5. RESOLUCION GENERAL 3432 TRANSFERENCIAS
HOMBRES DE NEGOCIO DEL FUTBOL
Invierten en derechos económicos de jugadores y luego
obtienen una ganancia cuando se efectúa la transferencia
REPRESENTANTES
Perciben una remuneración que se calcula en función al
importe de la transferencia, prima, premio y sueldo del
jugador
Puede coincidir en una persona el hombre de
negocio y el representante
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6. RESOLUCION GENERAL 3432 TRANSFERENCIAS
A FINES FISCALES
Derechos federativos y económicos de los jugadores quedan exclusivamente en
cabeza de los clubes
BANCARIZACIÓN DE TODAS LAS OPERACIONES EN CUENTAS
ESPECIALES DE LOS CLUBES
REGISTRO POSITIVO DE “HOMBRES DE NEGOCIO DEL FUTBOL”
Con el detalle de los jugadores en los cuales “invierten”
RETENCIÓN DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Para pagos a “hombres de negocio del futbol”
REGISTRO DE REPRESENTANTES DE JUGADORES
Con la lista de jugadores representados
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7. RESOLUCION GENERAL 3432
BANCARIZACIÓN DE TODAS LAS OPERACIONES EN CUENTAS
ESPECIALES DE LOS CLUBES
El club de futbol recibe la totalidad de la transferencia en su cuenta
bancaria y luego paga al “hombre de negocio”
Se asegura transparencia en la operación tanto para el club, los
socios y la AFIP
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8. RESOLUCION GENERAL 3432
REGISTRO POSITIVO DE “HOMBRES DE NEGOCIO DEL FUTBOL”
Listado positivo de los “hombres de negocio del futbol” el club
podrá consultar vía web con clave fiscal si el “hombre de negocio del
futbol” tiene una situación fiscal compatible con la realidad
económica de sus operaciones
Se deberá enviar -en formato digital- copia de los contratos a AFIP
Si el “hombre de negocio” no esta en el listado positivo de AFIP
máxima retención de impuesto a las ganancias - equivalente al 35% del
90% de la operación (si está en el listado la retención es del 17,5%)
Valor presuntivo de referencia de las operaciones – AFIP podrá determinar
valores de referencia de las transferencias en función a precios de mercado
Situación fiscal incompatible cancelación de CUIT
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9. RESOLUCION GENERAL 3432
REGISTRO DE REPRESENTANTES DE JUGADORES
AFIP tendrá una base de datos dinámica con el listado de todos los
representantes incluyendo el detalle de los jugadores que
representa, la fecha y cuanto cobra por esa tarea
Se deberá enviar - en formato digital - copia de los contratos a AFIP
Valor de referencia de la tarea de representantes a fines fiscales, no
podrá ser inferior al 10 % del valor de las operaciones de transferencia de los
jugadores representados y de los montos que los jugadores perciben de los clubes
(sueldo, prima, premio, etc.)
Si un representante no informa las operaciones cancelación de CUIT
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