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“Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”.
Las constituciones políticas del Perú.
INTRODUCCION:
COMO NACIERON LAS CONSTITUCIONES.
A la opresión que los monarcas y los nobles ejercitaban sobre el pueblo, este les enfrento la
Libertad, a los privilegios que gozaban, les enfrento la igualdad, y a las formas absolutistas y
totalitarias del gobierno, les enfrento la democracia.
De esa forma, a partir de las grandes revoluciones de Norteamérica y de Francia, el signo de la
vida política y social de los países fue la lucha por eliminar las monarquías absolutas y
sustituirlas por regímenes democráticos en los que se concretaros las nuevas conquistas de la
humanidad.
La lucha contra los monarcas absolutistas y otros gobernantes tiránicos duro muchísimo años y
aun no ha concluido en varios países. Pero conforme a los pueblos fueron venciendo y
logrando esas conquistas, inmediatamente las reflejaron en leyes a las que concedieron la
primera importancia frente a todas las leyes existentes.
Constitución Política del Perú de 1860
Este séptimo texto constitucional aprobada por el congreso ordinario el 13 de noviembre de
1860 promulgada por el Presidente Mariscal Castilla, duro hasta el 18 de agosto de 1867. Fue
nuevamente puesto en vigencia en enero de 1868. Fue suspendida durante la guerra con Chile
en diciembre de 1880 hasta enero de 1881. Dejo de regir definitivamente en 1919. Fue por lo
tanto, la constitución de mas vigencia en la historia del Perú.
La Constitución liberal de 1856, discutida y aprobada por una Convención Nacional (asamblea
constituyente), no había colmado las expectativas del país. El liberalismo extremo y
el anticlericalismo eran posiciones ajenas a la mayoría de la población. La sublevación
conservadora encabezada por Manuel Ignacio de Vivanco y que originó la sangrienta guerra
civil de 1857-1858, fue un síntoma claro de que una buena parte del país se oponía a la
influencia del liberalismo. A pesar de haber triunfado sobre dicha rebelión, Castilla quedó
convencido que era necesario hacer un cambio.
Comenzó Castilla por no reinstalar la Convención Nacional, que había sido disuelta en
noviembre de 1857 por una patrulla militar al mando del coronel Pablo Arguedas. Convocó
luego a elecciones para un Congreso Extraordinario y para Presidente Constitucional. Castilla,
que solo era Presidente provisional, se presentó como candidato, y como era de esperar, triunfó
en las elecciones. El nuevo Congreso se instaló en octubre de 1858 y proclamó a Castilla
Presidente Constitucional, con un mandato de cuatro años.
El Congreso Extraordinario, que no se mostró dócil como había esperado Castilla, suspendió sus
sesiones en mayo de 1859, anunciando su reinstalación como Congreso Ordinario para julio del
mismo año. Pero el gobierno consideró tal iniciativa anticonstitucional, ya que, según su punto
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“Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”.
de vista, correspondía solo al presidente la convocatoria del Congreso; en consecuencia, decretó
la convocatoria de elecciones para nuevos representantes, que se reunirían el año siguiente.
Castilla preparó así el campo para hacer posible la reforma constitucional.
La nueva Constitución se promulgó el 13 de noviembre de 1860. A pesar que Herrera y sus
correligionarios quisieron hacer una reforma radical de la Constitución, finalmente esta no fue
ni liberal ni conservadora, sino moderada o centrista. Y es que los legisladores fueron
conscientes que el país no comulgaba con los doctrinarismos rígidos. Fue, sin duda, una salida
sensata tras una sangrienta guerra civil, que se cuenta entre las peores que ha sufrido la
República del Perú. Y ello quizás explica la razón por lo que esta Constitución haya tenido una
larga longevidad, comparada con las anteriores: 60 años de vigencia. Solo estuvo
momentáneamente suspendida cuando rigió la efímera Constitución liberal de 1867 y el
Estatuto Provisorio de 1879 a 1881, este último expedido por el dictador Nicolás de Piérola,
durante la guerra con Chile.
DESARROLLO:
La Constitución Política del Perú de 1867
Aprobada por el congreso constituyente y promulgada por el presidente general Mariano
Ignacio Prado el 19 de agosto de 1867. La constitución no llego a ser juramentada en Arequipa,
pues fue quemada públicamente en dicha ciudad. El movimiento se extendía y crecía ante esta
situación Prado demitió el 5 de enero de 1868, embarcándose para el extranjero. La constitución
solo estuvo vigente hasta el 6 de enero de 1868 osea menos de 5 meses.
Terminada victoriosamente para el Perú la guerra con España de 1866, la dictadura del
coronel Mariano Ignacio Prado dispuso el retorno al régimen democrático, pues las
circunstancias de muy grave peligro que había atravesado la nación ya habían finalizado.
A tal efecto, Prado convocó a elecciones para Presidente de la República (en las que él, sin
apartarse del poder, postuló como candidato), así como para un Congreso Constituyente, el cual
se encargaría de discutir y aprobar una nueva carta magna, en sustitución del texto adoptado
en 1860. Se recurría así a la manida fórmula de renovar totalmente la Constitución, en vez de
hacerse reformas específicas.
Ante el Congreso Constituyente reunido el 15 de febrero de 1867, Prado se despojó del mando.
El Congreso lo nombró como Presidente Provisional, en espera de su ratificación como
Presidente Constitucional, pues faltaba todavía examinar los resultados de las elecciones
presidenciales. hubo un descontento de buena parte de la ciudadanía pues se notó que se había
implantado una Constitución similar a la 1856, la misma que había fracasado ocasionando la
sangrienta guerra civil de 1856-1858. Incluso, el nuevo texto constitucional era en algunos casos
más radical que su antecedente. La población, mayoritariamente católica, nunca simpatizó
masivamente con el liberalismo ni con el anticlericalismo anticatólico, que profesaban muchos
de los representantes liberales. Los conservadores descontentos y todos los autores de la
revolución de 1865 que habían sido postergados por Prado, aprovecharon la coyuntura e
instigaron una nueva revolución, alzando como bandera la Constitución de 1860.
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“Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”.
El primero en asumir el liderazgo revolucionario fue el Gran Mariscal Ramón Castilla, quien, ya
anciano, se alzó con sus partidarios en la provincia de Tarapacá. Pero falleció en pleno desierto,
cerca de Tiviliche, el 30 de mayo de 1867, dejando prendida la mecha revolucionaria.
La revolución estalló en Arequipa donde la ciudadanía se negó a jurar la Constitución de 1867,
que fue quemada en la Plaza de Armas, el 11 de setiembre de 1867. Como jefe de la revolución
fue reconocido el general Pedro Diez Canseco, al ser el segundo vicepresidente constitucional,
según las elecciones de 1862, las últimas que se consideraban legítimas. Simultáneamente se
prendió otro foco revolucionario en el norte, en Chiclayo, encabezado por el coronel José Balta.
Prado intentó tomar Arequipa, pero después de dos intentos fallidos decidió volver a Lima, con
su ejército maltrecho. En Chiclayo el pueblo también resistió el asedio de las fuerzas de
gobierno. Prado renunció y asumió el poder el general Pedro Diez Canseco, quien puso
nuevamente en vigencia a la Constitución Política de 1860 (enero de 1868).
Esta constitución solo estuvo en vigencia un periodo muy corto para luego recobrar vigencia la
constitución anterior por un periodo asta 1920.
Constitución para la República del Perú de 1920
Fue la novena carta magna de la República del Perú, que fue aprobada el 27 de diciembre de
1919 por la Asamblea Nacional convocada plebiscitariamente por el presidente provisorio de la
República Augusto B. Leguía, y promulgada por este mismo el 18 de enero de 1920, ya como
presidente constitucional. De carácter progresista, muchas de sus innovaciones no fueron
implementadas y quedaron en el papel. Estuvo en vigencia hasta el 9 de abril de 1933, cuando lo
reemplazó la Constitución de 1933.
El señor Augusto B. Leguía obtuvo la mayoría de votos en las elecciones presidenciales de
1919, pero alegando que su victoria no iba a ser reconocida por el gobierno civilista de José
Pardo y Barreda, dio un golpe de estado, apoyado por la gendarmería (4 de julio de 1919). Acto
seguido, asumió el poder como presidente provisorio y disolvió el Congreso.
Leguía convocó a plebiscito para la aprobación de las reformas que, a su juicio, debían
incorporarse en el texto constitucional (regía entonces la Constitución de 1860, la más longeva
de la historia del Perú). Convocó también a elecciones del Congreso. Este, en los primeros
treinta días, debía funcionar como Asamblea Nacional para sancionar las reformas previamente
plebiscitadas. Entre esas reformas figuraba la renovación total del Poder Legislativo
conjuntamente con la elección del Poder Ejecutivo, y con duración de cinco años para ambos
poderes. Era evidente que Leguía no quería que se repitiera la mala experiencia de su primer
gobierno, en la que tuvo que lidiar con un parlamento adverso que se renovaba por tercios.
Leguía nombró a su régimen como el de la «Patria Nueva», pues pretendía modernizar el país a
través de un cambio de relaciones entre el Estado y la sociedad civil.
La Asamblea Nacional se instaló el 24 de setiembre de 1919, presidida por el sociólogo y
jurisconsulto Mariano H. Cornejo (que oficiaba de ideólogo del gobierno). Este nuevo
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“Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”.
Parlamento designó a Leguía como presidente constitucional el 12 de octubre del mismo año,
luego de hacer el recuento de votos de las elecciones presidenciales.
Realizadas las reformas, se promulgó la nueva Constitución el 18 de enero de 1920. Así se
inauguró el segundo gobierno de Leguía, el cual se prolongaría por once años, ya que se reeligió
en 1924y en 1929, tras sendas reformas constitucionales. Por eso se le conoce como Oncenio.
Innovaciones:
Impuso la renovación simultánea de los poderes públicos, Estableció el periodo presidencial de
cinco años (anteriormente eran cuatro), La elección del Presidente de la República y de los
senadores y diputados sería por voto popular directo, Se declaró la protección del Estado a la
raza aborigen y se reconoció la existencia legal de las comunidades indígenas.
La constitución peruana de 1933
El general Sánchez Cerro, asume el poder y convoca a una asamblea para la elaboración de una
nueva constitución, que luego fue aprobado por el congreso constituyente de 1931 y que rigio
desde el 29 de marzo e 1934 hasta 1979.
La larga dictadura de Augusto B. Leguía de once años (el llamado Oncenio), finalizó con el
golpe de estado protagonizado por el comandante Luis Sánchez Cerro, el 25 de agosto de 1930,
en el contexto de una severa crisis económica mundial. Se sucedieron una serie de juntas
militares, entre ellas la presidida por el mismo Sánchez Cerro. Sin embargo, estas Juntas no
gozaron de apoyo nacional y la presión popular impuso al viejo líder apurimeño David Samanez
Ocampo como presidente de una Junta Nacional de Gobierno, con representación de todo el
país.
Samanez se avocó a la misión que le había encomendado la ciudadanía: conducir al país en su
retorno a la normalidad. Para ello, pacificó momentáneamente al país e inició los preparativos
para unas elecciones generales, en la que los ciudadanos elegirían al Presidente de la República
y a los representantes de la Asamblea Constituyente, cuya misión sería redactar un nueva
Constitución Política. La Constitución entonces vigente era la promulgada por Leguía en 1920,
por lo que se entiende la necesidad del cambio, ya que existía una actitud política generalizada
de acabar con todo lo que tuviera que ver con el caído régimen leguiísta.
Las elecciones generales se realizaron el 11 de octubre de 1931. En ellas se enfrentaron el
comandante Sánchez Cerro, encabezando la Unión Revolucionaria, y Víctor Raúl Haya de la
Torre, joven líder del partido aprista, fundado unos años antes. Triunfó el primero. Los apristas
desconocieron el resultado y pasaron a la oposición, lo que constituyó el germen de una guerra
civil.
Previamente, la Junta de Samanez nombró el 7 de agosto de ese año una Comisión ad
honorem para que realizara un anteproyecto de Constitución. Presidía esa Comisión el notable
jurista Manuel Vicente Villarán y la integraban Víctor Andrés Belaunde, Diómedes Arias
Schreiber, Carlos García Castañeta, Carlos Doig y Lora, Jorge Basadre Grohmann, José León
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“Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”.
Barandiarán, Toribio Alayza y Paz Soldán, Ricardo Palma, Luis E. Valcárcel, Emilio Romero
Padilla y César Antonio Ugarte.
La Comisión dio por finalizada su tarea el 5 de diciembre y publicó el resultado de su trabajo
junto con una notable exposición de motivos redactada por Villarán.
Disposiciones:
Se prohibió la reelección presidencial inmediata, El Presidente de la República quedó limitado
en sus funciones., Se abolieron las vicepresidencias, El Parlamento sería bicameral, Estableció
el derecho de sufragio para todos los ciudadanos mayores de 21 años que supiesen leer y
escribir, El voto sería directo y secreto, crearon instituciones novedosas como los Consejos
Departamentales.
La Constitución de 1933 tuvo una trayectoria accidentada debido a los vaivenes políticos
característicos de esta etapa republicana peruana, que se desenvolvió entre dictaduras militares y
democracias representativas. Además de las dictaduras de Sánchez Cerro y Benavides, hubo
posteriormente tres rupturas del orden constitucional: en 1948-1956, en 1962-1963 y en 1968-
1980. En esas circunstancias, lo usual era que los militares golpistas conformaran una Junta
Militar, que imponían un Estatuto por el cual asumían las funciones propias de los poderes
ejecutivo y legislativo reglamentadas en la Constitución. En teoría, debían respetar el resto del
ordenamiento constitucional. De esas características fueron la Junta Militar de 1948-1950
presidida sucesivamente porManuel A. Odría y Zenón Noriega, y la Junta Militar de 1962-1963
presidida sucesivamente por Ricardo Pérez Godoy y Nicolás Lindley López.
El gobierno militar instaurado en 1968, si bien siguió el modelo antedicho, trajo algunas
novedades. Se denominó Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas; sus titulares (que
fueron sucesivamente los generales Juan Velasco Alvarado y Francisco Morales Bermúdez)
usaron el título de Presidente de la República; no fijó plazo para restablecer el orden
constitucional, y por el llamado «Estatuto del Gobierno Revolucionario», además de asumir las
funciones ejecutivas y legislativas, dispuso actuar, en todo lo demás, conforme a la Constitución
y otras leyes, siempre en cuando estas fueran compatibles con los objetivos del gobierno
revolucionario. En otras palabras, la Constitución quedó subordinada a los objetivos de la
dictadura, lo que, naturalmente, trajo consigo la instauración del reino de la arbitrariedad.
Deportaciones de opositores, expropiaciones de bienes privados, silenciamiento de la prensa,
etc., fueron una muestra elocuente de ello.
Fracasado el experimento revolucionario de los militares, Morales Bermúdez convocó a una
Asamblea Constituyente, la cual discutió y promulgó una nueva Constitución, la de 1979, la
misma que entró en vigencia el 28 de julio de 1980, al producirse el retorno de la democracia.
La Constitución para la República del Perú de 1979
5
“Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”.
El régimen militar encabezado por Moralez Bermúdez, convoco a una asamblea constituyente
en 1977, para redactar la nueva ley fundamental. La misma que fue proclamada el 12 de julio de
1979 y ratificada por el presidente constitucional Fernando Belaunde Terry, esta constitución
regio hasta el 29 de diciembre de 1933.
Como primer paso de la transición y regreso a la democracia, a fines de 1977 el gobierno del
general Francisco Morales Bermúdez convocó a elecciones para conformar una Asamblea
Constituyente cuya misión sería dar al país una nueva Carta Magna, en reemplazo de la
Constitución de 1933, aunque dejando claramente expresado que su contenido debía
institucionalizar las transformaciones revolucionarias del gobierno militar. Los ciudadanos
peruanos elegirían a cien representantes que formarían dicha Asamblea.
Las elecciones se fijaron para el 18 de junio de 1978 y los partidos y movimientos políticos
recolectaron firmas para inscribirse en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El ex presidente
Fernando Belaunde Terry no quiso que su partido, Acción Popular, participara en la contienda
electoral al no estar de acuerdo que el gobierno pretendiese «parametrar» a la Asamblea, al
condicionarla con la institucionalización de las reformas revolucionarias. Participaron el Partido
Aprista Peruano (PAP), el Partido Popular Cristiano (PPC), Partido Demócrata Cristiano (PDC),
y varios grupos de izquierda, entre ellos el Frente Obrero Campesino Estudiantil Popular
(FOCEP), el Partido Socialista Revolucionario (PSR), el Partido Comunista Peruano (PCP), el
Frente Nacional de Trabajadores y Campesinos (FRENATRACA) y la Unidad Democrática
Popular (UDP).
Finalmente, el presidente del JNE, Ulises Montoya Manfredi, proclamó a los ganadores. El
Apra obtuvo 37 escaños, correspondiéndole a su líder Haya de la Torre, de 83 años, presidir el
hemiciclo al lograr la mayor votación preferencial. El PPC obtuvo 25 escaños, el FOCEP 12,
PSR y PCP 6 cada uno y los restantes estaban repartidos entre los grupos minoritarios.
El 28 de julio de 1978 se instaló la Asamblea Constituyente. Victor Raul Haya de la Torre, en
su discurso inaugural, hizo públicas críticas al gobierno revolucionario de las Fuerzas Armadas.
«El pueblo, al votar el 18 de junio, hizo una auténtica revolución: recuperar el ejercicio de una
soberanía que le fuera negada hace diez años», exclamó para agregar luego que solamente si la
Asamblea «es autónoma, soberana y libre podrá cumplir el claro mandato renovador con el que
la ha investido el pueblo». Dijo, de manera terminante: «La Asamblea Constituyente no admite
condicionamientos, limitaciones ni parámetros; ningún mandato extraño a su seno puede
recortar sus potestades; no reconoce poderes por encima de ella misma».
Los legisladores concluyeron su trabajo con la promulgación de la nueva Constitución Política
del Perú el 12 de julio de 1979. Haya de la Torre, ya muy enfermo, la firmó en su lecho de
moribundo.
CONCLUSION.
6
“Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”.
DISPOCICIONES:
El sistema político, El Congreso bicameral, El Poder Judicial, Segunda vuelta electoral,
Ciudadanía a los 18 años, Voto de los analfabetos, Abolición de la pena de muerte, Derechos
constitucionales, Derecho a la insurgencia, Creación del Tribunal de Garantías Constitucionales,
El sistema económico.
En 1992, el Congreso Constituyente Democrático elegido luego del autogolpe de 1992, derogó
la Constitución de 1979, reemplazándola con la Constitución de 1993. Hay que destacar que en
su artículo 307, la Constitución de 1979 dejaba establecido que no perdía su vigencia aún
cuando fuese derogada «por cualquier otro medio distinto del que ella misma dispone». Esto ha
llevado a que muchos sostengan que la Constitución de 1993 tiene un origen ilegal, al haber
sido impuesta sin seguir los mecanismos de reforma constitucional contemplados en la
Constitución de 1979.
Hay sectores políticos en el Perú que actualmente reclaman la restitución de la Constitución de
1979, pues consideran que es la legítima. Una de las ofertas iniciales de la campaña electoral del
presidente Ollanta Humala del 2011 fue derogar la Constitución de 1993 y restituir la
Constitución de 1979, para sobre la base de ella hacer las reformas consideradas necesarias.
Incluso, en la ceremonia del traspaso del mando del 28 de julio de 2011, Humala juró por el
«espíritu de la Constitución de 1979», siendo imitado por sus dos vicepresidentes.
Posteriormente, dejó en suspenso tal proyecto, presionado por la opinión pública,
mayoritariamente reacia a realizar tal cambio.
Cabe señalar que en el año 2003 el abogado Alberto Borea Odría y cinco mil ciudadanos
presentaron una Acción de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional con la finalidad
de derogar la Constitución de 1993. Dicha acción fue declarada improcedente por el referido
Tribunal.
La Constitución Política del Perú de 1993
Fue redactada a inicios del gobierno de Alberto Fujimori por el Congreso Constituyente
Democrático convocado por el mismo tras la disolución del Congreso en el autogolpe de 1992,
consecuentemente fue aprobada mediante el referéndum de 1993, aunque los resultados han
sido discutidos por algunos sectores,3
es actualmente la base del sistema jurídico del país: sobre
esta reposan los pilares del Derecho, la justicia y las normas del país. Esta controla, regula y
defiende los derechos y libertades de los peruanos; organiza los poderes e instituciones
políticas.Esta ley fundamental es la base del ordenamiento jurídico nacional: De sus principios
jurídicos, políticos, sociales, filosóficos y económicos se desprenden todas las leyes de la
República. La Constitución prima sobre toda ley sus normas son inviolables y de cumplimiento
obligatorio para todos los peruanos.
Cabe mencionar que, pese al autogolpe de 1992 y el subsiguiente Gobierno de Emergencia y
Reconstrucción Nacional (GERC), la constitución de 1979 siguió teóricamente en vigencia
hasta la expedición y promulgación de la Constitución de 1993. Se considera, de acuerdo
7
“Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”.
al Tribunal Constitucional, que la Ley de Bases del mencionado GERC y los demás actos
emanados del autogolpe fueron ilegales e inconstitucionales de origen, validados luego por las
Leyes Constitucionales de 1993 emitidas por el Congreso Constituyente Democrático, y por el
referéndum del mismo año. En 2001, en una ley promulgada por Alejandro Toledo, el Congreso
del Perú retiró la firma de Fujimori de la Constitución.
Innovaciones:Introduce el mecanismo del referéndum o consulta popular para la reforma total o
parcial de la Constitución, El Poder Ejecutivo, en especial el Presidente de la República, obtuvo
mayores atribuciones, el Poder Legislativo tuvo un cambio radical en su estructura, Se otorga
independencia al Consejo Nacional de la Magistratura, Se establece la Defensoría del Pueblo,
Se establece que la iniciativa privada es libre y se ejerce en una economía social de mercado, Se
siguen mencionado a las Comunidades Campesinas y las Nativas, Se dejó de garantizar
plenamente la estabilidad laboral, Se reconoce a las municipalidades autonomía política,
económica y administrativa.
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La constitución
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Las constituciones políticas del perú

  • 1. “Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”. Las constituciones políticas del Perú. INTRODUCCION: COMO NACIERON LAS CONSTITUCIONES. A la opresión que los monarcas y los nobles ejercitaban sobre el pueblo, este les enfrento la Libertad, a los privilegios que gozaban, les enfrento la igualdad, y a las formas absolutistas y totalitarias del gobierno, les enfrento la democracia. De esa forma, a partir de las grandes revoluciones de Norteamérica y de Francia, el signo de la vida política y social de los países fue la lucha por eliminar las monarquías absolutas y sustituirlas por regímenes democráticos en los que se concretaros las nuevas conquistas de la humanidad. La lucha contra los monarcas absolutistas y otros gobernantes tiránicos duro muchísimo años y aun no ha concluido en varios países. Pero conforme a los pueblos fueron venciendo y logrando esas conquistas, inmediatamente las reflejaron en leyes a las que concedieron la primera importancia frente a todas las leyes existentes. Constitución Política del Perú de 1860 Este séptimo texto constitucional aprobada por el congreso ordinario el 13 de noviembre de 1860 promulgada por el Presidente Mariscal Castilla, duro hasta el 18 de agosto de 1867. Fue nuevamente puesto en vigencia en enero de 1868. Fue suspendida durante la guerra con Chile en diciembre de 1880 hasta enero de 1881. Dejo de regir definitivamente en 1919. Fue por lo tanto, la constitución de mas vigencia en la historia del Perú. La Constitución liberal de 1856, discutida y aprobada por una Convención Nacional (asamblea constituyente), no había colmado las expectativas del país. El liberalismo extremo y el anticlericalismo eran posiciones ajenas a la mayoría de la población. La sublevación conservadora encabezada por Manuel Ignacio de Vivanco y que originó la sangrienta guerra civil de 1857-1858, fue un síntoma claro de que una buena parte del país se oponía a la influencia del liberalismo. A pesar de haber triunfado sobre dicha rebelión, Castilla quedó convencido que era necesario hacer un cambio. Comenzó Castilla por no reinstalar la Convención Nacional, que había sido disuelta en noviembre de 1857 por una patrulla militar al mando del coronel Pablo Arguedas. Convocó luego a elecciones para un Congreso Extraordinario y para Presidente Constitucional. Castilla, que solo era Presidente provisional, se presentó como candidato, y como era de esperar, triunfó en las elecciones. El nuevo Congreso se instaló en octubre de 1858 y proclamó a Castilla Presidente Constitucional, con un mandato de cuatro años. El Congreso Extraordinario, que no se mostró dócil como había esperado Castilla, suspendió sus sesiones en mayo de 1859, anunciando su reinstalación como Congreso Ordinario para julio del mismo año. Pero el gobierno consideró tal iniciativa anticonstitucional, ya que, según su punto 1
  • 2. “Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”. de vista, correspondía solo al presidente la convocatoria del Congreso; en consecuencia, decretó la convocatoria de elecciones para nuevos representantes, que se reunirían el año siguiente. Castilla preparó así el campo para hacer posible la reforma constitucional. La nueva Constitución se promulgó el 13 de noviembre de 1860. A pesar que Herrera y sus correligionarios quisieron hacer una reforma radical de la Constitución, finalmente esta no fue ni liberal ni conservadora, sino moderada o centrista. Y es que los legisladores fueron conscientes que el país no comulgaba con los doctrinarismos rígidos. Fue, sin duda, una salida sensata tras una sangrienta guerra civil, que se cuenta entre las peores que ha sufrido la República del Perú. Y ello quizás explica la razón por lo que esta Constitución haya tenido una larga longevidad, comparada con las anteriores: 60 años de vigencia. Solo estuvo momentáneamente suspendida cuando rigió la efímera Constitución liberal de 1867 y el Estatuto Provisorio de 1879 a 1881, este último expedido por el dictador Nicolás de Piérola, durante la guerra con Chile. DESARROLLO: La Constitución Política del Perú de 1867 Aprobada por el congreso constituyente y promulgada por el presidente general Mariano Ignacio Prado el 19 de agosto de 1867. La constitución no llego a ser juramentada en Arequipa, pues fue quemada públicamente en dicha ciudad. El movimiento se extendía y crecía ante esta situación Prado demitió el 5 de enero de 1868, embarcándose para el extranjero. La constitución solo estuvo vigente hasta el 6 de enero de 1868 osea menos de 5 meses. Terminada victoriosamente para el Perú la guerra con España de 1866, la dictadura del coronel Mariano Ignacio Prado dispuso el retorno al régimen democrático, pues las circunstancias de muy grave peligro que había atravesado la nación ya habían finalizado. A tal efecto, Prado convocó a elecciones para Presidente de la República (en las que él, sin apartarse del poder, postuló como candidato), así como para un Congreso Constituyente, el cual se encargaría de discutir y aprobar una nueva carta magna, en sustitución del texto adoptado en 1860. Se recurría así a la manida fórmula de renovar totalmente la Constitución, en vez de hacerse reformas específicas. Ante el Congreso Constituyente reunido el 15 de febrero de 1867, Prado se despojó del mando. El Congreso lo nombró como Presidente Provisional, en espera de su ratificación como Presidente Constitucional, pues faltaba todavía examinar los resultados de las elecciones presidenciales. hubo un descontento de buena parte de la ciudadanía pues se notó que se había implantado una Constitución similar a la 1856, la misma que había fracasado ocasionando la sangrienta guerra civil de 1856-1858. Incluso, el nuevo texto constitucional era en algunos casos más radical que su antecedente. La población, mayoritariamente católica, nunca simpatizó masivamente con el liberalismo ni con el anticlericalismo anticatólico, que profesaban muchos de los representantes liberales. Los conservadores descontentos y todos los autores de la revolución de 1865 que habían sido postergados por Prado, aprovecharon la coyuntura e instigaron una nueva revolución, alzando como bandera la Constitución de 1860. 2
  • 3. “Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”. El primero en asumir el liderazgo revolucionario fue el Gran Mariscal Ramón Castilla, quien, ya anciano, se alzó con sus partidarios en la provincia de Tarapacá. Pero falleció en pleno desierto, cerca de Tiviliche, el 30 de mayo de 1867, dejando prendida la mecha revolucionaria. La revolución estalló en Arequipa donde la ciudadanía se negó a jurar la Constitución de 1867, que fue quemada en la Plaza de Armas, el 11 de setiembre de 1867. Como jefe de la revolución fue reconocido el general Pedro Diez Canseco, al ser el segundo vicepresidente constitucional, según las elecciones de 1862, las últimas que se consideraban legítimas. Simultáneamente se prendió otro foco revolucionario en el norte, en Chiclayo, encabezado por el coronel José Balta. Prado intentó tomar Arequipa, pero después de dos intentos fallidos decidió volver a Lima, con su ejército maltrecho. En Chiclayo el pueblo también resistió el asedio de las fuerzas de gobierno. Prado renunció y asumió el poder el general Pedro Diez Canseco, quien puso nuevamente en vigencia a la Constitución Política de 1860 (enero de 1868). Esta constitución solo estuvo en vigencia un periodo muy corto para luego recobrar vigencia la constitución anterior por un periodo asta 1920. Constitución para la República del Perú de 1920 Fue la novena carta magna de la República del Perú, que fue aprobada el 27 de diciembre de 1919 por la Asamblea Nacional convocada plebiscitariamente por el presidente provisorio de la República Augusto B. Leguía, y promulgada por este mismo el 18 de enero de 1920, ya como presidente constitucional. De carácter progresista, muchas de sus innovaciones no fueron implementadas y quedaron en el papel. Estuvo en vigencia hasta el 9 de abril de 1933, cuando lo reemplazó la Constitución de 1933. El señor Augusto B. Leguía obtuvo la mayoría de votos en las elecciones presidenciales de 1919, pero alegando que su victoria no iba a ser reconocida por el gobierno civilista de José Pardo y Barreda, dio un golpe de estado, apoyado por la gendarmería (4 de julio de 1919). Acto seguido, asumió el poder como presidente provisorio y disolvió el Congreso. Leguía convocó a plebiscito para la aprobación de las reformas que, a su juicio, debían incorporarse en el texto constitucional (regía entonces la Constitución de 1860, la más longeva de la historia del Perú). Convocó también a elecciones del Congreso. Este, en los primeros treinta días, debía funcionar como Asamblea Nacional para sancionar las reformas previamente plebiscitadas. Entre esas reformas figuraba la renovación total del Poder Legislativo conjuntamente con la elección del Poder Ejecutivo, y con duración de cinco años para ambos poderes. Era evidente que Leguía no quería que se repitiera la mala experiencia de su primer gobierno, en la que tuvo que lidiar con un parlamento adverso que se renovaba por tercios. Leguía nombró a su régimen como el de la «Patria Nueva», pues pretendía modernizar el país a través de un cambio de relaciones entre el Estado y la sociedad civil. La Asamblea Nacional se instaló el 24 de setiembre de 1919, presidida por el sociólogo y jurisconsulto Mariano H. Cornejo (que oficiaba de ideólogo del gobierno). Este nuevo 3
  • 4. “Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”. Parlamento designó a Leguía como presidente constitucional el 12 de octubre del mismo año, luego de hacer el recuento de votos de las elecciones presidenciales. Realizadas las reformas, se promulgó la nueva Constitución el 18 de enero de 1920. Así se inauguró el segundo gobierno de Leguía, el cual se prolongaría por once años, ya que se reeligió en 1924y en 1929, tras sendas reformas constitucionales. Por eso se le conoce como Oncenio. Innovaciones: Impuso la renovación simultánea de los poderes públicos, Estableció el periodo presidencial de cinco años (anteriormente eran cuatro), La elección del Presidente de la República y de los senadores y diputados sería por voto popular directo, Se declaró la protección del Estado a la raza aborigen y se reconoció la existencia legal de las comunidades indígenas. La constitución peruana de 1933 El general Sánchez Cerro, asume el poder y convoca a una asamblea para la elaboración de una nueva constitución, que luego fue aprobado por el congreso constituyente de 1931 y que rigio desde el 29 de marzo e 1934 hasta 1979. La larga dictadura de Augusto B. Leguía de once años (el llamado Oncenio), finalizó con el golpe de estado protagonizado por el comandante Luis Sánchez Cerro, el 25 de agosto de 1930, en el contexto de una severa crisis económica mundial. Se sucedieron una serie de juntas militares, entre ellas la presidida por el mismo Sánchez Cerro. Sin embargo, estas Juntas no gozaron de apoyo nacional y la presión popular impuso al viejo líder apurimeño David Samanez Ocampo como presidente de una Junta Nacional de Gobierno, con representación de todo el país. Samanez se avocó a la misión que le había encomendado la ciudadanía: conducir al país en su retorno a la normalidad. Para ello, pacificó momentáneamente al país e inició los preparativos para unas elecciones generales, en la que los ciudadanos elegirían al Presidente de la República y a los representantes de la Asamblea Constituyente, cuya misión sería redactar un nueva Constitución Política. La Constitución entonces vigente era la promulgada por Leguía en 1920, por lo que se entiende la necesidad del cambio, ya que existía una actitud política generalizada de acabar con todo lo que tuviera que ver con el caído régimen leguiísta. Las elecciones generales se realizaron el 11 de octubre de 1931. En ellas se enfrentaron el comandante Sánchez Cerro, encabezando la Unión Revolucionaria, y Víctor Raúl Haya de la Torre, joven líder del partido aprista, fundado unos años antes. Triunfó el primero. Los apristas desconocieron el resultado y pasaron a la oposición, lo que constituyó el germen de una guerra civil. Previamente, la Junta de Samanez nombró el 7 de agosto de ese año una Comisión ad honorem para que realizara un anteproyecto de Constitución. Presidía esa Comisión el notable jurista Manuel Vicente Villarán y la integraban Víctor Andrés Belaunde, Diómedes Arias Schreiber, Carlos García Castañeta, Carlos Doig y Lora, Jorge Basadre Grohmann, José León 4
  • 5. “Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”. Barandiarán, Toribio Alayza y Paz Soldán, Ricardo Palma, Luis E. Valcárcel, Emilio Romero Padilla y César Antonio Ugarte. La Comisión dio por finalizada su tarea el 5 de diciembre y publicó el resultado de su trabajo junto con una notable exposición de motivos redactada por Villarán. Disposiciones: Se prohibió la reelección presidencial inmediata, El Presidente de la República quedó limitado en sus funciones., Se abolieron las vicepresidencias, El Parlamento sería bicameral, Estableció el derecho de sufragio para todos los ciudadanos mayores de 21 años que supiesen leer y escribir, El voto sería directo y secreto, crearon instituciones novedosas como los Consejos Departamentales. La Constitución de 1933 tuvo una trayectoria accidentada debido a los vaivenes políticos característicos de esta etapa republicana peruana, que se desenvolvió entre dictaduras militares y democracias representativas. Además de las dictaduras de Sánchez Cerro y Benavides, hubo posteriormente tres rupturas del orden constitucional: en 1948-1956, en 1962-1963 y en 1968- 1980. En esas circunstancias, lo usual era que los militares golpistas conformaran una Junta Militar, que imponían un Estatuto por el cual asumían las funciones propias de los poderes ejecutivo y legislativo reglamentadas en la Constitución. En teoría, debían respetar el resto del ordenamiento constitucional. De esas características fueron la Junta Militar de 1948-1950 presidida sucesivamente porManuel A. Odría y Zenón Noriega, y la Junta Militar de 1962-1963 presidida sucesivamente por Ricardo Pérez Godoy y Nicolás Lindley López. El gobierno militar instaurado en 1968, si bien siguió el modelo antedicho, trajo algunas novedades. Se denominó Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas; sus titulares (que fueron sucesivamente los generales Juan Velasco Alvarado y Francisco Morales Bermúdez) usaron el título de Presidente de la República; no fijó plazo para restablecer el orden constitucional, y por el llamado «Estatuto del Gobierno Revolucionario», además de asumir las funciones ejecutivas y legislativas, dispuso actuar, en todo lo demás, conforme a la Constitución y otras leyes, siempre en cuando estas fueran compatibles con los objetivos del gobierno revolucionario. En otras palabras, la Constitución quedó subordinada a los objetivos de la dictadura, lo que, naturalmente, trajo consigo la instauración del reino de la arbitrariedad. Deportaciones de opositores, expropiaciones de bienes privados, silenciamiento de la prensa, etc., fueron una muestra elocuente de ello. Fracasado el experimento revolucionario de los militares, Morales Bermúdez convocó a una Asamblea Constituyente, la cual discutió y promulgó una nueva Constitución, la de 1979, la misma que entró en vigencia el 28 de julio de 1980, al producirse el retorno de la democracia. La Constitución para la República del Perú de 1979 5
  • 6. “Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”. El régimen militar encabezado por Moralez Bermúdez, convoco a una asamblea constituyente en 1977, para redactar la nueva ley fundamental. La misma que fue proclamada el 12 de julio de 1979 y ratificada por el presidente constitucional Fernando Belaunde Terry, esta constitución regio hasta el 29 de diciembre de 1933. Como primer paso de la transición y regreso a la democracia, a fines de 1977 el gobierno del general Francisco Morales Bermúdez convocó a elecciones para conformar una Asamblea Constituyente cuya misión sería dar al país una nueva Carta Magna, en reemplazo de la Constitución de 1933, aunque dejando claramente expresado que su contenido debía institucionalizar las transformaciones revolucionarias del gobierno militar. Los ciudadanos peruanos elegirían a cien representantes que formarían dicha Asamblea. Las elecciones se fijaron para el 18 de junio de 1978 y los partidos y movimientos políticos recolectaron firmas para inscribirse en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El ex presidente Fernando Belaunde Terry no quiso que su partido, Acción Popular, participara en la contienda electoral al no estar de acuerdo que el gobierno pretendiese «parametrar» a la Asamblea, al condicionarla con la institucionalización de las reformas revolucionarias. Participaron el Partido Aprista Peruano (PAP), el Partido Popular Cristiano (PPC), Partido Demócrata Cristiano (PDC), y varios grupos de izquierda, entre ellos el Frente Obrero Campesino Estudiantil Popular (FOCEP), el Partido Socialista Revolucionario (PSR), el Partido Comunista Peruano (PCP), el Frente Nacional de Trabajadores y Campesinos (FRENATRACA) y la Unidad Democrática Popular (UDP). Finalmente, el presidente del JNE, Ulises Montoya Manfredi, proclamó a los ganadores. El Apra obtuvo 37 escaños, correspondiéndole a su líder Haya de la Torre, de 83 años, presidir el hemiciclo al lograr la mayor votación preferencial. El PPC obtuvo 25 escaños, el FOCEP 12, PSR y PCP 6 cada uno y los restantes estaban repartidos entre los grupos minoritarios. El 28 de julio de 1978 se instaló la Asamblea Constituyente. Victor Raul Haya de la Torre, en su discurso inaugural, hizo públicas críticas al gobierno revolucionario de las Fuerzas Armadas. «El pueblo, al votar el 18 de junio, hizo una auténtica revolución: recuperar el ejercicio de una soberanía que le fuera negada hace diez años», exclamó para agregar luego que solamente si la Asamblea «es autónoma, soberana y libre podrá cumplir el claro mandato renovador con el que la ha investido el pueblo». Dijo, de manera terminante: «La Asamblea Constituyente no admite condicionamientos, limitaciones ni parámetros; ningún mandato extraño a su seno puede recortar sus potestades; no reconoce poderes por encima de ella misma». Los legisladores concluyeron su trabajo con la promulgación de la nueva Constitución Política del Perú el 12 de julio de 1979. Haya de la Torre, ya muy enfermo, la firmó en su lecho de moribundo. CONCLUSION. 6
  • 7. “Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”. DISPOCICIONES: El sistema político, El Congreso bicameral, El Poder Judicial, Segunda vuelta electoral, Ciudadanía a los 18 años, Voto de los analfabetos, Abolición de la pena de muerte, Derechos constitucionales, Derecho a la insurgencia, Creación del Tribunal de Garantías Constitucionales, El sistema económico. En 1992, el Congreso Constituyente Democrático elegido luego del autogolpe de 1992, derogó la Constitución de 1979, reemplazándola con la Constitución de 1993. Hay que destacar que en su artículo 307, la Constitución de 1979 dejaba establecido que no perdía su vigencia aún cuando fuese derogada «por cualquier otro medio distinto del que ella misma dispone». Esto ha llevado a que muchos sostengan que la Constitución de 1993 tiene un origen ilegal, al haber sido impuesta sin seguir los mecanismos de reforma constitucional contemplados en la Constitución de 1979. Hay sectores políticos en el Perú que actualmente reclaman la restitución de la Constitución de 1979, pues consideran que es la legítima. Una de las ofertas iniciales de la campaña electoral del presidente Ollanta Humala del 2011 fue derogar la Constitución de 1993 y restituir la Constitución de 1979, para sobre la base de ella hacer las reformas consideradas necesarias. Incluso, en la ceremonia del traspaso del mando del 28 de julio de 2011, Humala juró por el «espíritu de la Constitución de 1979», siendo imitado por sus dos vicepresidentes. Posteriormente, dejó en suspenso tal proyecto, presionado por la opinión pública, mayoritariamente reacia a realizar tal cambio. Cabe señalar que en el año 2003 el abogado Alberto Borea Odría y cinco mil ciudadanos presentaron una Acción de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional con la finalidad de derogar la Constitución de 1993. Dicha acción fue declarada improcedente por el referido Tribunal. La Constitución Política del Perú de 1993 Fue redactada a inicios del gobierno de Alberto Fujimori por el Congreso Constituyente Democrático convocado por el mismo tras la disolución del Congreso en el autogolpe de 1992, consecuentemente fue aprobada mediante el referéndum de 1993, aunque los resultados han sido discutidos por algunos sectores,3 es actualmente la base del sistema jurídico del país: sobre esta reposan los pilares del Derecho, la justicia y las normas del país. Esta controla, regula y defiende los derechos y libertades de los peruanos; organiza los poderes e instituciones políticas.Esta ley fundamental es la base del ordenamiento jurídico nacional: De sus principios jurídicos, políticos, sociales, filosóficos y económicos se desprenden todas las leyes de la República. La Constitución prima sobre toda ley sus normas son inviolables y de cumplimiento obligatorio para todos los peruanos. Cabe mencionar que, pese al autogolpe de 1992 y el subsiguiente Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional (GERC), la constitución de 1979 siguió teóricamente en vigencia hasta la expedición y promulgación de la Constitución de 1993. Se considera, de acuerdo 7
  • 8. “Año de la promoción de la industria responsable y el inicio climático”. al Tribunal Constitucional, que la Ley de Bases del mencionado GERC y los demás actos emanados del autogolpe fueron ilegales e inconstitucionales de origen, validados luego por las Leyes Constitucionales de 1993 emitidas por el Congreso Constituyente Democrático, y por el referéndum del mismo año. En 2001, en una ley promulgada por Alejandro Toledo, el Congreso del Perú retiró la firma de Fujimori de la Constitución. Innovaciones:Introduce el mecanismo del referéndum o consulta popular para la reforma total o parcial de la Constitución, El Poder Ejecutivo, en especial el Presidente de la República, obtuvo mayores atribuciones, el Poder Legislativo tuvo un cambio radical en su estructura, Se otorga independencia al Consejo Nacional de la Magistratura, Se establece la Defensoría del Pueblo, Se establece que la iniciativa privada es libre y se ejerce en una economía social de mercado, Se siguen mencionado a las Comunidades Campesinas y las Nativas, Se dejó de garantizar plenamente la estabilidad laboral, Se reconoce a las municipalidades autonomía política, económica y administrativa. 8