El Consejo Nacional de la Judicatura determinó que la tecnología más avanzada debe usarse para beneficiar la administración de justicia según el artículo 95 de la ley estatutaria de justicia en Colombia. Esto incluye la conservación y reproducción de expedientes de manera electrónica, así como la comunicación entre despachos para garantizar el funcionamiento razonable del sistema judicial. Adicionalmente, el proceso judicial colombiano debe implementar plenamente el uso de tecnologías de la información y comunicación como el registro electrónico de audiencias y el