1. UNIÓN DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN,
PROVINCIA DE SAN LUIS
Hipólito Irigoyen 1092
INSCRIPCIÓN GREMIAL N° 550/06
San Luis, 21 de marzo de 2010
U. T. E. P. INFORMA
El secretariado ejecutivo de la Unión de Trabajadores de la Educación ,
Provincia de San Luis (UTEP.S.L.) con respecto a la Resolución N º 71 PRL-2010, de
fecha 18 de Marzo de 2010, emitida por el Programa de Relaciones Laborales
dependiente del Gobierno de la Provincia de San Luis.-
COMUNICA:
que la mencionada repartición publica provincial, no tiene
potestad para emitir opinión alguna sobre la legalidad o ilegalidad de
medidas de fuerzas (paros) declarados por entidades gremiales con
ámbito de actuación en la provincia de San Luis, reconocidas por el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación. En el caso
particular de U .T .E. P. S. L. la inscripción gremial fue otorgada por
la Resolución 550-MT y SS-2006 - Legajo Nº 8245, obrando toda la
documentación pertinente en dicho organismo, tal lo establece la ley
21.553 Asociaciones Sindicales, y cuya legitimidad puede ser
consultada en la pagina web www.trabajo.gob.ar (en la parte de
cámaras y sindicatos).-
2. Que el cumplimiento o no de la ley provincial V-0121-2004, NO
puede poner en duda la legitimidad de U. T. E. P. para representar los
intereses colectivos de los docentes.-
Por otra lado, el Gobierno Provincial no puede ser juez y parte de un mismo
conflicto en donde están en discusiones decisiones que ha tomado el propio Gobierno y
que inclusive le imposibilitan a ese Programa de Relaciones Laborales( que a vez
depende del Gobierno del Provincia) de poder participar en esta discusión.-
Por todo lo expuesto U. T. E. P. S. L. Rechaza por nula de nulidad absoluta. lo
exhortado y resuelto por la resolución Nº 71 PRL-2010.-
Colegas, compañeros una vez mas el Gobierno Provincial quiere confundir y
engañar, digamos BASTA, y sigamos en pie de lucha, con el PARO de actividades sin
asistir a los lugares de trabajo.-
NO AL APRIETE, NO AL MIEDO, SI AL PARO