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ABC
                    del Sistema Oficial de Inspección,
                    Vigilancia y Control de la Carne,
                     Productos Cárnicos Comestibles
                    y Derivados Cárnicos Destinados
                           para el Consumo Humano




                                                                        la Protecc
                                                                   de             ió
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                                                       IN IMA
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                                                                                                          os




          Libertad y Orden
                                                                                                      ent
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Ministerio de la Protección Social
                                                                                                   Al
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MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA

Director General
Jairo Céspedes Camacho

Subdirectora de Alimentos y Bebidas Alcohólicas
Laura Pasculli Henao

Subdirectora de Medicamentos y Productos Biológicos
Martha Cecilia Rodríguez Ramírez

Subdirectora de Insumos para la Salud y Productos Varios
Clara Isabel Rodríguez Serrano

Subdirector de Registros Sanitarios
Óscar Ramírez Marín

Secretaria General
Perla Inés Llinás Álvarez

Jefe Oficina Asesora Jurídica
Juan Carlos Marín Ortegón

Jefe Oficina Asesora de Planeación, Informática y Estadística (e)
Astreed Carolina Sierra Arias

Jefe Oficina Control Interno
Norma Constanza García Ramírez

Desarrollo de Contenidos
Jairo Céspedes Camacho
Laura Pasculli Henao
César Malagón González
Claudia Moreno Barrera

Coordinación Editorial
Teresa Huertas Molina

Diseño, Diagramación e Impresión
Imprenta Nacional de Colombia

Bogotá, D. C. 2008
Contenido
Presentación.....................................................................................................................   4

Introducción...................................................................................................................... 10

Algunas definiciones relacionadas con el Sistema Oficial de Inspección
en carnes y derivados ................................................................................................... 11

¿Quiénes hacen parte del Sistema? ........................................................................ 13

¿Por qué se debe implementar este Sistema? .................................................... 14
                                                                                                                                         3
Beneficios que obtendrá el país con la ejecución de estas políticas .......... 16

De la granja a la mesa.................................................................................................. 17

Implementación del Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control
de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos
destinados para el consumo humano.................................................................... 19

¿Cuáles son los plazos? ................................................................................................ 19

¿En qué consiste la inscripción?................................................................................ 20

¿Cuáles son los requisitos para la inscripción de plantas de beneficio,
despostes y desprese?.................................................................................................. 20

¿Dónde están ubicadas las oficinas del INVIMA? ............................................... 21

¿En qué consiste el Plan Gradual de Cumplimiento? ....................................... 22

¿Cómo se solicita la autorización sanitaria? .......................................................... 23

Exportación ....................................................................................................................... 28
IN IMA



              Presentación
              El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimen-
              tos INVIMA, es un establecimiento público del orden nacional,
              adscrito al Ministerio de la Protección Social, y su propósito es
              la ejecución de las políticas en materia de vigilancia
              sanitaria y de control de calidad.

              El ámbito de su gestión como autoridad sanitaria involucra
              productos de vital importancia para la sociedad colombiana
              como los medicamentos, productos biológicos, productos na-
              turales y homeopáticos, los reactivos de diagnóstico, dispo-
4             sitivos y elementos médico quirúrgicos y odontológicos, los
              alimentos procesados, carnes, bebidas envasadas, bebidas
              alcohólicas, los cosméticos, los preservativos y productos de
              aseo, entre otros.

              El INVIMA fue creado por la Ley 100 de 1994 y desarrollado
              por el Decreto 1290 del mismo año. Su misión es garantizar
              la salud pública en Colombia, ejerciendo inspección, vi-
              gilancia y control sanitario de carácter técnico científico
              sobre los asuntos de su competencia.

              Esta es la estructura general del INVIMA:




    IN IMA
ABC

                                  Ministerio de la
                                 Protección Social


                                 Consejo Directivo


       Comisión
       Revisora

                                                            Oficina Asesora Planeación
                                                             Informática y Estadística
                                 Dirección General

                                                              Oficina Control Interno



                                                              Oficina Asesora Jurídica     5




                                   Subdirección      Subdirección        Subdirección
                  Subdirección
Secretaría                       de Medicamentos     de Alimentos     de Insumos para
                  de Registros
General                             y Productos        y Bebidas       la Salud y Prod.
                   Sanitarios
                                     Biológicos       Alcohólicas           Varios
El carácter técnico y científico del INVIMA está soportado en la Comisión Revi-
             sora, en las Subdirecciones Misionales y en la capacidad profesional de quie-
             nes integran los equipos de trabajo.

             La Comisión Revisora es un órgano asesor conformado por seis Salas Espe-
             cializadas:

             •    Medicamentos y Productos Biológicos

             •    Productos Naturales

             •    Medicamentos Homeopáticos

             •    Alimentos y Bebidas Alcohólicas

             •    Dispositivos Médicos y Productos Varios

             •    Reactivos de Diagnóstico In Vitro

             Cada una de ellas está constituida por expertos en cada área, seleccionados
             por el Consejo Directivo del INVIMA, de ternas que envían instancias de la
             comunidad científica, la comunidad académica y el Ministerio de la Protec-
6
             ción Social.

             Entre las funciones de las Salas Especializadas de la Comisión Revisora está
             conceptuar sobre las normas de carácter técnico-científico que deberán regir
             para la vigilancia y control de los productos de su competencia, llevar a cabo
             evaluaciones en el proceso de aprobación para el uso en el país de produc-
             tos de competencia del INVIMA y llevar a cabo las evaluaciones farmacológi-
             cas de los medicamentos nuevos en el país, entre muchas otras.

             Las Subdirecciones Misionales tienen a su cargo la inspección, vigilancia
             y control de Medicamentos y Productos Biológicos, de Insumos para la Salud
             y Productos Varios, de Alimentos y Bebidas Alcohólicas, y la expedición de los
             Registros Sanitarios.

             Cada una de estas dependencias cuenta con un sólido equipo de profe-
             sionales de altas calidades técnicas y científicas, dedicado al desarrollo de
             las actividades relacionadas con los programas y proyectos competencia del


    IN IMA
ABC
INVIMA, además de atender las responsabilidades de tipo administrativo y de
sistemas de gestión, propias en una Entidad del Estado.

El INVIMA desarrolla su labor a través de mecanismos como:

•   La expedición de los registros sanitarios: documentos públicos que se
    otorgan a los interesados en fabricar, envasar, empacar, importar, y/o ven-
    der cualquiera de los productos que se encuentran bajo la vigilancia del
    INVIMA, previa verificación del cumplimiento de los requisitos sanitarios,
    técnicos y legales.

•   Las visitas de inspección a los establecimientos fabricantes, con el objeto
    de verificar las condiciones higiénicas, técnicas, locativas y de control de
    calidad, otorgando las capacidades de producción o las Buenas Prácticas
    de Manufactura.

•   Las visitas de seguimiento para verificar el mantenimiento de las condicio-      7
    nes autorizadas, con el fin de garantizar la calidad de los productos que se
    comercializan.

•   Los programas de vigilancia, orientados a monitorear en condiciones norma-
    les de consumo la seguridad de los medicamentos (farmacovigilancia), de
    uso de insumos para la salud (tecnovigilancia) y de uso de reactivos (reacti-
    vovigilancia) comercializados en el territorio colombiano.

•   Programas especiales como “Demuestra la Calidad”: método de control
    que implementó el INVIMA en convenio con universidades públicas, para
    verificar el cumplimiento de las normas de Buenas Prácticas de Manufac-
    tura en toda la cadena de abastecimiento de medicamentos (laboratorios
    y postmercado).

•   El reporte y manejo de alertas sanitarias respecto de los fenómenos de
    potencial riesgo para la salud de la población, frente a los que sea nece-
    sario para el desarrollo de actuaciones urgentes y eficaces.
•    Las Revisiones de Oficio, que fundamentalmente están orientadas a de-
                  terminar que los productos se ajusten a las condiciones en las cuales
                  les fue otorgado el registro sanitario, a actualizar las especificaciones y
                  metodologías analíticas aprobadas en los registros de acuerdo con los
                  avances científicos y tecnológicos, y a adoptar las medidas sanitarias
                  necesarias cuando se conozca información sobre efectos o condicio-
                  nes que pongan en riesgo la salud de los consumidores.

             •    La aplicación de medidas sanitarias de seguridad y procesos sanciona-
                  torios.

             •    La participación social, ya que los ciudadanos son pieza clave en la
                  exigencia de la calidad de los medicamentos, alimentos e insumos
                  para la salud, y se constituyen en factor fundamental para evitar la
                  falsificación y el contrabando.

             Particularmente en materia de alimentos, el INVIMA tiene la competencia
             exclusiva de la inspección, vigilancia y control de la producción y procesa-
             miento de alimentos, de las plantas de beneficio de animales, de los cen-
8
             tros de acopio de leche y de las plantas de procesamiento de leche y sus
             derivados, así como del transporte asociado a estas actividades.

             Para asumir estas competencias, el INVIMA puso al servicio del país en
             agosto de 2007 ocho Grupos de Trabajo Territorial, que comprenden 14
             puntos de atención en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

             Estos son los Grupos de Trabajo Territorial, sus ciudades núcleo y los departa-
             mentos que cada uno atiende:




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                                                                                                                       9




1.   Costa Caribe 1 con sede en Barranquilla y co-        5.       Centro Oriente 3 con sede en Neiva y cobertu-
     bertura en Atlántico, Guajira, Magdalena y Cesar.             ra en Tolima, Huila y Caquetá.

2.   Costa Caribe 2 con sede en Montería y cobertu-       6.       Occidente 1 con sede en Medellín y cobertura
     ra en Córdoba, Sucre, Bolívar y San Andrés, Provi-            en Antioquia, Chocó, Caldas, Quindío y Risaralda.
     dencia y Santa Catalina.
                                                          7.       Occidente 2 con sede en Cali y cobertura en
3.   Centro Oriente 1 con sede en Bucaramanga y                    Valle del Cauca, Cauca, Nariño y Putumayo.
     cobertura en Santander y Norte de Santander.
                                                          8.       Orinoquia con sede en Villavicencio y cobertu-
4.   Centro Oriente 2 con sede en Bogotá y cober-                  ra en Meta, Casanare, Arauca, Guaviare, Guainía,
     tura en Boyacá, Cundinamarca y Amazonas.                      Vichada y Vaupés.


                  El INVIMA, como agencia sanitaria nacional de referencia, debe garantizar la calidad,
                  seguridad y eficacia de los productos de su competencia, así como la inocuidad
                  de los alimentos. En este propósito es fundamental la coordinación con los entes
                  territoriales y agentes económicos, para ser soporte en la competitividad del país.
ntroducción
              La presente publicación ABC del Sistema Oficial de Inspección, Vigilan-
              cia y Control de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados
              cárnicos destinados para el consumo humano, se ha preparado con el
              objeto de que las plantas de beneficio (mataderos), desposte y desprese, co-
              nozcan las directrices generales que les permitirá cumplir los requisitos de la
              nueva legislación sanitaria, contenida en el Decreto 1500 de 2007 y sus regla-
              mentaciones específicas para las especies bovina, bufalina, porcina y aviar.

              La nueva reglamentación cuenta con un enfoque integral “de la granja a la
10
              mesa” para el manejo de los riesgos que pueden afectar la inocuidad de la
              carne y desarrolla los principales requisitos sanitarios que contribuyen a mejo-
              rar las condiciones de beneficio y procesamiento de la carne.

              En términos generales, se debe tener presente que la carne es un alimento
              considerado de mayor riesgo en salud pública, razón por la cual a lo largo de
              la cadena productiva requiere condiciones sanitarias adecuadas de producción
              y procesamiento, que permitan reducir los riesgos en inocuidad para preservar
              la salud de la población.

              La presentación que se realiza a continuación, permite a todos los actores
              conocer las nuevas disposiciones y la forma de integrarse al Sistema de forma
              oportuna, así como los procesos que deben desarrollar para lograr el cum-
              plimiento de la reglamentación sanitaria, de forma que ofrezcan productos
              inocuos al consumidor.



     IN IMA
ABC



relacionadas con el Sistema



Establecimiento: Lugar donde personas naturales o jurídicas desarrollan una
o algunas de las actividades de beneficio, desposte, desprese, procesamiento,
almacenamiento o venta de carne, productos cárnicos comestibles y derivados
cárnicos para el consumo humano.
                                                                               11
Inocuidad: Garantía en cuanto a que los alimentos no causarán daño al
consumidor cuando se preparen y/o consuman, de acuerdo con el uso a que
estén destinados.

Plan de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP por
sus siglas en inglés): Es un conjunto de procesos y procedimientos docu-
mentados, de conformidad con los principios del Sistema Internacional HACCP,
enfocados a prevenir y controlar los peligros químicos, biológicos y físicos
de la producción de alimentos.

Planta de beneficio animal (matadero): Todo establecimiento en donde
se benefician las especies de animales que han sido declarados como aptas
para el consumo humano y que ha sido registrado y autorizado para este fin.
Planta de derivados cárnicos: Establecimiento en el cual se realizan las
              operaciones de preparación, transformación, fabricación, envasado y almace-
              namiento de derivados cárnicos.

              Planta de desposte: Establecimiento en el cual se realiza el deshuese, la
              separación de la carne del tejido óseo y la separación de la carne en cortes o
              postas.

              Planta de desprese: Establecimiento en el cual se efectúa el fraccionamien-
              to mecánico de la canal.

              Plan Gradual de Cumplimiento: Documento técnico presentado por los
              propietarios, tenedores u operadores de predios de producción primaria, plan-
              tas de beneficio, desposte o desprese y de derivados cárnicos, en el cual se
              especifica el nivel sanitario actual de cumplimiento frente a las disposiciones
12            dadas por la normatividad sanitaria vigente y los compromisos para realizar
              acciones que permitan lograr el cumplimiento total de esta norma durante el
              período de transición.




     IN IMA
ABC



del Sistema?
Todos los establecimientos dedicados al beneficio de animales, desposte, des-
prese y procesamiento de derivados cárnicos.

Se han reglamentado los requisitos sanitarios y de inocuidad de las carnes y
productos cárnicos comestibles de las siguientes especies:




                                                                                13




                Bufalinos


                Porcinos



                de corral
El Ministerio de la Protección Social expedirá posteriormente los reglamentos
para las demás especies. El Sistema no incluye establecimientos que manipulan
productos de la pesca, moluscos y bivalvos.
¿Por qué se debe
              Sistema?
              En el año 2004, el Gobierno Nacional inició la construcción de una Agenda
              Interna para la Productividad y Competitividad, con el fin de establecer
              las bases del desarrollo productivo del país hacia el futuro.

              En este contexto, con la activa participación de los sectores público y privado,
              se formularon:
14

              •    La política nacional de sanidad agropecuaria e inocuidad de ali-
                   mentos para el sistema de medidas sanitarias y fitosanitarias,
                   que se concretó en el documento CONPES 3375.

              •    La política sanitaria y de inocuidad para las cadenas de la carne
                   bovina y de la leche, formulada en el documento CONPES 3376.

              •    La política nacional de sanidad e inocuidad para la cadena porcí-
                   cola, con el documento CONPES 3458.

              •    La política nacional de sanidad e inocuidad para la cadena avícola,
                   que se concretó en el documento CONPES 3468.

              Estas políticas públicas brindan directrices para mejorar el sistema de Medidas
              Sanitarias y Fitosanitarias, y las condiciones de producción y procesamiento,
              aspectos que han sido reglamentados mediante las siguientes normas:


     IN IMA
ABC
             Creación del Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia
            y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles
         y Derivados Cárnicos Destinados para el Consumo Humano
                  Decreto 1500 del 4 de mayo de 2007

              Modificación de plazos para presentar inscripción
                     y Plan Gradual de Cumplimiento
                Decreto 559 del 26 de febrero de 2008
                            Gobierno Nacional




               Reglamentación específica para cada especie
             Bovina y bufalina - Resolución 2905 de 2007
                 Porcina - Resolución 4282 de 2007
                   Aviar - Resolución 4287 de 2007

                       Ministerio de Protección Social



              Reglamentación de los requisitos del Plan Gradual
                                                                            15
             de Cumplimiento y procedimientos para inscripción,
              autorización sanitaria y registro, para cada especie

         Bovina y bufalina - Resolución 2007018119 de 2007
             Porcina - Resolución 2008000715 de 2008
               Aviar - Resolución 2008000714 de 2008
        Modificación parcial - Resolución 20080007754 de 2008

                                   INVIMA



En este marco, y teniendo en cuenta las facultades otorgadas por la Ley
1122 de 2007, relacionadas con la competencia exclusiva de la ins-
pección, vigilancia y control de la producción y procesamiento de alimen-
tos, de las plantas de beneficio de animales, de los centros de acopio
de leche y de las plantas de procesamiento de leche y sus derivados, así
como del transporte asociado a estas actividades, el INVIMA es la entidad
encargada de diseñar y operativizar el Sistema.
•   Manejo de los riesgos de “la granja a la mesa”.

              •   Definición de un estándar nacional para la aplicación de la legislación
                  sanitaria.

              •   Fortalecimiento del sistema de vigilancia en salud pública.

16            •   Ampliación de la capacidad técnica y operativa para adelantar análisis de
                  riesgos en el sector salud.

              •   Aumento de la capacidad de respuesta del sistema sanitario nacional
                  frente a los compromisos y requerimientos surgidos en los acuerdos co-
                  merciales internacionales.

              •   Aumento de la capacidad técnica y operativa del laboratorio nacional de
                  referencia de alimentos.

              •   Control de residuos de medicamentos y contaminantes químicos en pro-
                  ductos como carne bovina, porcina, de aves, leche y sus derivados.

              •   Control de los microorganismos patógenos en los alimentos de mayor
                  riesgo en salud pública.

              •   Mejoramiento de los estándares de calidad e inocuidad de los alimentos.

              •   Ampliación del acceso a mercados internacionales.




     IN IMA
ABC



           Es la visión integral de este Sistema, en la que se establecen competencias
           para la vigilancia sanitaria en toda la cadena alimentaria de la carne:



                            Beneficio, desposte y            A la mesa: transporte,
   En la granja:
                            desprese; derivados                  distribución
producción primaria                                           y comercializacion
                                 cárnicos




                                                                                         17




Autoridad sanitaria          Autoridad sanitaria              Autoridad sanitaria


                              IN IMA                       Entidades Territoriales
                                                                 de Salud




           La tarea de las autoridades sanitarias está acompañada de la gestión de las
           autoridades ambientales respectivas.
¿A qué hace referencia
              la Producción Primaria?

              Es la producción, cría o cultivo de productos primarios, con inclusión de la co-
              secha, el ordeño y la cría de animales domésticos de abasto público, previos
              a su sacrificio.

              Todos los predios (fincas, granjas) y sistemas productivos de animales desti-
              nados al consumo humano, deben asegurar la existencia y funcionamiento
              de un sistema preventivo de aseguramiento de la inocuidad basado en las
              buenas prácticas de producción primaria.

              La autoridad competente para adelantar el seguimiento de estas actividades,
              es el Instituto Colombiano Agropecuario ICA. Para mayor información consulte
              en: www.ica.gov.co


              ¿Cuáles son las
18



              Las personas dedicadas al transporte de animales proveniente de predios de
              producción primaria a plantas de beneficio (mataderos), así como los vehículos
              destinados a esta actividad, deberán estar inscritos y autorizados por el Minis-
              terio de Transporte, quien mantendrá una base de datos actualizada de los
              transportadores y los vehículos autorizados, disponible para la autoridad sanitaria
              competente (ICA).

              Quien transporte animales a una planta de beneficio, debe portar la guía sani-
              taria de movilización de animales, expedida y regulada por el Instituto Colom-
              biano Agropecuario - ICA.




     IN IMA
ABC




  humano


                                                                                     19
        RESPONSABLE                           ACCIÓN                   PLAZO
Plantas de beneficio, desposte y      Presentación de la solicitud 30 de mayo de
desprese, tanto de bovinos y bufa-   de Inscripción ante el       2008
linos, como de porcinos y aves.      INVIMA
Plantas de beneficio, desposte y      Presentación del Plan   31 de julio de
desprese, tanto de bovinos y bufa-   Gradual de Cumplimiento 2008
linos, como de porcinos y aves.      ante el INVIMA
Establecimientos dedicados al        Implementación del Plan      3 de mayo de
beneficio, desprese, desposte         de Análisis de Peligros y    2012
y procesamiento de derivados         Puntos Críticos de Control
cárnicos.                            HACCP
Plantas de beneficio, desposte y Ejecución en su                   Máximo tres años
desprese, tanto de bovinos y bu- totalidad del Plan               y medio contados
falinos, como de porcinos y aves. Gradual de Cumplimiento         a partir de la
                                                                  aprobación del
                                                                  Plan Gradual de
                                                                  Cumplimiento
¿En qué consiste

              La inscripción es la presentación de la planta ante el INVIMA, a través del For-
              mato Único de Inscripción Sanitaria - FUIS, que recoge los datos de identi-
              ficación de un establecimiento dedicado al beneficio y al desposte o desprese.

              La inscripción no tendrá ningún costo. Cuando un establecimiento tenga más
              de una sede, cada una de ellas deberá contar con inscripción, autorización
              sanitaria y registro.



              ¿Cuáles son los requisitos

20

              1.   Diligenciar formato único de inscripción sanitaria FUIS, que solicita infor-
                   mación relacionada con:
                   a. Identificación del establecimiento

                   b. Información específica:
                   • Tipo de propiedad
                   • Especie que beneficia
                   • Características del proceso de beneficio (días/ turnos/ volumen)
                   • Conservación y destino de los productos

              2.   Radicar formato único de inscripción sanitaria - FUIS, debidamente diligen-
                   ciado en las oficinas del INVIMA tanto en medio impreso como magnético.




     IN IMA
ABC



El INVIMA tiene a disposición 8 oficinas territoriales en las ciudades de Barran-
quilla, Montería, Bucaramanga, Neiva, Medellín, Cali, Villavicencio y Bogotá para
recibir tanto las inscripciones como los Planes Graduales de Cumplimiento. El
horario de atención al público es de lunes a viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

                    Departamentos             Ubicación
   OFICINA                                                          Teléfonos         Correo electrónico
                      que cubre               de la sede

Subdirección de                          Bogotá                   091-2948700
                   Nivel Nacional                                                    invimasal@invima.gov.co
Alimentos                                Carrera 68 D 17-11       Ext. 3920-3922
                   Guajira, Magdalena,   Barranquilla
Costa Caribe1                                                     095-3195433       gttcaribe1@invima.gov.co
                   Cesar y Atlántico     Carrera 54 72-142
                                        Montería
                   Córdoba, Sucre,
Costa Caribe 2                          Calle 28 4- 21            094-7822127       gttcaribe2@invima.gov.co     21
                   Bolívar y San Andrés
                                        Ofs. 402-404

                   Santander y Norte     Bucaramanga
Centro Oriente 1                                                  097-6322430       gttoriente1@invima.gov.co
                   de Santander          Calle 35 21-70

                   Cundinamarca,         Bogotá
Centro Oriente 2                                                091-3458654         gttoriente2@invima.gov.co
                   Boyacá y Amazonas     Carrera 14 A 58 A - 14
                                         Neiva
                   Tolima, Huila y
Centro Oriente 3                         Calle 21 5 Bis 21        098-8756169       gttoriente3@invima.gov.co
                   Caquetá
                                         Int. 204
                   Antioquia, Chocó,
                                         Medellín
Occidente 1        Risaralda, Caldas y                            094-2389898      gttoccidente1@invima.gov.co
                                         Carrera 75 30 A - 46
                   Quindío
                   Valle del Cauca,      Cali
Occidente 2        Cauca, Nariño y       Calle 23 Norte 3 N -63 092-6611643        gttoccidente2@invima.gov.co
                   Putumayo              Edificio Almirante L 2
                   Meta, Casanare,
                   Arauca, Guaviare,     Villavicencio
Orinoquia                                                         098-8728472      gttorinoquia@invima.gov.co
                   Guainía, Vichada y    Calle 26 37-38, Piso 2
                   Vaupés
¿En qué consiste el Plan

              El Plan Gradual de Cumplimiento consta de una autoevaluación que deben
              realizar los establecimientos dedicados al beneficio, desposte y desprese para
              determinar cuál es su nivel de cumplimiento frente a los requisitos del Decreto
              1500 de 2007 y sus normas reglamentarias.

              A partir de la autoevaluación, la planta debe proponer y sustentar cuáles son sus
              acciones graduales de mejoramiento, que le permitirán ajustarse a la nueva
              reglamentación y que deberán ser desarrolladas en el periodo de transición.

              Los formatos de autoevaluación así como los de acciones graduales de
              cumplimiento se encuentran disponibles en la página web del INVIMA:
              www.invima.gov.co

              El Plan Gradual de Cumplimiento será posteriormente evaluado por el INVIMA,
22            con el fin de ser aprobado y otorgar la autorización sanitaria condicionada, que
              le permitirá al establecimiento funcionar en su periodo de transición.


                                                                                           -

              El INVIMA ha expedido resoluciones que reglamentan los requisitos del Plan
              Gradual de Cumplimiento para las plantas de beneficio, desposte y desprese
              de cada especie y establece los procedimientos para los procesos de inscrip-
              ción, autorización sanitaria y registro, las cuales se encuentran disponibles en
              la página web del INVIMA: www.invima.gov.co




              Es el resultado de la revisión de los documentos aportados por cada establecimien-
              to y la ejecución de la visita mediante la cual se verifican las condiciones sanitarias


     IN IMA
ABC

¿Cómo se solicita

Para una planta de beneficio, desposte y desprese que funcionaba antes del
4 de mayo de 2007

1.   Presentar una carta solicitando autorización de la planta, en la cual se
     haga un compromiso del representante del establecimiento como garan-
     tía al mejoramiento y cumplimiento de los requisitos sanitarios

2.   Presentar el Plan Gradual de Cumplimiento, que se encuentra conforma-
     do por los siguientes formatos debidamente diligenciados:

     • Formato de evaluación del nivel sanitario de cumplimiento
                                                                                23
     • Formato de acciones graduales de mejoramiento según evaluación.

3.   Solicitar la visita para la obtención de la Autorización, anexando:

     • Inscripción o solicitud de inscripción.

     • Diagrama de flujo de los procesos que realiza el establecimiento.

     • Plano de la planta, indicando claramente las áreas, flujos de producto
       y personal, distribución de redes hidráulicas (agua potable, aguas ne-
       gras, grises y residuales).

     • Organigrama de la empresa.

     • Plan Gradual de cumplimiento.

     • Carta de compromiso del representante del establecimiento como ga-
       rantía al mejoramiento y cumplimiento de los requisitos sanitarios.

     • Consignación original del pago de la tarifa por concepto de Visita de
       Autorización Sanitaria:
00286999868-8
                                                                   $538.417
                                                        4052




              Para una planta de beneficio, desposte o desprese que entró en funciona-
              miento después del 4 de mayo de 2007

              1.   Solicitud o constancia de inscripción de la planta ante el INVIMA.

              2.   Presentar ante el INVIMA el formato de Evaluación del Nivel Sanitario de
                   Cumplimiento como evidencia del cumplimiento a los requisitos sanitarios
                   establecidos en el Decreto 1500 de 2007 y las resoluciones 2905 de
                   2007, 4282 de 2007 y 4287 de 2007.
24
              3.   Solicitar la visita para la obtención de la autorización, anexando:

                   • Consignación original del pago de la tarifa por concepto de Visita de
                     Autorización Sanitaria.

                   • Inscripción o solicitud de inscripción.

                   • Diagrama de flujo de los procesos que realiza el establecimiento.

                   • Plano de la planta, indicando claramente las áreas, flujos de producto y
                     personal, distribución de redes hidráulicas (agua potable, aguas negras,
                     grises y residuales).

                   • Organigrama de la empresa.

              Las plantas de beneficio, desposte, desprese que se creen con pos-
              terioridad al 4 de mayo de 2007, deberán cumplir para su inscripción
              con todos los requisitos del Decreto 1500 de 2007, y sus disposicio-
              nes reglamentarias según la especie. Estos requisitos incluyen:



     IN IMA
ABC
•    Estándares de Ejecución Sanitaria
•    Procedimientos Operativos Estándar de Saneamiento
•    HACCP (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control, por sus siglas en
     inglés)
•    Requisitos de Inspección ante y post mórtem
•    Requisitos de la cadena de frío para el producto
•    Programa de control de microorganismos patógenos
•    Plan nacional de residuos y contaminantes químicos

El INVIMA podrá autorizar el funcionamiento de plantas de beneficio de
régimen especial de animales para consumo humano para una o más espe-
cies, en aquellos municipios que cumplan los siguientes requisitos:

1.   Deficiencia en las vías de acceso que impida que se cumpla con los re-
     quisitos establecidos para el transporte de la carne y productos cárnicos     25
     comestibles desde una planta autorizada.
2.   Que el volumen del beneficio sea sólo para consumo local.
3.   Que el volumen de sacrificio no exceda el volumen de de diez (10) ani-
     males por especie por día.




                            sancionatorios.
El INVIMA tendrá un plazo de seis (6) meses contados a partir de la radicación
              del plan gradual de cumplimiento por parte del interesado, para adelantar la
              visita correspondiente.

              Resultado de la visita de verificación de las condiciones sanitarias y del plan
              gradual de cumplimiento, el INVIMA podrá otorgar la autorización sanitaria
              al establecimiento para permitirle funcionar durante el periodo de transición,
              mientras cumple la totalidad del plan gradual de cumplimiento.

              Posteriormente el INVIMA, conforme al estado sanitario verificado en la visita,
              establecerá si los productos pueden destinarse al consumo internacional, na-
              cional o local.

              Si el plan gradual de cumplimiento no fuere aprobado por el INVIMA, las
              plantas tendrán un plazo de dos (2) meses contados a partir de la notificación
              del respectivo acto administrativo para presentar las correcciones respectivas y
              lograr su aprobación. Vencido este plazo, si el plan no es presentado corregido,
              no podrán desarrollar actividad alguna, siendo objeto de medidas sanitarias de
              seguridad y de los respectivos procesos sancionatorios.
26
              A partir de la autorización sanitaria y el registro expedido por el INVIMA, las
              plantas de beneficio ingresan al Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y
              Control, y por lo tanto reciben la asignación de la inspección oficial, la cual
              será permanente y verificará el cumplimiento de las disposiciones reglamen-
              tarias, de manera que se garantice la aprobación de la carne y los productos
              cárnicos comestibles como aptos para el consumo humano.

              El Registro es el acto administrativo emitido por el INVIMA en reconocimiento
              a las condiciones sanitarias verificadas a través de la autorización sanitaria, que
              permite el ingreso de la planta a las listas oficiales, una vez se ha cumplido la
              normatividad sanitaria.




     IN IMA
ABC


control?
De acuerdo con el tipo de establecimiento, la inspección vigilancia y control se
realizará de la siguiente forma:

•    En plantas de beneficio, posterior a la autorización sanitaria, el sistema de
     inspección será permanente y estará bajo la responsabilidad del INVIMA.

•    En plantas de desposte, desprese y de derivados cárnicos, se deberán
     efectuar mínimo cuatro (4) visitas anuales, en las cuales se evaluará de
     forma integral el funcionamiento de la planta basado en el desempeño
     de la misma y estará bajo la responsabilidad del INVIMA.                       27


•    En los establecimientos dedicados al almacenamiento o expendio de
     carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos se deberán
     efectuar mínimo, cuatro (4) visitas anuales, en las cuales se evaluará de
     forma integral las condiciones sanitarias y buenas prácticas de manufac-
     tura y estará bajo la responsabilidad de la Entidad Territorial de Salud.
Los productos destinados a la exportación deben provenir de un estableci-
              miento autorizado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
              Alimentos, INVIMA, para tal fin.

              Para realizar exportaciones, todo cargamento deberá estar acompañado de la
              documentación sanitaria que expida la autoridad competente en la planta.

              Adicionalmente, cuando el país de destino lo requiera, el INVIMA verificará en
              puertos, aeropuertos y pasos fronterizos:

28            1.   Destino del embarque.
              2.   Certificación expedida por el INVIMA.
              3.   Condiciones del producto y del transporte.
              4.   Condiciones del embarque.
              5.   Inspección física del cargamento.

              Después de constatar la información y verificado el cumplimiento sanitario de
              los productos a exportar, se expedirá el certificado de inspección sanitaria para
              exportación. A los productos que no cumplan los requisitos para exportación,
              no se les permitirá su salida.

              En todos los casos, los productos deberán adicionalmente cumplir con los
              requisitos zoosanitarios para exportación establecidos por el Instituto Colom-
              biano Agropecuario, ICA y los demás requisitos sanitarios exigidos por el país
              importador, los cuales serán verificados por el INVIMA.




     IN IMA

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ABC cárnicos

  • 1. ABC del Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos Destinados para el Consumo Humano la Protecc de ió io n er So ist cial Min IN IMA Institu os Libertad y Orden ent to im Na Ministerio de la Protección Social Al ci y na o s l o República de Colombia de Vig me nt ilanc i ca ia de Med
  • 2. MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA Director General Jairo Céspedes Camacho Subdirectora de Alimentos y Bebidas Alcohólicas Laura Pasculli Henao Subdirectora de Medicamentos y Productos Biológicos Martha Cecilia Rodríguez Ramírez Subdirectora de Insumos para la Salud y Productos Varios Clara Isabel Rodríguez Serrano Subdirector de Registros Sanitarios Óscar Ramírez Marín Secretaria General Perla Inés Llinás Álvarez Jefe Oficina Asesora Jurídica Juan Carlos Marín Ortegón Jefe Oficina Asesora de Planeación, Informática y Estadística (e) Astreed Carolina Sierra Arias Jefe Oficina Control Interno Norma Constanza García Ramírez Desarrollo de Contenidos Jairo Céspedes Camacho Laura Pasculli Henao César Malagón González Claudia Moreno Barrera Coordinación Editorial Teresa Huertas Molina Diseño, Diagramación e Impresión Imprenta Nacional de Colombia Bogotá, D. C. 2008
  • 3. Contenido Presentación..................................................................................................................... 4 Introducción...................................................................................................................... 10 Algunas definiciones relacionadas con el Sistema Oficial de Inspección en carnes y derivados ................................................................................................... 11 ¿Quiénes hacen parte del Sistema? ........................................................................ 13 ¿Por qué se debe implementar este Sistema? .................................................... 14 3 Beneficios que obtendrá el país con la ejecución de estas políticas .......... 16 De la granja a la mesa.................................................................................................. 17 Implementación del Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos destinados para el consumo humano.................................................................... 19 ¿Cuáles son los plazos? ................................................................................................ 19 ¿En qué consiste la inscripción?................................................................................ 20 ¿Cuáles son los requisitos para la inscripción de plantas de beneficio, despostes y desprese?.................................................................................................. 20 ¿Dónde están ubicadas las oficinas del INVIMA? ............................................... 21 ¿En qué consiste el Plan Gradual de Cumplimiento? ....................................... 22 ¿Cómo se solicita la autorización sanitaria? .......................................................... 23 Exportación ....................................................................................................................... 28
  • 4. IN IMA Presentación El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimen- tos INVIMA, es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de la Protección Social, y su propósito es la ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad. El ámbito de su gestión como autoridad sanitaria involucra productos de vital importancia para la sociedad colombiana como los medicamentos, productos biológicos, productos na- turales y homeopáticos, los reactivos de diagnóstico, dispo- 4 sitivos y elementos médico quirúrgicos y odontológicos, los alimentos procesados, carnes, bebidas envasadas, bebidas alcohólicas, los cosméticos, los preservativos y productos de aseo, entre otros. El INVIMA fue creado por la Ley 100 de 1994 y desarrollado por el Decreto 1290 del mismo año. Su misión es garantizar la salud pública en Colombia, ejerciendo inspección, vi- gilancia y control sanitario de carácter técnico científico sobre los asuntos de su competencia. Esta es la estructura general del INVIMA: IN IMA
  • 5. ABC Ministerio de la Protección Social Consejo Directivo Comisión Revisora Oficina Asesora Planeación Informática y Estadística Dirección General Oficina Control Interno Oficina Asesora Jurídica 5 Subdirección Subdirección Subdirección Subdirección Secretaría de Medicamentos de Alimentos de Insumos para de Registros General y Productos y Bebidas la Salud y Prod. Sanitarios Biológicos Alcohólicas Varios
  • 6. El carácter técnico y científico del INVIMA está soportado en la Comisión Revi- sora, en las Subdirecciones Misionales y en la capacidad profesional de quie- nes integran los equipos de trabajo. La Comisión Revisora es un órgano asesor conformado por seis Salas Espe- cializadas: • Medicamentos y Productos Biológicos • Productos Naturales • Medicamentos Homeopáticos • Alimentos y Bebidas Alcohólicas • Dispositivos Médicos y Productos Varios • Reactivos de Diagnóstico In Vitro Cada una de ellas está constituida por expertos en cada área, seleccionados por el Consejo Directivo del INVIMA, de ternas que envían instancias de la comunidad científica, la comunidad académica y el Ministerio de la Protec- 6 ción Social. Entre las funciones de las Salas Especializadas de la Comisión Revisora está conceptuar sobre las normas de carácter técnico-científico que deberán regir para la vigilancia y control de los productos de su competencia, llevar a cabo evaluaciones en el proceso de aprobación para el uso en el país de produc- tos de competencia del INVIMA y llevar a cabo las evaluaciones farmacológi- cas de los medicamentos nuevos en el país, entre muchas otras. Las Subdirecciones Misionales tienen a su cargo la inspección, vigilancia y control de Medicamentos y Productos Biológicos, de Insumos para la Salud y Productos Varios, de Alimentos y Bebidas Alcohólicas, y la expedición de los Registros Sanitarios. Cada una de estas dependencias cuenta con un sólido equipo de profe- sionales de altas calidades técnicas y científicas, dedicado al desarrollo de las actividades relacionadas con los programas y proyectos competencia del IN IMA
  • 7. ABC INVIMA, además de atender las responsabilidades de tipo administrativo y de sistemas de gestión, propias en una Entidad del Estado. El INVIMA desarrolla su labor a través de mecanismos como: • La expedición de los registros sanitarios: documentos públicos que se otorgan a los interesados en fabricar, envasar, empacar, importar, y/o ven- der cualquiera de los productos que se encuentran bajo la vigilancia del INVIMA, previa verificación del cumplimiento de los requisitos sanitarios, técnicos y legales. • Las visitas de inspección a los establecimientos fabricantes, con el objeto de verificar las condiciones higiénicas, técnicas, locativas y de control de calidad, otorgando las capacidades de producción o las Buenas Prácticas de Manufactura. • Las visitas de seguimiento para verificar el mantenimiento de las condicio- 7 nes autorizadas, con el fin de garantizar la calidad de los productos que se comercializan. • Los programas de vigilancia, orientados a monitorear en condiciones norma- les de consumo la seguridad de los medicamentos (farmacovigilancia), de uso de insumos para la salud (tecnovigilancia) y de uso de reactivos (reacti- vovigilancia) comercializados en el territorio colombiano. • Programas especiales como “Demuestra la Calidad”: método de control que implementó el INVIMA en convenio con universidades públicas, para verificar el cumplimiento de las normas de Buenas Prácticas de Manufac- tura en toda la cadena de abastecimiento de medicamentos (laboratorios y postmercado). • El reporte y manejo de alertas sanitarias respecto de los fenómenos de potencial riesgo para la salud de la población, frente a los que sea nece- sario para el desarrollo de actuaciones urgentes y eficaces.
  • 8. Las Revisiones de Oficio, que fundamentalmente están orientadas a de- terminar que los productos se ajusten a las condiciones en las cuales les fue otorgado el registro sanitario, a actualizar las especificaciones y metodologías analíticas aprobadas en los registros de acuerdo con los avances científicos y tecnológicos, y a adoptar las medidas sanitarias necesarias cuando se conozca información sobre efectos o condicio- nes que pongan en riesgo la salud de los consumidores. • La aplicación de medidas sanitarias de seguridad y procesos sanciona- torios. • La participación social, ya que los ciudadanos son pieza clave en la exigencia de la calidad de los medicamentos, alimentos e insumos para la salud, y se constituyen en factor fundamental para evitar la falsificación y el contrabando. Particularmente en materia de alimentos, el INVIMA tiene la competencia exclusiva de la inspección, vigilancia y control de la producción y procesa- miento de alimentos, de las plantas de beneficio de animales, de los cen- 8 tros de acopio de leche y de las plantas de procesamiento de leche y sus derivados, así como del transporte asociado a estas actividades. Para asumir estas competencias, el INVIMA puso al servicio del país en agosto de 2007 ocho Grupos de Trabajo Territorial, que comprenden 14 puntos de atención en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. Estos son los Grupos de Trabajo Territorial, sus ciudades núcleo y los departa- mentos que cada uno atiende: IN IMA
  • 9. 2 1 2 3 6 4 8 7 5 4 9 1. Costa Caribe 1 con sede en Barranquilla y co- 5. Centro Oriente 3 con sede en Neiva y cobertu- bertura en Atlántico, Guajira, Magdalena y Cesar. ra en Tolima, Huila y Caquetá. 2. Costa Caribe 2 con sede en Montería y cobertu- 6. Occidente 1 con sede en Medellín y cobertura ra en Córdoba, Sucre, Bolívar y San Andrés, Provi- en Antioquia, Chocó, Caldas, Quindío y Risaralda. dencia y Santa Catalina. 7. Occidente 2 con sede en Cali y cobertura en 3. Centro Oriente 1 con sede en Bucaramanga y Valle del Cauca, Cauca, Nariño y Putumayo. cobertura en Santander y Norte de Santander. 8. Orinoquia con sede en Villavicencio y cobertu- 4. Centro Oriente 2 con sede en Bogotá y cober- ra en Meta, Casanare, Arauca, Guaviare, Guainía, tura en Boyacá, Cundinamarca y Amazonas. Vichada y Vaupés. El INVIMA, como agencia sanitaria nacional de referencia, debe garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos de su competencia, así como la inocuidad de los alimentos. En este propósito es fundamental la coordinación con los entes territoriales y agentes económicos, para ser soporte en la competitividad del país.
  • 10. ntroducción La presente publicación ABC del Sistema Oficial de Inspección, Vigilan- cia y Control de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos destinados para el consumo humano, se ha preparado con el objeto de que las plantas de beneficio (mataderos), desposte y desprese, co- nozcan las directrices generales que les permitirá cumplir los requisitos de la nueva legislación sanitaria, contenida en el Decreto 1500 de 2007 y sus regla- mentaciones específicas para las especies bovina, bufalina, porcina y aviar. La nueva reglamentación cuenta con un enfoque integral “de la granja a la 10 mesa” para el manejo de los riesgos que pueden afectar la inocuidad de la carne y desarrolla los principales requisitos sanitarios que contribuyen a mejo- rar las condiciones de beneficio y procesamiento de la carne. En términos generales, se debe tener presente que la carne es un alimento considerado de mayor riesgo en salud pública, razón por la cual a lo largo de la cadena productiva requiere condiciones sanitarias adecuadas de producción y procesamiento, que permitan reducir los riesgos en inocuidad para preservar la salud de la población. La presentación que se realiza a continuación, permite a todos los actores conocer las nuevas disposiciones y la forma de integrarse al Sistema de forma oportuna, así como los procesos que deben desarrollar para lograr el cum- plimiento de la reglamentación sanitaria, de forma que ofrezcan productos inocuos al consumidor. IN IMA
  • 11. ABC relacionadas con el Sistema Establecimiento: Lugar donde personas naturales o jurídicas desarrollan una o algunas de las actividades de beneficio, desposte, desprese, procesamiento, almacenamiento o venta de carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos para el consumo humano. 11 Inocuidad: Garantía en cuanto a que los alimentos no causarán daño al consumidor cuando se preparen y/o consuman, de acuerdo con el uso a que estén destinados. Plan de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP por sus siglas en inglés): Es un conjunto de procesos y procedimientos docu- mentados, de conformidad con los principios del Sistema Internacional HACCP, enfocados a prevenir y controlar los peligros químicos, biológicos y físicos de la producción de alimentos. Planta de beneficio animal (matadero): Todo establecimiento en donde se benefician las especies de animales que han sido declarados como aptas para el consumo humano y que ha sido registrado y autorizado para este fin.
  • 12. Planta de derivados cárnicos: Establecimiento en el cual se realizan las operaciones de preparación, transformación, fabricación, envasado y almace- namiento de derivados cárnicos. Planta de desposte: Establecimiento en el cual se realiza el deshuese, la separación de la carne del tejido óseo y la separación de la carne en cortes o postas. Planta de desprese: Establecimiento en el cual se efectúa el fraccionamien- to mecánico de la canal. Plan Gradual de Cumplimiento: Documento técnico presentado por los propietarios, tenedores u operadores de predios de producción primaria, plan- tas de beneficio, desposte o desprese y de derivados cárnicos, en el cual se especifica el nivel sanitario actual de cumplimiento frente a las disposiciones 12 dadas por la normatividad sanitaria vigente y los compromisos para realizar acciones que permitan lograr el cumplimiento total de esta norma durante el período de transición. IN IMA
  • 13. ABC del Sistema? Todos los establecimientos dedicados al beneficio de animales, desposte, des- prese y procesamiento de derivados cárnicos. Se han reglamentado los requisitos sanitarios y de inocuidad de las carnes y productos cárnicos comestibles de las siguientes especies: 13 Bufalinos Porcinos de corral El Ministerio de la Protección Social expedirá posteriormente los reglamentos para las demás especies. El Sistema no incluye establecimientos que manipulan productos de la pesca, moluscos y bivalvos.
  • 14. ¿Por qué se debe Sistema? En el año 2004, el Gobierno Nacional inició la construcción de una Agenda Interna para la Productividad y Competitividad, con el fin de establecer las bases del desarrollo productivo del país hacia el futuro. En este contexto, con la activa participación de los sectores público y privado, se formularon: 14 • La política nacional de sanidad agropecuaria e inocuidad de ali- mentos para el sistema de medidas sanitarias y fitosanitarias, que se concretó en el documento CONPES 3375. • La política sanitaria y de inocuidad para las cadenas de la carne bovina y de la leche, formulada en el documento CONPES 3376. • La política nacional de sanidad e inocuidad para la cadena porcí- cola, con el documento CONPES 3458. • La política nacional de sanidad e inocuidad para la cadena avícola, que se concretó en el documento CONPES 3468. Estas políticas públicas brindan directrices para mejorar el sistema de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, y las condiciones de producción y procesamiento, aspectos que han sido reglamentados mediante las siguientes normas: IN IMA
  • 15. ABC Creación del Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos Destinados para el Consumo Humano Decreto 1500 del 4 de mayo de 2007 Modificación de plazos para presentar inscripción y Plan Gradual de Cumplimiento Decreto 559 del 26 de febrero de 2008 Gobierno Nacional Reglamentación específica para cada especie Bovina y bufalina - Resolución 2905 de 2007 Porcina - Resolución 4282 de 2007 Aviar - Resolución 4287 de 2007 Ministerio de Protección Social Reglamentación de los requisitos del Plan Gradual 15 de Cumplimiento y procedimientos para inscripción, autorización sanitaria y registro, para cada especie Bovina y bufalina - Resolución 2007018119 de 2007 Porcina - Resolución 2008000715 de 2008 Aviar - Resolución 2008000714 de 2008 Modificación parcial - Resolución 20080007754 de 2008 INVIMA En este marco, y teniendo en cuenta las facultades otorgadas por la Ley 1122 de 2007, relacionadas con la competencia exclusiva de la ins- pección, vigilancia y control de la producción y procesamiento de alimen- tos, de las plantas de beneficio de animales, de los centros de acopio de leche y de las plantas de procesamiento de leche y sus derivados, así como del transporte asociado a estas actividades, el INVIMA es la entidad encargada de diseñar y operativizar el Sistema.
  • 16. Manejo de los riesgos de “la granja a la mesa”. • Definición de un estándar nacional para la aplicación de la legislación sanitaria. • Fortalecimiento del sistema de vigilancia en salud pública. 16 • Ampliación de la capacidad técnica y operativa para adelantar análisis de riesgos en el sector salud. • Aumento de la capacidad de respuesta del sistema sanitario nacional frente a los compromisos y requerimientos surgidos en los acuerdos co- merciales internacionales. • Aumento de la capacidad técnica y operativa del laboratorio nacional de referencia de alimentos. • Control de residuos de medicamentos y contaminantes químicos en pro- ductos como carne bovina, porcina, de aves, leche y sus derivados. • Control de los microorganismos patógenos en los alimentos de mayor riesgo en salud pública. • Mejoramiento de los estándares de calidad e inocuidad de los alimentos. • Ampliación del acceso a mercados internacionales. IN IMA
  • 17. ABC Es la visión integral de este Sistema, en la que se establecen competencias para la vigilancia sanitaria en toda la cadena alimentaria de la carne: Beneficio, desposte y A la mesa: transporte, En la granja: desprese; derivados distribución producción primaria y comercializacion cárnicos 17 Autoridad sanitaria Autoridad sanitaria Autoridad sanitaria IN IMA Entidades Territoriales de Salud La tarea de las autoridades sanitarias está acompañada de la gestión de las autoridades ambientales respectivas.
  • 18. ¿A qué hace referencia la Producción Primaria? Es la producción, cría o cultivo de productos primarios, con inclusión de la co- secha, el ordeño y la cría de animales domésticos de abasto público, previos a su sacrificio. Todos los predios (fincas, granjas) y sistemas productivos de animales desti- nados al consumo humano, deben asegurar la existencia y funcionamiento de un sistema preventivo de aseguramiento de la inocuidad basado en las buenas prácticas de producción primaria. La autoridad competente para adelantar el seguimiento de estas actividades, es el Instituto Colombiano Agropecuario ICA. Para mayor información consulte en: www.ica.gov.co ¿Cuáles son las 18 Las personas dedicadas al transporte de animales proveniente de predios de producción primaria a plantas de beneficio (mataderos), así como los vehículos destinados a esta actividad, deberán estar inscritos y autorizados por el Minis- terio de Transporte, quien mantendrá una base de datos actualizada de los transportadores y los vehículos autorizados, disponible para la autoridad sanitaria competente (ICA). Quien transporte animales a una planta de beneficio, debe portar la guía sani- taria de movilización de animales, expedida y regulada por el Instituto Colom- biano Agropecuario - ICA. IN IMA
  • 19. ABC humano 19 RESPONSABLE ACCIÓN PLAZO Plantas de beneficio, desposte y Presentación de la solicitud 30 de mayo de desprese, tanto de bovinos y bufa- de Inscripción ante el 2008 linos, como de porcinos y aves. INVIMA Plantas de beneficio, desposte y Presentación del Plan 31 de julio de desprese, tanto de bovinos y bufa- Gradual de Cumplimiento 2008 linos, como de porcinos y aves. ante el INVIMA Establecimientos dedicados al Implementación del Plan 3 de mayo de beneficio, desprese, desposte de Análisis de Peligros y 2012 y procesamiento de derivados Puntos Críticos de Control cárnicos. HACCP Plantas de beneficio, desposte y Ejecución en su Máximo tres años desprese, tanto de bovinos y bu- totalidad del Plan y medio contados falinos, como de porcinos y aves. Gradual de Cumplimiento a partir de la aprobación del Plan Gradual de Cumplimiento
  • 20. ¿En qué consiste La inscripción es la presentación de la planta ante el INVIMA, a través del For- mato Único de Inscripción Sanitaria - FUIS, que recoge los datos de identi- ficación de un establecimiento dedicado al beneficio y al desposte o desprese. La inscripción no tendrá ningún costo. Cuando un establecimiento tenga más de una sede, cada una de ellas deberá contar con inscripción, autorización sanitaria y registro. ¿Cuáles son los requisitos 20 1. Diligenciar formato único de inscripción sanitaria FUIS, que solicita infor- mación relacionada con: a. Identificación del establecimiento b. Información específica: • Tipo de propiedad • Especie que beneficia • Características del proceso de beneficio (días/ turnos/ volumen) • Conservación y destino de los productos 2. Radicar formato único de inscripción sanitaria - FUIS, debidamente diligen- ciado en las oficinas del INVIMA tanto en medio impreso como magnético. IN IMA
  • 21. ABC El INVIMA tiene a disposición 8 oficinas territoriales en las ciudades de Barran- quilla, Montería, Bucaramanga, Neiva, Medellín, Cali, Villavicencio y Bogotá para recibir tanto las inscripciones como los Planes Graduales de Cumplimiento. El horario de atención al público es de lunes a viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Departamentos Ubicación OFICINA Teléfonos Correo electrónico que cubre de la sede Subdirección de Bogotá 091-2948700 Nivel Nacional invimasal@invima.gov.co Alimentos Carrera 68 D 17-11 Ext. 3920-3922 Guajira, Magdalena, Barranquilla Costa Caribe1 095-3195433 gttcaribe1@invima.gov.co Cesar y Atlántico Carrera 54 72-142 Montería Córdoba, Sucre, Costa Caribe 2 Calle 28 4- 21 094-7822127 gttcaribe2@invima.gov.co 21 Bolívar y San Andrés Ofs. 402-404 Santander y Norte Bucaramanga Centro Oriente 1 097-6322430 gttoriente1@invima.gov.co de Santander Calle 35 21-70 Cundinamarca, Bogotá Centro Oriente 2 091-3458654 gttoriente2@invima.gov.co Boyacá y Amazonas Carrera 14 A 58 A - 14 Neiva Tolima, Huila y Centro Oriente 3 Calle 21 5 Bis 21 098-8756169 gttoriente3@invima.gov.co Caquetá Int. 204 Antioquia, Chocó, Medellín Occidente 1 Risaralda, Caldas y 094-2389898 gttoccidente1@invima.gov.co Carrera 75 30 A - 46 Quindío Valle del Cauca, Cali Occidente 2 Cauca, Nariño y Calle 23 Norte 3 N -63 092-6611643 gttoccidente2@invima.gov.co Putumayo Edificio Almirante L 2 Meta, Casanare, Arauca, Guaviare, Villavicencio Orinoquia 098-8728472 gttorinoquia@invima.gov.co Guainía, Vichada y Calle 26 37-38, Piso 2 Vaupés
  • 22. ¿En qué consiste el Plan El Plan Gradual de Cumplimiento consta de una autoevaluación que deben realizar los establecimientos dedicados al beneficio, desposte y desprese para determinar cuál es su nivel de cumplimiento frente a los requisitos del Decreto 1500 de 2007 y sus normas reglamentarias. A partir de la autoevaluación, la planta debe proponer y sustentar cuáles son sus acciones graduales de mejoramiento, que le permitirán ajustarse a la nueva reglamentación y que deberán ser desarrolladas en el periodo de transición. Los formatos de autoevaluación así como los de acciones graduales de cumplimiento se encuentran disponibles en la página web del INVIMA: www.invima.gov.co El Plan Gradual de Cumplimiento será posteriormente evaluado por el INVIMA, 22 con el fin de ser aprobado y otorgar la autorización sanitaria condicionada, que le permitirá al establecimiento funcionar en su periodo de transición. - El INVIMA ha expedido resoluciones que reglamentan los requisitos del Plan Gradual de Cumplimiento para las plantas de beneficio, desposte y desprese de cada especie y establece los procedimientos para los procesos de inscrip- ción, autorización sanitaria y registro, las cuales se encuentran disponibles en la página web del INVIMA: www.invima.gov.co Es el resultado de la revisión de los documentos aportados por cada establecimien- to y la ejecución de la visita mediante la cual se verifican las condiciones sanitarias IN IMA
  • 23. ABC ¿Cómo se solicita Para una planta de beneficio, desposte y desprese que funcionaba antes del 4 de mayo de 2007 1. Presentar una carta solicitando autorización de la planta, en la cual se haga un compromiso del representante del establecimiento como garan- tía al mejoramiento y cumplimiento de los requisitos sanitarios 2. Presentar el Plan Gradual de Cumplimiento, que se encuentra conforma- do por los siguientes formatos debidamente diligenciados: • Formato de evaluación del nivel sanitario de cumplimiento 23 • Formato de acciones graduales de mejoramiento según evaluación. 3. Solicitar la visita para la obtención de la Autorización, anexando: • Inscripción o solicitud de inscripción. • Diagrama de flujo de los procesos que realiza el establecimiento. • Plano de la planta, indicando claramente las áreas, flujos de producto y personal, distribución de redes hidráulicas (agua potable, aguas ne- gras, grises y residuales). • Organigrama de la empresa. • Plan Gradual de cumplimiento. • Carta de compromiso del representante del establecimiento como ga- rantía al mejoramiento y cumplimiento de los requisitos sanitarios. • Consignación original del pago de la tarifa por concepto de Visita de Autorización Sanitaria:
  • 24. 00286999868-8 $538.417 4052 Para una planta de beneficio, desposte o desprese que entró en funciona- miento después del 4 de mayo de 2007 1. Solicitud o constancia de inscripción de la planta ante el INVIMA. 2. Presentar ante el INVIMA el formato de Evaluación del Nivel Sanitario de Cumplimiento como evidencia del cumplimiento a los requisitos sanitarios establecidos en el Decreto 1500 de 2007 y las resoluciones 2905 de 2007, 4282 de 2007 y 4287 de 2007. 24 3. Solicitar la visita para la obtención de la autorización, anexando: • Consignación original del pago de la tarifa por concepto de Visita de Autorización Sanitaria. • Inscripción o solicitud de inscripción. • Diagrama de flujo de los procesos que realiza el establecimiento. • Plano de la planta, indicando claramente las áreas, flujos de producto y personal, distribución de redes hidráulicas (agua potable, aguas negras, grises y residuales). • Organigrama de la empresa. Las plantas de beneficio, desposte, desprese que se creen con pos- terioridad al 4 de mayo de 2007, deberán cumplir para su inscripción con todos los requisitos del Decreto 1500 de 2007, y sus disposicio- nes reglamentarias según la especie. Estos requisitos incluyen: IN IMA
  • 25. ABC • Estándares de Ejecución Sanitaria • Procedimientos Operativos Estándar de Saneamiento • HACCP (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control, por sus siglas en inglés) • Requisitos de Inspección ante y post mórtem • Requisitos de la cadena de frío para el producto • Programa de control de microorganismos patógenos • Plan nacional de residuos y contaminantes químicos El INVIMA podrá autorizar el funcionamiento de plantas de beneficio de régimen especial de animales para consumo humano para una o más espe- cies, en aquellos municipios que cumplan los siguientes requisitos: 1. Deficiencia en las vías de acceso que impida que se cumpla con los re- quisitos establecidos para el transporte de la carne y productos cárnicos 25 comestibles desde una planta autorizada. 2. Que el volumen del beneficio sea sólo para consumo local. 3. Que el volumen de sacrificio no exceda el volumen de de diez (10) ani- males por especie por día. sancionatorios.
  • 26. El INVIMA tendrá un plazo de seis (6) meses contados a partir de la radicación del plan gradual de cumplimiento por parte del interesado, para adelantar la visita correspondiente. Resultado de la visita de verificación de las condiciones sanitarias y del plan gradual de cumplimiento, el INVIMA podrá otorgar la autorización sanitaria al establecimiento para permitirle funcionar durante el periodo de transición, mientras cumple la totalidad del plan gradual de cumplimiento. Posteriormente el INVIMA, conforme al estado sanitario verificado en la visita, establecerá si los productos pueden destinarse al consumo internacional, na- cional o local. Si el plan gradual de cumplimiento no fuere aprobado por el INVIMA, las plantas tendrán un plazo de dos (2) meses contados a partir de la notificación del respectivo acto administrativo para presentar las correcciones respectivas y lograr su aprobación. Vencido este plazo, si el plan no es presentado corregido, no podrán desarrollar actividad alguna, siendo objeto de medidas sanitarias de seguridad y de los respectivos procesos sancionatorios. 26 A partir de la autorización sanitaria y el registro expedido por el INVIMA, las plantas de beneficio ingresan al Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control, y por lo tanto reciben la asignación de la inspección oficial, la cual será permanente y verificará el cumplimiento de las disposiciones reglamen- tarias, de manera que se garantice la aprobación de la carne y los productos cárnicos comestibles como aptos para el consumo humano. El Registro es el acto administrativo emitido por el INVIMA en reconocimiento a las condiciones sanitarias verificadas a través de la autorización sanitaria, que permite el ingreso de la planta a las listas oficiales, una vez se ha cumplido la normatividad sanitaria. IN IMA
  • 27. ABC control? De acuerdo con el tipo de establecimiento, la inspección vigilancia y control se realizará de la siguiente forma: • En plantas de beneficio, posterior a la autorización sanitaria, el sistema de inspección será permanente y estará bajo la responsabilidad del INVIMA. • En plantas de desposte, desprese y de derivados cárnicos, se deberán efectuar mínimo cuatro (4) visitas anuales, en las cuales se evaluará de forma integral el funcionamiento de la planta basado en el desempeño de la misma y estará bajo la responsabilidad del INVIMA. 27 • En los establecimientos dedicados al almacenamiento o expendio de carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos se deberán efectuar mínimo, cuatro (4) visitas anuales, en las cuales se evaluará de forma integral las condiciones sanitarias y buenas prácticas de manufac- tura y estará bajo la responsabilidad de la Entidad Territorial de Salud.
  • 28. Los productos destinados a la exportación deben provenir de un estableci- miento autorizado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA, para tal fin. Para realizar exportaciones, todo cargamento deberá estar acompañado de la documentación sanitaria que expida la autoridad competente en la planta. Adicionalmente, cuando el país de destino lo requiera, el INVIMA verificará en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos: 28 1. Destino del embarque. 2. Certificación expedida por el INVIMA. 3. Condiciones del producto y del transporte. 4. Condiciones del embarque. 5. Inspección física del cargamento. Después de constatar la información y verificado el cumplimiento sanitario de los productos a exportar, se expedirá el certificado de inspección sanitaria para exportación. A los productos que no cumplan los requisitos para exportación, no se les permitirá su salida. En todos los casos, los productos deberán adicionalmente cumplir con los requisitos zoosanitarios para exportación establecidos por el Instituto Colom- biano Agropecuario, ICA y los demás requisitos sanitarios exigidos por el país importador, los cuales serán verificados por el INVIMA. IN IMA