Directiva 027 2017 ugel satipo concurso de declamacion rhm
Educacion quimestres-sierra ecmfil20130219-0003
1. Av Amazonas N34‐451 entre Av. Atahualpa y Juan Pablo Sanz, Telf. 396‐1300/1400/1500
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Educamos para tener Patria
Memorando Nro. MINEDUC-SCED-2012-0584-M
Quito, D.M., 17 de agosto de 2012
PARA: Sr. Dr. Ángel Leonidas Castillo Rueda
Director Provincial de Educación de Imbabura
Sra. Lcda. Dora Pilar Gonzales Bajaña
Directora Provincial de Educación de Galápagos
Sr. Lcdo. Endersvayer Cartuche Astudillo
Director Provincial de Educación de Zamora
Sr. Dr. Guillermo Segundo Guillen Ramos
Director Provincial de Educación de Morona Santiago
Sra. Lcda. Iliana Ivonne Chiriboga Mosquera
Directora Provincial de Esmeraldas
Sra. Lcda. Ines Hermita Hidalgo Sacoto
Directora Provincial de Cañar
Sr. Lcdo. José Alejandro Quilambaqui Tenesaca
Director Provincial de Educación de Azuay
Sr. Lcdo. Juan Abel García Cedeño
Director Provincial de Educación de Manabí
Abg. Juan Carlos Rodríguez Moreno
Subsecretario de Educación del Distrito de Guayaquil
Sr. Lcdo. Marcelo Olegario Farez Reyes
Director Provincial de Educación de Napo
Sra. Dra. Margoth Mercedes García Espinoza
Directora Provincial de Educación de Santa Elena
Sra. Lcda. María Esperanza Guerrero Arcos
Directora Provincial del Carchi
Sra. Lcda. Martha Beatríz Teneda Jiménez
Directora Provincial de Educación de Orellana
Sra. Lcda. Mary Julieta Alvear Haro
Directora Provincial de Educación de Chimborazo
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Sra. Dra. Mery Cecilia Gavilanes Betancourt
Directora Provincial de Bolivar
Sr. Dr. Mesias Gilberto Paredes Altamirano
Director Provincial de Educación de Pastaza
Sr. Lcdo. Milton Alcivar Patiño Cabrera
Director Provincial de Educación de Sucumbíos
Mgs. Norma Antonieta Castillo Bravo
Directora Provincial de Educación de Los Rios
Dra. Norma Margoth Alvear Haro
Directora Provincial de Educación de Pichincha
Sr. Lcdo. Roosevelt Marco Montalvo Viteri
Director Provincial de El Oro
Sra. Mgs. Rosa Germania Zurita Vásquez
Directora Provincial de Tungurahua
Sr. Lcdo. Víctor Antonio Samaniego Riofrio
Director Provincial de Educación de Loja
ASUNTO: INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE
QUIMESTRES RÉGIMEN SIERRA
De mi consideración:
En vista de la necesidad de establecer algunos acuerdos y disposiciones para la aplicación
efectiva del Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, se emite el
presente instructivo que se debe socializar en todas las instituciones educativas del
régimen Sierra.
INSTRUCTIVO PARA LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE QUIMESTRES
De conformidad con lo prescrito en el Art. 146 del Reglamento a la Ley Orgánica de
Educación Intercultural, “El año lectivo se debe desarrollar en un régimen escolar de dos
(2) quimestres en todas las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y
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particulares, y debe tener una duración mínima de doscientos (200) días de asistencia
obligatoria de los estudiantes para el cumplimiento de actividades educativas, contados
desde el primer día de clases hasta la finalización de los exámenes del segundo
quimestre”.
Al respecto es importante considerar que, para la aplicación del régimen escolar
quimestral se atenderá lo siguiente:
1. Su implementación será progresiva, de la siguiente manera:
a. Régimen Sierra: en todas las instituciones educativas a partir del año lectivo
2012-2013;
b. Régimen Costa: en todas las instituciones educativas a partir del año lectivo
2013-2014.
2. Las autoridades de los establecimientos educativos elaborarán el cronograma de
actividades escolares sobre la base de lo dispuesto por el Ministerio de Educación, como
se detalla en el cuadro que aparece al final del presente instructivo.
3. Durante el periodo de matriculación, y antes del inicio de clases, los docentes de los
establecimientos educativos, bajo la supervisión de sus autoridades, deberán organizar el
año escolar, esto es, planificar las actividades de cada asignatura, los períodos de cada
bloque o unidad, las evaluaciones diagnósticas, formativas y sumativas del primer
quimestre, etc.
4. Durante la primera semana de clases se desarrollarán reuniones con padres y madres
de familia para informarles acerca del nuevo sistema de evaluación, el calendario escolar
y las políticas que norman la vida institucional, de acuerdo a la Ley Orgánica de
Educación Intercultural y a su Reglamento.
5. La planificación de las actividades anuales incluirá además el cronograma de
preparación y entrega periódica de informes de aprendizaje, según lo establecido en los
artículos 206, 209 y 216 del Reglamento a la LOEI.
6. Cada quimestre estará compuesto por veinte semanas de gestión académica
distribuidas de la siguiente forma: siete semanas para el primer parcial, seis para el
segundo, seis para el tercero y una semana que corresponderá a los exámenes
quimestrales.
Sobre la evaluación de los aprendizajes en el régimen escolar quimestral:
Para la promoción se registrará una nota resultante del promedio del primero y segundo
quimestre.
La calificación del período quimestral de cada una de las asignaturas tendrá los siguientes
componentes:
· Un examen quimestral, que corresponderá al 20% de la nota total del quimestre.
· El promedio de tres notas parciales, que corresponderá al 80% de la nota total del
quimestre.
Cada nota parcial corresponderá a un bloque curricular, y será el promedio de cinco
evaluaciones: cuatro formativas y una sumativa. Las cuatro evaluaciones formativas
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corresponderán a los promedios conseguidos por los estudiantes, en las siguientes
categorías: trabajos académicos independientes (tareas), actividades individuales en clase,
actividades grupales en clase, y lecciones. La evaluación sumativa es escrita y busca
evaluar los aprendizajes alcanzados en una unidad o bloque curricular.
La fracciones centesimales de cinco o más de cinco se aproximarán a la cifra decimal
inmediatamente superior, y las fracciones centesimales menores de cinco se aproximarán
a la cifra decimal inmediatamente inferior.
Por ejemplo: 7,26 se convierte en 7,3 y 7,24 se convierte en 7,2.
De conformidad con el artículo 196 del Reglamento a la LOEI, La calificación mínima
requerida para la promoción, en cualquier establecimiento educativo del país, es de siete
sobre diez (7/10).
Cronograma del año escolar (régimen de Sierra):
PRIMER QUIMESTRE
Fecha inicio 3 de septiembre
Primer parcial 3 de septiembre - 19 de octubre
Segundo parcial22 de octubre - 30 de noviembre
Tercer parcial 3 de diciembre - 18 de enero
Exámenes 21 de enero - 1 de febrero
Vacaciones del 1 al 15 de febrero
SEGUNDO QUIMESTRE
Fecha inicio 18 de febrero
Primer parcial 18 de febrero - 5 de abril
Segundo parcial8 de abril - 17 de mayo
Tercer parcial 20 de mayo - 28 de junio
Exámenes 1 de julio - 5 de julio
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Feriados nacionales: viernes 12 de octubre (traslado del 9 de octubre), viernes 2 de
noviembre, lunes 24, martes 25 y lunes 31 de diciembre 2012, martes 1 de enero de 2013,
viernes 29 de marzo, miércoles 1 de mayo, viernes 24 de mayo. (LOSEP y Decreto
Ejecutivo 1162)
El Nivel Zonal deberá definir los calendarios específicos acordes con sus realidades
locales (días festivos) para el cumplimento de lo prescrito en la LOEI y en su
reglamento.
Las instituciones educativas que, por su naturaleza, requieren hacer modificaciones al
presente cronograma, deben presentar su propuesta debidamente justificada a la
Dirección Distrital respectiva para su aprobación.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Sr. Freddy Peñafiel Larrea
SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN EDUCATIVA
Copia:
Dra. Mónica Franco Pombo
Viceministra de Gestión Educativa
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