El documento resume la historia del automóvil desde sus inicios en vehículos de vapor en el siglo XVIII hasta los principales modelos de autos del siglo XX. Explica que el primer automóvil con motor de combustión interna a gasolina se creó en 1885 y destaca algunos de los autos más importantes inventados entre 1922 y los 1970s como el Austin 7, Bugatti Type 35, Ford T y Toyota Corolla. También define formalmente el término "automóvil".
1. EL CARRO
La historia del automóvil empieza con los vehículos
autopropulsados por vapor del siglo XVIII. En 1885 se
crea el primer vehículo automóvil por motor de
combustión interna con gasolina. Se divide en una
serie de etapas marcadas por los principales hitos
tecnológicos.
2. Uno de los inventos más característicos del siglo XX ha sido sin
duda el automóvil. Los primeros prototipos se crearon a finales del
XIX, pero no fue hasta alguna década después cuando estos
vehículos empezaron a ser vistos como algo "útil".
.
3. El intento de obtener una fuerza motriz que sustituyera a los caballos se
remonta al siglo XVII. La historia del automóvil recorre las tres fases de
los grandes medios de propulsión: vapor, electricidad y gasolina.
El primer vehículo a vapor (1769) es el "Fardier", creado por Nicolás
Cugnot, demasiado pesado, ruidoso y temible
4.
5. ALGUNOS CARROS PRINCIPALES QUE
INVENTARON
1922–1939 Austin 7
1924–1929 Bugatti Type 35
1927–1931 Ford T
1930 Cadillac V-16
1966-presente Toyota Corolla
1970-presente Range Rover
6. EL TÉRMINO AUTOMOVIL
El término automóvil αὐτο "uno mismo", y del latín mobĭlis "que se mueve") se
refiere principalmente a un vehículo autopropulsado por un motor propio y
destinado al transporte de personas o mercancías sin necesidad de carriles.1
antonomasia para referirse a los automóviles de turismo,1 existen otros tipos
de automóviles, como camiones, autobuses,2 furgonetas,3 motocicletas,4
motocarros o cuatriciclos.
En España, el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Vehículos, define 'automóvil' en el anexo II
como «vehículo de motor que sirve, normalmente, para el transporte de
personas o mercancías, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros
vehículos con aquel fin. Se excluyen de esta definición los vehículos
especiales». Asimismo, en dicho Real Decreto se define 'vehículo de motor'
como «vehículo provisto de motor para su propulsión. Se excluyen de esta
definición los ciclomotores, los tranvías y los vehículos para personas de
movilidad reducida».