1. Educación Cívica:Educación Cívica:
“Derechos de las personas y“Derechos de las personas y
Constitución Política”Constitución Política”
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Área de Cs. SocialesÁrea de Cs. Sociales
2.
3. Historia Constitucional ChilenaHistoria Constitucional Chilena
A comienzos del siglo XIX, Chile formaba parte de las colonias que el
Reino de España mantenía en América, época en que éstas organizan
gobiernos autónomos, en la forma de Juntas de Gobierno. El 18 de
septiembre de 1810, se forma en Chile la primera Junta de Gobierno.
Reglamento para el arreglo de la autoridad ejecutiva
provisoria de Chile de 1811
Considerado como unos de los primeros ensayos
constitucionales del país.
Establecía un gobierno Ejecutivo de tres miembros, y
Congreso unicameral, establecido el 4 de julio de 1811, que
desde el momento de su instalación, la Junta queda disuelta,
por lo que el Congreso ejerce las funciones ejecutivas y
legislativas, con una marcada tendencia conservadora leal al
Rey de España.
4. Reglamento ConstitucionalReglamento Constitucional
Provisorio de 1812Provisorio de 1812
Sancionado el 26 de octubre, que deroga el Reglamento de
1811, y que establece un Poder Ejecutivo de tres personas y
un Legislativo unicameral de siete (Senado Consultivo).
Se destaca por ser el primer reconocimiento a la soberanía
de Chile y a la autonomía de sus gobernantes, por proteger
las libertades públicas, por consagrar la libertad de
imprenta, establecer la garantía de los derechos
individuales, y por poner límites a los gobernantes, entre
otros.
5. ““Reglamento para elReglamento para el
Gobierno Provisorio de 1814”Gobierno Provisorio de 1814”
Crea un Ejecutivo unipersonal, con el nombre de
Director Supremo, al cual se asignan amplias
atribuciones con el objeto de hacer frente el problema
bélico existente.
Mantiene al mismo tiempo, un Senado integrado por
siete personas.
Como Director supremo, es nombrado el coronel
Francisco de la Lastra, gobernador de Valparaíso.
6. Constitución de 1818
Establece:
Un ejecutivo unipersonal en la forma de Director Supremo, al
cual se asignan amplias atribuciones, y dado que no se fija la
duración del mandato, éste cuenta con un plazo indefinido para
ejercer sus funciones.
Se nombra un Senado de 5 miembros permanentes e igual
número de suplentes, nombrados todos por el Director
Supremo.
Se establece los derechos y deberes del hombre en la sociedad
Determina las facultades y límites del ejecutivo
Establece una autoridad judicial, creando un Tribunal
Superior;
Establece una administración provincial de tres provincias
(Coquimbo, Santiago, y Concepción); y
Fija como religión del Estado, la Religión Católica.
7. Constitución de 1822Constitución de 1822
La “Separación de los tres poderes.
Fija un plazo para la duración del
mandato presidencial,
Propone un sistema legislativo, y
Crea los ministerios de Relaciones
Exteriores, Hacienda, y Guerra y
Marina.
8. La Constitución de 1823La Constitución de 1823
Elaborada por el jurista Juan Egaña,
Es conocida como la constitución moralista, por su marcada tendencia
conservadora y autoritaria, en la que se mezclaban elementos políticos,
religiosos y morales.
Se reconoce al Ejecutivo como el gran poder del Estado, cuyo mandato
sería ejercido por un Director Supremo por un período de cuatro años,
reelegible por una sola vez;
Poder Legislativo, éste estaba constituido por un Senado y una
Cámara Nacional.
Se desarrolló en Chile, un proyecto de implantación de un régimen
federal, que hizo que el Congreso aprobara distintas leyes de carácter
constitucional que lo anticipaban, por lo que, el 14 de julio de 1826, se
declara que la República de Chile se constituye como un régimen
federal.
Luego, se organiza el sistema municipal, dividiendo el país en 8
provincias, y determinando la elección popular de los Cabildos. Cada
una de las provincias tendría además, una Asamblea de elección
popular con carácter legislativo.
9. Constitución de 1828Constitución de 1828
Aprobada por el Congreso el 6 de agosto.
Confeccionada por el Diputado Melchor de Santiago
Concha Cerda y el Ministro del Interior subrogante José
Joaquín de Mora.
Esta norma de principios liberales, considerada como la
más completa y de contenido superior a las constituciones
promulgadas hasta la fecha no responde, sin embargo, a la
realidad social y cultural del país.
Se establece una clara independencia de los tres poderes
del Estado, determinando que la República sería
gobernada por un Presidente elegido por votación
indirecta de electores, a razón de tres por cada miembro
del legislativo
10. El gobierno duraría cinco años, posibilitando la reelección
después de un período de otros cinco años
El Poder Legislativo reside en dos cámaras: Senado y
Cámara de Diputados, que como poder del estado, tiene la
facultad de nombrar a los ministros de la Suprema Corte
de Justicia; dictar el presupuesto; suprimir y crear puestos
de empleo; aprobar ascensos de jefes superiores del
ejército y ministros en el extranjero, etc.
La división del país en 8 provincias, que se manejarían con
independencia del poder central
Se establece la tolerancia religiosa y su culto privado;
Se establece la libertad de imprenta sin censura previa
11. Constitución de 1833Constitución de 1833
Bajo el gobierno de Joaquín Prieto Vial (1831-1841), se dicta la
“del 25 de mayo, que recoge las ideas de Portales y de Mariano
Egaña, y que rige con modificaciones hasta el año 1925.
Se determina un período presidencial por cinco años,
permitiendo la reelección inmediata por igual período,
otorgando amplias facultades al Presidente de la República para
el mantenimiento de la seguridad pública, incluido el estado de
sitio;
Se establece por primera vez el principio de fijar los límites
territoriales
Se otorga la facultad fiscalizadora a la Cámara de Diputados, a
la que además se da la atribución de aprobar el presupuesto de
la Nación;
Se garantizaba la igualdad ante la ley, la inviolabilidad de las
propiedades, la libertad de imprenta y la seguridad personal.
12. Constitución de 1925
“Durante la presidencia de Arturo Alessandri Palma aprobada
en julio de ese año mediante plebiscito nacional.
Aumenta el período presidencial de cinco a seis años, con
elección directa;
Priva a la Cámara de Diputados de la facultad de censura a los
ministerios, pero la facultad para acusar a los ministros y al
Presidente de la República por abusos al poder;
Establece la incompatibilidad de los cargos de ministro con el de
parlamentario;
Determina la separación del Estado de la Iglesia y garantiza la
libertad de culto y conciencia;
Crea el Tribunal Calificador de Elecciones; y
Crea el Banco Central.
13. Constitución Política (1980)Constitución Política (1980)
La Constitución Política de Chile es el
cuerpo legal que establece las bases y
principios esenciales de la República.
La Constitución vigente en Chile es la
promulgada el 8 de agosto de 1980 que
remplazó a la Constitución de 1925
bajo el Decreto Supremo Nº 1.150 de
1980.
14. Nace producto de un quiebre institucional, queNace producto de un quiebre institucional, que
culminó con un golpe de Estado el año 1973.culminó con un golpe de Estado el año 1973.
A partir de ese año, a pocos días delA partir de ese año, a pocos días del
pronunciamiento militar, y sobre bases ypronunciamiento militar, y sobre bases y
principios que iba definiendo la Junta Militarprincipios que iba definiendo la Junta Militar
de Gobierno, se inicia el estudio del proyectode Gobierno, se inicia el estudio del proyecto
para una nueva Constitución, a cargo de unapara una nueva Constitución, a cargo de una
Comisión, la que comenzó a reunirse el 24 deComisión, la que comenzó a reunirse el 24 de
Septiembre de 1973.Septiembre de 1973.
15. En el plebiscito de 1980 se votó la
Constitución aludida, siendo
aprobada, según los resultados
oficiales, por más de un 65% de los
votantes.
Se promulgó el 21 de Octubre de
1980, y publicó el 24 de Octubre de
ese mismo año para entrar en
vigencia el 11 de Marzo de 1981.
Cuenta de catorce Capítulos, en los
que se van desarrollando las
instituciones más relevantes del
Estado de Derecho Chileno.
La Constitución ha sufrido
sucesivas reformas.
16. NacionalidadNacionalidad
Las fuentes naturales de la nacionalidad, que otorgan la
calidad de chileno a través del nacimiento en territorio
nacional o el parentesco con padres chilenos, son dos:
Jus Solis: Son chilenos quienes nacen en el territorio de Chile.
Jus Sanguinis: Existen dos casos:
Los hijos de padre y madre chilenos nacidos en el
extranjero, cuando cualquiera de éstos se encuentre en
servicio actual de la República, y
Los hijos de padre y madre chilenos nacidos en el
extranjero, cuando han vivido en Chile por más de un año.
Concepto:
Es "el vínculo jurídico que une a una persona con un
Estado" y da lugar a una serie de derechos y deberes del
individuo hacia el Estado y viceversa.
17. CiudadaníaCiudadanía
Es la calidad que adquieren los nacidos en territorioEs la calidad que adquieren los nacidos en territorio
chileno una vez que cumplen 18 años, siempre que nochileno una vez que cumplen 18 años, siempre que no
hayan sido condenados a pena aflictiva (más de treshayan sido condenados a pena aflictiva (más de tres
años y un día).años y un día).
La ciudadanía da el derecho a votar, conducir un auto,La ciudadanía da el derecho a votar, conducir un auto,
y postular a cargos públicos y de elección popular.y postular a cargos públicos y de elección popular.
19. Derechos y Deberes de las personasDerechos y Deberes de las personas
Derechos CivilesDerechos Civiles
El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.
El respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la
persona y de su familia.
La libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el
ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las
buenas costumbres o al orden público.
La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en
cualquier forma y por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los
delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de estas libertades, en
conformidad a la ley, la que deberá ser de quórum calificado.
20. El derecho a reunirse pacíficamente sin
permiso previo y sin armas.
El derecho de presentar peticiones a la
autoridad, sobre cualquier asunto de interés
público o privado, sin otra limitación que la de
proceder en términos respetuosos y
convenientes;
El derecho de asociarse sin permiso previo.
La libertad de trabajo y su protección.
21. Derechos PolíticosDerechos Políticos
Derecho a sufragio y a optar a cargos
públicos.
Derecho a organizar partidos políticos
Derecho a participar en la aprobación
o rechazo de reformas
constitucionales.
22. Derechos Económicos , Sociales y Culturales
El derecho a la libertad personal y a la seguridad
individual.
El derecho a vivir en un medio ambiente libre de
contaminación.
El derecho a la protección de la salud.
El derecho a la educación.
El derecho a la seguridad social.
El derecho de sindicarse en los casos y forma que
señale la ley.
24. Derechos HumanosDerechos Humanos
Características de los Derechos Humanos
Los derechos humanos poseen ciertas características que los identifican:
inherentes al ser humano, universales, inalienables e inviolables.
Inherentes al ser humano: significa que se generan o nacen de la
naturaleza humana;
Universales: significa que constituyen un bien y son posesión de todos y
cada uno de los seres humanos por el solo hecho de ser personas.
Inalienables: quiere decir que los derechos humanos no se pueden quitar,
porque son parte de la propia naturaleza del ser humano.
Inviolables: significa que los derechos humanos no se pueden o no se
deben transgredir.
25. Tratado Fecha
Carta de la Naciones Unidas y
Estatuto de la Corte
Internacional de Justicia.
San Francisco. 26 de Junio de 1945
Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del
Hombre
Aprobado en Novena Conferencia
Internacional Americana. Bogotá,
Colombia. 1948.
Declaración Universal de
Derechos Humanos
Adoptada y proclamada por la Asamblea
General en su resolución 217ª (III), de 10
de Diciembre 1948.
Convención de salvaguardia de
los Derechos del Hombre y de
las libertades fundamentales
Roma, 04 Noviembre de 1950. Gobiernos
signatarios, miembros del Consejo de
Europa.
TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
26. Pacto Internacional de
Derechos Económicos,
Sociales y Culturales.
Adoptado y abierto a la firma,
ratificación y adhesión por la
Asamblea General en su
resolución 2200 A (XXI), de 16 de
Diciembre de 1966.
Pacto Internacional de
Derechos Civiles y
Políticos
Adoptado y abierto a la firma,
ratificación por la Asamblea
General en su resolución 2200
(XXI) del 16 de Diciembre de
1966
Convención Americana
sobre Derechos Humanos
“Pacto de San José de
Costa Rica”.
Aprobada en la Conferencia de
los Estados Americanos de San
José de Costa Rica 22 Noviem