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Breve Historia de la Constitución Política del Perú
La Constitución Política del Perú es la carta magna y la ley fundamental sobre la que se
asientan el Derecho, la justicia y las normas de la República del Perú y en base a la que
se organiza el Estado del Perú. El constitucionalismo peruano es el estudio de la
constitución política-la vigente y las anteriores-, sus principios fundamentales, ideales,
implicancias e imperfecciones. La historia del constitucionalismo peruano se remonta a la
primera constitución española y llega hasta la actualidad.
Las Constituciones que ha tenido la República Peruana, desde su establecimiento, han
sido más de doce textos constitucionales -doce, si no se toman en cuenta estatutos ni
reglamentos provisorios, ni las constituciones de los Estados Nor y Sur Peruanos-.
Además, es necesario considerar otras cuatro constituciones que fueron aplicadas,
nominal o efectivamente, en el territorio peruano, dos antes de su independencia: la
constitución de Bayona (que es considerada como un estatuto, al haber sido impuesta por
las fuerzas napoleónicas ocupantes) y la española de 1812 (llamada popularmente la
"Pepa"), y dos durante el breve lapso de su escisión en las repúblicas Nor-Peruana y Sud-
Peruana y la ley fundamental para la Confederación Perú-Boliviana.
La historia del constitucionalismo en el Perú está vinculada con el nacimiento de la
República, en 1821, luego de que José de San Martín decretara la independencia del
Perú.
En esas circunstancias surgió la necesidad de elaborar y aprobar, al igual que se había
dado ya en otras naciones, una constitución que estableciera la forma de organización de
Estado que se iba a dar al Perú. Es en este episodio donde se llevó a cabo la primer
debate del recién convocado Congreso Constituyente.
La posición de San Martín y de algunos precursores como Hipólito Unanue era establecer
en el país una monarquía constitucional. Por otro lado, también la facción republicana
tenía muchos adeptos, siendo ésta posición la que finalmente se impuso en el Congreso.
Desde entonces, el Perú ha sido regido por varios textos constitucionales de distintas
orientaciones, cada una de ellas graficó la tendencia política predominante en ese preciso
momento histórico.
¿Cuántas constituciones ha tenido el Perú?
LAS CONSTITUCIONES QUE a tenido Perú son las siguientes
* Constitución española de 1812 (vigente en los años del virreinato del Perú 1812-1813).
* Constitución del Perú (1823).
* Constitución del Perú (1826).
* Constitución del Perú (1828).
* Constitución del Perú (1834).
* Constitución del Estado Nor Peruano (1836).
* Constitución del Estado Sud Peruano (1836).
* Decreto Creación de la Confederación Peruano-Boliviana (1836).
* Ley de la Confederación Peruano-Boliviana (1837).
* Constitución del Perú (1839).
* Constitución del Perú (1856).
* Constitución del Perú (1860).
* Constitución del Perú (1867).
* Constitución del Perú (1920).
* Constitución del Perú (1933).
* Constitución del Perú (1979).
* Constitución del Perú (1993). ESTA ULTIMA ES LA VIJENTE ACTUALMENTE
¿Cuál es la constitución actual?
Rige la cuestionada Constitución de 1993, dada durante el gobierno dictatorial de Alberto
Fujimori.
Muchos han pedido que se elabore una nueva, pero el actual gobierno, a pesar de
haberlo prometido durante su campaña, no lo ha hecho.
¿División de la constitución política del Perú?
Está dividida en 6 partes o Títulos y 14 capítulos.
Además de 8 disposiciones transitorias
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU 1860- ANALISIS DE LA CONSTITUCION
PERUANA DE 1860
SUMARIO
I. Introducción
II. Contexto Histórico
1. Constitución Política de 1826
2. Constitución Política de 1828
3. Constitución Política de 1834
4. Constitución Política de 1839
5. Constitución Política de 1856
III. Constitución Política del Perú 1860
1. Estructura
2. Características
IV. Recomendaciones
V. Conclusiones
VI. Bibliografía
I. INTRODUCCION
Esta monografía trata esencialmente en la constitución del Perú del año 1860, para dar
una análisis detallada de esta constitución he tenido que resumir las constituciones
anteriores a esta , para así poner analizar de una forma mas compleja sobre los cambios
de constituciones que hemos ido teniendo a lo largo de nuestra historia republicana.
Este tema lo presento en tres partes, la primera son los antecedentes históricos, la
segunda es netamente sobre la constitución de 1860.
Esta Constitución fue aprobada por el Congreso Ordinario el 13 de noviembre de 1860
promulgada por el Presidente Mariscal Castilla, duró hasta el 18 de agosto de 1867. Fue
nuevamente puesta en vigencia en enero de 1868. Fue suspendida durante la guerra con
Chile en diciembre de 1880 hasta enero de 1881. Dejo de regir definitivamente en 1919.
Fue por lo tanto, la constitución de más vigencia en la historia del Perú. Es por este último
que esta constitución es una de las más importantes en nuestra historia.
II. CONTEXTO HISTORICO
El Perú nace como una nación libre e independiente luego de un largo proceso
emancipador, iniciado desde las primeras rebeliones de indígenas y criollos. Ese proceso
tuvo uno de sus momentos cumbres en la declaración de la independencia nacional el 28
de julio de 1821.
Los fundamentos doctrinarios del proceso emancipador estuvieron directamente
vinculados al ideario democrático por el que se buscaba garantizar la plena vigencia de
los derechos y deberes de los ciudadanos, la consolidación del ordenamiento jurídico y
político del país, el respeto a la constitución y las leyes, el bienestar de la población y la
irrestricta vigencia de las garantías y los derechos individuales.
Uno de los principales medios para concretar ese ideario y garantizar el cumplimiento de
sus objetivos es la división del poder en tres esferas distintas -ejecutiva, legislativa y
judicial-, autónoma e independiente entre sí. El Poder Legislativo, específicamente, reside
en el Congreso de la República, cuyos miembros son elegidos por la ciudadanía en
comicios y, por lo tanto, ejercen sus funciones representando la voluntad popular.
La primera convocatoria a congreso constituyente fue realizada por el general don José
de San Martín mediante el Decreto Nº 146, del 27 de diciembre de 1821. Para dar
cumplimiento al dispositivo mencionado se conformó una comisión encargada de preparar
el reglamento de elecciones y se fijó el número de diputados -79 propietarios y 38
suplentes-, los cuales serían elegidos con arreglo al cálculo de la población de cada
departamento.
Los primeros diputados se reunieron el 20 de setiembre de 1822, a las 10 a.m., en el
palacio de gobierno. Desde allí se dirigieron a la catedral a solicitar la asistencia divina,
mediante la misa votiva del Espíritu Santo, que celebró el Deán Gobernador Eclesiástico
del arzobispado de Lima, doctor Francisco Javier de Echagüe. Concluida esta se entonó
el himno Veni Sancte Spiritus; después, el Deán hizo una exhortación a los diputados
sobre la protestación de la fe y el juramento que debían prestar. En seguida, el ministro de
Estado y Relaciones Exteriores, doctor. Francisco Valdivieso, pronunció la fórmula de
juramento:
«¿Juráis conservar la santa religión católica, apostólica, romana, como propia del Estado;
mantener en su integridad el Perú; no omitir medio para libertarlo de sus opresores;
desempeñar, fiel y legalmente, los poderes que os han confiado los pueblos; y llenar los
altos fines para que habéis sido?"
Los diputados respondieron: «Sí, juramos».
Después de ello pasaron de dos en dos a tocar el libro de los Santos Evangelios. Para
finalizar el acto, San Martín añadió:
«Si cumpliereis lo que habéis jurado, Dios os premie; y, si no, Él y la Patria os lo
demanden».
A continuación, el gobernador eclesiástico entonó el Te Deum, seguido por el coro. En
ese momento resonó en la plaza mayor una salva de 22 cañonazos, repetida en el Callao
y en los buques de la armada. En la ciudad se produjo un repique general de campanas
hasta la llegada de los diputados al recinto de la Universidad de San Marcos. El primer
congreso constituyente se instaló el 20 de setiembre de 1822 en la capilla de la
universidad, ubicada entonces en parte del terreno que corresponde actualmente al
Palacio del Congreso. Ante él renunció San Martín para dejar a la nación en libertad para
decidir su destino. En aquella oportunidad el Protector pronunció la siguiente alocución:
«Peruanos: Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el pueblo
reasume el poder supremo en todas sus partes».
Una vez retirado San Martín de la sede del Congreso, los diputados eligieron como
Presidente y Secretario momentáneos a los doctores Toribio Rodríguez de Mendoza y
José Faustino Sánchez Carrión. En seguida, se procedió a realizar la elección de la
primera junta directiva del Congreso. Resultaron elegidos: Presidente, el doctor Francisco
Javier de Luna Pizarro; Vicepresidente, don Manuel Salazar y Baquíjano ; Primer
Secretario, el doctor José Faustino Sánchez Carrión; y Segundo Secretario, el doctor
Francisco Javier Mariátegui. En dicha oportunidad el Presidente del Congreso sostuvo:
"El Congreso Constituyente del Perú queda solemnemente constituido e instalado; la
soberanía reside en la Nación, y su ejercicio, en el Congreso, que legítimamente la
representa".
Ante la renuncia irrevocable de San Martín, el Congreso asumió provisionalmente el
ejercicio del Poder Ejecutivo. Para ello designó una comisión, denominada Junta
Gubernativa del Perú, compuesta por tres de sus miembros: José de la Mar, Felipe
Antonio Alvarado y Manuel Salazar y Baquíjano.
Los diputados, para asegurar el funcionamiento del Congreso, procedieron a nombrar a
sus primeros servidores, encabezados por el Oficial Mayor, don Manuel Herrera y Oricaín,
cuyo nombramiento fue aprobado en la sesión del 12 de octubre de 1822.
Desde los primeros días de existencia del Congreso sus labores fueron intensas.
Ejemplos de ello son la elaboración del Reglamento de la Junta Gubernativa; el
otorgamiento del título de Generalísimo a don José de San Martín; la aprobación del
Reglamento Interno del Congreso; la definición de las Bases de la Constitución Política
del Perú, promulgadas el 17 de diciembre de 1822, y la primera Constitución Política del
Perú, sancionada el 12 de noviembre de 1823.
1. Constitución de 1826
Fue confeccionada por el Libertador Simón Bolívar y promulgada por el Consejo de
Gobierno presidida por el Gran Mariscal Andrés de Santa Cruz, tuvo vigencia de 9 de
diciembre de 1826 a 16 de junio de 1827, paradójicamente fue conocida como
Constitución Vitalicia o Bolivariana.
Proyectada durante el régimen de Bolívar y se llamó Vitalicia. Como conservadora debilitó
fuertemente el Legislativo, dividiéndolo en tres Cámaras: Tribunos, Senadores y
Censores, haciendo al Ejecutivo vitalicio, depositario del mayor poder, que se requería
para cumplir los planes continentales del Libertador. No contó con simpatías, no rigió
nunca porque fue promulgada después de la salida del Libertador del Perú.
• ANTECEDENTES:
El Congreso Nacional debió reunirse el 10 de febrero de 1826 pero no lo hizo hasta el 29
de marzo, sus sesiones solo duraron hasta el 10 de mayo. Bolívar quería que Perú,
Bolívar y Colombia tuvieran una constitución uniforme, y establecer con las tres
repúblicas, una federación de la seria Presidente Vitalicio. Se sometió a los colegios
electorales el proyecto de constitución, idéntico al aprobado para Bolivia. Se les consulto
también sobre la persona que debía ejercer la presidencia vitalicia establecida por esa
constitución. Con excepción de Tarapacá se pronunciaron las provincias a favor. El
consejo de Gobierno declaró el 30 de noviembre de 1826 que era ley fundamental del
Estado Peruano y que el libertador Bolívar sería Presidente Vitalicio bajo el titulo de Padre
y Salvador del Perú.
• HECHOS:
Fue jurada el 9 de diciembre de 1826 por el Consejo de Gobierno presidido por Santa
Cruz en ausencia de Bolívar que había salido del Perú el 3 de septiembre. La oposición
contra la nueva carta crecía y el jefe del movimiento era Javier Luna Pizarro, que
encabezaba el grupo nacionalista y adverso a los propósitos de Bolívar. Estallo en Lima
un motín el 26 de enero de 1827 y al día siguiente Santa Cruz convocó a elecciones para
un Congreso Constituyente Extraordinario que debería reunirse en el curso del año para
que decidiera sobre la carta que debía regir. Confiriéndose también la autoridad para
elegir Presidente y Vicepresidente de la República. Por lo tanto, la constitución conocida
como la Vitalicia rigió sólo siete semanas hasta el 27 de enero de 1827.
• ESTRUCTURA:
La constitución vitalicia reconocía cuatro poderes: el electoral, el legislativo, el ejecutivo y
el judicial.
Poder Electoral: lo ejercían inmediatamente los ciudadanos. Para ser ciudadano se
requería tener nacionalidad peruana, saber leer y escribir. Tener un empleo o industria o
profesar alguna ciencia o arte.
Poder Legislativo: emanaba directamente de los colegios Electorales, residía en tres
cámaras: Tribunos; que debían durar cuatro años. Senadores; que debían durar ocho
años. Censores; que eran vitalicios.
Poder Ejecutivo: estaba representado por un Presidente Vitalicio, un Vicepresidente y
cuatro miembros del estado.
Poder Judicial: conformado por los colegios Electorales formarían las ternas para los
Magistrados y Jueces y los titulares serían designados por el senado. Los de la corte
colegios Electorales, tenían intervención en la reforma de la constitución, la que no podía
ser suspendida. Abolía el gobierno municipal y sus funciones específicas, se atribuían al
Total de Artículos: 150.
2. Constitución de 1828
Fue dada por el Congreso Constituyente y promulgada por el General José de la Mar,
Presidente de la República; tuvo vigencia de 18 de marzo de 1828 a 10 de junio de 1834.
Trató de reeditar los postulados liberales de 1823. Estuvo en vigencia durante los
regímenes de gobierno del Mariscal Don José de La Mar y la primera etapa del gobierno
del Mariscal Don Agustín Gamarra. Dentro de las bases de esta Constitución, cabe hacer
referencia a los conceptos de Federalismo, que tuvo ardorosos defensores que
sostuvieron que un sistema federal garantizaría al máximo:
La soberanía.- las leyes se darían atendiendo en forma más directa las características y
las necesidades propias de cada región. Se desterraría el centralismo capitalino
evitándose el despotismo. Pero el debate fue intenso. Los opositores al federalismo
sostenían la inconveniencia del sistema por:
La falta de personal apto en número tal, que pudiera gobernar en cada región. La poca
densidad de la población en el ámbito territorial. La falta de estadística (censos) y sobre
todo, decían, el temor a la proliferación de la burocracia.
En cierta forma desaprobaron el federalismo como sistema de gobierno general; pero en
cambio dieron paso a una organización interna descentralizada al crear las Juntas
Departamentales, cuyas funciones, en esencia, correspondían prácticamente a
Parlamentos regionales de futura actuación.
Esta Constitución introdujo a la vez otra modificación a las anteriores. La de 1823,
consideró una sola Cámara en el Parlamento; la de 1826 fue tricameral; la de 1828,
organizó el Parlamento por primera vez en dos Cámaras: de Diputados y de Senadores.
En cuanto al Poder Ejecutivo estableció:
La duración de cuatro años para el ejercicio presidencial. El reemplazo del Presidente en
caso de vacancia por el Vice-Presidente o por el Presidente del Senado. La reelección
inmediata por única vez.
Estableció por primera vez el principio de la elección popular, para Presidente de la
República, ya que antes era elegido por el Senado sobre la base de los candidatos
propuestos por los Colegios Electorales. Incorporó el respeto a las garantías ciudadanas.
• ANTECEDENTES:
Producida a la caída del régimen bolivariano, expulsadas las tropas colombianas,
derogada la Constitución Vitalicia, todo esto implicaba una derrota autoritaria. Los
liberales estaban en el poder inmediatamente convocaron a un Congreso General
Constituyente. La asamblea se instaló el 4 de Junio de 1827 Santa Cruz que ejercía la
Presidencia del Consejo de Ministros renunció al cargo aunque se le prorrogo la autoridad
suprema con el título de jefe encargado del Poder Ejecutivo. Seis días después se
resolvió elegir Presidente y Vicepresidente de la República con carácter de titulares. Fue
elegido La Mar.
• HECHOS:
La constitución de 1828 fue sancionada por el Congreso General Constituyente el 18 de
marzo de 1823 y promulgada por el Presidente General La Mar el 20 de abril. En Julio de
1833 fue derogada para reformarla, dejando de regir el 10 de junio de 1834.
• ESTRUCTURA:
Fue de tendencia liberal. Concedía el sufragio a todos los hombres libres nacidos en el
territorio del Perú sin excepción, mayores de veintiún años o casados que no hubiesen
sido condenados a pena ni aceptado empleo de otra nación, ni hecho tráfico de esclavos
o pronunciado voto religioso. También se concedía este derecho a los extranjeros que
hubiesen servido en el ejercito o en la armada o estuviesen avecinados desde el año
1820 o que después de un año hubiesen obtenido la carta de ciudadanía (de
naturalización), no exigiéndosele para lograr ésta ningún requisito. Las elecciones se
efectuarían por votación en las parroquias y las provincias. La elección de Presidente y
Vicepresidente se efectuaba nombrando cada colegio dos individuos de los que uno por lo
menos, no debía ser natural ni vecino del departamento. El ejercicio de la soberanía
residía en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.
Poder Legislativo: estaba formado por dos cámaras, la de senadores diputados.
Poder Ejecutivo: se encontraba limitado por las funciones que correspondían a las juntas
Departamentales.
Poder Judicial: en el que los jueces eran inamovibles, salvo destitución por tendencia
legal. El presidente de la República nombraba, la propuesta en terna del senado, a los
vocales de la corte suprema y superior y a los jueces de Primera Instancia, a propuesta
en terna de la respectiva Corte Superior. Total de artículos 182.
3. Constitución de 1834
Fue dada por la Convención Nacional y promulgada por el Mariscal Luis José de
Orbegoso, tuvo vigencia de 10 de junio de1834 a 6 de agosto de 1836.
Siguió observando la corriente de tendencia liberal. Fue promulgada el 10 de junio de
1834. Entre sus principales aspectos figuran: La desaparición de las Juntas
Departamentales porque cayeron en desprestigio. El robustecimiento de las
Municipalidades. El aumento de cinco Senadores por Departamento, utilizando siempre el
sistema de los Colegios Electorales para su elección.
En cuanto al Poder Ejecutivo:
La supresión de la Vice-Presidencia de la República. La designación del Presidente del
Consejo de Estado para reemplazar al Presidente de la República. La prohibición de la
reelección presidencial. Además se conformó como principio constitucional el derecho del
Habeas Corpus. Consideró además la necesidad de una codificación, sentándose las
bases para el proyecto del primer Código Civil.
Se estableció el principio de la Responsabilidades el ejercicio de la Función Pública. Se
sancionaron los derechos ciudadanos considerados en las anteriores Constituciones
liberales.
La Constitución de 1834, tuvo entre sus más ardorosos defensores a Don Javier de Luna
Pizarro y a Don Francisco de Paula Gonzales Vigil, quien luego del acto de promulgación
se dirigió al Presidente Orbegoso, diciéndole: “A una época de tan faustos auspicios, no
es posible que suceda otro infortunio, ni han de quedar frustrados tantos presagios de
felicidad. Hay un medio eficaz de asegurarlo todo: respetar la Constitución”.
• ANTECEDENTES:
Al gobierno personal, autoritario y arbitrario de Gamarra le incomodaron, en todo
momento, las limitaciones y controles que establecía de Carta que regla, inspirada por el
gobierno la propaganda que se hizo en los años 1830 – 1832. Para anticipar la fecha en
que debía reunirse la convención en la que tomaron parte Prefectos, Colegios Electorales
y Periódicos gobernativos de Lima y Provincias. La instalación de la Convención Nacional
tuvo lugar el 12 de septiembre de 1833, en la antigua capilla de la Universidad de San
Marcos, en su segunda sesión realizada el 18 de septiembre, la comisión encargada de la
constitución de segunda sesión, realizada el 18 de septiembre, la comisión encargada de
la constitución de 1828 tenía listo un proyecto de reforma, que fue aceptado casi sin
variaciones por los demás miembros de la comisión, presentándolo el 28 de noviembre.
La cámara empezó a discutirlo el 9 de diciembre.
• HECHOS:
La convención eligió Presidente Provisional al General Luis José Orbegoso el 20 de
diciembre hasta que fuera elegido definitivamente con arreglo a la reforma constitucional.
La constitución fue promulgada por Orbegoso el 10 de junio de 1834. El 11 de agosto la
convención clausuraba sus sesiones. Estuvo vigente hasta el 22 de agosto de 1839 fecha
en la que fue declarada mediante ley insubsistente. En realidad no llego a regir debido a
que el año siguiente de su promulgación Salaverry implantó la Dictadura.
• ESTRUCTURA:
La constitución de 1834 reproduce casi literalmente la constitución de 1828. las
diferencias que hay son d detalle y los artículos modificados no llegan a veinte. Una
importante modificación fue la supresión de la prohibición que contenía la carta anterior de
federarse a otro estado. De haberse mantenido no se habría podido realizar la
confederación Peruano-Boliviana. Reaccionó en contra de otorgar la nacionalidad
peruana sin mayores restricciones. Se limitó a los nacidos en territorio nacional o en el
extranjero de padre o madre peruano, y a los extranjeros que hubieran servido en el
territorio de la república o que, casándose con peruana, ejercían arte o industria y tengan
residencia de dos años. El derecho a voto fue negado a los soldados, cabos y sargentos,
excluyo a los sirvientes, domésticos y mendigos, excluyo a los sirvientes, domésticos y
mendigos, pero si a los analfabetos. Se privó al gobierno de la intervención que le daba la
carta anterior en la formación de leyes en los casos de discordia entre la cámara de
diputados y el senado. Sólo se le concedió al presidente de la República la facultad para
nombrar fiscales. Sólo se le podía acusar al presidente de la República la facultad para
nombrar fiscales. Sólo se le podía acusar al presidente de la república de la reelección
inmediata ya que sólo podría ser reelegido después de un periodo semejante. Suprimió el
cargo de Vicepresidente. Total de Artículos: 187.
• CARACTERISTICAS:
Ley Orgánica de Municipalidades el 1º de agosto de 1934.
Ley de Elecciones Municipales el 29 de agosto de 1934.
4. Constitución de 1839
Dada por el Congreso General reunido en Huancayo y promulgada por el Mariscal
Agustín Gamarra, Presidente Provisorio de la República, conocida como la Constitución
de Huancayo; tuvo vigencia de 10 de noviembre de 1839 a 27 de julio de 1855.
Que fue de tendencia conservadora. Esta Carta es considerada por el Dr. Basadre como
“esencialmente autoridad”, por sus características siguientes: Se robusteció y reforzó al
Poder Ejecutivo, ampliando el mandato presidencial a seis años. Se concedió “poderes
extraordinarios”, al Consejo de Estado, para suspenderlas garantías constitucionales
determinando el tiempo de esta suspensión. Suprimida la Vice-Presidencia, el Presidente
era reemplazado por el Presidente del Consejo de Estado.
La Constitución no hizo mención a los Municipios, considerándose por esto como
prácticamente abolidos, siendo creados en cambio los organismos de: Intendentes de
Policía nombrados por el gobierno central con triple función (judicial, ejecutiva y de
salvaguarda de la seguridad pública). Fueron restringidos los derechos individuales. Se
reconoció tácitamente la esclavitud, al anunciarse el siguiente considerando: “Son
peruanos de nacimiento los hombres libres nacidos en el Perú”.
Se pidió como requisito de la ciudadanía:
a) Saber Leer y escribir,
b) Pagar Contribución y
c) Tener veintidós años.
Esta constitución tuvo larga vida, ya que abarcó el gobierno del Mariscal Gamarra y el
periodo del primer gobierno de Don Ramón Castilla.
• ANTECEDENTES:
Gamarra investido de la autoridad suprema con el título de Presidente Provisorio, expidió
el 10 de octubre de 1838 un decreto convocando a elecciones para un congreso Nacional,
al no realizarse dicha convocatoria expidió otra el 22 de Mayo de 1839, dándole carácter
de constituyente. Las sesiones – preparatorias tuvieron lugar en Huancayo desde el 5 de
agosto, inaugurándose el 15 de agosto de 1839, otorgándosele a Gamarra honores y el
título de Restaurador del Perú, y Generalisimo de las Fuerzas del Mar y Tierra. Declaro
insubsistente la constitución de 1834 el 22 de agosto. La comisión de constitución
afirmaba en su dictamen presentado en los primeros días de octubre, que la carta a
dictarse debía evitar la anarquía y preservar a la República de tales males. Menos de tres
meses de deliberación bastaron para dar al país una constitución, la que se discutió y votó
en veinte días concluyendo las labores de la asamblea en la propia ciudad de Huancayo
el 29 de noviembre de 1839.
• HECHOS:
Conocida como la “Constitución de Huancayo “por ser esta la ciudad donde se redactó.
Fue aprobada por el Congreso Constituyente y promulgada por el Mariscal Agustín
Gamarra, el 10 de noviembre de 1839. La constitución de Huancayo rigió doce años de
1839 a 1842 y de 1845 a 1854. La convención nacional reunida inmediatamente después
del triunfo liberal de Castilla en la Palma, declaró el 22 de octubre de 1855, que estaba
derogada por voluntad nacional.
• ESTRUCTURA:
Una república popular, representativa, consolidada en la unidad, responsable y
alternativa, fue la base del régimen, adoptada por la carta de Huancayo. Distingue por
primera vez, nacionalidad de ciudadanía. Había según ella dos clases de peruanos de
nacimiento y por naturalización. Gozaban de la ciudadanía ambas clases de peruanos.
Para ejercerla se necesitaba tener veinticinco años o ser casado, saber leer y escribir,
excepto los indígenas y mestizos hasta el año 1845, y pagar alguna contribución. El jefe
del poder Ejecutivo era la vigencia en enero de 1868. Fue suspendida durante la guerra
con Chile en diciembre de 1881 hasta enero de 1881. Dejó de regir definitivamente en
1919. Fue por lo tanto, la constitución de más vigencia en la historia del Perú.
5. Constitución de 1856
Fue promulgada por el Presidente Provisorio Ramón Castilla, tuvo vigencia de 19 de
octubre a de 1856 a13 de noviembre de 1860.
Fue de tendencia liberal, por lo tanto entre otras cosas acepto en toda su plenitud, las
ganancias individuales y los derechos del ciudadano: Mantuvo el equilibrio entre el
Legislativo y el Ejecutivo. El periodo presidencial volvió a ser de cuatro años. Se
consideró nuevamente el sufragio directo.
Se creo una nueva institución llamada Consejo de Ministros y reapareció el cargo de la
Vice Presidencia. Se establecieron las instituciones locales, entre ellas los Municipios y
las Juntas Departamentales.
• CARACTERISTICAS:
Se dio la Ley Orgánica de Municipalidades el 29 de noviembre de 1856.
III. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ 1860
Dada por el Congreso de la República, reformó la de 1856, fue promulgada por el
Mariscal Ramón Castilla; tuvo vigencia de 13 de noviembre de 1860 a 29 de agosto de
1867, fue puesta en vigencia nuevamente por el General Pedro Diez Canseco,
vicepresidente de la República de 6 de enero de 1868 a 27 de diciembre de 1879;
posteriormente a causa de la invasión chilena Montero, Cáceres e Iglesias se ciñeron a
ésta Constitución que tuvo vigencia de 18 de enero de 1881 a 23 de octubre de 1883. Con
algunas modificaciones hechas por sucesivos Congresos fue puesta en vigor por el
General Miguel Iglesias de 23 de octubre de 1883 a 18 de enero de 1920.
Considerada de corte moderado. Entre los que formularon el proyecto de esta
Constitución estuvo el distinguido Maestro y Sacerdote Bartolomé Herrera y fue notable
su polémica de base conservadora con el liberal Silva Santisteban, acerca de la tolerancia
de culto y sobre el fuero eclesiástico. Al triunfar los liberales suprimiéndose el fuero
especial, Bartolomé Herrera se retiró. De igual manera los liberales se pronunciaron sobre
la supresión de la pena de muerte y por la prohibición de la reelección presidencial. Entre
las principales de esta Constitución, se puede anotar:
Se consideró como peruanos de nacimiento a los naturales de América española y a los
españoles que se encontraban en el Perú cuando se programo y juró la independencia y
siguieron residencio en el País.
En esta constitución se considero, la posibilidad de establecer al sufragio indirecto y se
limitaba la Ciudadanía con los siguientes requisitos:
a) Saber leer y escribir.
b) Ser jefe de un taller o fábrica o propietario de un bien raíz.
c) Pagar contribuciones al Erario nacional.
Estableció definitivamente el sistema bi-cameral en el Legislativo.
Determino diversas distribuciones legislativas.
Se mantuvo el Consejo de Ministros y la Vice-Presidencia.
Fue suprimido el Consejo de Estado.
La constitución que comentamos tubo larga existencia ya que duro hasta el año 1920;
habiendo tenido una interrupción con la Constitución fugaz de 1867 y el Estatuto de 1879
bajo el gobierno de Piérola.
1. ESTRUCTURA:
La constitución de 1860, constaba de XIX títulos, generales y siete disposiciones
transitorias. La iglesia y el estado estaban unidos y se prohibía el ejercicio público de otra
religión que no fuera la Católica Apostólica y Romana. Volvió al régimen bicameral es
decir, de senadores y diputados. La reelección fue prohibida. No sólo se consideró una
vicepresidencia de la república, sino una segunda vicepresidencia pero con el poder
limitado a la función de convocar elecciones. Se suprimió el sufragio directo ya que como
se alegó el país no estaba preparado para ello, puesto que se prestaba a coacciones y
porque exigía un notable grado de cultura. En 1896 se estableció el voto directo y publicó
suprimiéndose el voto de los analfabetos por considerarse que era un boto manipulado
por los caciques políticos, las autoridades gubernamentales y los gamonales. El ejército
no podía liberal, su obediencia, debía ser pasiva. Total de Artículos: 138.
2. CARACTERISTICAS:
Ley Orgánica de Municipalidades el 9 de mayo de 1861.
IV. RECOMENDACIONES:
1. Todo peruano obligatoriamente creo yo que debe de conocer su constitución actual,
para así no dejarse pisotear por los demás además de hacer valer todos sus derechos en
sociedad.
2. Debemos de conocer el pasado de nuestra constitución para saber como ha ido
cambiando el rumbo democrático de nuestro país, para darnos cuenta como ha sido las
evoluciones de gobierno que hemos tenido.
3. Una Constitución es una Carta Magna en la que se plasman por ejemplo las garantías
individuales (derechos humanos) de cada persona, es fuente de libertad, marca
prioritariamente la manera en como se conducirá un Estado, tanto en el ámbito social,
político, económico, etc.
V. CONCLUSIONES
1. Unen a la iglesia y el Estado y se prohíbe el ejercicio público de otra religión que no
fuera la Católica, Apostólica Y Romana ya que la Iglesia tenia bastante poder y creo que
aun lo sigue teniendo en estos días pero claro ya no con tal influencia como antes ya que
este poder se ha ido fragmentando y dividiendo en distintas religiones que hoy en día
existen y son aceptadas en nuestro País.
2. En esta constitución se volvió al régimen bicameral, es decir , senadores y diputados ,
que desde mi punto de viste es el mejor régimen que debe de tener el congreso , sin bien
es cierto la aprobación de las leyes demora un poco mas ya que son mas analizadas por
personas mas capaces y así solo se aprobarían las mejores leyes.
3. Fue muy importante esta Constitución ya que estableció la vicepresidencia y la
segunda vicepresidencia para así el Perú no quedara en el aire gubernamental si es que
le ocurría algo imprevisto al presidente de turno como la muerte.
4. Desde los primeros años de las creaciones de las Cárceles se creía equivocadamente
que estos lugares eran de castigos a los presos, pero esta Constitución estableció que
eran lugares de seguridad y no de castigo.
BIBLIOGRAFÍA
“Las Constituciones del Perú 1823 – 1993”
o Dario Palacios Dextre / Ruth Monca Guillergua
Historia del Congreso
o http://www.congreso.gob.pe/
Constitución Política de la República Peruana 1860
o http://www.congreso.gob.pe/ntley/ConstitucionP.ht

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Breve historia de la constitución política del perú

  • 1. Breve Historia de la Constitución Política del Perú La Constitución Política del Perú es la carta magna y la ley fundamental sobre la que se asientan el Derecho, la justicia y las normas de la República del Perú y en base a la que se organiza el Estado del Perú. El constitucionalismo peruano es el estudio de la constitución política-la vigente y las anteriores-, sus principios fundamentales, ideales, implicancias e imperfecciones. La historia del constitucionalismo peruano se remonta a la primera constitución española y llega hasta la actualidad. Las Constituciones que ha tenido la República Peruana, desde su establecimiento, han sido más de doce textos constitucionales -doce, si no se toman en cuenta estatutos ni reglamentos provisorios, ni las constituciones de los Estados Nor y Sur Peruanos-. Además, es necesario considerar otras cuatro constituciones que fueron aplicadas, nominal o efectivamente, en el territorio peruano, dos antes de su independencia: la constitución de Bayona (que es considerada como un estatuto, al haber sido impuesta por las fuerzas napoleónicas ocupantes) y la española de 1812 (llamada popularmente la "Pepa"), y dos durante el breve lapso de su escisión en las repúblicas Nor-Peruana y Sud- Peruana y la ley fundamental para la Confederación Perú-Boliviana. La historia del constitucionalismo en el Perú está vinculada con el nacimiento de la República, en 1821, luego de que José de San Martín decretara la independencia del Perú. En esas circunstancias surgió la necesidad de elaborar y aprobar, al igual que se había dado ya en otras naciones, una constitución que estableciera la forma de organización de Estado que se iba a dar al Perú. Es en este episodio donde se llevó a cabo la primer debate del recién convocado Congreso Constituyente. La posición de San Martín y de algunos precursores como Hipólito Unanue era establecer en el país una monarquía constitucional. Por otro lado, también la facción republicana tenía muchos adeptos, siendo ésta posición la que finalmente se impuso en el Congreso. Desde entonces, el Perú ha sido regido por varios textos constitucionales de distintas orientaciones, cada una de ellas graficó la tendencia política predominante en ese preciso momento histórico. ¿Cuántas constituciones ha tenido el Perú? LAS CONSTITUCIONES QUE a tenido Perú son las siguientes * Constitución española de 1812 (vigente en los años del virreinato del Perú 1812-1813). * Constitución del Perú (1823). * Constitución del Perú (1826). * Constitución del Perú (1828). * Constitución del Perú (1834). * Constitución del Estado Nor Peruano (1836). * Constitución del Estado Sud Peruano (1836). * Decreto Creación de la Confederación Peruano-Boliviana (1836). * Ley de la Confederación Peruano-Boliviana (1837). * Constitución del Perú (1839). * Constitución del Perú (1856).
  • 2. * Constitución del Perú (1860). * Constitución del Perú (1867). * Constitución del Perú (1920). * Constitución del Perú (1933). * Constitución del Perú (1979). * Constitución del Perú (1993). ESTA ULTIMA ES LA VIJENTE ACTUALMENTE ¿Cuál es la constitución actual? Rige la cuestionada Constitución de 1993, dada durante el gobierno dictatorial de Alberto Fujimori. Muchos han pedido que se elabore una nueva, pero el actual gobierno, a pesar de haberlo prometido durante su campaña, no lo ha hecho. ¿División de la constitución política del Perú? Está dividida en 6 partes o Títulos y 14 capítulos. Además de 8 disposiciones transitorias CONSTITUCION POLITICA DEL PERU 1860- ANALISIS DE LA CONSTITUCION PERUANA DE 1860 SUMARIO I. Introducción II. Contexto Histórico 1. Constitución Política de 1826 2. Constitución Política de 1828 3. Constitución Política de 1834 4. Constitución Política de 1839 5. Constitución Política de 1856 III. Constitución Política del Perú 1860 1. Estructura 2. Características IV. Recomendaciones V. Conclusiones VI. Bibliografía I. INTRODUCCION Esta monografía trata esencialmente en la constitución del Perú del año 1860, para dar una análisis detallada de esta constitución he tenido que resumir las constituciones anteriores a esta , para así poner analizar de una forma mas compleja sobre los cambios de constituciones que hemos ido teniendo a lo largo de nuestra historia republicana. Este tema lo presento en tres partes, la primera son los antecedentes históricos, la
  • 3. segunda es netamente sobre la constitución de 1860. Esta Constitución fue aprobada por el Congreso Ordinario el 13 de noviembre de 1860 promulgada por el Presidente Mariscal Castilla, duró hasta el 18 de agosto de 1867. Fue nuevamente puesta en vigencia en enero de 1868. Fue suspendida durante la guerra con Chile en diciembre de 1880 hasta enero de 1881. Dejo de regir definitivamente en 1919. Fue por lo tanto, la constitución de más vigencia en la historia del Perú. Es por este último que esta constitución es una de las más importantes en nuestra historia. II. CONTEXTO HISTORICO El Perú nace como una nación libre e independiente luego de un largo proceso emancipador, iniciado desde las primeras rebeliones de indígenas y criollos. Ese proceso tuvo uno de sus momentos cumbres en la declaración de la independencia nacional el 28 de julio de 1821. Los fundamentos doctrinarios del proceso emancipador estuvieron directamente vinculados al ideario democrático por el que se buscaba garantizar la plena vigencia de los derechos y deberes de los ciudadanos, la consolidación del ordenamiento jurídico y político del país, el respeto a la constitución y las leyes, el bienestar de la población y la irrestricta vigencia de las garantías y los derechos individuales. Uno de los principales medios para concretar ese ideario y garantizar el cumplimiento de sus objetivos es la división del poder en tres esferas distintas -ejecutiva, legislativa y judicial-, autónoma e independiente entre sí. El Poder Legislativo, específicamente, reside en el Congreso de la República, cuyos miembros son elegidos por la ciudadanía en comicios y, por lo tanto, ejercen sus funciones representando la voluntad popular. La primera convocatoria a congreso constituyente fue realizada por el general don José de San Martín mediante el Decreto Nº 146, del 27 de diciembre de 1821. Para dar cumplimiento al dispositivo mencionado se conformó una comisión encargada de preparar el reglamento de elecciones y se fijó el número de diputados -79 propietarios y 38 suplentes-, los cuales serían elegidos con arreglo al cálculo de la población de cada departamento. Los primeros diputados se reunieron el 20 de setiembre de 1822, a las 10 a.m., en el palacio de gobierno. Desde allí se dirigieron a la catedral a solicitar la asistencia divina, mediante la misa votiva del Espíritu Santo, que celebró el Deán Gobernador Eclesiástico del arzobispado de Lima, doctor Francisco Javier de Echagüe. Concluida esta se entonó el himno Veni Sancte Spiritus; después, el Deán hizo una exhortación a los diputados sobre la protestación de la fe y el juramento que debían prestar. En seguida, el ministro de Estado y Relaciones Exteriores, doctor. Francisco Valdivieso, pronunció la fórmula de juramento: «¿Juráis conservar la santa religión católica, apostólica, romana, como propia del Estado; mantener en su integridad el Perú; no omitir medio para libertarlo de sus opresores; desempeñar, fiel y legalmente, los poderes que os han confiado los pueblos; y llenar los altos fines para que habéis sido?" Los diputados respondieron: «Sí, juramos».
  • 4. Después de ello pasaron de dos en dos a tocar el libro de los Santos Evangelios. Para finalizar el acto, San Martín añadió: «Si cumpliereis lo que habéis jurado, Dios os premie; y, si no, Él y la Patria os lo demanden». A continuación, el gobernador eclesiástico entonó el Te Deum, seguido por el coro. En ese momento resonó en la plaza mayor una salva de 22 cañonazos, repetida en el Callao y en los buques de la armada. En la ciudad se produjo un repique general de campanas hasta la llegada de los diputados al recinto de la Universidad de San Marcos. El primer congreso constituyente se instaló el 20 de setiembre de 1822 en la capilla de la universidad, ubicada entonces en parte del terreno que corresponde actualmente al Palacio del Congreso. Ante él renunció San Martín para dejar a la nación en libertad para decidir su destino. En aquella oportunidad el Protector pronunció la siguiente alocución: «Peruanos: Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el pueblo reasume el poder supremo en todas sus partes». Una vez retirado San Martín de la sede del Congreso, los diputados eligieron como Presidente y Secretario momentáneos a los doctores Toribio Rodríguez de Mendoza y José Faustino Sánchez Carrión. En seguida, se procedió a realizar la elección de la primera junta directiva del Congreso. Resultaron elegidos: Presidente, el doctor Francisco Javier de Luna Pizarro; Vicepresidente, don Manuel Salazar y Baquíjano ; Primer Secretario, el doctor José Faustino Sánchez Carrión; y Segundo Secretario, el doctor Francisco Javier Mariátegui. En dicha oportunidad el Presidente del Congreso sostuvo: "El Congreso Constituyente del Perú queda solemnemente constituido e instalado; la soberanía reside en la Nación, y su ejercicio, en el Congreso, que legítimamente la representa". Ante la renuncia irrevocable de San Martín, el Congreso asumió provisionalmente el ejercicio del Poder Ejecutivo. Para ello designó una comisión, denominada Junta Gubernativa del Perú, compuesta por tres de sus miembros: José de la Mar, Felipe Antonio Alvarado y Manuel Salazar y Baquíjano. Los diputados, para asegurar el funcionamiento del Congreso, procedieron a nombrar a sus primeros servidores, encabezados por el Oficial Mayor, don Manuel Herrera y Oricaín, cuyo nombramiento fue aprobado en la sesión del 12 de octubre de 1822. Desde los primeros días de existencia del Congreso sus labores fueron intensas. Ejemplos de ello son la elaboración del Reglamento de la Junta Gubernativa; el otorgamiento del título de Generalísimo a don José de San Martín; la aprobación del Reglamento Interno del Congreso; la definición de las Bases de la Constitución Política del Perú, promulgadas el 17 de diciembre de 1822, y la primera Constitución Política del Perú, sancionada el 12 de noviembre de 1823. 1. Constitución de 1826 Fue confeccionada por el Libertador Simón Bolívar y promulgada por el Consejo de Gobierno presidida por el Gran Mariscal Andrés de Santa Cruz, tuvo vigencia de 9 de diciembre de 1826 a 16 de junio de 1827, paradójicamente fue conocida como Constitución Vitalicia o Bolivariana. Proyectada durante el régimen de Bolívar y se llamó Vitalicia. Como conservadora debilitó fuertemente el Legislativo, dividiéndolo en tres Cámaras: Tribunos, Senadores y
  • 5. Censores, haciendo al Ejecutivo vitalicio, depositario del mayor poder, que se requería para cumplir los planes continentales del Libertador. No contó con simpatías, no rigió nunca porque fue promulgada después de la salida del Libertador del Perú. • ANTECEDENTES: El Congreso Nacional debió reunirse el 10 de febrero de 1826 pero no lo hizo hasta el 29 de marzo, sus sesiones solo duraron hasta el 10 de mayo. Bolívar quería que Perú, Bolívar y Colombia tuvieran una constitución uniforme, y establecer con las tres repúblicas, una federación de la seria Presidente Vitalicio. Se sometió a los colegios electorales el proyecto de constitución, idéntico al aprobado para Bolivia. Se les consulto también sobre la persona que debía ejercer la presidencia vitalicia establecida por esa constitución. Con excepción de Tarapacá se pronunciaron las provincias a favor. El consejo de Gobierno declaró el 30 de noviembre de 1826 que era ley fundamental del Estado Peruano y que el libertador Bolívar sería Presidente Vitalicio bajo el titulo de Padre y Salvador del Perú. • HECHOS: Fue jurada el 9 de diciembre de 1826 por el Consejo de Gobierno presidido por Santa Cruz en ausencia de Bolívar que había salido del Perú el 3 de septiembre. La oposición contra la nueva carta crecía y el jefe del movimiento era Javier Luna Pizarro, que encabezaba el grupo nacionalista y adverso a los propósitos de Bolívar. Estallo en Lima un motín el 26 de enero de 1827 y al día siguiente Santa Cruz convocó a elecciones para un Congreso Constituyente Extraordinario que debería reunirse en el curso del año para que decidiera sobre la carta que debía regir. Confiriéndose también la autoridad para elegir Presidente y Vicepresidente de la República. Por lo tanto, la constitución conocida como la Vitalicia rigió sólo siete semanas hasta el 27 de enero de 1827. • ESTRUCTURA: La constitución vitalicia reconocía cuatro poderes: el electoral, el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Poder Electoral: lo ejercían inmediatamente los ciudadanos. Para ser ciudadano se requería tener nacionalidad peruana, saber leer y escribir. Tener un empleo o industria o profesar alguna ciencia o arte. Poder Legislativo: emanaba directamente de los colegios Electorales, residía en tres cámaras: Tribunos; que debían durar cuatro años. Senadores; que debían durar ocho años. Censores; que eran vitalicios. Poder Ejecutivo: estaba representado por un Presidente Vitalicio, un Vicepresidente y cuatro miembros del estado. Poder Judicial: conformado por los colegios Electorales formarían las ternas para los Magistrados y Jueces y los titulares serían designados por el senado. Los de la corte colegios Electorales, tenían intervención en la reforma de la constitución, la que no podía ser suspendida. Abolía el gobierno municipal y sus funciones específicas, se atribuían al Total de Artículos: 150. 2. Constitución de 1828 Fue dada por el Congreso Constituyente y promulgada por el General José de la Mar, Presidente de la República; tuvo vigencia de 18 de marzo de 1828 a 10 de junio de 1834.
  • 6. Trató de reeditar los postulados liberales de 1823. Estuvo en vigencia durante los regímenes de gobierno del Mariscal Don José de La Mar y la primera etapa del gobierno del Mariscal Don Agustín Gamarra. Dentro de las bases de esta Constitución, cabe hacer referencia a los conceptos de Federalismo, que tuvo ardorosos defensores que sostuvieron que un sistema federal garantizaría al máximo: La soberanía.- las leyes se darían atendiendo en forma más directa las características y las necesidades propias de cada región. Se desterraría el centralismo capitalino evitándose el despotismo. Pero el debate fue intenso. Los opositores al federalismo sostenían la inconveniencia del sistema por: La falta de personal apto en número tal, que pudiera gobernar en cada región. La poca densidad de la población en el ámbito territorial. La falta de estadística (censos) y sobre todo, decían, el temor a la proliferación de la burocracia. En cierta forma desaprobaron el federalismo como sistema de gobierno general; pero en cambio dieron paso a una organización interna descentralizada al crear las Juntas Departamentales, cuyas funciones, en esencia, correspondían prácticamente a Parlamentos regionales de futura actuación. Esta Constitución introdujo a la vez otra modificación a las anteriores. La de 1823, consideró una sola Cámara en el Parlamento; la de 1826 fue tricameral; la de 1828, organizó el Parlamento por primera vez en dos Cámaras: de Diputados y de Senadores. En cuanto al Poder Ejecutivo estableció: La duración de cuatro años para el ejercicio presidencial. El reemplazo del Presidente en caso de vacancia por el Vice-Presidente o por el Presidente del Senado. La reelección inmediata por única vez. Estableció por primera vez el principio de la elección popular, para Presidente de la República, ya que antes era elegido por el Senado sobre la base de los candidatos propuestos por los Colegios Electorales. Incorporó el respeto a las garantías ciudadanas. • ANTECEDENTES: Producida a la caída del régimen bolivariano, expulsadas las tropas colombianas, derogada la Constitución Vitalicia, todo esto implicaba una derrota autoritaria. Los liberales estaban en el poder inmediatamente convocaron a un Congreso General Constituyente. La asamblea se instaló el 4 de Junio de 1827 Santa Cruz que ejercía la Presidencia del Consejo de Ministros renunció al cargo aunque se le prorrogo la autoridad suprema con el título de jefe encargado del Poder Ejecutivo. Seis días después se resolvió elegir Presidente y Vicepresidente de la República con carácter de titulares. Fue elegido La Mar. • HECHOS: La constitución de 1828 fue sancionada por el Congreso General Constituyente el 18 de marzo de 1823 y promulgada por el Presidente General La Mar el 20 de abril. En Julio de 1833 fue derogada para reformarla, dejando de regir el 10 de junio de 1834. • ESTRUCTURA: Fue de tendencia liberal. Concedía el sufragio a todos los hombres libres nacidos en el territorio del Perú sin excepción, mayores de veintiún años o casados que no hubiesen sido condenados a pena ni aceptado empleo de otra nación, ni hecho tráfico de esclavos
  • 7. o pronunciado voto religioso. También se concedía este derecho a los extranjeros que hubiesen servido en el ejercito o en la armada o estuviesen avecinados desde el año 1820 o que después de un año hubiesen obtenido la carta de ciudadanía (de naturalización), no exigiéndosele para lograr ésta ningún requisito. Las elecciones se efectuarían por votación en las parroquias y las provincias. La elección de Presidente y Vicepresidente se efectuaba nombrando cada colegio dos individuos de los que uno por lo menos, no debía ser natural ni vecino del departamento. El ejercicio de la soberanía residía en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Poder Legislativo: estaba formado por dos cámaras, la de senadores diputados. Poder Ejecutivo: se encontraba limitado por las funciones que correspondían a las juntas Departamentales. Poder Judicial: en el que los jueces eran inamovibles, salvo destitución por tendencia legal. El presidente de la República nombraba, la propuesta en terna del senado, a los vocales de la corte suprema y superior y a los jueces de Primera Instancia, a propuesta en terna de la respectiva Corte Superior. Total de artículos 182. 3. Constitución de 1834 Fue dada por la Convención Nacional y promulgada por el Mariscal Luis José de Orbegoso, tuvo vigencia de 10 de junio de1834 a 6 de agosto de 1836. Siguió observando la corriente de tendencia liberal. Fue promulgada el 10 de junio de 1834. Entre sus principales aspectos figuran: La desaparición de las Juntas Departamentales porque cayeron en desprestigio. El robustecimiento de las Municipalidades. El aumento de cinco Senadores por Departamento, utilizando siempre el sistema de los Colegios Electorales para su elección. En cuanto al Poder Ejecutivo: La supresión de la Vice-Presidencia de la República. La designación del Presidente del Consejo de Estado para reemplazar al Presidente de la República. La prohibición de la reelección presidencial. Además se conformó como principio constitucional el derecho del Habeas Corpus. Consideró además la necesidad de una codificación, sentándose las bases para el proyecto del primer Código Civil. Se estableció el principio de la Responsabilidades el ejercicio de la Función Pública. Se sancionaron los derechos ciudadanos considerados en las anteriores Constituciones liberales. La Constitución de 1834, tuvo entre sus más ardorosos defensores a Don Javier de Luna Pizarro y a Don Francisco de Paula Gonzales Vigil, quien luego del acto de promulgación se dirigió al Presidente Orbegoso, diciéndole: “A una época de tan faustos auspicios, no es posible que suceda otro infortunio, ni han de quedar frustrados tantos presagios de felicidad. Hay un medio eficaz de asegurarlo todo: respetar la Constitución”. • ANTECEDENTES: Al gobierno personal, autoritario y arbitrario de Gamarra le incomodaron, en todo momento, las limitaciones y controles que establecía de Carta que regla, inspirada por el gobierno la propaganda que se hizo en los años 1830 – 1832. Para anticipar la fecha en que debía reunirse la convención en la que tomaron parte Prefectos, Colegios Electorales y Periódicos gobernativos de Lima y Provincias. La instalación de la Convención Nacional
  • 8. tuvo lugar el 12 de septiembre de 1833, en la antigua capilla de la Universidad de San Marcos, en su segunda sesión realizada el 18 de septiembre, la comisión encargada de la constitución de segunda sesión, realizada el 18 de septiembre, la comisión encargada de la constitución de 1828 tenía listo un proyecto de reforma, que fue aceptado casi sin variaciones por los demás miembros de la comisión, presentándolo el 28 de noviembre. La cámara empezó a discutirlo el 9 de diciembre. • HECHOS: La convención eligió Presidente Provisional al General Luis José Orbegoso el 20 de diciembre hasta que fuera elegido definitivamente con arreglo a la reforma constitucional. La constitución fue promulgada por Orbegoso el 10 de junio de 1834. El 11 de agosto la convención clausuraba sus sesiones. Estuvo vigente hasta el 22 de agosto de 1839 fecha en la que fue declarada mediante ley insubsistente. En realidad no llego a regir debido a que el año siguiente de su promulgación Salaverry implantó la Dictadura. • ESTRUCTURA: La constitución de 1834 reproduce casi literalmente la constitución de 1828. las diferencias que hay son d detalle y los artículos modificados no llegan a veinte. Una importante modificación fue la supresión de la prohibición que contenía la carta anterior de federarse a otro estado. De haberse mantenido no se habría podido realizar la confederación Peruano-Boliviana. Reaccionó en contra de otorgar la nacionalidad peruana sin mayores restricciones. Se limitó a los nacidos en territorio nacional o en el extranjero de padre o madre peruano, y a los extranjeros que hubieran servido en el territorio de la república o que, casándose con peruana, ejercían arte o industria y tengan residencia de dos años. El derecho a voto fue negado a los soldados, cabos y sargentos, excluyo a los sirvientes, domésticos y mendigos, excluyo a los sirvientes, domésticos y mendigos, pero si a los analfabetos. Se privó al gobierno de la intervención que le daba la carta anterior en la formación de leyes en los casos de discordia entre la cámara de diputados y el senado. Sólo se le concedió al presidente de la República la facultad para nombrar fiscales. Sólo se le podía acusar al presidente de la República la facultad para nombrar fiscales. Sólo se le podía acusar al presidente de la república de la reelección inmediata ya que sólo podría ser reelegido después de un periodo semejante. Suprimió el cargo de Vicepresidente. Total de Artículos: 187. • CARACTERISTICAS: Ley Orgánica de Municipalidades el 1º de agosto de 1934. Ley de Elecciones Municipales el 29 de agosto de 1934. 4. Constitución de 1839 Dada por el Congreso General reunido en Huancayo y promulgada por el Mariscal Agustín Gamarra, Presidente Provisorio de la República, conocida como la Constitución de Huancayo; tuvo vigencia de 10 de noviembre de 1839 a 27 de julio de 1855. Que fue de tendencia conservadora. Esta Carta es considerada por el Dr. Basadre como “esencialmente autoridad”, por sus características siguientes: Se robusteció y reforzó al Poder Ejecutivo, ampliando el mandato presidencial a seis años. Se concedió “poderes
  • 9. extraordinarios”, al Consejo de Estado, para suspenderlas garantías constitucionales determinando el tiempo de esta suspensión. Suprimida la Vice-Presidencia, el Presidente era reemplazado por el Presidente del Consejo de Estado. La Constitución no hizo mención a los Municipios, considerándose por esto como prácticamente abolidos, siendo creados en cambio los organismos de: Intendentes de Policía nombrados por el gobierno central con triple función (judicial, ejecutiva y de salvaguarda de la seguridad pública). Fueron restringidos los derechos individuales. Se reconoció tácitamente la esclavitud, al anunciarse el siguiente considerando: “Son peruanos de nacimiento los hombres libres nacidos en el Perú”. Se pidió como requisito de la ciudadanía: a) Saber Leer y escribir, b) Pagar Contribución y c) Tener veintidós años. Esta constitución tuvo larga vida, ya que abarcó el gobierno del Mariscal Gamarra y el periodo del primer gobierno de Don Ramón Castilla. • ANTECEDENTES: Gamarra investido de la autoridad suprema con el título de Presidente Provisorio, expidió el 10 de octubre de 1838 un decreto convocando a elecciones para un congreso Nacional, al no realizarse dicha convocatoria expidió otra el 22 de Mayo de 1839, dándole carácter de constituyente. Las sesiones – preparatorias tuvieron lugar en Huancayo desde el 5 de agosto, inaugurándose el 15 de agosto de 1839, otorgándosele a Gamarra honores y el título de Restaurador del Perú, y Generalisimo de las Fuerzas del Mar y Tierra. Declaro insubsistente la constitución de 1834 el 22 de agosto. La comisión de constitución afirmaba en su dictamen presentado en los primeros días de octubre, que la carta a dictarse debía evitar la anarquía y preservar a la República de tales males. Menos de tres meses de deliberación bastaron para dar al país una constitución, la que se discutió y votó en veinte días concluyendo las labores de la asamblea en la propia ciudad de Huancayo el 29 de noviembre de 1839. • HECHOS: Conocida como la “Constitución de Huancayo “por ser esta la ciudad donde se redactó. Fue aprobada por el Congreso Constituyente y promulgada por el Mariscal Agustín Gamarra, el 10 de noviembre de 1839. La constitución de Huancayo rigió doce años de 1839 a 1842 y de 1845 a 1854. La convención nacional reunida inmediatamente después del triunfo liberal de Castilla en la Palma, declaró el 22 de octubre de 1855, que estaba derogada por voluntad nacional. • ESTRUCTURA: Una república popular, representativa, consolidada en la unidad, responsable y alternativa, fue la base del régimen, adoptada por la carta de Huancayo. Distingue por primera vez, nacionalidad de ciudadanía. Había según ella dos clases de peruanos de nacimiento y por naturalización. Gozaban de la ciudadanía ambas clases de peruanos. Para ejercerla se necesitaba tener veinticinco años o ser casado, saber leer y escribir, excepto los indígenas y mestizos hasta el año 1845, y pagar alguna contribución. El jefe del poder Ejecutivo era la vigencia en enero de 1868. Fue suspendida durante la guerra con Chile en diciembre de 1881 hasta enero de 1881. Dejó de regir definitivamente en
  • 10. 1919. Fue por lo tanto, la constitución de más vigencia en la historia del Perú. 5. Constitución de 1856 Fue promulgada por el Presidente Provisorio Ramón Castilla, tuvo vigencia de 19 de octubre a de 1856 a13 de noviembre de 1860. Fue de tendencia liberal, por lo tanto entre otras cosas acepto en toda su plenitud, las ganancias individuales y los derechos del ciudadano: Mantuvo el equilibrio entre el Legislativo y el Ejecutivo. El periodo presidencial volvió a ser de cuatro años. Se consideró nuevamente el sufragio directo. Se creo una nueva institución llamada Consejo de Ministros y reapareció el cargo de la Vice Presidencia. Se establecieron las instituciones locales, entre ellas los Municipios y las Juntas Departamentales. • CARACTERISTICAS: Se dio la Ley Orgánica de Municipalidades el 29 de noviembre de 1856. III. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ 1860 Dada por el Congreso de la República, reformó la de 1856, fue promulgada por el Mariscal Ramón Castilla; tuvo vigencia de 13 de noviembre de 1860 a 29 de agosto de 1867, fue puesta en vigencia nuevamente por el General Pedro Diez Canseco, vicepresidente de la República de 6 de enero de 1868 a 27 de diciembre de 1879; posteriormente a causa de la invasión chilena Montero, Cáceres e Iglesias se ciñeron a ésta Constitución que tuvo vigencia de 18 de enero de 1881 a 23 de octubre de 1883. Con algunas modificaciones hechas por sucesivos Congresos fue puesta en vigor por el General Miguel Iglesias de 23 de octubre de 1883 a 18 de enero de 1920. Considerada de corte moderado. Entre los que formularon el proyecto de esta Constitución estuvo el distinguido Maestro y Sacerdote Bartolomé Herrera y fue notable su polémica de base conservadora con el liberal Silva Santisteban, acerca de la tolerancia de culto y sobre el fuero eclesiástico. Al triunfar los liberales suprimiéndose el fuero especial, Bartolomé Herrera se retiró. De igual manera los liberales se pronunciaron sobre la supresión de la pena de muerte y por la prohibición de la reelección presidencial. Entre las principales de esta Constitución, se puede anotar: Se consideró como peruanos de nacimiento a los naturales de América española y a los españoles que se encontraban en el Perú cuando se programo y juró la independencia y siguieron residencio en el País. En esta constitución se considero, la posibilidad de establecer al sufragio indirecto y se limitaba la Ciudadanía con los siguientes requisitos: a) Saber leer y escribir. b) Ser jefe de un taller o fábrica o propietario de un bien raíz. c) Pagar contribuciones al Erario nacional. Estableció definitivamente el sistema bi-cameral en el Legislativo. Determino diversas distribuciones legislativas. Se mantuvo el Consejo de Ministros y la Vice-Presidencia. Fue suprimido el Consejo de Estado. La constitución que comentamos tubo larga existencia ya que duro hasta el año 1920;
  • 11. habiendo tenido una interrupción con la Constitución fugaz de 1867 y el Estatuto de 1879 bajo el gobierno de Piérola. 1. ESTRUCTURA: La constitución de 1860, constaba de XIX títulos, generales y siete disposiciones transitorias. La iglesia y el estado estaban unidos y se prohibía el ejercicio público de otra religión que no fuera la Católica Apostólica y Romana. Volvió al régimen bicameral es decir, de senadores y diputados. La reelección fue prohibida. No sólo se consideró una vicepresidencia de la república, sino una segunda vicepresidencia pero con el poder limitado a la función de convocar elecciones. Se suprimió el sufragio directo ya que como se alegó el país no estaba preparado para ello, puesto que se prestaba a coacciones y porque exigía un notable grado de cultura. En 1896 se estableció el voto directo y publicó suprimiéndose el voto de los analfabetos por considerarse que era un boto manipulado por los caciques políticos, las autoridades gubernamentales y los gamonales. El ejército no podía liberal, su obediencia, debía ser pasiva. Total de Artículos: 138. 2. CARACTERISTICAS: Ley Orgánica de Municipalidades el 9 de mayo de 1861. IV. RECOMENDACIONES: 1. Todo peruano obligatoriamente creo yo que debe de conocer su constitución actual, para así no dejarse pisotear por los demás además de hacer valer todos sus derechos en sociedad. 2. Debemos de conocer el pasado de nuestra constitución para saber como ha ido cambiando el rumbo democrático de nuestro país, para darnos cuenta como ha sido las evoluciones de gobierno que hemos tenido. 3. Una Constitución es una Carta Magna en la que se plasman por ejemplo las garantías individuales (derechos humanos) de cada persona, es fuente de libertad, marca prioritariamente la manera en como se conducirá un Estado, tanto en el ámbito social, político, económico, etc. V. CONCLUSIONES 1. Unen a la iglesia y el Estado y se prohíbe el ejercicio público de otra religión que no fuera la Católica, Apostólica Y Romana ya que la Iglesia tenia bastante poder y creo que aun lo sigue teniendo en estos días pero claro ya no con tal influencia como antes ya que este poder se ha ido fragmentando y dividiendo en distintas religiones que hoy en día existen y son aceptadas en nuestro País. 2. En esta constitución se volvió al régimen bicameral, es decir , senadores y diputados , que desde mi punto de viste es el mejor régimen que debe de tener el congreso , sin bien
  • 12. es cierto la aprobación de las leyes demora un poco mas ya que son mas analizadas por personas mas capaces y así solo se aprobarían las mejores leyes. 3. Fue muy importante esta Constitución ya que estableció la vicepresidencia y la segunda vicepresidencia para así el Perú no quedara en el aire gubernamental si es que le ocurría algo imprevisto al presidente de turno como la muerte. 4. Desde los primeros años de las creaciones de las Cárceles se creía equivocadamente que estos lugares eran de castigos a los presos, pero esta Constitución estableció que eran lugares de seguridad y no de castigo. BIBLIOGRAFÍA “Las Constituciones del Perú 1823 – 1993” o Dario Palacios Dextre / Ruth Monca Guillergua Historia del Congreso o http://www.congreso.gob.pe/ Constitución Política de la República Peruana 1860 o http://www.congreso.gob.pe/ntley/ConstitucionP.ht