El documento presenta el primer informe de la Comisión de Seguimiento a la Sentencia T760/2008 sobre áreas técnicas, críticas y complejas en el seguimiento de la sentencia. La Comisión analiza las variables utilizadas por el Ministerio de Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud para definir el ranking de EPS e IPS que vulneran el derecho a la salud, concluyendo que no permiten medir integralmente la vulneración. Adicionalmente, la Comisión recomienda variables e indicadores que deberían ser utilizados para que el
Este proyecto de ley propone reformar el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia para fortalecerlo mediante una política de Atención Primaria en Salud que permita una acción coordinada entre el Estado, las instituciones y la sociedad para promover la salud y crear un ambiente sano. Algunas de las reformas propuestas incluyen establecer un Observatorio de Salud Pública, desarrollar un sistema de monitoreo actuarial, y constituir un Consejo Nacional de Atención Primaria en Salud encargado de
La ley 1122 de 2007 realiza modificaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia con el objetivo de mejorar la prestación de servicios a los usuarios. Entre los cambios se encuentra la creación de la Comisión de Regulación en Salud para definir aspectos como los Planes Obligatorios de Salud y el valor de la Unidad de Pago por Capitación. También se incrementa el porcentaje de cotización al régimen contributivo y los recursos destinados al régimen subsidiado provenientes de entidades territoriales y el Fondo de Solidaridad y
El documento describe el sistema de salud en Ixtapaluca, Estado de México. El sistema incluye 16 centros de salud, 4 hospitales que brindan servicios de primero a cuarto nivel, y una clínica de seguridad social. El documento también incluye una entrevista a un trabajador del Hospital Materno Infantil Leona Vicario Bicentenario, el cual ofrece servicios ginecológicos, pediátricos y de anestesia las 24 horas.
La resolución establece los procedimientos para los Comités Técnico-Científicos que evalúan solicitudes de medicamentos y servicios médicos no incluidos en el plan de salud obligatorio. Define la integración y funciones de los comités, así como los criterios para evaluar las solicitudes. Establece que los comités deben reunirse semanalmente y justificar técnicamente sus decisiones. Además, reglamenta el proceso para que los médicos presenten las solicitudes y para que los comités las evalúen y autoric
Este documento presenta una guía para la comunicación de sospechas de enfermedades profesionales en la Comunidad Valenciana. Explica el sistema de información sanitaria y vigilancia epidemiológica laboral (SISVEL) que permite a los médicos comunicar posibles enfermedades profesionales a través de internet. La guía está dirigida a médicos para ayudarles a cumplir su obligación legal de comunicar sospechas de enfermedades de origen laboral y mejorar la detección, prevención y tratamiento de estas
Este documento resume los resultados de una investigación sobre la salud y las condiciones de trabajo de los empleados de la salud en hospitales públicos del Gran Buenos Aires entre 2010-2012. El estudio encontró altos niveles de estrés y problemas musculoesqueléticos entre el personal, así como bajos salarios y jornadas laborales extensas. Además, se reportaron tasas significativas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a pesar de las deficiencias en la gestión de riesgos laborales en los hospitales. El documento concluye
2011.11.18 NOTA DE PREMSA CGTFESANCAT - NOTA PRENSA HUELGA SANIDADCGT FESANCAT
El documento anuncia una huelga y concentración el 18 de noviembre convocada por la Confederación General del Trabajo de Cataluña para protestar contra los recortes presupuestarios en el sector sanitario público catalán, que están reduciendo la calidad de la atención y aumentando las listas de espera. La CGT argumenta que menos personal y recursos significan tiempos de espera más largos para pruebas y cirugías, así como un mayor riesgo de errores. La huelga busca reivindicar el derecho a trabajar bajo estánd
Este documento establece las regulaciones para la certificación y registro de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud en México. Requiere que los títulos y certificados hayan sido expedidos legalmente por autoridades educativas competentes y registrados. También describe los tipos de certificados médicos requeridos para fines como matrimonio y defunción, y establece que la Secretaría de Salud puede emitir certificados con base en la información proporcionada por terceros autorizados.
Este proyecto de ley propone reformar el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia para fortalecerlo mediante una política de Atención Primaria en Salud que permita una acción coordinada entre el Estado, las instituciones y la sociedad para promover la salud y crear un ambiente sano. Algunas de las reformas propuestas incluyen establecer un Observatorio de Salud Pública, desarrollar un sistema de monitoreo actuarial, y constituir un Consejo Nacional de Atención Primaria en Salud encargado de
La ley 1122 de 2007 realiza modificaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia con el objetivo de mejorar la prestación de servicios a los usuarios. Entre los cambios se encuentra la creación de la Comisión de Regulación en Salud para definir aspectos como los Planes Obligatorios de Salud y el valor de la Unidad de Pago por Capitación. También se incrementa el porcentaje de cotización al régimen contributivo y los recursos destinados al régimen subsidiado provenientes de entidades territoriales y el Fondo de Solidaridad y
El documento describe el sistema de salud en Ixtapaluca, Estado de México. El sistema incluye 16 centros de salud, 4 hospitales que brindan servicios de primero a cuarto nivel, y una clínica de seguridad social. El documento también incluye una entrevista a un trabajador del Hospital Materno Infantil Leona Vicario Bicentenario, el cual ofrece servicios ginecológicos, pediátricos y de anestesia las 24 horas.
La resolución establece los procedimientos para los Comités Técnico-Científicos que evalúan solicitudes de medicamentos y servicios médicos no incluidos en el plan de salud obligatorio. Define la integración y funciones de los comités, así como los criterios para evaluar las solicitudes. Establece que los comités deben reunirse semanalmente y justificar técnicamente sus decisiones. Además, reglamenta el proceso para que los médicos presenten las solicitudes y para que los comités las evalúen y autoric
Este documento presenta una guía para la comunicación de sospechas de enfermedades profesionales en la Comunidad Valenciana. Explica el sistema de información sanitaria y vigilancia epidemiológica laboral (SISVEL) que permite a los médicos comunicar posibles enfermedades profesionales a través de internet. La guía está dirigida a médicos para ayudarles a cumplir su obligación legal de comunicar sospechas de enfermedades de origen laboral y mejorar la detección, prevención y tratamiento de estas
Este documento resume los resultados de una investigación sobre la salud y las condiciones de trabajo de los empleados de la salud en hospitales públicos del Gran Buenos Aires entre 2010-2012. El estudio encontró altos niveles de estrés y problemas musculoesqueléticos entre el personal, así como bajos salarios y jornadas laborales extensas. Además, se reportaron tasas significativas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a pesar de las deficiencias en la gestión de riesgos laborales en los hospitales. El documento concluye
2011.11.18 NOTA DE PREMSA CGTFESANCAT - NOTA PRENSA HUELGA SANIDADCGT FESANCAT
El documento anuncia una huelga y concentración el 18 de noviembre convocada por la Confederación General del Trabajo de Cataluña para protestar contra los recortes presupuestarios en el sector sanitario público catalán, que están reduciendo la calidad de la atención y aumentando las listas de espera. La CGT argumenta que menos personal y recursos significan tiempos de espera más largos para pruebas y cirugías, así como un mayor riesgo de errores. La huelga busca reivindicar el derecho a trabajar bajo estánd
Este documento establece las regulaciones para la certificación y registro de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud en México. Requiere que los títulos y certificados hayan sido expedidos legalmente por autoridades educativas competentes y registrados. También describe los tipos de certificados médicos requeridos para fines como matrimonio y defunción, y establece que la Secretaría de Salud puede emitir certificados con base en la información proporcionada por terceros autorizados.
Este documento establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud en España y el procedimiento para su actualización. Define el derecho de los ciudadanos a recibir asistencia sanitaria a través de las prestaciones incluidas en la cartera de servicios, la cual debe adecuarse a los avances tecnológicos y las necesidades cambiantes de la población. También describe el procedimiento de evaluación para incorporar nuevas técnicas, tecnologías o procedimientos, garantizando el acceso igualitario a la asistencia
El documento presenta la Carta de los Derechos Generales de las Médicas y los Médicos de México. Explica que fue elaborada por un grupo coordinado por CONAMED tras un proceso de consulta nacional. Enumera 7 derechos fundamentales de los médicos, incluyendo el derecho a ejercer su profesión de forma libre, a contar con instalaciones seguras y recursos para su práctica, a no garantizar resultados médicos y a recibir educación médica continua.
Este documento presenta un protocolo de vigilancia sanitaria para trabajadores expuestos a silicosis y otras neumoconiosis. Define estas enfermedades pulmonares ocupacionales y sus causas, incluyendo la exposición a polvo de sílice, carbón, caolín, talco y metales. Describe las formas clínicas como silicosis crónica, aguda y acelerada, y sus complicaciones como tuberculosis y cáncer de pulmón. Explica cómo evaluar el riesgo de exposición al polvo y la reglamentación española
El documento describe el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el Instituto de Previsión y Asistencia Social del Ministerio de Educación (IPAS-ME) en Trujillo, Venezuela. El IPAS-ME ha implementado el uso de Internet, correo electrónico y otros servicios en línea. La mayoría de los servicios de la institución tienen acceso a Internet y han estado utilizando estas tecnologías por más de tres años. El personal las usa frecuentemente para realizar sus tareas laborales y obtener recursos en línea.
El documento describe el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el Instituto de Previsión y Asistencia Social del Ministerio de Educación (IPAS-ME) en Trujillo, Venezuela. Se encuentra que el IPAS-ME utiliza internet, correo electrónico y otros servicios en línea desde hace más de tres años. La mayoría de los servicios de la institución tienen acceso a internet y el personal se conecta más de 20 horas a la semana para realizar sus labores. Adicionalmente, se recomienda ampliar el uso de herramient
El documento resume la situación del sector salud en el estado de Oaxaca, México. Los trabajadores del sector salud planean una marcha el 1 de mayo para exigir mejoras como aumentos salariales, contratación de personal, y mejor abastecimiento de medicamentos e infraestructura para los hospitales. El director de los Servicios de Salud de Oaxaca reconoce recortes presupuestales y dice que solo puede cumplir el 60-70% de las demandas de los trabajadores. Varios hospitales y centros de salud en la región reportan faltantes
El documento describe la estructura y funciones de la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud de Colombia. Explica que esta delegada puede fallar como juez en casos relacionados con la negación de coberturas de salud y reconocimiento de gastos médicos, entre otros. También actúa como conciliadora para resolver conflictos entre entidades del sistema de salud que afectan el acceso a los servicios.
Auto 317 convocatoria grupo de verificación final corteconstitucional 1Javier Pulido
Este documento es un auto de la Corte Constitucional de Colombia en el que invita a entidades académicas a realizar diagnósticos y propuestas sobre temas críticos relacionados con el seguimiento de la sentencia T-760 de 2008. La Corte busca recopilar información especializada para evaluar el cumplimiento de la sentencia, la cual ordenó corregir fallas en la regulación de los planes de beneficios de salud. La Corte formula preguntas específicas a las entidades sobre si el acceso a servicios de salud se da en con
Wypall es una línea de paños de limpieza versátiles y económicos diseñados para reemplazar trapos, compresas y toallas de papel en consultorios odontológicos. Sirven para secado de instrumental antes de esterilizar, forrar bandejas y mesas de mayo, usar como babero para pacientes, y limpieza de superficies. Ofrecen beneficios como ser ultra absorbentes, reutilizables, desechables, evitar contaminación cruzada y costos de lavado. Presentan máximas exigencias de calidad en formatos
Este documento es un auto de la Corte Constitucional de Colombia en el que se reconoce a la Comisión de Seguimiento de la Sentencia T-760/08 y de Reforma Estructural del Sistema de Salud y Seguridad Social (CSR) como Grupo de Seguimiento del cumplimiento de las órdenes impartidas en la sentencia T-760 de 2008. Además, se ordena remitir una copia del auto a la CSR y que en 3 días indique el nombre de la persona que liderará las intervenciones ante la Corte. Finalmente, se anexa
Este documento presenta el primer informe de la Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 y de Reforma Estructural del Sistema de Salud y Seguridad Social (CSR) a la Corte Constitucional. La CSR ha trabajado en tres subcomisiones organizadas por los temas clave de la sentencia. Si bien hay abundante información disponible, existe dispersión y inconsistencias entre las fuentes. Adicionalmente, la información parece enfocarse más en aspectos financieros que en resultados reales de salud. La subcomisión encargada del ranking
Colombia sgsss estrategia del bid 2011 - 2014Aurelio Suárez
El documento describe el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. El sistema está dividido en dos regímenes, el contributivo y el subsidiado, que cubren a diferentes poblaciones. El régimen contributivo cubre a trabajadores formales y se financia a través de cotizaciones obligatorias de empleadores y empleados. El régimen subsidiado cubre a la población pobre e indigente e incluye menos beneficios que el contributivo. El sistema enfrenta retos como la unificación de los beneficios entre regímenes y la ampli
Este documento presenta el Reglamento de Ensayos Clínicos en el Perú, el cual fue aprobado mediante tres decretos supremos. El reglamento establece las normas y procedimientos para realizar ensayos clínicos en Perú, protegiendo a los sujetos de investigación y garantizando la calidad y seguridad de los ensayos. El reglamento consta de doce títulos que abordan aspectos como los requisitos para la aprobación de ensayos, las responsabilidades de los participantes, la vigilancia de la seguridad y
Este documento describe la metodología aplicada para identificar, ordenar, depurar y priorizar las tecnologías en salud a evaluar para su posible inclusión, ampliación de cobertura o supresión en la actualización integral del Plan Obligatorio de Salud (POS) de Colombia para 2013. Incluye definiciones clave, antecedentes normativos, alcances del proceso y las etapas metodológicas que incluyen la caracterización de necesidades de salud, identificación y depuración de tecnologías, y estudios para ampliar co
Este documento describe la estructura organizativa y funciones del Hospital El Tunal Tercer Nivel de Atención en Bogotá, Colombia. Incluye la misión, objetivos y funciones del hospital, así como su composición con una Junta Directiva, Gerencia General y diferentes departamentos, como Atención al Usuario, Apoyo Logístico y Servicios al Talento Humano.
Este documento presenta los Objetivos Sanitarios para Chile entre 2000-2010. Establece cuatro objetivos principales: 1) Mejorar los logros sanitarios alcanzados, 2) Enfrentar los desafíos del envejecimiento y cambios sociales, 3) Disminuir las desigualdades en salud, y 4) Proveer servicios acordes a las expectativas de la población. Explica que estos objetivos se definieron de manera participativa y abordan los principales problemas de salud pública del país, como el envejecimiento de la
La ley 1122 de 2007 reforma la Ley 100 de 1993 para realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia. Establece mecanismos de evaluación de resultados para los actores del sistema y sanciones por incumplimiento. Crear la Comisión de Regulación en Salud para regular el sistema, definir el plan obligatorio de salud, valores de pagos y tarifas. La Comisión estará integrada por los Ministros de Protección Social y Hacienda, y cinco comisionados expertos designados por el Presidente.
Este documento presenta modificaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Establece la creación de la Comisión de Regulación en Salud para regular el sistema, definir los planes de beneficios y tarifas. También determina que el Ministerio de Protección Social evaluará a los actores del sistema usando indicadores y podrá imponer sanciones o cambios administrativos temporales si no cumplen. Además, especifica cómo se financiará y conformará la nueva Comisión Reguladora.
Este documento establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud en España y el procedimiento para su actualización. Define el derecho de los ciudadanos a recibir asistencia sanitaria a través de las prestaciones incluidas en la cartera de servicios, la cual debe adecuarse a los avances tecnológicos y las necesidades cambiantes de la población. También describe el procedimiento de evaluación para incorporar nuevas técnicas, tecnologías o procedimientos, garantizando el acceso igualitario a la asistencia
El documento presenta la Carta de los Derechos Generales de las Médicas y los Médicos de México. Explica que fue elaborada por un grupo coordinado por CONAMED tras un proceso de consulta nacional. Enumera 7 derechos fundamentales de los médicos, incluyendo el derecho a ejercer su profesión de forma libre, a contar con instalaciones seguras y recursos para su práctica, a no garantizar resultados médicos y a recibir educación médica continua.
Este documento presenta un protocolo de vigilancia sanitaria para trabajadores expuestos a silicosis y otras neumoconiosis. Define estas enfermedades pulmonares ocupacionales y sus causas, incluyendo la exposición a polvo de sílice, carbón, caolín, talco y metales. Describe las formas clínicas como silicosis crónica, aguda y acelerada, y sus complicaciones como tuberculosis y cáncer de pulmón. Explica cómo evaluar el riesgo de exposición al polvo y la reglamentación española
El documento describe el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el Instituto de Previsión y Asistencia Social del Ministerio de Educación (IPAS-ME) en Trujillo, Venezuela. El IPAS-ME ha implementado el uso de Internet, correo electrónico y otros servicios en línea. La mayoría de los servicios de la institución tienen acceso a Internet y han estado utilizando estas tecnologías por más de tres años. El personal las usa frecuentemente para realizar sus tareas laborales y obtener recursos en línea.
El documento describe el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el Instituto de Previsión y Asistencia Social del Ministerio de Educación (IPAS-ME) en Trujillo, Venezuela. Se encuentra que el IPAS-ME utiliza internet, correo electrónico y otros servicios en línea desde hace más de tres años. La mayoría de los servicios de la institución tienen acceso a internet y el personal se conecta más de 20 horas a la semana para realizar sus labores. Adicionalmente, se recomienda ampliar el uso de herramient
El documento resume la situación del sector salud en el estado de Oaxaca, México. Los trabajadores del sector salud planean una marcha el 1 de mayo para exigir mejoras como aumentos salariales, contratación de personal, y mejor abastecimiento de medicamentos e infraestructura para los hospitales. El director de los Servicios de Salud de Oaxaca reconoce recortes presupuestales y dice que solo puede cumplir el 60-70% de las demandas de los trabajadores. Varios hospitales y centros de salud en la región reportan faltantes
El documento describe la estructura y funciones de la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación de la Superintendencia Nacional de Salud de Colombia. Explica que esta delegada puede fallar como juez en casos relacionados con la negación de coberturas de salud y reconocimiento de gastos médicos, entre otros. También actúa como conciliadora para resolver conflictos entre entidades del sistema de salud que afectan el acceso a los servicios.
Auto 317 convocatoria grupo de verificación final corteconstitucional 1Javier Pulido
Este documento es un auto de la Corte Constitucional de Colombia en el que invita a entidades académicas a realizar diagnósticos y propuestas sobre temas críticos relacionados con el seguimiento de la sentencia T-760 de 2008. La Corte busca recopilar información especializada para evaluar el cumplimiento de la sentencia, la cual ordenó corregir fallas en la regulación de los planes de beneficios de salud. La Corte formula preguntas específicas a las entidades sobre si el acceso a servicios de salud se da en con
Wypall es una línea de paños de limpieza versátiles y económicos diseñados para reemplazar trapos, compresas y toallas de papel en consultorios odontológicos. Sirven para secado de instrumental antes de esterilizar, forrar bandejas y mesas de mayo, usar como babero para pacientes, y limpieza de superficies. Ofrecen beneficios como ser ultra absorbentes, reutilizables, desechables, evitar contaminación cruzada y costos de lavado. Presentan máximas exigencias de calidad en formatos
Este documento es un auto de la Corte Constitucional de Colombia en el que se reconoce a la Comisión de Seguimiento de la Sentencia T-760/08 y de Reforma Estructural del Sistema de Salud y Seguridad Social (CSR) como Grupo de Seguimiento del cumplimiento de las órdenes impartidas en la sentencia T-760 de 2008. Además, se ordena remitir una copia del auto a la CSR y que en 3 días indique el nombre de la persona que liderará las intervenciones ante la Corte. Finalmente, se anexa
Este documento presenta el primer informe de la Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 y de Reforma Estructural del Sistema de Salud y Seguridad Social (CSR) a la Corte Constitucional. La CSR ha trabajado en tres subcomisiones organizadas por los temas clave de la sentencia. Si bien hay abundante información disponible, existe dispersión y inconsistencias entre las fuentes. Adicionalmente, la información parece enfocarse más en aspectos financieros que en resultados reales de salud. La subcomisión encargada del ranking
Colombia sgsss estrategia del bid 2011 - 2014Aurelio Suárez
El documento describe el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. El sistema está dividido en dos regímenes, el contributivo y el subsidiado, que cubren a diferentes poblaciones. El régimen contributivo cubre a trabajadores formales y se financia a través de cotizaciones obligatorias de empleadores y empleados. El régimen subsidiado cubre a la población pobre e indigente e incluye menos beneficios que el contributivo. El sistema enfrenta retos como la unificación de los beneficios entre regímenes y la ampli
Este documento presenta el Reglamento de Ensayos Clínicos en el Perú, el cual fue aprobado mediante tres decretos supremos. El reglamento establece las normas y procedimientos para realizar ensayos clínicos en Perú, protegiendo a los sujetos de investigación y garantizando la calidad y seguridad de los ensayos. El reglamento consta de doce títulos que abordan aspectos como los requisitos para la aprobación de ensayos, las responsabilidades de los participantes, la vigilancia de la seguridad y
Este documento describe la metodología aplicada para identificar, ordenar, depurar y priorizar las tecnologías en salud a evaluar para su posible inclusión, ampliación de cobertura o supresión en la actualización integral del Plan Obligatorio de Salud (POS) de Colombia para 2013. Incluye definiciones clave, antecedentes normativos, alcances del proceso y las etapas metodológicas que incluyen la caracterización de necesidades de salud, identificación y depuración de tecnologías, y estudios para ampliar co
Este documento describe la estructura organizativa y funciones del Hospital El Tunal Tercer Nivel de Atención en Bogotá, Colombia. Incluye la misión, objetivos y funciones del hospital, así como su composición con una Junta Directiva, Gerencia General y diferentes departamentos, como Atención al Usuario, Apoyo Logístico y Servicios al Talento Humano.
Este documento presenta los Objetivos Sanitarios para Chile entre 2000-2010. Establece cuatro objetivos principales: 1) Mejorar los logros sanitarios alcanzados, 2) Enfrentar los desafíos del envejecimiento y cambios sociales, 3) Disminuir las desigualdades en salud, y 4) Proveer servicios acordes a las expectativas de la población. Explica que estos objetivos se definieron de manera participativa y abordan los principales problemas de salud pública del país, como el envejecimiento de la
La ley 1122 de 2007 reforma la Ley 100 de 1993 para realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia. Establece mecanismos de evaluación de resultados para los actores del sistema y sanciones por incumplimiento. Crear la Comisión de Regulación en Salud para regular el sistema, definir el plan obligatorio de salud, valores de pagos y tarifas. La Comisión estará integrada por los Ministros de Protección Social y Hacienda, y cinco comisionados expertos designados por el Presidente.
Este documento presenta modificaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Establece la creación de la Comisión de Regulación en Salud para regular el sistema, definir los planes de beneficios y tarifas. También determina que el Ministerio de Protección Social evaluará a los actores del sistema usando indicadores y podrá imponer sanciones o cambios administrativos temporales si no cumplen. Además, especifica cómo se financiará y conformará la nueva Comisión Reguladora.
Este documento presenta modificaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Se crea la Comisión de Regulación en Salud para definir los planes de salud obligatorios, medicamentos esenciales, valores de pagos y tarifas. También se incrementa el porcentaje de cotización a la seguridad social del 12.5% y se destinan mayores recursos de las entidades territoriales y del impuesto de juegos de azar al régimen subsidiado de salud para alcanzar cobertura universal.
La Corte Constitucional ordenó en 2008 la reformulación de la política pública de salud colombiana para garantizar el derecho a la salud. Sin embargo, un año después el gobierno no ha cumplido plenamente con las órdenes de la Corte, especialmente en actualizar y unificar de manera oportuna los servicios médicos incluidos en el Plan Obligatorio de Salud. La Corte ordenó también eliminar las barreras que rechazan o demoran la prestación de servicios médicos cubiertos, pero el gobierno solo ha iniciado el pro
Articulo tutelas o comites tecnico cientificos, cual es la verdadera causa de...viluvedu
Este documento analiza el impacto económico de los reembolsos por prestaciones no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud (POS) aprobadas por los Comités Técnicos Científicos (CTC) de las EPS sobre las finanzas del régimen contributivo de salud. Revisa la normatividad de los CTC a través del tiempo y describe su situación actual. Finalmente, presenta conclusiones sobre cómo los CTC han afectado los "recobros no POS" y recomendaciones para regularlos de acuerdo con la Ley 1138 de 2011.
El documento presenta un resumen de la política pública de evaluación y aseguramiento de la calidad asistencial en Chile, incluyendo los sistemas de registros de prestadores individuales, certificación de especialidades y acreditación de prestadores institucionales.
Ii encuesta-nacional-seguridad-salud-trabajo-2013Yeny Useche
Este documento presenta los resultados de la Segunda Encuesta Nacional de Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo realizada en Colombia en 2013. La encuesta fue realizada por el Ministerio de Trabajo y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social con el objetivo de actualizar el diagnóstico de las condiciones laborales de los trabajadores. La encuesta evaluó factores de riesgo ocupacional, programas de prevención y datos sobre accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Los resultados proveerán información para mejorar las políticas de segur
12 antecedentes para la preparacion de los terminos de referenciaSSMN
Este documento proporciona instrucciones para la elaboración de los Términos de Referencia en el proceso de asignación de Centros de Formación Profesional Técnica (CFPT) de acuerdo a la Norma General Técnica Administrativa N°18 del Ministerio de Salud. Detalla 22 antecedentes necesarios para la confección de los Términos de Referencia, incluyendo la capacidad formadora del CFPT, costos financieros, criterios de retribución, estándares de calidad y protocolos de competencias. El objetivo es contribuir a
El documento analiza los indicadores disponibles en el Subsistema de la Seguridad Social Nacional Argentina y su utilidad para la toma de decisiones. Identifica que la legislación exige indicadores prestacionales y económico-financieros, pero que los disponibles en la Superintendencia de Servicios de Salud son insuficientes para medir el desempeño en áreas como accesibilidad, equidad, calidad, eficiencia y sustentabilidad. Se requiere una visión más integral que permita una gestión basada en evidencia y el cumplimiento de la misión
Este documento describe la evolución del sistema sanitario en Asturias tras la transferencia de competencias del Estado a la región. Se analizan factores como la demografía, nuevas tecnologías y financiación, y se evalúa la organización de los servicios sanitarios. Finalmente, se incluyen propuestas para garantizar la sostenibilidad futura de un modelo de calidad accesible a todos los ciudadanos.
Este documento presenta el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de los Hospitales del Ministerio de Salud Pública de Ecuador. Establece la misión, visión y objetivos estratégicos de los hospitales, y describe su estructura organizacional basada en cuatro tipos de procesos: gobernantes, agregadores de valor, habilitantes de asesoría y habilitantes de apoyo. Además, define los puestos directivos de los hospitales. El estatuto provee una guía para la gestión eficiente y orientada a resultados de los
Este documento presenta la primera actualización del Cuadro Básico y Catálogo Institucional de Equipo Médico y de Laboratorio de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México. Incluye 37 equipos médicos agregados al catálogo, como agitadores de placas, andaderas, arcos en C móviles, aspiradores, baños de parafina y básculas electrónicas. La actualización busca facilitar la selección de equipos por las instituciones públicas de salud de acuerdo a sus necesidades y en ape
Este documento presenta un estudio de factibilidad para la creación de una clínica de salud mental y rehabilitación en Montería, Córdoba. La clínica ofrecería servicios como urgencias, hospitalización, terapias individuales y grupales, con 38 camas hospitalarias. Se requiere una inversión inicial de $1.108.100.540 millones de pesos. Debido al aumento de problemas de salud mental e índices de violencia en la región, el mercado demanda más servicios de este tipo. La clínica mejoraría la calidad
Este documento establece el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de los Hospitales del Ministerio de Salud Pública de Ecuador. Define la misión, visión y objetivos estratégicos de los hospitales, así como su estructura organizacional basada en procesos. Identifica cuatro tipos de procesos: gobernantes, agregadores de valor, habilitantes de asesoría y habilitantes de apoyo. Además, describe los puestos directivos y la estructura básica requerida en los hospitales para cumplir su misión
Dispensación de medicamentos en el sistema de salud Juan Hidalgo
Este documento presenta partes de la Ley General de Salud de Perú. Describe la estructura y funciones del Ministerio de Salud de Perú, incluyendo sus objetivos, competencias rectoras, unidades orgánicas y organismos descentralizados. También define los roles del Ministro de Salud y el Viceministro, así como los capítulos de la ley relacionados con la rectoría sectorial, organización y alta dirección del Ministerio.
Similar a Primer informe a_la_corte_integrado_final_ecv (20)
Dispensación de medicamentos en el sistema de salud
Primer informe a_la_corte_integrado_final_ecv
1. COMISION DE SEGUIMIENTO A LA SENTENCIA T760/2008 Y DE REFORMA
ESTRUCTURAL A LA SALUD Y LA SEGURIDAD SOCIAL (CSR)
PRIMER INFORME A LA CORTE CONSTITUCIONAL
Auto 317 de 2010, Referencia:
Invitación a la presentación de
conceptos por parte de entidades
académicas, sobre áreas técnicas,
críticas y complejas en el seguimiento
de la sentencia T-760 de 2008.
Bogotá, Diciembre 2 de 2010
2. COMISION DE SEGUIMIENTO A LA SENTENCIA T760/2008 Y DE REFORMA
ESTRUCTURAL A LA SALUD Y LA SEGURIDAD SOCIAL (CSR)
PRIMER INFORME A LA CORTE CONSTITUCIONAL
Interrogantes relacionados con la orden 20. Ranking de EPS e IPS por
vulneración del derecho a la salud, y con la orden 32. Divulgación de la
sentencia.
Preparado por:
Saúl Franco, Nelson Contreras, Hernando Nieto, Julio César Gómez y Esperanza Cerón
LISTA DE ORGANIZACIONES E INSTITUCIONES INTEGRANTES DE COMISIÓN.
Academia Nacional de Medicina, Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, Asociación
Colombiana de Facultades de Medicina ASCOFAME, Asociación de Pacientes de Alto Costo,
ASSALUD, ASSOSALUD, Corporación Viva la Ciudadanía, Grupo Guillermo Fergusson,
Movimiento Nacional por la Salud y la Seguridad Social, Universidad de Antioquia: Facultad de
Derecho y Ciencias Políticas, y Facultad Nacional de Salud Pública, Universidad Javeriana:
Dirección de Postgrados en Salud y Seguridad Social, Instituto de Bioética y Decanatura de
Enfermería. Universidad Nacional: Departamento de Salud Pública, Centro de Historia de la
Medicina, Departamento de Salud Colectiva de Facultad de Odontología, Instituto de Desarrollo
Humano, Discapacidades y Diversidades y el Observatorio sobre Infancia. Universidad Santo
Tomás: Facultad de Economía, Unión Temporal Universidad de Antioquia-Universidad Nacional,
Campaña Colombiana contra las Minas, Anmusic, Mesa Mujer y Economía.
Bogotá, Diciembre 2 de 2010
2
3. Contenido
COMISION DE SEGUIMIENTO A LA SENTENCIA T760/2008 Y DE REFORMA ESTRUCTURAL A LA
SALUD Y LA SGURIDAD SOCIAL (CSR) .................................................................................................. 4
PRIMER INFORME A LA CORTE CONSTITUCIONAL .............................................................................. 4
Introducción: .................................................................................................................................. 4
I.- Interrogantes relacionados con la orden 20. Ranking de EPS e IPS por vulneración del
derecho a la salud. ........................................................................................................................... 4
Primera Pregunta: ........................................................................................................................ 4
Análisis: ...................................................................................................................................... 4
Concepto de la Comisión: ....................................................................................................... 8
Segunda Pregunta ....................................................................................................................... 8
Análisis: ...................................................................................................................................... 9
Recomendaciones .................................................................................................................. 11
II.- Interrogante relacionado con la orden 32. Divulgación de la sentencia: ..................... 11
Primera Pregunta: ...................................................................................................................... 11
Análisis: .................................................................................................................................... 11
Recomendaciones:................................................................................................................. 12
Segunda Pregunta: .................................................................................................................... 12
Análisis ..................................................................................................................................... 13
Recomendaciones .................................................................................................................. 14
3
4. COMISION DE SEGUIMIENTO A LA SENTENCIA T760/2008 Y DE
REFORMA ESTRUCTURAL A LA SALUD Y LA SGURIDAD SOCIAL (CSR)
PRIMER INFORME A LA CORTE CONSTITUCIONAL
Introducción:
El propósito del presente informe es dar respuesta a los interrogantes
correspondientes a los numerales 3.1.1, 3.1.2, 3.9.1 y 3.9.2 contenidos en el Auto
317 de 2010, emanado por la Sala de Seguimiento de la Honorable Corte
Constitucional.
El procedimiento consistió en tomar cada uno de los interrogantes, a los cuales se
dio respuesta desde el análisis de la información disponible.
I.- Interrogantes relacionados con la orden 20. Ranking de EPS e IPS por
vulneración del derecho a la salud.
Primera Pregunta:
Las variables aplicadas por el Ministerio de la Protección Social y la
Superintendencia Nacional de Salud, presentes en los informes allegados
por estas entidades, ¿permiten definir el ranking de las EPS e IPS que con
mayor frecuencia vulneran el derecho a la salud?
Análisis:
Para dar esta respuesta, la Comisión, revisó en los archivos de la Corte,
encontrando que le han sido allegados a la Sala de Revisión de la Sentencia T
760 los siguientes documentos:
- Informe de Ranking del MPS, 2008
- Informe de la Superintendencia de Salud, 2008
Adicionalmente se revisaron:
4
5. - “Diseño y cálculo de un ordenamiento ranking de las entidades
promotoras de salud, 2005”. Informe ejecutivo de la metodología.
Ministerio de la Protección Social, consultoría realizada por la
Universidad Nacional de Colombia. Facultad de Ciencias Económicas
Centro de Investigaciones para el Desarrollo
- Documentos que aparecen en la Web del Observatorio de calidad de
Atención en la Salud - MPS1.
- Primer Informe Nacional de Calidad de la atención en Salud - INCAS
Colombia 2009.
- Evaluación de los servicios de salud que brindan las empresas
promotoras de salud. Índice de satisfacción de Usuarios 2003, 2005 y
2009. Defensoría del Pueblo.
- Evaluación de los Servicios de Salud que brindan las Empresas
Promotoras de Salud 2009. Décima Encuesta de Percepción de las IPS
sobre las EPS. La Asociación Colombiana de Hospitales y Clínicas –
ACHC, vienen realizando por su parte un estudio de manera periódica,
en septiembre – octubre de 2009 publica los resultados de su última
encuesta.
Se tuvo conocimiento en la Corte del Contrato No. 2082481 entre FONADE y la
Universidad Nacional de Colombia sobre el Cálculo del Segundo Ranking de
Entidades promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras de Servicios de
Salud con base en las metodologías desarrolladas por el Ministerio de la
Protección Social, del cual se ha pedido copia al Ministerio mediante derecho
de Petición, pero no se ha obtenido respuesta, por lo que no pudo ser
considerado en el análisis.
Con respecto al análisis de las variables aplicadas por el Ministerio y la
Superintendencia Nacional de Salud, se observa lo siguiente:
1.- El Ministerio de la Protección Social, MPS presenta su primer informe el 30
de octubre de 2008, en el cual la única variable utilizada corresponde a la
1
http://201.234.78.38/ocs/public/ind_calidad/indicador.aspx?indicador_id=92
5
6. información de los “recobros” de las EPS por concepto de suministros POS (que
están obligados a cumplir). Es decir, aquellos servicios negados por las EPS que
por sentencia de tutela los usuarios hacen efectivas.
Se puede colegir por tanto lo siguiente:
a) La variable utilizada por el MPS considera sólo un segmento poblacional,
con lo cual desde la perspectiva demográfica, estaría dejando por fuera al
resto de la población, el cual sin duda es estadísticamente más significativo,
y del que no podemos asegurar que no le sea vulnerado su derecho.2
Figura 1. Universo de Población frente a la tutela en salud.
Fuente: elaboración propia
b) Sabemos por el estudio realizado por la Defensoría que las tutelas falladas
en estas condiciones, se corresponden en primera instancia a asuntos que
estaban en su inmensa mayoría incluidos en el POS, es decir, que lo que
estarían rankeando es la ilegalidad de las EPS que no cumplen su
obligación.
c) No se incorporan los servicios ordenados por los médicos no prestados por
las EPS (Orden 19).
2
Aunque la Defensoría informa que el 86% de las tutelas que reciben los jueces en primera
instancia son falladas a favor de los usuarios [Defensoría del Pueblo (2009) La tutela y el derecho
a la salud. Período 2006-2008, Bogotá: Defensoría del Pueblo.
6
7. d) No se incorporan las tutelas falladas y que no cumplen los requisitos totales
del recobro: recibos incompletos, por ejemplo. Tampoco al universo de
pacientes que desisten de la tutela a medio camino, los pacientes a quienes
se les niega, y mucho menos a los pacientes que jamás interponen el
amparo. Ver Figura 1.
e) No se incorporan los desistimientos de los pacientes, que abandonan el
tratamiento por alguna razón, en especial por el gasto de bolsillo que les
representa volver por una nueva cita, desplazarse desde el punto de
atención hasta otro distinto donde debería reclamar los medicamentos, etc.
De éste último caso no quedan registros ni en las EPS ni en las IPS.
f) Finalmente, existen muchas otras variables que reflejarían de mejor manera
si existe o no vulneración en los campos específicos de oportunidad de la
atención, promoción de la salud y prevención de la enfermedad, calidad de
la atención, pertinencia médica, cultural, social, de enfoques diferenciales
(género, etnia, generacional, discapacidad, territorialidad, opción sexual,
etc.).
A propósito, el MPS desde el Observatorio de la Calidad ofrece otros
indicadores que como bien lo dice en su encabezado: “Indicadores de
Calidad reportados por las instituciones en cumplimiento de lo ordenado por
la Resolución 1446 de 2006, reglamentaria del Decreto 1011 de 2006”
(http://201.234.78.38/ocs/public/informacion/Default.aspx); se trata de
información entregada por las mismas entidades administradoras y
prestadoras.
2.- La Superintendencia Nacional de Salud, SNS, presenta su informe el 4 de
noviembre de 2008, con base en la información de su oficina Jurídica, a partir de
las denuncias presentadas por los usuarios debido a la negación de servicios.
Con respecto a la variable denuncias, sucede algo similar que lo acontecido con el
informe del MPS: el universo de las personas a quienes se vulnera el derecho no
necesariamente corresponde a quienes interponen una queja a la SNS.
7
8. Concepto de la Comisión:
La respuesta específica a la pregunta N°. 3.3.1. del Auto 317/2010, desde el
anterior análisis es que las variables consideradas en los documentos entregados
a la fecha a la Honorable Corte por parte del MPS y de la SNS no permiten reflejar
integralmente ni a cabalidad la vulneración del derecho a la salud.
El MPS contaba desde el año 2005 con el estudio de asesoría contratado con el
CID de la Universidad Nacional3, el cual ofreció una serie de variables e
indicadores que no fueron retomados en su informe del 2008, pero que de haberlo
sido, al no disponer el MPS de información permanente tomada de su propio
sistema de información, hace que cualquier actualización dependa de un nuevo
convenio.
Corresponde al Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud SOGC –
MPS, en el corto plazo, difundir los estudios sobre calidad de los servicios de
salud, evaluando y consultando los indicadores elaborados con organizaciones
académicas y sociales. El MPS como instancia rectora del sistema, de manera
periódica y pública, debe difundir ampliamente dicha información, desde la cual,
de paso, las EPS puedan publicar las Cartas de Desempeño (Orden 28).
No puede entregarse esta información a la voluntad ni criterios de las EPS – IPS,
sino que debe ser asumida en forma directa por el MPS, la SNS. La información
sobre la vulneración del derecho a la salud, crucial para el desarrollo de cualquier
país, por parte de las EPS e IPS, deberá ser pública, incluyendo aquella generada
bajo contratos con terceros.
Segunda Pregunta
En caso de ser negativa la respuesta anterior, ¿cuáles deberían ser esas
variables, teniendo en cuenta que dicho ranking debe ser útil para el
ejercicio de los derechos de los usuarios y demás actores del sistema?
3
Diseño y cálculo de un ordenamiento ranking de las entidades promotoras de salud, 2005.
8
9. Análisis:
Para acercarnos a una medición del grado de vulneración del derecho la salud 4,
es preciso en primera instancia haber definido unos estándares que constituyan
punto de referencia en positivo a la garantía del derecho, y desde los cuales, se
puedan formular unos indicadores específicos. En términos del derecho
internacional, contamos con la Observación General No. 14 de los DESC, que fija
como estándares:5
Disponibilidad. Los Estados deben crear toda la infraestructura de salud
necesaria en todo su territorio. Esta infraestructura debe contar con agua,
electricidad, personal capacitado y todos los medicamentos necesarios.
Accesibilidad. La infraestructura y los servicios de salud deben ser accesibles a
todas las personas sin discriminación. Esto incluye: 1) Accesibilidad física. Los
centros de salud deben estar ubicados cerca de todas las comunidades. 2)
Accesibilidad económica. Todas las personas deben tener acceso al nivel más alto
posible de servicios de salud independientemente de sus ingresos. 3) Las
personas también deben tener acceso a información pertinente sobre los
problemas de la salud.
Aceptabilidad. La infraestructura de salud debe estar de acuerdo con la cultura y
las prácticas de las comunidades a las que atiende.
Calidad. La infraestructura de salud debe ser científica y médicamente apropiada,
contando con todos los equipos y el personal necesario, y con agua potable y
condiciones sanitarias adecuadas.
4
En un sentido negativo, esto es, del número de tutelas por vulneración del derecho, se cuenta con
el informe de la Defensoría sobre las entidades demandadas. Se encuentra que, en el período
2006-2008, el 54% son EPS del RC, el 15,2% son del RC y RS, el 14.3% son entes territoriales y el
8,9% son EPS del RS únicamente. Sólo 2,4% de las demandas son directamente a IPS privadas y
2,4% a ESE. También la Defensoría ha planteado una clasificación de EPS según número de
tutelas por 10.000 afiliados. La mayor, el Instituto de Seguros Sociales con 97,6, seguida por
Coomeva (55) y Colpatria (51,4) (Defensoría, 2009: 39-40).
5
Al respecto, la Defensoría publicó el libro “Sistema de Seguimiento y Evaluación de la Política
Pública de Salud a la Luz del Derecho a la Salud”. El problema con este Sistema es que definió un
número muy amplio de indicadores que hace muy difícil su manejo, pero aporta en lo metodológico
para pensar en un sistema de seguimiento de la garantía del derecho a la salud que debería
hacerse con un número razonable de indicadores.
9
10. El cubrimiento territorial es uno de los muchos asuntos mal verificados por parte
del MPS, y que implica contar con la red de servicios, con suficiente capacidad
resolutiva lo más cerca del lugar de residencia o de trabajo de las personas,
asunto sistemáticamente violado por las EPS. Pero para esto, se requiere
información detallada sobre lugares de residencia y primer punto de atención
dispuesto por las EPS, información actualmente no disponible. El Estado
colombiano delegó en las EPS y en las IPS este tipo de condiciones y supone que
estas instituciones las cumplen según el SOGC, pero debería contarse con algún
sistema de verificación permanente de estos requisitos por parte de los entes
territoriales. Curiosamente, el proyecto de ley en curso les retira esta función.
Cualquier ranking como mínimo debería basarse en indicadores construidos desde
los anteriores estándares, que a su vez desagreguen variables e indicadores
específicos. Existen numerosos documentos desde el sistema Interamericano de
Derechos Humanos que ofrecen una guía para su elaboración6, y existen desde la
Organización Mundial de la Salud (OMS) indicadores que deben ser asumidos por
el Estado colombiano y que hacen referencia al estado de salud en general de una
población. Entre los más importantes está la mortalidad materna que, sabemos, se
ha incrementado en el país, y que en el mundo entero es un evento denominado
“centinela” porque refleja la calidad de los sistemas de salud7. Esta es una de las
pruebas fehacientes por las cuales, medir los servicios prestados por las EPS-IPS
no es garantía para significar que, en general, el derecho a la salud avanza en el
país.
Para construir tales indicadores hay preguntas que deberán ser resueltas desde la
perspectiva de si las administradoras y prestadoras del sistema actual, asumen la
salud como lo determinó la Sentencia T760, es decir, como un derecho humano
fundamental y autónomo, o si la consideran una mercancía, sujeta a las reglas del
mercado.
6
Lineamientos para la elaboración de indicadores de progreso en materia de derechos
económicos, sociales y culturales, OEA/Ser. L/V/II. 19 DE Julio 2008.
7
CORTES DIAZ, Daniel. Mortalidad materna y salud pública: décadas pérdidas. Rev.fac.med.unal,
jul./set. 2010, vol.58, no.3, p.167-171. ISSN 0120-0011.
10
11. Recomendaciones
La CSR, recomienda a la Honorable Corte Constitucional, convocar al MPS, a la
SNS, a la propia Comisión y a los demás actores que considere pertinentes, a
unas audiencias técnicas que permitan construir y seleccionar, en primera
instancia, las variables e indicadores nacionales sobre la garantía del derecho la
salud de los colombianos y colombianas, con un enfoque diferencial y territorial,
que sirvan de marco a la construcción de variables para medir la vulneración del
derecho por parte de las entidades administradoras y prestadoras.
II.- Interrogante relacionado con la orden 32. Divulgación de la sentencia:
Primera Pregunta:
¿Qué alternativas se hacen necesarias para ampliar la difusión del contenido
de la sentencia T-760 de 2008 y los mecanismos para materializar el goce
efectivo del derecho a la salud?
Análisis:
La Sentencia es desconocida por la inmensa mayoría de los y las ciudadanas del
país, situación que puede obedecer tanto a la insuficiente divulgación de la misma,
como a los bajos niveles de formación ciudadana de una población con poco más
del 50% en la línea de la pobreza, es decir, personas que viven de la economía
informal, luchando por su sobrevivencia y con escasas posibilidades de informarse
por las vías tradicionales u oficiales.
Es cierto también que muchos sectores que deberían considerarse informados,
como los operadores de justicia y salud, tampoco puede decirse que manejen los
conceptos básicos sobre el derecho a la salud, expresados en la Sentencia.
11
12. Recomendaciones:
1.- La Honorable Corte Constitucional debe utilizar los espacios institucionales
tanto en la televisión como en la radio, incluida la comunitaria, y medios impresos,
formales e informales para mantener informada a la opinión pública.
2.- La Defensoría del Pueblo podría desarrollar en forma autónoma un programa
pedagógico sistemático.
3.- Las Honorable Corte podría establecer, a través de los ministerios de
Educación y de la Protección Social, un convenio de divulgación desde la
enseñanza básica secundaria y el nivel universitario, en especial, de los
programas de pre y posgrado del área de la salud.
4.- Las facultades de Medicina, podrían desarrollar un sistema de formación
básica en los contenidos del la Sentencia extensible a todas las instituciones que
forman a los trabajadores de la salud en sus diferentes aéreas y niveles de
especialización.
5.- Las facultades de Comunicación de algunas universidades podrían ser
convocadas por la Honorable Corte para que presentaran propuestas pedagógicas
de divulgación masiva, cumpliendo con las garantías de accesibilidad para las
personas con deficiencias sensoriales y cognitivas, con la posibilidad de que
accedan a espacios públicos gratuitos de propiedad del Estado en radio y
televisión.
Segunda Pregunta:
¿Qué criterios, estándares o indicadores y qué herramientas de medición de
indicadores o fórmulas, judicialmente aplicables, se hacen necesarios y
pueden ser considerados por la Corte Constitucional, para evaluar el
conocimiento, por parte de la ciudadanía, de los contenidos de la sentencia
T-760 de 2008, de manera tal que se garantice el goce efectivo del derecho a
la salud?
12
13. Análisis
Las personas en Colombia en general no se reconocen como sujetos de derechos
ciudadanos. En salud, de manera particular, de acuerdo a una investigación
realizada por la Dra. María Esperanza Echeverry López8, se muestra “cómo la
pobreza, la frágil autonomía, la simultaneidad de lo cívico y lo armado en la
resolución de necesidades, y la precaria democratización, limitan la incidencia de
esa acción colectiva en la construcción del derecho a la salud”.
De hecho, la decisión de atar el derecho prestacional a la capacidad de pago de
las personas según la cual quien contribuye tiene derecho a un plan de beneficios
y quien demuestra ser pobre obtiene un subsidio con beneficios menores, genera
una conciencia de derecho patrimonial que no coincide con el derecho de
ciudadanía social9 y el derecho a la igualdad. De esta forma, las personas han
llegado a creer que sólo si se paga, se tiene derecho a la salud. En consecuencia
los beneficiarios del Régimen Subsidiado valoran positivamente el servicio que se
les presta y reclaman menos que los del Régimen Contributivo,
independientemente de un criterio de calidad, oportunidad, pertinencia, enfoque
diferencial, etc.
Lograr que las personas, además de integrar a su sistema de valores ciudadanos
el derecho a la salud, conozcan los contenidos de la Sentencia, es un desafío que
como sociedad debemos emprender, bajo el liderazgo y responsabilidad del
Estado, empezando por la realización de todas las tareas de divulgación
contenidas en la pregunta anterior. Pero la “evaluación del conocimiento” por parte
de las personas implica una serie de estudios específicos que sólo podrían
realizarse mediante encuestas poblacionales amplias que requieren la
participación de científicos sociales adecuados. Estas necesidades implica la
8
“El derecho a la salud en Medellín, Colombia desde la perspectiva de los usuarios, en el contexto
de la reforma: 1990–2006”, financiada por el Fondo de Investigación Docente de la Facultad
Nacional de Salud Pública (proyecto CI-214 de 2006) de la Universidad de Antioquia.
9
Hernández M (2003) Neoliberalismo en salud: desarrollos, supuestos y alternativas. En: Restrepo
D.I. (Editor) La falacia neoliberal. Crítica y alternativas. Bogotá: Vicerrectoría Académica y Sede
Bogotá, Universidad Nacional de Colombia: 347-361
13
14. búsqueda de recursos del Estado o de cooperación internacional con los que aún
no cuenta la CSR.
Recomendaciones
La Sentencia T-760, de importancia histórica para la ciudadanía colombiana, aún
no ha permeado al conjunto de los titulares del derecho a la salud. No existe una
política institucional integral respecto a la difusión de la Sentencia T-760 ni de los
mecanismos para materializar su goce efectivo. Por lo anterior se propone a la
Honorable Corte Constitucional una serie de criterios, indicadores y medios de
verificación.
1. Los Criterios:
1.1. Categorización de la Ciudadanía. Este criterio hace referencia, a la
importancia de diferenciar la población objetivo, para establecer grados
diferenciales de conocimiento, pero también el grado de responsabilidad, que con
la divulgación de la Sentencia tienen. Se sugiere, la siguiente población objetivo
1. Actores institucionales públicos, vinculados de manera directa con la
política nacional de Salud. Toda vez que la Sentencia tiene implicaciones
directas sobre el conjunto de políticas sectoriales de Salud, es
indispensable saber el grado de conocimiento que los funcionarios
directivos y en particular los no directivos tienen de la Sentencia.
2. Las empresas e instituciones Prestadoras del Servicio de Salud. Ya que la
Sentencia T-760 trata temas estructurales que implican a las EPS e IPS, y
demandan de ellas acciones de cumplimiento con la garantía del derecho a
la salud. Son ellas, las primeras que deben conocer el contenido de la
Sentencia y además coadyuvar a su divulgación.
3. La Comunidad Médica.
4. La Comunidad Universitaria y Centros de Investigación. Las cuáles además
de conocer la Sentencia, pueden y deberían promover debates, elaborar
documentos para su divulgación para la comprensión de la ciudadanía
5. Las Organizaciones Sociales, plataformas y de base, relacionadas con los
14
15. derechos sociales, las cuales cumplen un papel fundamental en la
divulgación y pedagogización de la Sentencia
6. Medios de Comunicación. Los cuales deben cumplir un papel de facilitador
del control ciudadano, que es muy importante en una democracia. Es por
ello que se requiere trabajar con los medios de comunicación masivos:
Impresos, radiales y televisión
7. Titulares del derecho. La ciudadanía en general, no vinculada a ninguna
organización o categoría antes señalada.
1.2. Definir el grado de conocimiento. Conocer la Sentencia T-760, trasciende la
noción meramente informativa, y éste -el conocimiento de la Sentencia- debe ser
socialmente comprendido y apropiado de tal manera que determine la acción de la
ciudadanía acorde con sus roles en la sociedad: esto es, para la ciudadanía en
general el conocimiento debe significar saber a que tienen derecho, los
mecanismos de exigibilidad, quienes son los garantes etc. Para las EPS, debe
significar adecuarse para prestar el servicio acorde con las exigencias del
derecho. El grado de conocimiento que de la Sentencia tiene la ciudadanía, debe
contemplar los siguientes aspectos:
a. El grado de difusión que ha tenido por parte de los diversos actores
comprometidos directamente, atendiendo a criterios de accequibilidad y
oportunidad.
b. El grado de Comprensión acorde con los roles desempeñados en todo el
sistema y en la sociedad
c. El uso efectivo de ese conocimiento, como hacedor de política pública, como
generador de conocimiento, como auditor de políticas públicas, como titular del
derecho
2. Los indicadores.
Atendiendo a los criterios anteriores, se proponen a continuación indicadores de
verificación. Algunos de ellos pueden ser recogidos directamente por la Honorable
15
16. Corte Constitucional mediante solicitudes expresas a las entidades competentes;
otros requieren del diseño de una Encuesta con preguntas específicas acorde con
la población objetivo, que permita su verificación.
INDICADORES AMBITO DE APLICACIÓN MEDIO DE VERIFICACION
En general se requiere
desagregación territorial:
Nacional, Municipal y
Departamental
Divulgación
Instituciones públicas que Departamento Nacional de Solicitud formal a las instituciones
divulgan la Sentencia Planeación citadas sobre:
Ministerio de Protección
Social La publicación en Páginas Web
Acción Social Seminarios, Talleres o Foros
Defensoría del Pueblo Promovidos por las instituciones
Contraloría General de la publicas
República Documentos publicados con la
Comisión de Regulación en Sentencia
Salud
Contralorías del nivel local
Muestra representativa Nivel
municipal y departamental
Medios de Comunicación que Se requiere trabajar con una Encuesta de verificación con
divulgan la Sentencia muestra de los medios de periodistas de prensa escrita, radial
comunicación masivos y del y televisión
nivel territorial: Impresos,
radiales y televisión
Organizaciones Medicas que Universo de Organizaciones Solicitud formal a organizaciones
divulgan la sentencia medicas médicas sobre:
Publicación en Páginas WEB
Difusión de Boletines y otros
impresos
Encuesta de Verificación
Universidades que divulgan la Muestreo Representativo del Solicitud formal a Universidades
sentencia universo de Universidades sobre Promoción de Talleres, Foros,
del orden Nacional y debates sobre la Sentencia
Escenarios, acciones e Territorial Documentos y estudios publicados
instrumentos de Documentos pedagógicos
pedagogización publicados
Organizaciones sociales que Muestreo representativo de Encuesta de Verificación
divulgan la Sentencia Organizaciones sociales del
nivel nacional y territorial
Escenarios, acciones e dedicadas a la promoción de
instrumentos de los derechos sociales
Pedagogización: talleres,
documentos etc.
Conocimiento
16
17. Funcionarios públicos Departamento Nacional de Solicitud formal a las instituciones
directivos y no directivo Planeación citadas sobre las actividades
relacionados con la política de Ministerio de Protección realizadas para la difusión de la
Salud que conocen la Social Sentencia al interior de las
Sentencia Acción Social Instituciones: talleres, seminarios,
Defensoría del Pueblo publicación en WEB. Verificables
¿Conocen las implicaciones Contraloría General de la
de la Sentencia sobre el República Encuesta de verificación dirigida a
Derecho a la Salud? Comisión de regulación en funcionarios públicos directivo y no
Salud directivo
Medios de Comunicación que Se requiere trabajar con una Encuesta de verificación dirigida a
conocen la Sentencia muestra de los medios de periodistas de prensa escrita, radial
comunicación masivos y del y televisión
nivel territorial: Impresos,
radiales y televisión
¿Conocen los medios de Se requiere trabajar con una Encuesta de verificación con
comunicación las muestra de los medios de periodistas de prensa escrita, radial
implicaciones de la Sentencia comunicación masivos y del y televisión
sobre el derecho a la Salud? nivel territorial: Impresos,
radiales y televisión
Organizaciones sociales Muestreo representativo de Encuesta de Verificación
sobre derechos que conocen Organizaciones sociales del
la sentencia nivel nacional y territorial
dedicadas a la promoción de
los derechos sociales
¿Conocen las organizaciones Muestreo representativo de Encuesta de Verificación
sociales las implicaciones de Organizaciones sociales del
la Sentencia sobre el derecho nivel nacional y territorial
a la Salud? dedicadas a la promoción de
los derechos sociales
Personal que labora, directivo EPS e IPS Solicitud formal sobre actividades
y no directivo de EPS e IPS relacionadas con la divulgación de
que conocen la Sentencia la Sentencia al interior de la EPS
Encuesta de Verificación
¿El personal que labora, EPS e IPS Encuesta de Verificación
directivo y no directivo de
EPS y las IPS conoce las
implicaciones de la Sentencia
sobre el derecho a la Salud?
% de usuarios del Sistema de Muestra representativa a Encuesta de Verificación
Salud que conocen la nivel regional
Sentencia
¿Conocen los usuarios del Muestra representativa a Encuesta de Verificación
sistema las implicaciones de nivel regional
la Sentencia sobre el derecho
a la Salud?
¿El conocimiento de la Muestra representativa a Encuesta de Verificación
Sentencia ha servido a los nivel regional
usuarios del sistema para
obtener un servicio de salud
17
18. garante del derecho?
Fuente: elaboración propia
Una recomendación final que la Comisión se permite hacer a la Honorable Corte,
es que se exija que en los sucesivo, el Censo de Población, las Encuestas de
Hogares, la Encuesta Nacional de Salud, instancias ya institucionalizadas y que
cuentan con recursos públicos, involucren variables que permitan medir desde
otras perspectivas, el nivel de cumplimiento del derecho integral a la salud de la
población en relación con los otros derechos humanos.
18