2. Hecho jurídico es todo acontecimiento o estado ,
en general todo suceso o falta del mismo ya que
también hay hechos negativos al que por su sola
realización, o juntamente con otros, liga al Derecho
Objetivo la producción de un efecto, que es efecto
jurídico precisamente en cuanto dispuesto por el
Derecho Objetivo.
3. HECHOS NATURALES
Son aquellos que tienen su origen en la
naturaleza sin ninguna intervención de la
conducta humana. Ejemplo: un terremoto, la
erupción de un volcán, el transcurso del tiempo,
la lluvia, la muerte, etc.
4. AGENTE CAPAZ
FIN LICITO
OBJETO FISICO Y JURIDICAMENTE POSIBLE
MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD