Aspectos éticos y legales asociados a la información
Tarea 4
1. SECRETARIA DE EDUCACIÓN GUERRERO
Subsecretaría de Educación Media Superior y Superior
Dirección General de Operación de Servicios de Educación
Media Superior y Superior
Subdirección de Formación Docente
Departamento de Apoyo Académico
“Centenaria Escuela Normal del Estado
“Ignacio Manuel Altamirano”
Las TIC en la educación
Tarea 4 “ Aspectos éticos y legales asociados a la información digital ”
Coordinador: Xavier Peralta Santos
Licenciatura en Educación Preescolar
1°”A”
3. ASPECTOS ÉTICOS Y LEGALES
ASOCIADOS A LA INFORMACIÓN
DIGITAL
La seguridad informática, no sólo en México sino a nivel mundial, es uno de los temas que mayor auge
comienza a tener en la actualidad, visto ya sea desde las necesidades de promoverla así como de
implementarla.
Lo anterior atiende a centrar esta disertación en una premisa importante: la seguridad informática no implica
en forma única y específica a Internet, la seguridad informática se refiere a todo lo que hace referencia a la
preservación, respeto y buen manejo de la información. Para ello, es de vital importancia aclarar que el valor
protegido, tanto tangible como intangible, será siempre la información.
Son un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley
concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica,
esté publicada. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal
de los Derechos Humanos. Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado.
Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor.
4. ENTRE LOS PRINCIPALES ASPECTOS ÉTICOS, SOCIALES Y POLÍTICOS
PROPICIADOS POR LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN SE ENCUENTRAN LAS
SIGUIENTES DIMENSIONES MORALES:
Derechos y obligaciones de información.
Derechos de propiedad.
Responsabilidad y control.
Calidad del sistema.
Calidad de vida.
5. EL TITULAR DE LOS DERECHOS DE AUTOR GOZA DE:
Reproducir la obra en copias o fonogramas.
•Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de
transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias. Presentar y
mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y
coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales.
•En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión
audio digital.
•El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor
que creó dicha obra. Sólo el autor o aquellos cuyo derechos derivan del autor pueden reclamar
propiedad. Estos aspectos éticos y legales en mi pensamiento, son muy importantes, ya que no
por el hecho de que estén al alcance de todos significa que sean nuestros, sino que tienen un
dueño, lo cual hay que respetar a quien los creo, el derecho de autor, y al hacer una búsqueda
poner el autor de quien sea dicho documento. Y a quien abusa de esta información, se le debe dar
un castigo.