El Área de Medio Ambiente ha iniciado expediente sancionador también al hotel colindante por insuficiente aislamiento acústico al detectarse, tras inspección, la ausencia de un muro medianero en la planta bajo cubierta, entre los dos locales.
PROPUESTAS Y RECOMENDACIONES PARA UN NUEVO TRATO ENTRE EL ESTADO, LOS PUEBLOS...
LA DISCOTECA DEL PASEO DE PRIES EXPEDIENTADA SUPERABA EL NÚMERO DE DECIBELIOS MÁXIMOS PERMITIDOS
1. comunicación y prensa municipal
Área de Medio Ambiente y Sostenibilidad
LA DISCOTECA
DEL PASEO DE PRIES
EXPEDIENTADA SUPERABA EN 22 EL NÚMERO
DE DECIBELIOS MÁXIMOS PERMITIDOS EN
INMISIÓN DE RUIDO A COLINDANTE
El Área de Medio Ambiente ha iniciado expediente sancionador
también al hotel colindante por insuficiente aislamiento acústico al
detectarse, tras inspección, la ausencia de un muro medianero en la
planta bajo cubierta, entre los dos locales
25/02/2014.- La discoteca situada en el Paseo de Príes, cuyo cierre cautelar
fue decretado por el Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento el pasado mes
de noviembre, superaba en 22 el número de decibelios máximos permitidos, lo
que, según ha explicado hoy el responsable del citado área, Raúl Jiménez,
suponía uno de los casos “más flagrantes” de contaminación acústica
(inmisión) a un colindante que se ha detectado hasta ahora en Málaga. A la
orden de cierre cautelar, de obligada aplicación según la legislación vigente
cuando existen infracciones graves (más de 3 decibelios de superación), se
suma además la incoación de un expediente sancionador por infracción muy
grave, que podría finalizar con la imposición de una multa de entre 12.001 y
30.000 euros.
El concejal ha explicado esta mañana a los periodistas, en el transcurso de una
rueda de prensa, que los técnicos de su área han expedientado también al
hotel que linda con la discoteca por incumplir arquitectónicamente con los
requisitos de aislamiento acústico, al carecer de muro medianero en la planta
bajo cubierta, por lo que comparte este espacio con la discoteca adyacente. En
este caso, y dado que las exigencias de aislamiento son menores en un hotel
(al menos 40 decibelios de aislamiento) respecto a las de un local dedicado a
discoteca (aislamiento mínimo de 75 decibelios), la sanción por la infracción
cometida se encuadra en la categoría de grave, con una horquilla económica
de 601 euros a 12.000 euros.
Los problemas de contaminación acústica relacionados con la discoteca del
Paseo de Príes se remontan al mes de septiembre de 2012, con la
presentación de una primera denuncia vecinal por exceso de ruido procedente
del local, debido a la apertura de puertas y ventanas y la instalación de
altavoces y aparatos de televisión en la terraza privativa del mismo. Esta
denuncia fue objeto de indagación por parte de la Policía Local, que constató,
tras personarse en el lugar de los hechos, que la discoteca tenía las puertas y
ventanas cerradas en el momento de la inspección, por lo que no se inició
ningún trámite administrativo posterior, salvo el traslado de este informe al
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2. Defensor del Ciudadano que se había interesado también por el problema.
Raúl Jiménez ha advertido hoy sobre la necesidad de distinguir entre “dos tipos
de ruido muy diferentes”, el producido en la vía pública por las personas que se
desplazan de un local a otro o permanecen en el exterior de él, y la
contaminación acústica por inmisión de ruido en los edificios o viviendas
colindantes de establecimientos con música, por un exceso de volumen de sus
equipos de reproducción o un insuficiente nivel de aislamiento.
“Éste es precisamente el caso que ha originado el expediente que ha finalizado
con el decreto cautelar de cierre, ya que tras varias denuncias del vecino
afectado y otros, constatarse que el local no contaba con el preceptivo limitador
acústico, lo que le valió un apercibimiento independiente, varios informes de la
Policía Local constatando una fuerte inmisión de ruido en el interior del hotel
procedente de la discoteca y la negativa de los responsables de la misma a
realizar una valoración técnica del nivel de aislamiento existente en su local, se
realizó una medición acústica en el hotel, por parte de los técnicos de la
Entidad Colaboradora del Área de Medio Ambiente, que arrojó la superación
indicada”, explicó el concejal.
Raúl Jiménez señaló que tiene entendido que el local dedicado a discoteca
permanece en la actualidad cerrado por circunstancias ajenas a la orden
cautelar del Área de Medio Ambiente e indicó que en el momento en el que los
responsables de la explotación aporten la documentación requerida y
confirmen mediante proyecto técnico la adopción de medidas para mejorar el
aislamiento acústico, hasta un mínimo de 75 decibelios, podrían retomar su
actividad habitual.
TRAMITACIÓN HABITUAL
el concejal ha añadido que ninguno de estos dos expedientes administrativos
ha sido tramitado de forma acelerada, ni se ha producido injerencia o alteración
alguna en el procedimiento administrativo seguido. Según ha dicho, la primera
denuncia por contaminación contra la discoteca es del 27 de septiembre de
2012 y la orden de cierre cautelar se dictó en noviembre de 2013. Asimismo, la
denuncia contra el insuficiente aislamiento acústico del hotel es formulada por
los responsables de la discoteca el 19 de diciembre de 2013 y la apertura del
expediente sancionador correspondiente se realizó en febrero de 2014.
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