El documento trata sobre la VI Jornada Rete 21 sobre la gestión del ruido y las vibraciones desde el ámbito local. Explica que el Real Decreto 1371/2007 (DB-HR) establece el Código Técnico de la Edificación como una herramienta reguladora y de control para la protección frente al ruido, indicando los parámetros y sistemas de verificación y control.
1. VI Jornada Rete 21
Gestión del ruido y
las vibraciones desde
el ámbito local
Red de laboratorios de acústica
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2. Código Técnico de
Edificación - CTE-
(R.D.314/06)
R.D. 1371/2007 DB-HR Protección
Frente al Ruído
COMO HERRAMIENTA
REGULADORA Y DE CONTROL
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3. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
INTRODUCCIÓN AL R.D.: En su segundo párrafo se afirma
que se trata de un instrumento normativo que regula las
exigencias básicas. Es decir, se trata de una normativa
reguladora.
En el párrafo cuarto de la introducción se dice que se
especificarán parámetros y sistemas de verificación y
control.
se trata de una norma reguladora y de control
Regula las exigencias básicas de calidad acústica en los edificios
indicando los índices de calidad acústica y valores exigidos para cada
índice
Indica los mecanismos de verificación y control de los índices de calidad.
Cuando se controlen “in situ” especifica las norma de ensayo que se
aplicarán
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4. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
En el control se seguirán los criterios indicados en el Art. 7.4 de la parte 1 del
CTE
En el caso de que se realicen mediciones “in situ”, se realizarán por
laboratorios acreditados y conforme a lo establecido en las normas UNE-
EN-ISO 140-4; 140-7 y 3382.
El mismo Art. 7.4 especifica que cuando se realicen los ensayos
de control “in situ” sea en obra terminada
El control se realizará mediante la aplicación de las normas de
ensayo indicadas
Las normas de ensayo son métodos reproducibles, están
validados, tienen establecidos criterios de precisión y determinadas
su incertidumbre bajo cumplimiento de la norma
Realizando el ensayo de control según norma, este, es trazable en
sus métodos y resultados. En las dos diapositivas siguientes, se
analiza mediante un ejemplo esta trazabilidad de ensayo bajo norma
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5. Ensayo Técnico del Promotor Ensayo Técnico de la
(1) 24 m
Administración (2)
24 m
RECEPCIÓ RECEPCIÓ
N EMISIÓN X N
A2 EMISIÓN
P5= 102 dB P10= 98 P9= 86 dB P8= 81 dB P7= 72 dB P6= 68 dB
P4= 100 dB
dB
14 m P3= 97 dB 14 m
1,5 m
X P2= 101 dB
P1= 97 dB P2= 90 dB P3= 84 dB P4=74 dB P5= 72 dB
P1= 98 dB X A1
336 m2 336 m2
Norma Ensayo UNE-EN-ISO 140 parte 4: 99; Punto 6.3.2 para distancias mínimas, 1,0
m. entre cualquier posición de micrófono y fuente sonora. a) distribuir el micrófono
uniformemente a lo largo de todo el espacio util del recinto.
Valor de Aislamiento declarado= Valor de Aislamiento declarado=
63 dB 52 dB
El valor promedio espacio El valor promedio espacio
temporal L1= 100dB temporal L1= 91 dB
Cumple con la Ordenanza No cumple con la Ordenanza
Municipal Municipal
EL PROMOTOR NO COMPRENDE LA DIFERENCIA ¿CUÁL
ES LA RAZÓN?
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6. Norma UNE-EN-ISO 140 parte 4: 99; Objeto: Método aplicable “in situ” para
medir las propiedades de aislamiento acústico a ruido aéreo bajo condiciones
de campo difuso.
Resultados de mediciones en emisión respecto a campo difuso del local emisor
5 Registros ensayos 10 Registros Bajo las condiciones
(1) ensayos (2) indica diferencias de niveles en los registros de medición, por frecuencias
anteriores y con los
Desviación 5 Desviación 10 Hz
resultados de la tabla
9,25 13,57 100 diferencia >10dB
12,06 18,13 123 diferencia >10dB adjunta, no se cumple las
6,90 11,01 160 diferencia >10dB condiciones de campo
6,42 9,68 200 diferencia >10dB
diferencia >10dB
difuso ni para cinco
5,95 9,13 250
6,13 8,63 315 diferencia >10dB
registros ni en el caso de
5,70 8,22 400 diferencia >10dB diez, esto, supone el
5,80 10,89 500 diferencia >10dB
6,69 9,61 630 diferencia >10dB
incumplimiento del principio
5,36 8,04 800 diferencia >10dB básico de la norma que se
5,24 7,07 1000 diferencia >10dB afirma aplicar 6.3.3 a) de la
El apartado
5,35 7,65 1250 diferencia >10dB norma dice que el número
4,33 7,08 1600 diferencia >10dB
mínimo de posiciones de
4,86 6,92 2000 diferencia >10dB
5,01 6,46 2500 diferencia >10dB micrófonos será de 10, el
4,78 5,73 3150 diferencia >10dB
ensayo (1) no cumple este
Tabla A1 de la Norma 140 parte 14 requisito
La tabla A2 de la parte 14
Dispositivo Área del Número de posiciones de micrófono y de indica valores óptimos de
de medición suelo del altavoces
recinto Altavoces (emisión) Micrófonos fijos desviaciones para campo
m2 difuso por frecuencias y
C > 100 3 15 volúmenes; para 100 Hz a 10
m3 3’92 y a 250 m3 2,12
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7. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
Objeto
Pretende establecer reglas y procedimientos que permitan cumplir
las exigencias básicas de protección frente al ruido.
Realizar un seguimiento del proyecto, la ejecución y
mantenimiento que garantice que los elementos
constructivos tienen las características acústicas adecuadas
Objetivo
Pretende limitar, dentro de los edificios y en condiciones
normales de utilización, el riesgo de molestias o
enfermedades que el ruido puede producir a los usuarios
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8. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
CONCEPTOS BÁSICOS (I)
Tipos de recintos
Recinto habitable: Recinto interior destinado al uso de personas, Se consideran los siguientes:
oa) Habitaciones y estancias en edificios residenciales
o b) aulas, bibliotecas y despachos en edificios de uso docente
o c) Quirófanos, habitaciones y salas de espera en edificios de uso sanitario
o d) Oficinas, despachos y salas de reunión en edificios de uso administrativo
o e) Cocinas, baños, pasillos y distribuidores en cualquier uso
o f) Cualquier otro con un uso asimilables a los anteriores
Recinto protegido: recinto habitable con mejores características acústicas. Se consideran recintos protegidos los habitables a), b),
c) y d)
Recinto de actividad: Recinto en el que se utiliza una actividad distinta a la realizada en el resto de los recintos del edificio, siempre
que el nivel medio de presión sonora estandarizado ponderado A sea mayor de 70 dBA
Recinto ruidoso: Recinto cuyas actividades, generalmente industrial, producen niveles superiores a 80 dBA
Recinto de instalaciones: Recinto que contiene equipos de instalaciones tanto individuales como colectivas del edificio.
LAeq,T = LAeq,T – 10*lg
Donde T es el tiempo de reverberación de la sala
LAeq,T es el nivel de presión sonora estandarizado
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9. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
El CTE es una normativa reguladora y de control, con un nuevo enfoque basado en prestaciones u
objetivos con una configuración legislativa mas flexible.
A efectos prácticos este nuevo enfoque se resumen en que se exigirán VERIFICACIONES que se
podrán realizar “in situ”. El DB-HR no recoge la obligación de verificar con ensayos “in situ”, las
Comunidades y Ayuntamientos podrán exigir este requisito en sus legislaciones
El CTE-HR, siempre se refiere a 3 aspectos a diseñar y dimensionar:
1. Aislamiento acústico
2. Tiempo de reverberación
3. Ruido y vibraciones de las instalaciones
El CTE-HR fija las exigencias, establece métodos de cálculo, guías para el control
sobre productos usados, la ejecución de la obra y el control de obra finalizada
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10. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN
OPCIÓN GENERAL OPCIÓN
SIMPLIFICADA
MÉTODO DE CÁLCULO SOLUCIONES
PROPUESTAS
Diseño y Diseño y dimensionado
Idea Arquitectónica dimensionado
Materiales Por la opción simplificada
por el método
Zonificación
general
Verificación productos de construcción Verificación productos de
construcción
Verificación construcción Verificación construcción
Verificación Fichas Justificativas
mantenimiento y conservación Fichas Justificativas
Verificación mantenimiento y
conservación
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12. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
CONTROL DE OBRA TERMINADA (I)
En el control se seguirán los criterios indicados en el
Art. 7.4 de la parte 1 del CTE
El Art. 7.4 dice: En la obra terminada, deberán realizarse, además
de las que puedan establecerse con carácter voluntario,
las comprobaciones y pruebas de servicio previstas en el proyecto
u ordenadas por la dirección facultativa y las
exigidas por la legislación aplicable.
En el caso de que se realicen mediciones “in situ”, se realizarán
por laboratorios acreditados y conforme a lo establecido en las
normas UNE-EN-ISO 140-4; 140-7 y 3382.
En el cumplimento de las exigencias de este Documento Básico se
permiten tolerancias de 3 dBA para aislamiento, 3 dB para ruido de
impactos y 0’1 s. para Tiempo de reverberación.
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13. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
CONTROL DE OBRA TERMINADA (II)
VERIFICACIONES “IN SITU”
El presente CTE, prevé la posibilidad de verificación de
cumplimientos mediante ensayo “in situ” , pero, sin carácter
obligatorio.
Las Comunidades autonómicas, tienen transferidas competencias
para desarrollar las de exigencias de vigilancia y verificación de
obra terminada “in situ”.
Estas y los Ayuntamientos, podrán legislar en la exigencia o no, de
las verificaciones “in situ” bajo los criterios mínimos establecidos en
esta normativa
Los Organismos competentes, podrán legislar respecto a
condiciones de muestreo de las obras terminadas
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14. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
VALORES LÍMITE DE RUIDO Y AISLAMIENTOS A RUIDO AÉREO (I)
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15. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
VALORES LÍMITE DE RUIDO Y AISLAMIENTOS A RUIDO AÉREO (II)
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16. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
VALORES LÍMITE DE RUIDO Y AISLAMIENTOS A RUIDO AÉREO (III)
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17. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
VALORES LÍMITE DE RUIDO Y AISLAMIENTOS A RUIDO AÉREO (IV)
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18. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
VALORES LÍMITE DE AISLAMIENTOS A RUIDO DE IMPACTO
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19. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
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VALORES LÍMITE DEL TIEMPO DE REVERBERACIÓN
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20. R.D.1371/07 DB-HR PROTECCIÓN FRENTE AL
RUIDO
VALORES LÍMITE DE RUIDO DE INSTALACIONES EN RECINTOS PROTEGIDOS
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