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DIRECCIÓN GENERAL
                                                                                                            DE LA POLICÍA Y DE
                                                                                                             LA GUARDIA CIVIL
                              MINISTERIO                                                                             GUARDIA CIVIL

                              DEL INTERIOR
                                                                                              Subdirección General de Personal
                                                                                              Secretaría Técnica




         COMUNICACIÓN SOBRE NUEVAS CONDICIONES AYUDA AL TRANSPORTE EN VIAJES EN RENFE




                Con motivo de la entrada en vigor del nuevo convenio con RENFE, a partir del 1 de diciembre
        de 2011, la ayuda al Transporte prevista en el Plan de Acción Social, reunirá las siguientes condiciones y
        circunstancias:

                 En los viajes correspondientes a Alta Velocidad-Larga y Media distancia, así como en Media
        Distancia Convencional, el titular abonará en el momento de la adquisición del billete el 90% del precio
        tasado a Tarifa General o Comercial; posteriormente, al finalizar el período de cobertura (1 de diciembre
        de 2011 al 30 de noviembre de 2012) y una vez recibidos los registros correspondientes emitidos por
        RENFE-Operadora, el Servicio de Acción Social abonará al titular una cantidad proporcional al gasto
        realizado de acuerdo con los créditos disponibles, y que no podrá superar en ningún caso el 55% del
        precio total del billete. Por ello, el alcance total de la ayuda COINCIDIRÁ con el 65% (55%+10%) del
        descuento que se practica actualmente, y por lo tanto solo se modifica la gestión y el control del
        gasto y se difiere la percepción de la ayuda (55%) al momento de finalización del período de
        cobertura fijado en el Plan.

                En la adquisición del billetes de Cercanías, como en la actualidad, el titular abonará en el punto
        de venta el 35% del precio del billete de acuerdo a la Tarifa General o Comercial aplicable y el 65%
        restante será abonado directamente por la Guardia Civil a RENFE-Operadora, teniendo esta cuantía la
        consideración, con respecto al titular de derecho, de retribución en especie.


                                                                                  Madrid, 30 de noviembre de 2011




                                                                                                 C/ Guzmán el Bueno, 110)
                                                                                                 28003 Madrid
 CORREO ELECTRÓNICO:
                                                                                                 TEL.: 91 514 65 00 ext. 8380
dg-subper@guardicacivil.org                                                                      FAX.: 91 514 64 47

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  • 1. DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y DE LA GUARDIA CIVIL MINISTERIO GUARDIA CIVIL DEL INTERIOR Subdirección General de Personal Secretaría Técnica COMUNICACIÓN SOBRE NUEVAS CONDICIONES AYUDA AL TRANSPORTE EN VIAJES EN RENFE Con motivo de la entrada en vigor del nuevo convenio con RENFE, a partir del 1 de diciembre de 2011, la ayuda al Transporte prevista en el Plan de Acción Social, reunirá las siguientes condiciones y circunstancias: En los viajes correspondientes a Alta Velocidad-Larga y Media distancia, así como en Media Distancia Convencional, el titular abonará en el momento de la adquisición del billete el 90% del precio tasado a Tarifa General o Comercial; posteriormente, al finalizar el período de cobertura (1 de diciembre de 2011 al 30 de noviembre de 2012) y una vez recibidos los registros correspondientes emitidos por RENFE-Operadora, el Servicio de Acción Social abonará al titular una cantidad proporcional al gasto realizado de acuerdo con los créditos disponibles, y que no podrá superar en ningún caso el 55% del precio total del billete. Por ello, el alcance total de la ayuda COINCIDIRÁ con el 65% (55%+10%) del descuento que se practica actualmente, y por lo tanto solo se modifica la gestión y el control del gasto y se difiere la percepción de la ayuda (55%) al momento de finalización del período de cobertura fijado en el Plan. En la adquisición del billetes de Cercanías, como en la actualidad, el titular abonará en el punto de venta el 35% del precio del billete de acuerdo a la Tarifa General o Comercial aplicable y el 65% restante será abonado directamente por la Guardia Civil a RENFE-Operadora, teniendo esta cuantía la consideración, con respecto al titular de derecho, de retribución en especie. Madrid, 30 de noviembre de 2011 C/ Guzmán el Bueno, 110) 28003 Madrid CORREO ELECTRÓNICO: TEL.: 91 514 65 00 ext. 8380 dg-subper@guardicacivil.org FAX.: 91 514 64 47