1. Los ciudadanos o la defensoría del pueblo presentan la solicitud ante cualquier juez<br />El juez debe escribir por la persona (en caso de desconocimiento)La presenta por escrito?<br /> NO<br />ES NECESARIO CORREGIR LA SOLICITUD?<br />El juez debe corregirla inmediatamentesi<br />Es necesario corregir la solicitud?SI<br />La persona debe corregirla en tres días<br /> NO <br />Se corrige en el plazo adecuadoEL JUEZ DEBE CONTINUAR CON EL PROCESONO<br />Necesita pruebas?<br />El juez debe pedir los documentos o informes al órgano contra quien interpuso la acción (plazo 3 dias) SI<br />SI<br />Se notifica a las partes inmediatamente (solicitarle, defensoría del pueblo y órgano correspondiente). Si estas impugnan el fallo deben reportarlo en el plazo de 3 díasSe entregan los informesEl juez dicta el fallo (plazo 10 días después de la solicitud)El juez rechaza la solicitudNONO<br />SI<br />Es impugnado el fallo por alguna de las partes?<br />El juez remite el expediente al superior correspondiente para que decida la impugnación (plazo 2 días)Implica responsabilidad y se asumen como ciertos los hechos NO<br />SI<br />Puede revocarlo en los 3 días siguientesEl fallo tiene fundamento?El juez envía el fallo a la corte constitucional para ser revisado NO<br />La corte constitucional selecciona a su criterio, las tutelas que revisara. Si es necesario se revoca o modifica el falloSISI NO<br />El fallo tiene fundamento?Puede solicitar pruebas para proferir un nuevo fallo en los días siguientes SINO<br />Fallo al favor del solicitante?El juez notifica la sentencia de la corte a las partes y adopta las decisiones necesarias para llevarla a caboSe le notifica al juezNO<br />El juez exige al órgano la expedición del acto administrativo para que se ejerza el derecho (plazo 48 horas)El solicitante debe pagar los costos<br />SI no NO<br />Se cumple la sentencia y se pagan los costos o indemnizaciones necesarias Lo expide en el plazo indicado?<br /> SI<br />SE CUMPLE LA SENTENCIA?El juez podrá disponer de lo necesario para que sea cumplido sin más requisitos en 48 horas, y se dirigirá al superior del responsable para exigirle que lo haga cumplir en 48 horas, y que haya el procedimiento disciplinario correspondiente contra el mismo. NO si <br />E l juez los inculpa de desacato hasta que cumplan la sentencia NO<br />