1. es el área de la informática que se
enfoca en la protección de la
infraestructura computacional y todo lo
relacionado con ésta (incluyendo la
información contenida). Para ello existen
una serie de estándares, protocolos,
métodos, reglas, herramientas y leyes
concebidas para minimizar los posibles
riesgos a la infraestructura o a la
información.
2.
3. Es toda aquella acción típica antijurídica y
culpable, que se da por vías informáticas o
que tiene como objetivo destruir y dañar
ordenadores, medios electrónicos y redes
de Internet. Debido a que la informática se
mueve más rápido que la legislación,
existen conductas criminales por vías
informáticas que no pueden considerarse
como delito, según la "Teoría del delito",
por lo cual se definen como abusos
informáticos, y parte de la criminalidad
informática.
4.
5. CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual se modifica el
Código Penal, se crea un nuevo bien
jurídico tutelado - denominado “de la
protección de la información y de los
datos”- y se preservan integralmente los
sistemas que utilicen las tecnologías de
la información y las comunicaciones,
entre otras disposiciones.