1. CENTROS PRIVADOS El titular es una persona física o jurídica de carácter privado. Estos centros pueden tener una determinada orientación ideológica que deberá hacerse pública mediante el documento llamado carácter propio. El resto de documentación es la siguiente:
2. CENTROS PRIVADOS Proyecto Educativo Reglamento régimen interno Gestión económica y gestión personal Programación general anual Carácter propio