las que habla el estatuto general de la contratación de la administración pública. • La verificación de las condiciones de los proponentes, se realizará de conformidad con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 19 de 2012, que contempla que todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal. • En consecuencia, para efectos del presente proceso, los proponentes deberán anexar a su propuesta el documento correspondiente expedido por la cámara de comercio de su jurisdicción, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días de antelación a la fecha del cierre del proceso, en el cual para efectos del Decreto 1082 de 2015, deberá constar en su inscripción y clasificación.
  • 16. Página 16 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua • Siempre que se trate de documentos expedidos en el exterior, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización, consularización y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior, y que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en los artículos 251 del Código General de Procesos. El cumplimiento de estos requisitos de ley en documentos originales para acreditación de la aptitud legal de personas jurídicas extranjeras, podrá acreditarse en cualquier momento hasta el último día hábil de la presentación de la oferta. • No se recibirán propuestas fuera de la hora y fecha estipulada en el pliego de condiciones, para el cierre del presente proceso; de acuerdo a la Ley 1150 de 2007, el proponente podrá subsanar los documentos que no presente en la fecha y hora antes fijada. De igual forma y de acuerdo a la misma Ley el Municipio de Tuluá fijara el plazo para que el (los) proponentes alleguen dichos documentos. 3.4. Experiencia: Mediante la verificación del Registro Único de Proponentes, el oferente deberá certificar experiencia cuya sumatoria sea igual o mayor al presupuesto oficial, equivalente a 1.521 SMMLV. Los contratos acreditados con el RUP deberán cumplir con el siguiente código de la UNSPSC: ÍTEM: CLASIFICACIÓN UNSPSC PRODUCTO 1 78111800 TRANSPORTE DE PASAJEROS POR CARRETERA Para los proponentes plurales la experiencia será medida por la suma de la experiencia de cada uno de losmiembros, en todo caso, uno de los miembros deberá acreditar el 50% de la experiencia. Para la verificación de la experiencia el proponente deberá indicar los contratos en el Registro Único deProponentes, con corte al 31 de diciembre de 2020. 3.5. Capacidad Financiera. De acuerdo al artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, el Municipio de Tuluá solicitará a los proponentes el certificado del Registro Único de Proponentes con corte al 31 de diciembre de 2020 si ya se ha realizado; y deberá estar en firme al momento de presentar la propuesta, por lo tanto, se solicitarán los siguientes Indicadores financieros: • Índice de Liquidez: Mayor o igual a 2,12 • Índice de Endeudamiento: Menor o igual al 0,53 • Razón de Cobertura de interés: Mayor o igual a 10,52 o indeterminado. En caso de Consorcio o Unión Temporal, la capacidad financiera se calculará de acuerdo al método 1. Ponderación de los componentes de los indicadores, según el Manual de Requisitos Habilitantes publicada por el SECOP.
  • 17. Página 17 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua Para la verificación de los indicadores financieros y organizacionales el municipio de Tuluá debe aplicar lo establecido en el parágrafo transitorio del artículo 3 del Decreto 579 del 31 de mayo de 2021; el cual reza: …"PARÁGRAFO TRANSITORIO: De conformidad con los parágrafos transitorios de los artículos 2.2.1.1.1.5.2. y 2.2.1.1.1.5.6., y en desarrollo del deber de análisis de las Entidades Estatales, de que trata el artículo 2.2.1.1.1.6.1. de este Decreto, a partir del 1 de julio de 2021 las Entidades Estatales establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional teniendo en cuenta la información que conste en el Registro Único de Proponentes. En todo caso, se establecerán indicadores proporcionales al procedimiento de contratación. Para ello, atendiendo a las condiciones aludidas, en relación con los indicadores de la capacidad financiera y organizacional, de los procesos de selección cuyo acto administrativo de apertura o invitación se publique a partir del 1 de julio de 2021, se tendrá en cuenta la información vigente y en firme en el RUP, por lo que las Entidades Estatales 3.6. Capacidad Organizacional. El Proponente debe cumplir con los siguientes requisitos con base en la información contenida en el RUP, 31 de diciembre de 2020 si ya se ha realizado, y deberá estar en firme a la fecha de presentación de las propuestas, de conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.5.3 Decreto 1082 de 2015. • Rentabilidad del Patrimonio Mayor o igual a 0.01 • Rentabilidad del Activo será Mayor o igual a 0.01 El cual será verificado a través del certificado de inscripción, clasificación y calificación en el registro único de proponentes con corte al 31 de diciembre de 2019 o renovación 2020 si ya se ha realizado; y deberá estar en firme al momento de presentar la propuesta. En caso de Consorcio o Unión Temporal, la capacidad organizacional se calculará de acuerdo de acuerdo al método 1. Ponderación de los componentes de los indicadores, según el Manual de Requisitos Habilitantes publicada por el SECOP. Para la verificación de los indicadores financieros y organizacionales el municipio de Tuluá debe aplicar lo establecido en el parágrafo transitorio del artículo 3 del Decreto 579 del 31 de mayo de 2021; el cual reza: …"PARÁGRAFO TRANSITORIO: De conformidad con los parágrafos transitorios de los artículos 2.2.1.1.1.5.2. y 2.2.1.1.1.5.6., y en desarrollo del deber de análisis de las Entidades Estatales, de que trata el artículo 2.2.1.1.1.6.1. de este Decreto, a partir del 1 de julio de 2021 las Entidades Estatales establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional teniendo en cuenta la información que conste en el Registro Único de Proponentes. En todo caso, se establecerán indicadores proporcionales al procedimiento de contratación. Para ello, atendiendo a las condiciones aludidas, en relación con los indicadores de la capacidad financiera y organizacional, de los procesos de
  • 18. Página 18 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua selección cuyo acto administrativo de apertura o invitación se publique a partir del 1 de julio de 2021, se tendrá en cuenta la información vigente y en firme en el RUP, por lo que las Entidades Estatales 3.3. Número Mínimo de Participantes. El número mínimo de participantes hábiles para no declarar desierto el presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía es de uno (1); se entiende por participante hábil quien no este incurso en las causales de inhabilidades e incompatibilidades contemplados en el Art. 8 de la Ley 80 de 1993. 3.4 DE LOS RIESGOS PREVISIBLES EN EL CONTRATO ESTATAL En la ejecución del contrato producto del presente proceso licitatorio, pueden llegar a presentarse causas previsibles que afectan la carga económica o financiera de las partes, las que en virtud del artículo 4 de la ley 1150 de 2007 deben ser reconocidas y asumidas con el objeto de salvaguardar la adecuada ejecución del contrato y la finalidad de las partes en la contratación. Para efectos de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía y ejecución de su contrato, se efectúan las siguientes definiciones: ▪ RIESGO PREVISIBLE. Son los posibles eventos, hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de las actividades a ejecutar es factible su ocurrencia, por tratarse de riesgos normales que razonablemente se deben considerar al momento de proponer, celebrar el contrato y ejecutarlo, surgiendo así la obligación de asumirlo. ▪ TIPIFICACIÓN DEL RIESGO. Es la materialización o manifestación que se hace en El pliego de Condiciones, de aquellos eventos, hechos o circunstancias previsibles de ocurrencia. ▪ ESTIMACIÓN DEL RIESGO. Es la valoración en términos monetarios o porcentuales respecto del valor del contrato, que se hace del riesgo previsible. ▪ ASIGNACIÓN DEL RIESGO. Es el señalamiento que se hace de la parte contractual que debe asumir el riesgo. ▪ RIESGO IMPREVISIBLE. Son aquellos eventos, hechos o circunstancias donde no es factible su previsión; es decir, no se visualiza su ocurrencia. Estos riesgos deberán estar considerados como costo del contrato en el ítem de gastos contingentes o imprevistos. ▪ ESTIMACIÓN DE LOS RIESGOS. La estimación de los riesgos está contemplada en los estudios previos para la presente l Selección Abreviada de Menor Cuantía. ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS. Los riesgos tipificados en el pliego de condiciones se asignarán al contratista, con excepción de los siguientes: ▪ A CARGO DEL MUNICIPIO: • Orden público • Retraso en los pagos por parte de la Alcaldía de Tuluá
  • 19. Página 19 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua • Modificación de los aportes sociales por ministerio de la Ley • Modificación de horarios laborales por ministerio de la Ley ▪ A CARGO DEL CONTRATISTA: • Que no se realicen las actualizaciones de la documentación legal tanto de los vehículos como de los conductores • Retrasos en la ejecución de las rutas causados por averías mecánicas de los vehículos • No tener los vehículos en buenas condiciones mecánicas • Suspensión del servicio por posibles paros, vacaciones, etc., así como también por cambios en las disposiciones emanadas de las diferentes autoridades competentes frente al manejo de la pandemia derivada del virus COVID-19. Finalmente, en el presente estudio no se pueden identificar los riesgos que puedan generar el comportamiento del mercado derivados de paros, las restricciones arancelarias y barreras técnicas, el desarrollo del postconflicto, cambios climáticos pronunciados y la actividad electoral los cuales pueden afectar la prestación del servicio. CAPITULO IV 4.- EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO De acuerdo a lo estipulado en el Articulo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, respecto del ofrecimiento más favorable, la Entidad Estatal debe determinarla teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista. En la selección de propuestas para la adjudicación de la presente Selección Abreviada de Menor Cuantía, se aplicará lo dispuesto por las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y Decretos reglamentarios, realizando el estudio jurídico, económico y técnico, necesarios para la evaluación de las propuestas, atendiendo a los tiempos establecidos en el cronograma. El Municipio procederá a realizar el estudio y evaluación de las ofertas, de acuerdo con los criterios de selección que se exponen a continuación: • Comité Evaluador: Las Propuestas serán evaluadas por un Comité designado para tal efecto, el cual verificará la documentación presentada en las ofertas y conceptuará sobre posibles inexactitudes o errores, no aceptará ningún tipo de enmendadura en el cuadro de la propuesta, que no venga claramente refrendada con la firma del proponente, si esto ocurre la oferta será automáticamente rechazada. 4.1 FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. El Municipio de Tuluá – Valle para la evaluación de las ofertas tendrá en cuenta la más favorable a sus
  • 20. Página 20 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua intereses, siempre y cuando, la oferta se encuentre ajustada a estos pliegos de condiciones y resulte coherente con la consulta de precios o condiciones del estudio del sector. Las propuestas serán verificadas en lo concerniente a la capacidad jurídica, financiera y experiencia y organización, aspectos que no serán objeto de puntaje alguno por parte del comité evaluador y calificador. La evaluación se aplicará únicamente a las ofertas que cumplan con los requisitos legales, financieros, de experiencia y organización, que no sean objeto de ponderación, las que no cumplan estos requisitos, serán declarados NO HABILITADOS. 4.2 CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS. El Municipio de Tuluá – Valle revisará las propuestas HABILITADAS y verificará que estas cumplan los siguientes requisitos: FACTOR DE EVALUACIÓN PUNTOS Evaluación Económica 200 Evaluación Técnica 800 TOTAL 1.000 El valor total de las propuestas no podrá exceder el del presupuesto oficial establecido para este proceso licitatorio, de lo contrario, la propuesta será rechazada. 4.2.1 EVALUACIÓN ECONÓMICA (200 PUNTOS): El MUNICIPIO DE TULUÁ, asignará un puntaje máximo de doscientos (200) puntos a la propuesta que, dentro de los parámetros anteriores, ofrezca el precio más bajo, pero con sujeción al pliego de condiciones. A las demás se les asignará un puntaje en forma proporcional y decreciente, de acuerdo a la siguiente formula. FORMULA: (oferta más favorable * 200) / oferta a evaluar = puntaje obtenido El proponente deberá especificar el valor de la propuesta presentada, de acuerdo al Anexo No. 3, de no presentarlo así la propuesta no se calificará. 4.2.2 EVALUACIÓN TÉCNICA (800 PUNTOS): ITEM PUNTOS Estructura Administrativa 150 Recursos Humanos 150
  • 21. Página 21 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua Recursos Físicos 200 Experiencia Relacionada 200 Apoyo a la Industria 100 4.2.2.1 ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA (150 PUNTOS): El oferente deberá presentar organigrama, donde se visualice la siguiente estructura administrativa: ACTIVIDAD PUNTOS Área contable y financiera 30 Área administrativa y de talento humano 50 Sede o Sucursal en el Municipio de Tuluá 70 Para la verificación de los puntos el proponente deberá anexar carta juramentada en la cual se relaciona los nombres de los empleados que conforman cada área. Para acreditar la sede en la ciudad de Tuluá, deberá anexar el documento de verificación de la oficina, para lo cual se requiere la respectiva cámara de comercio donde se refleje el domicilio en la ciudad de Tuluá. 4.2.2.2 RECURSOS HUMANOS (150 Puntos): El oferente debe demostrar que cuenta con los recursos humanos (conductores) para prestar el servicio; obtendrá el máximo puntaje de 150 puntos, de acuerdo al siguiente cuadro: CANTIDAD DE PERSONAL PUNTOS >= de 70 Personas 150 puntos De 69 a 65 Personas 100 puntos < 65 Personas No dará puntaje Para la verificación de los puntos el proponente deberá anexar carta juramentada en la cual se relaciona los nombres de los conductores con se respectivo número de cedula. 4.2.2.3 RECURSOS FÍSICOS (200 Puntos): El oferente debe demostrar que cuenta con los vehículos (72) y la disponibilidad de los mismos para prestar el servicio; obtendrá el máximo puntaje de 200 puntos. Para la verificación de los puntos el proponente deberá anexar carta juramentada en la cual se relaciona los vehículos con el respectivo seguro obligatorio del vehículo.
  • 22. Página 22 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 4.2.2.4 EXPERIENCIA RELACIONADA: (200) El oferente que demuestre que cuenta con la experiencia relacionada en transporte escolar específicamente en la zona rural de más de cinco (5) años, obtendrá el máximo puntaje de 200 puntos. 4.2.2.5 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 puntos): El Municipio de Tuluá, otorgará puntaje para aquellos proponentes que cumplan con las disposiciones a continuación referenciadas: ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS PUNTOS Bienes y/o servicios nacionales 100 Bienes y/o servicios nacionales y extranjeros 50 Bienes y/o servicios extranjeros 30 Para el otorgamiento del puntaje para este criterio, el proponente deberá indicar lo requerido en documento adjunto a la carta de presentación o en cualquier otro acápite de su propuesta y referenciado en la tabla de contenido de la propuesta. 4.3 CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO DE EVALUACIÓN. La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y las recomendaciones para la adjudicación del contrato no podrán ser reveladas a los contratantes ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que EL COMITÉ TÉCNICO EVALUADOR comunique a los proponentes que el informe de evaluación de las propuestas se encuentra a disposición de los proponentes en la página transaccional www.colombiacompra.gov.co, SECOP II, para que presenten las observaciones correspondientes. Todo intento de un oferente para influir en el procesamiento de las ofertas o en la decisión sobre la evaluación por parte del contratante dará lugar al rechazo de la oferta. 4.4 PONDERACION DE LAS PROPUESTAS. La ponderación de los factores de calificación de las propuestas se aplicará a las no descartadas, es decir, a las propuestas habilitadas. NOTA: El estudio jurídico se hará sobre los documentos de la propuesta. 4.5 CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá realizará el proceso de desempate de acuerdo con lo estipulado en el artículo 35 de la ley 2069 de 2020.
  • 23. Página 23 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 4.6 ADJUDICACIÓN. Para adjudicar el presente contrato, un oferente deberá tener la mayor puntuación en la ponderación matemática. Se escogerá la propuesta que obtenga el mayor puntaje. 4.7 ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS. Se eliminarán sin que haya lugar a su evaluación, las propuestas en cualquiera de los siguientes casos: • Cuando el proponente no cumpla con alguna de las calidades de participación, establecidos en el pliego de condiciones. • Cuando no se cumpla con alguna de las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones. • Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente, se eliminarán todas en las que aparezca el mismo proponente. Así mismo cuando una misma persona natural o jurídica, se haya inscrito más de una vez, presentándose individualmente y a través de una forma asociativa para el mismo proceso. • Por la omisión de información por parte del proponente que sea necesaria para la comparación de su propuesta. • Cuando no se allegue la presentación de los documentos subsanables requeridos por parte del oferente, dentro del plazo otorgado por la Administración Municipal. • Cuando el plazo ofrecido para la ejecución del contrato, supere el establecido en el Pliego de condiciones. • Entrega extemporánea. • Desviaciones o discrepancias apreciables a juicio del Comité de Evaluación con respecto de lo establecido en el presente Pliego de Condiciones. • No cotizar el formulario completo. • Cuando el proponente haya tratado de interferir, influir o informarse indebidamente en el análisis de las propuestas. • Cuando se compruebe confabulación entre algunos de los proponentes. 4.8 DECLARACION DE DESIERTA. El Municipio de Tuluá, podrá declarar en cualquier momento desierto el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993. 4.9 SUSCRIPCIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO. Después de la emisión, suscripción y publicación del Acto Administrativo de adjudicación del contrato, el proponente favorecido o su representante legal, deberá presentarse a suscribir el contrato respectivo. Si el adjudicatario no suscribe el contrato adjudicado dentro de los tres (3) días siguientes, quedará a favor del Municipio de Tuluá, en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía
  • 24. Página 24 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua constituido para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor del depósito o garantía. En este evento, el alcalde del Municipio de Tuluá, mediante Acto Administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Entidad. 4.10 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El Contrato se perfecciona con la suscripción de las partes. Para su ejecución se requiere, registro presupuestal expedido por la Secretaría de Hacienda y aprobación de la garantía única constituida por EL CONTRATISTA. Así mismo, el personal suministrado por el contratista para el cumplimiento del objeto de la presente contratación, deberá ser permanente y solo podrá ser cambiado por solicitud escrita del interventor o por causas judiciales. 4.11 VIGENCIA DE LA PROPUESTA. La propuesta deberá tener una vigencia no menor a 90 días calendario. CAPITULO V 5 CONDICIONES DEL CONTRATO 5.1 ADJUDICATARIO. El Adjudicatario del Contrato que ha de cumplir lo preceptuado en este pliego de condiciones, recibe la denominación de CONTRATISTA. 5.2 CESIONES Y SUBCONTRATOS. El Contratista no podrá ceder el contrato y ni subcontratar ninguna parte del mismo, a persona alguna natural o jurídica, sin previo consentimiento por escrito del Municipio de Tuluá, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión o el subcontrato. En todos los casos el Contratista es el único responsable por la prestación del servicio a entera satisfacción, en fiel cumplimiento con las exigencias contractuales. 5.3 FORMA DE PAGO. El Municipio de Tuluá realizará pagos previa presentación de la factura soportada con el informe del respectivo periodo facturado, las planillas de pagos generales de seguridad social de los trabajadores asignados al proceso de contratación, todos los informes presentados deben contar con el visto bueno y aprobación del Supervisor. 5.4. GARANTÍAS DEL CONTRATO. El proponente favorecido con la adjudicación se compromete a constituir a favor del Municipio de Tuluá, de acuerdo con la Ley
  • 25. Página 25 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 80 de 1993, Artículo 7 Ley 1150 de 2007 y Decreto 1082 de 2015, una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, expedida por una compañía de seguros establecida legalmente en Colombia; debiendo incluir como riesgos amparados los siguientes: • CUMPLIMIENTO: El diez por ciento (10%) del valor del contrato y sus adiciones si fuere el caso, desde la fecha de celebración del contrato hasta cuatro (4) meses más después de su terminación. • CALIDAD DEL SERVICIO: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y una vigencia igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más. • SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES: Equivalente al 5% del valor del contrato por el plazo de ejecución del contrato y tres (03) años más. • RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: La cual no puede ser inferior a trescientos (300) salarios mínimos mensuales legales vigentes, al momento de la expedición de la póliza y su vigencia será por todo el periodo de ejecución del contrato. El contratista deberá mantener vigente las garantías y deberá ajustarlas siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato, o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Para la liquidación del contrato, se exigirá al contratista la ampliación de los amparos del contrato si es del caso. 5.5. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO El contrato podrá darse por terminado anticipadamente, en cualquiera de los siguientes casos: a) Cuando las partes den por terminado el contrato por mutuo acuerdo. b) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista, certificado por el Supervisor del contrato. c) Por disolución de la persona jurídica del contratista. d) Por imposibilidad de cumplir el objeto del contrato. 5.6. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. El supervisor y el contratista procederán a liquidar el contrato por vencimiento del plazo contractual y en cualquiera de los eventos señalados por él, de acuerdo con el procedimiento establecido en el mismo. El contrato se liquidará en un término no superior a los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de ejecución y entrega final y total del proyecto, previo
  • 26. Página 26 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua cumplimiento de las obligaciones del contratista, presentación del acta final de recibo a satisfacción y acuerdo con el Acto Administrativo que ordene la terminación según disposiciones del Municipio de Tuluá. 5.7. LIQUIDACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. Se podrá liquidar unilateralmente el contrato en los siguientes casos: a) Cuando el Contratista no se hiciere presente a suscribir el acta de liquidación final, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes al recibo de la misma. b) Cuando el contratista habiéndose hecho presente, no suscribiere el acta de liquidación por estar en desacuerdo con la misma, o si la suscribiere, la objetare. 5.8. MULTAS Y SANCIONES. En caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del contrato por parte del contratista, El Municipio de Tuluá, podrá imponer multas sucesivas, equivalentes al uno por ciento (1%) del valor total el contrato, que sumadas no superen el 10% del mismo. Si agotados los porcentajes para la imposición de multas persiste el incumplimiento, el Municipio de Tuluá, entenderá que esta circunstancia afecta de manera grave y directa la ejecución del contrato e implica consecuentemente su paralización. En este caso se procederá a la declaratoria de caducidad administrativa del contrato, se hará efectiva la cláusula penal pecuniaria y se ordenará la liquidación del contrato en el estado en que se encuentre. Lo dispuesto en esta cláusula no constituye para ningún efecto legal o contractual, prórroga de plazo del contrato. 5.9. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. El Municipio de Tuluá en Acto Administrativo debidamente motivado dispondrá la terminación anticipada del contrato en los siguientes eventos: a) Cuando las exigencias del servicio lo requieran o la situación de orden público lo imponga. b) Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del contratista. c) Por interdicción judicial o declaración de quiebra del contratista. d) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del contratista que afecten de manera grava el cumplimiento del contrato. 5.10 PAGO DE IMPUESTOS El Contratista pagará todos los impuestos, tasas y gravámenes que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la Ley Colombiana. De acuerdo a las Leyes contables, el Municipio de Tuluá aplica las siguientes deducciones:
  • 27. Página 27 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 2.5% Imder (Tasa Pro-deporte Municipal) 3% Estampilla Pro-Adulto Mayor 0.5% Estampilla Pro-Cultura 0.5% Estampilla Pro Uceva 1 % Pro-Hospital Universitario 2% Estampilla Pro Universidad del Valle 0.5% Pro-Universidades del Pacífico 8 x 1000 Retención Fuente por ICA según lo determine la Secretaría de Hacienda – Sección Rentas 15% Retención del IVA Facturado Y los correspondientes impuestos nacionales que estén vigentes en su momento. 5.11 PUBLICACIÓN. El Municipio de Tuluá, publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), el presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1082 de 2015. ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO JOHN JAIRO GOMEZ AGUIRRE ALONSO BETANCOURT CHAVEZ Alcalde Municipal jefe de Oficina Asesora Jurídica ORIGINAL FIRMADO EVER ANTONIO VILLEGAS MORANTE Secretario de Educación Proyecto / Transcribió Yaneth Cristina Caicedo Zabala. Revisó / William Alejandro Aponte Londoño – Abogado contratista SEM Tuluá probó/ Oficina Asesora Jurídica
  • 28. Página 28 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua ANEXO No. 1 MODELO DE CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA Ciudad y Fecha Nosotros los suscritos _____________________________________________ de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los documentos de la invitación, hacemos la siguiente propuesta, seria e irrevocable, para el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. 310.20.3.70, y en caso de que nos sea adjudicada por el Municipio de Tuluá - Secretaría de Educación Municipal nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente. Declaramos así mismo: Que ésta propuesta y el contrato que llegaré a celebrarse sólo obligan a los firmantes de esta carta. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive. Que conocemos los documentos de la invitación y aceptamos las condiciones y los requisitos en ellos contenidos. Que conocemos y aceptamos la forma de pago estipulada en el pliego de condiciones. Que recibimos el pliego de condiciones y los siguientes documentos ____________ y aceptamos su contenido (en cuanto a documentos recibidos después de los términos, solo se señalaran en el evento de haberse recibido). Que, si se nos adjudica el contrato, nos obligamos a otorgar las garantías requeridas y a suscribir éstas y aquel dentro de los términos señalados para ello. Que nos comprometemos a ejecutar el contrato en el término establecido en el pliego de condiciones. Que la presente propuesta consta de un ORIGINAL y UNA COPIA, cada una con ________ (___) folios debidamente numerados. Así mismo, declaramos BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO:
  • 29. Página 29 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la Constitución y en las Leyes (se recuerda al proponente que, si está incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el proceso de selección de contratistas y debe abstenerse de formular propuesta). Que no hemos sido sancionados mediante Acto Administrativo ejecutoriado por ninguna Entidad Oficial (NOTA: Si el proponente ha sido objeto de sanciones contractuales (cláusula penal y/o caducidad), por parte de cualquier Entidad Estatal, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso. En caso de caducidad, ella genera inhabilidad para contratar por 5 años. Que no estamos incluidos en el boletín de Responsabilidad Fiscal de Competencia de las Contralorías, según lo establecido en el artículo 60 de la Ley 610 del 2000. Que el valor total de la propuesta es de (VALORES SE DEBERÁN INDICAR EN LETRAS) ($_______________) y esta discriminado así (si aplica): Que la vigencia de la propuesta es de ___________ días (se deberá indicar en letras y números). Declaro bajo la gravedad del juramento que toda la información contenida en la propuesta es veraz. Atentamente, Nombre o Razón Social del Proponente: _____________________________ NIT: __________________________________________________________ Nombre del Representante Legal: _________________________________ C.C. No. ______________________ De _____________________________ Dirección Comercial del Proponente: ________________________________ Teléfonos: __________________________Fax: _____________________ Ciudad: ______________________________________________________ FIRMA: ________________________ NOMBRE DE QUIEN FIRMA: _______________________
  • 30. Página 30 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua ANEXO No. 3 CUADRO DE COSTOS ITEM NOMBRE DE LAS RUTAS - RECORRIDO DIAS VR DIA RUTA VALOR IVA SI APLICA TOTAL RUTA 1 PUERTO FRAZADAS I.E SAN RAFAEL 92 2 EL PORVENIR, PUERTO FRAZADAS I.E SAN RAFAEL 92 3 ALTO ROSARIO I.E SAN RAFAEL 92 4 COCORNA -PIEDRITAS SAN RAFAEL 92 5 QUEBRADA GRANDE EL BOSQUE ALTO I.E SAN RAFAEL 92 6 BERLIN QUEBRADA GRANDE EL BOSQUE I.E SAN RAFAEL 92 7 ALTA FLOR-VOLCANES-QUREBRADA GRANDE -SEDE AMLIA LOPEZ 92 8 CEILAN -SAN RAFAEL (PRIMARIA) 92 9 CEYLAN-SAN RAFEL (SECUNDARIA) 92 10 POTRERILLO I.E SAN RAFAEL 92 11 POTRERILLO-REMOLINOS-I.E SAN RAFAEL (SECUNDARIA) 92 12 VEREDA LA MINA I.E SAN RAFAEL 92 13 LAS VEGAS-SAN RAFAEL (PRIMARIA) 92 14 LAS VEGAS-SAN RAFAEL (SECUNDARIA) 92 15 BELLA VISTA FINCA DIEGO AGUIRRE I.E SAN RAFAEL 92 16 VOLCANES-BERLIN-QUEBRADA GRANDE SEDE AMALIA LOPEZ 92 17 ALTO ROSARIO I.E PUERTO FRAZADAS 92 18 ALTA FLOR EL BOSQUE ALTO-I.E SAN RAFAEL 92 19 ALTO ROSARIO I.E LA MARIA (PRIMARIA) 92 20 EL DIAMANTE EL BRILLANTE -LA MARINA 92 21 EL BRASIL CASERIO LA CANCHA-LA MARINA 92 22 EL PICACHO LA MARINA 92 23 LA COLONIA-LA MARINA 92 24 LA COCA-LA MARINA 92 25 LA IBERIA ALTA -SEDE MARIA AUXILIADORA LA IBERIA 92 26 LA IBERIA ALTA Y BAJA 92 27 SAN LORENZO -DESDE EL AGUACATE -I.E LA MARINA 92 28 LA PUNTA MARAVELES-SAN LORENZO-LA MARINA 92 29 LA IBERIA ALTA DESDE MAS ARRIBA DEL PAE -LA MARINA 92
  • 31. Página 31 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 30 LA IBERIA BAJA -LA MARINA 92 31 LA GRECIA EL VERGEL-EL CHUZO -LA MARINA 92 32 LA PORTADA -GUAQUITAS -SAN LORENZO LA MARINA 92 33 VEREDA EL RETIRO -LA MORALIA 92 34 SAN MARCOS LA MORALIA-I.E LA MORALIA 92 35 SAN AGUSTIN QUEBRADA LOS GALLOS -I.E LA MORALIA 92 36 GUAYABITO-LA ALEJANDRIA -I.E LA MORALIA 92 37 CHAMUSCADO-I.E JUAN MARIA CESPEDES I.E LA MORALIA 92 38 TIBOLI- NARANJAL -I.E LA MORALIA 92 39 LA ALEJANDRIA -I.E LA MORALIA 92 40 SANTA LUCIA -LA ESTRELLA -SAN JUAN DE BARRAGAN 92 41 VEREDA LA CASCADA -EL DANUBIO-LOS ALPES-SAN LUIS SEDE SAN FRANCISCO 92 42 HACIENDA EL TOPACIO HAMBURGO-I.E SAN FRANCISCO 92 43 LAS MIRLAS FINCA LAS MARGARITAS VEREDA LA BOLSA- VEREDA POTES -I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 44 QUEBARADA TESORITO VIA MONTELORO-SAN FRANCISCO SANTA LUCIA 92 45 LOS OSOS EL BOSQUE-SEDE PRESBITERO LAZARO SALAS 92 46 LA CABAÑA Y DE LOS OSOS-I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 47 ALTO DE ITALIA-BENGALA -I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 48 HACIENDA EL PENCIL-FINCA LA QUINTA -EL BEQUE I.E SAN FRANCISCO 92 49 LA UNION -LA CHORRERA I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 50 LA BOLSA-I.E SAN JUAN DE BARRAGAN 92 51 LA MARIELA FINCA SAN FERNANDO - SEDE SAN FRANCISCO 92 52 LA MANSION-SAN MARCOS-I.E MONTELORO 92 53 SAN MARCOS BAJO I.E MONTELORO 92 54 CHORROS-SANTA ELENA-PIEDRITAS -I.E MONTELORO 92 55 JICARAMATA-SAN ANTONIO- -I.E MONTELORO 92 56 LAS MIRLAS -FINCA LA PLATA SEDE EDUCATIVA SAN FRANCISCO-I.E MONTELORO 92 57 LA GARZA - SAN MARCOS I.E MONTELORO 92 58 VEREDA JOSE ANTONIO GALAN I.E MONTELORO 92 59 LA MANSION-SAN MARCOS-I.E MONTELORO 92 60 SANTA ELENA-PIEDRITAS -I.E MONTELORO 92 61 VUELTA DE CANOAS I.E BERNARDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO 92 62 IRLANDA -I.E BERNARDA GONZALEZ ALTO DEL ROCIO 92
  • 32. Página 32 de 32 SECRETARIA DE EDUCACIÓN Carrera 25 No. 25-04 PBX:(2) 2339300 Ext: 1023 - Código Postal: 763022 www.tulua.gov.co – email: contratacioneducacion@tulua.gov.co - facebook.com/alcaldiadetulua - Twitter.com/alcaldiadetulua 63 TOCHECITO EL RECREO I.E BERNANRDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO 92 64 TOCHECITO EL RECREO I.E BERNANRDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO 92 65 ALTO MIRA EL TOPACIO -DEBAJO DE LA IRLANDA -I.E BERNARDA GONZALEZ DEL ALTO DEL ROCIO 92 66 EL SALTO BOCAS DE TULUA I.E JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92 67 LOS CAIMOS -I.E JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92 68 LA PALMERA -JULIO CESAR ZULUAGA BUS 92 69 JOVITA SANTACOLOMA BUS 92 70 JOVITA SANTACOLOMA BUS 92 71 MATEGUADUA -GIMNASIO DEL PACIFICO 92 72 LA CRUZ-CIENEGUETA ALTA Y BAJA -GIMNACIO DEL PACIFICO 92 TOTALES