1. Aspectos éticos y legales sobre el uso de información
Centro Regional de Educación Normal
“Dr. Gonzalo Aguirre Beltrán”
Lic. en Educación Preescolar
1ro. “B”
Mtra. Anadheli Solís Méndez
Scarlett Mirleila Soto Martínez
31 de Octubre de 2013.
Ciclo escolar 2013 – 2014
Scarlett Mirleila Soto Martínez
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2. Aspectos éticos y legales sobre el uso de información
Aspectos éticos y legales sobre el uso de información
Es un derecho fundamental (nuevo) que busca la protección de la persona en
relación con el tratamiento de su información.
Los orígenes
Los principales instrumentos internacionales de derechos humanos reconocen
al derecho a la vida privada
Sin embargo, los avances en las TI y sus implicaciones para la vida de las
personas dieron origen a un derecho distinto, relacionado con la protección de los datos personales
La reforma constitucional
La reciente reforma al artículo 6 reconoce la protección de datos personales como derecho independiente.
Existe una iniciativa de reformas al artículo 16 C. aprobado por el Senado que reconoce el derecho a la
protección de datos personales como un derecho fundamental autónomo
Otra iniciativa de reforma al art. 73 busca facultar al Congreso federal para legislar en la materia
Principios de protección de datos personales
Artículo 20.- Licitud, calidad, acceso y corrección, de información, seguridad, custodia y consentimiento para
su transmisión.
Licitud
La posesión de sistemas de datos personales deberá obedecer exclusivamente a las atribuciones legales o
reglamentarias de cada dependencia o entidad y deberán obtenerse a través de los medios previstos por
dichas disposiciones.
Los datos personales deberán tratarse únicamente para la finalidad para la cual fueron obtenidos, misma que
debe ser determinada y legítima.
Calidad
El tratamiento de datos personales deberá se exacto, adecuado, pertinente y no excesivo , respecto de las
atribuciones legales de la dependencia o entidad que los posea.
Acceso y corrección
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Los sistemas de datos personales deberán almacenarse de forma tal
que permitan el ejercicio de los derechos de acceso y corrección
previstos por la ley.
Toda persona tiene derecho a saber qué información hay de él en el
Gobierno y en caso de que no esté actualizada o esté equivocada, a que
sea corregida.
De información
Se deberá hacer del conocimiento del Titular de los datos, al momento
de recabarlos y de forma escrita, el fundamento y motivo de ello, así como los propósitos para los cuales se
tratarán dichos datos.
Derechos de autor:
Son un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley
concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica,
esté publicada. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos.
Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede
habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor.
Entre los principales aspectos éticos, sociales y políticos propiciados por los sistemas de información se
encuentran las siguientes dimensiones morales:
·
Derechos y obligaciones de información.
·
Derechos de propiedad.
·
Responsabilidad y control.
·
Calidad del sistema.
·
Calidad de vida.
El titular de los derechos de autor goza de:
•Reproducir la obra en copias o fonogramas.
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•Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de
propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.
Presentar y mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas,
pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales.
•En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audio digital.
•El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que creó
dicha obra. Sólo el autor o aquellos cuyo derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad.
Estos aspectos éticos y legales en mi pensamiento, son muy importantes, ya que no por el hecho de que estén
al alcance de todos significa que sean nuestros, sino que tienen un dueño, lo cual hay que respetar a quien los
creo, el derecho de autor, y al hacer una búsqueda poner el autor de quien sea dicho documento. Y a quien
abusa de esta información, se le debe dar un castigo.
Para poder realizar un trabajo buscamos información en la gran biblioteca de Internet a la vez utilizamos la
tecnología como método de ayuda de fuentes de información, debemos estar conscientes de la existencia de
unos principios éticos y legales que se deben tomar en cuenta al momento de difundir la información.
La información es un conjunto organizado de datos procesados, que constituyen un mensaje que cambia el
estado de conocimiento del sujeto o sistema que recibe dicho mensaje. Es necesario incluir en nuestros
trabajos la propiedad intelectual de la información tomada del Internet. Esto incluye los derechos exclusivos
del autor, marcas de fábrica, sellos, etc.
El plagio es cuando copiamos trabajos ajenos y nos lucramos de ellos como si fueran nuestros. Desde el punto
de vista legal, el plagio es una infracción del derecho de autor sobre una obra artística o intelectual de
cualquier tipo, que se produce cuando se presenta una obra ajena como propia u original.
Entre las sanciones que se llevan a cabo si se comete plagio en un recinto universitario es la suspensión del
estudiante y en algunos casos, la expulsión. Para finalizar, nuestro deber como estudiantes y personas con
valores morales debe ser el uso de la originalidad y honestidad en nuestros trabajos pues plagiar sin darle el
reconocimiento al autor es lo mismo que robar.
Tipos de plagio:
1. Plagio de fuente completa- atribuirse un trabajo completo como propio.
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